Resolución 2128/2012

Asoc. Profesionales Universitarios Del Agua Y La Energia Electrica Seccional Cuyo - Otro - Reg 60/13

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Asoc. Profesionales Universitarios Del Agua Y La Energia Electrica Seccional Cuyo - Otro - Reg 60/13

Declarase homologado el acuerdo obrante a foja 2 del expediente nº 292.035/12, celebrado entre la asociacion de profesionales universitarios del agua y la energia electrica seccional cuyo y el consorcio de empresas mendocinas para potrerillos sociedad anonima, ratificado por la entidad central de la asociacion de profesionales universitarios del agua y la energia electrica, conjuntamente con el acta complementaria que luce a foja 35 del expediente nº 292.035/12, conforme a lo dispuesto en la ley de negociacion colectiva nº 14.250 (t.o. 2004).

Id norma: 208887 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32589

Fecha boletin: 27/02/2013 Fecha sancion: 28/12/2012 Numero de norma 2128/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 1 norma(s).

Esta norma es complementada o modificada por

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 2128/2012

Registro Nº 60/2013

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº 292.035/12 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebradoentre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LAENERGIA ELECTRICA SECCIONAL CUYO, por la parte gremial y el CONSORCIODE EMPRESAS MENDOCINAS PARA POTRERILLOS SOCIEDAD ANONIMA, por el sectorempleador, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a foja 35 se presenta la entidad central de la ASOCIACION DEPROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICAratificando el Acuerdo alcanzado y solicitando su homologación.

Que a través del texto convencional alcanzado, se establece unincremento salarial para el personal comprendido en el ConvenioColectivo de Trabajo de Empresa Nº 1152/10 “E”.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allíinsertas, acreditando la personería y facultades para negociarcolectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a lacorrespondencia entre la actividad del sector empleador firmante y larepresentatividad de la entidad sindical signataria, emergente de supersonería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relacionesdel Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que lecompete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el actoadministrativo de homologación de conformidad con los antecedentesmencionados.

Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativohomologatorio del Acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones ala Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar laprocedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el artículo245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentesactuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo obrante a foja 2 delExpediente Nº 292.035/12, celebrado entre la ASOCIACION DEPROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA SECCIONALCUYO y el CONSORCIO DE EMPRESAS MENDOCINAS PARA POTRERILLOS SOCIEDADANONIMA, ratificado por la entidad central de la ASOCIACION DEPROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA,conjuntamente con el Acta Complementaria que luce a foja 35 delExpediente Nº 292.035/12, conforme a lo dispuesto en la Ley deNegociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la DirecciónGeneral de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de laSUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección deNegociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinaciónregistre el Acuerdo y Acta Complementaria obrantes a fojas 2 y 35 delExpediente Nº 292.035/12.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin deevaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Topelndemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase ala guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivode Trabajo de Empresa Nº 1152/10 “E”.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación decarácter gratuito del Acuerdo y Acta Complementaria homologados,resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 5 dela Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 292.035/12

Buenos Aires, 07 de Enero de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2128/12 se hatomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente dereferencia, quedando registrado bajo el número 60/13. — VALERIA A.VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la Ciudad de Mendoza, a los 11 días del mes de abril de 2012, sereúnen por una parte la Empresa CONSORCIO DE EMPRESAS MENDOCINAS PARAPOTRERILLOS S.A. (CEMPPSA), en adelante “la Empresa”, con domicilio enCarril Rodríguez Peña Nº 4447, Coquimbito, Maipú, Provincia de Mendoza,representada por el Ing. Antonio TORRE, en su carácter de GerenteGeneral, y por la otra la Asociación de Profesionales Universitariosdel Agua y la Energía Eléctrica (APUAYE), en adelante “La Asociación”,con domicilio en calle Reconquista 1048, Piso 8, Ciudad Autónoma deBuenos Aires, representada en este acto por el Ing. Juan Carlos DELGADOy el lng. Carlos G. CORTIZO, en su carácter de Presidente yVicepresidente de la Seccional Cuyo de APUAYE respectivamente, quienesacuerdan lo siguiente:

PRIMERO. Incrementar la escala de Sueldos Básicos Mensuales (SBM)establecida en el “Art. 24 Sueldo básico mensual” del CCT 1152/10 “E”vigente en un 10% a partir del 01 de abril de 2012, en un 7% a partirdel 01 de junio de 2012 y en un 4% a partir del 01 de setiembre de2012, según el siguiente detalle:

CATEGORIASBM al 31/03/2012SBM a partir del 01/04/2012SBM a partir del 01/06/2012SBM a partir del 01/09/2012U-VI$ 11.309,21$ 12.440,13$ 13.310,94$ 13.843,38U-V$ 10.094,46$ 11.103,91$ 11.881,18$ 12.356,43U-IV$ 8.777,04$ 9.654,74$ 10.330,58$ 10.743,80U-III$ 7.442,52$ 8.186,77$ 8.759,85$ 9.110,24U-II$ 5.954,02$ 6.549,42$ 7.007,88$ 7.288,20U-I$ 4.961,68$ 5.457,85$ 5.839,90$ 6.073,49SEGUNDO: Ambas partes quedan autorizadas recíprocamente a solicitar lahomologación del presente acuerdo, ante el Ministerio de Trabajo,Empleo y Seguridad Social de la Nación.

Leída y ratificada la presente en todos sus términos, las partes firmanal pie en el lugar y fecha arriba indicados, tres (3) ejemplares de unmismo tenor y a un solo efecto.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica