Resolución 57/2013

Funcion De Coordinador Local En El Area De Control Integrado

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio Del Interior Y Transporte
Funcion De Coordinador Local En El Area De Control Integrado

Designase en la funcion de coordinador local en el area de control integrado (aci) que en cada caso se determina a los siguientes cargos de los elementos de gendarmeria nacional. derogase la resolucion del entonces ministerio del interior nº 499 del 11 de mayo de 2009 y la resolucion de la secretaria de interior nº 1280 del 06 de noviembre de 2009.

Id norma: 208923 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32590

Fecha boletin: 28/02/2013 Fecha sancion: 19/02/2013 Numero de norma 57/2013

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

SECRETARIA DE INTERIOR

Resolución Nº 57/2013

Bs. As., 19/2/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0013001/2010 del registro de esteMinisterio, la Decisión Nº 4 del 29 de junio de 2000, del CONSEJO DELMERCADO COMUN “ACUERDO DE RECIFE”, la Resolución Nº 20 del 2 de juliode 2009 del GRUPO MERCADO COMUN (GMC), los Reglamentos del Acuerdoentre la REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE BOLIVIA sobre ControlesIntegrados de Frontera, del 3 de febrero de 2003 y del Tratado entre laREPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE CHILE sobre Controles Integradosde Frontera del 2 de mayo de 2002, las Leyes Nros. 22.520 (TextoOrdenado Decreto Nº 438/92) y modificatorias, 22.352, 25.253 y 25.229;los Decretos Nros. 2086 del 18 de julio de 1977, 1409 del 3 dediciembre de 1996, 357 del 22 de febrero de 2002 y sus modificatorios y15.385/44 (Ley Nº 12.912), las Resoluciones Nros. 1280 del 06 denoviembre de 2009, 498 y 499 ambas del 11 de mayo de 2009, 1280 del 06de noviembre de 2009 y 1260 del 6 de noviembre de 2009 del entoncesMINISTERIO DEL INTERIOR.

CONSIDERANDO:

Que mediante la Decisión del CONSEJO DEL MERCADO COMUN Nº 4 del 29 dejunio de 2000, se aprobaron las modificaciones al texto del “ACUERDO DEALCANCE PARCIAL PARA LA FACILITACION DE COMERCIO, CONCERTADO ENTRE LAREPUBLICA ARGENTINA, LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, LA REPUBLICADEL PARAGUAY Y LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY”, denominado “ACUERDODE RECIFE”.

Que la Resolución GMC Nº 29 del 11 de diciembre de 2007, estableció la“Nómina de Puntos de Frontera de Controles Integrados entre los EstadosPartes”, derogando la Resolución GMC Nº 49 del 5 de diciembre de 2001.

Que la Resolución GMC Nº 20 del 2 de julio de 2009, incorporada alordenamiento jurídico Nacional mediante la Resolución del entoncesMINISTERIO DEL INTERIOR Nº 1587 del 30 de diciembre de 2009, aprobó la“Nómina y Reglamento Administrativo de los Organismos Coordinadores enlas Areas de Control Integrado” y derogó la Resolución GMC Nº 3 del 31de marzo de 1995.

Que la Resolución del GMC Nº 20/09, designó como Organismo Coordinadorpor la REPUBLICA ARGENTINA a la DIRECCION DE ASUNTOS TECNICOS DEFRONTERAS.

Que la Ley Nº 25.253 aprobó e incorporó al ordenamiento jurídico localel Acuerdo entre la REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE BOLIVIA sobreControles Integrados de Frontera, suscripto en Buenos Aires el 16 defebrero de 1998.

Que mediante el Acuerdo suscripto en LA PAZ, ESTADO PLURINACIONAL DEBOLIVIA, el 3 de febrero de 2003, se reglamentó el Acuerdo mencionadoen el considerando anterior, el cual a través de su artículo 38 designócomo Organismo Coordinador por la REPUBLICA ARGENTINA a la SECRETARIADE SEGURIDAD INTERIOR, quien —conforme el articulo 39— debe designar encada Area de Control Integrado, a un Funcionario en carácter deCoordinador Local dependiente de aquella, el que ejercerá las funcionesy facultades inherentes a la coordinación de las actividades comunesdel lugar.

Que mediante el intercambio de Notas Reversales, el 17 de octubre de2006, se formalizó el Acuerdo entre la REPUBLICA ARGENTINA y laREPUBLICA DE BOLIVIA estableciendo Controles Integrados de Frontera enlos Pasos Internacionales “SALVADOR MAZZA - YACUIBA”, “AGUAS BLANCAS -BERMEJO” y “LA QUIACA - VILLAZON”.

Que a través de la Ley Nº 25.229, se aprobó e incorporó al ordenamientojurídico local el Tratado entre la REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICADE CHILE sobre Controles Integrados de Frontera, suscripto en SANTIAGO,REPUBLICA DE CHILE, el 8 de agosto de 1997.

Que mediante acuerdo suscripto en SANTIAGO, REPUBLICA DE CHILE, el 2 demayo de 2002 se reglamentó el Tratado nombrado en el considerandoprecedente, designando como Organismo Coordinador por la REPUBLICAARGENTINA a la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR.

Que el Reglamento arriba mencionado, establece que el OrganismoCoordinador designará a un Funcionario en carácter de CoordinadorLocal, a fin de que ejerza las funciones y facultades inherentes a lacoordinación de las actividades comunes del Area de Control Integrado.

Que mediante Notas Reversales, suscriptas el 29 de octubre de 2009, el27 de enero de 2011, el 16 de marzo de 2012 y el 8 de noviembre de2012, se acordó con la REPUBLICA DE CHILE, la creación de nuevosControles Integrados de Frontera en los Pasos Internacionales “SANSEBASTIAN”, “HUEMULES”, “PEHUENCHE”, “DOROTEA”, “INTEGRACION AUSTRAL”,“PINO HACHADO”, “SAN FRANCISCO”, “MAMUIL MALAL”, “SICO”, “JAMA”,“PICHACHEN”, “RIO DON GUILLERMO” y “LAURITA - CASAS VIEJAS”.

Que, mediante Resolución del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 1280del 06 de noviembre de 2009, se designaron los Coordinadores Locales delas Areas de Control Integrado que se encuentran bajo la jurisdicciónde la GENDARMERIA NACIONAL, disponiéndose que en caso de ausenciacircunstancial de los Coordinadores designados, las competencias de losmismos serían asumidas por el Oficial Jefe que lo reemplace en elcomando de la unidad a la que pertenecen.

Que en la Resolución antes mencionada, se designó como CoordinadorLocal del Area de Control Integrado “BERNARDO DE IRIGOYEN - DIONISIOCERQUEIRA”, al Comandante Mayor (R) del Escalafón General D. OscarRoberto DELGADO (M.I. Nº 11.298.241), disponiéndose que en caso deausencia circunstancial las competencias serán asumidas por el Jefe delEscuadrón 12 “BERNARDO DE IRIGOYEN” o en su defecto por el Oficial Jefeque lo remplace en el comando de la Unidad. Asimismo en el Area deControl Integrado “PASO DE LOS LIBRES URUGUAYANA”, la Resolución citadaen el considerando precedente designó al Comandante Mayor (R) delEscalafón General D. Raúl Rolando RIVERO (M.I. 10.491.404) disponiendoque en caso de ausencia circunstancial asumirá las correspondientescompetencias el Jefe del Escuadrón 7 “Paso de los Libres” o en sudefecto el Oficial Jefe que lo remplace en el comando de la Unidad.

Que mediante Nota AB 1-4016/165, del 19 de septiembre de 2011, el SeñorComandante General, Juan Obdulio SAINZ, puso en conocimiento de laDIRECCION DE ASUNTOS TECNICOS DE FRONTERAS, que a partir del 30 deseptiembre de 2011 cesa la convocatoria a prestar servicios delComandante Mayor D. Oscar Roberto DELGADO y que por cuestionesadministrativas esa Fuerza de Seguridad por el momento no tieneprevisto su reemplazo por otro Oficial Superior en las mismascondiciones, proponiéndose se contemple la posibilidad de reemplazo porel Jefe del Escuadrón 12 “BERNARDO DE IRIGOYEN”, quien actualmente sedesempeña como Coordinador Reemplazante.

Que mediante Nota AA 2-7500/186, del 31 de julio de 2012, el ComandanteGeneral Juan Obdulio SAINZ, puso en conocimiento de la DIRECCION DEASUNTOS TECNICOS DE FRONTERAS que por Resolución Nº 574/12 de la SeñoraMinistra de Seguridad de la Nación, Dra. Nilda GARRE, del 15 de juniode 2012, se dispuso el cese al llamado a prestar servicio en situaciónde retiro del Comandante Mayor D. Raúl Rolando RIVERO (M.I. 10.491.404)quien se desempeñara como Coordinador Local Area Control Integrado PASODE LOS LIBRES - URUGUAYANA.

Que en virtud del cese del Comandante Mayor D. Raúl Rolando RIVERO ensu función como Coordinador Local del Area Control Integrado PASO DELOS LIBRES - URUGUAYANA, es necesario designar a un nuevo CoordinadorLocal del mentado ACI, en tal sentido resulta razonable que asuma talescompetencias el Jefe Interino del Centro de Frontera PASO DE LOS LIBRES- URUGUAYANA Sr. Alfredo Nicolás COUTINHO DA SILVA, DNI Nº 16.403.323,legajo de personal Nº 13996, disponiendo que en caso de ausenciacircunstancial, el mismo será reemplazado por Sr. Osvaldo SalvadorCHAVEZ, DNI Nº 16.403.533, legajo de personal Nº 13994.-3. Lascompetencias asignadas a estos agentes pertenecientes a esta carteraministerial no implicaran una mayor remuneración que la recibida en laactualidad.

Que mediante Nota OP-0-4041/447, del 2 de diciembre de 2010, el SeñorComandante Mayor Mateo MENDEZ, en su carácter de Subdirector deCooperación Transfronteriza y Mercosur de la GENDARMERIA NACIONAL,solicitó a la DIRECCION DE ASUNTOS TECNICOS DE FRONTERAS, la generaciónde los instrumentos administrativos mediante los que se designenCoordinadores Locales, en las Areas de Control Integrado que este paíscomparte con el ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, implementadosrecientemente, denominados “SALVADOR MAZZA - YACUIBA”, “AGUAS BLANCAS -BERMEJO” y “LA QUIACA - VILLAZON”.

Que mediante Nota OP-1-4041/70, del 1° de marzo de 2011, el SeñorComandante General Juan Pedro RUBIO, en su carácter de Director deOperaciones para la Seguridad, Defensa y Cooperación Internacional dela GENDARMERIA NACIONAL, solicitó la designación como CoordinadoresLocales a quienes se desempeñan en la actualidad como CoordinadoresZonales Intersectoriales en los Pasos Internacionales “SAN SEBASTIAN”,Escuadrón 44 “USHUAIA”; “HUEMULES”, Escuadrón 38 “RIO MAYO”;“PEHUENCHE”, Escuadrón 29 “MALARGÜE”; “DOROTEA”, Escuadrón 43 “RIOTURBIO; e “INTEGRACION AUSTRAL”, Agrupación XVI “PATAGONIA AUSTRAL”,ello en virtud de que los Pasos Internacionales mencionados, han sidoestablecidos como Areas de Control Integrado mediante las CartasReversales antes citadas.

Que mediante Nota OP -1 -4041/204, del 11 de mayo de 2011, el SeñorComandante Mayor Luis María VILLAVICENCIO, en su carácter deSubdirector de Cooperación Transfronteriza y Mercosur de la GENDARMERIANACIONAL, en atención a la constitución del Area de Control IntegradoPINO HACHADO, mediante cartas reversales intercambiadas entre laREPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE CHILE, le solicitó a la DIRECCIONDE ASUNTOS TECNICOS DE FRONTERAS, se designe como Coordinador Local aquien se desempeña actualmente como Coordinador Zonal Intersectorialdel citado Paso Internacional, Jefe del Escuadrón Nº 31 “LAS LAJAS”.

Que el artículo 1° del Decreto Nº 2086 del 18 de julio de 1977, designaal Presidente de la COMISION NACIONAL DE ZONAS DE SEGURIDAD, comoCoordinador General Intersectorial de las actividades comunes a cumplirpor los organismos nacionales, provinciales y municipales que actúan enlos Pasos Fronterizos Internacionales habilitados.

Que el artículo 2°, inciso b) del Decreto Nº 2086 del 21 de julio de1977, faculta al Presidente de la COMISION NACIONAL DE ZONAS DESEGURIDAD, en su carácter de Coordinador General Intersectorial, adelegar las funciones de Coordinación Zonal Intersectorial de los pasosde fronteras en Oficiales Superiores/Jefes de la GENDARMERIA NACIONAL.

Que mediante Resolución del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 499 del11 de mayo de 2009, se delegó en los Señores Oficiales Superiores/Jefesde GENDARMERIA NACIONAL, las funciones y facultades de CoordinadorZonal Intersectorial de los Pasos de Frontera comprendidos en susrespectivas jurisdicciones de conformidad con lo establecido en elDecreto Nº 2086 del 21 de julio de 1977 y se estableció que en caso deausencia circunstancial de los Coordinadores designados, lascompetencias de los mismos serán asumidas por los Oficiales que losreemplacen en la jefatura de la unidad a la que pertenecen.

Que el Decreto Ley Nº 15.385/44 (Ley Nº 12.913) en su artículo 5° crea la COMISION DE ZONAS DE SEGURIDAD.

Que la Ley Nº 22.520 (Texto Ordenado Decreto Nº 438/92) ymodificatorias de la Ley de Ministerios, en su artículo 17, inciso 21establece que es competencia de este Ministerio entender en laaplicación del Decreto Ley Nº 15.385/44 (Ley 12.913) en todo lorelacionado con la preservación de la seguridad de las áreas y zonas defrontera.

Que sin perjuicio que por el Decreto Nº 1409 del 13 de octubre de 1996,se estableció que la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR perteneciente alentonces MINISTERIO DEL INTERIOR ejercería la totalidad de lasfunciones atribuidas a la EX-SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FRONTERAS,determinándose además que los Pasos y Centros de Frontera quedaban ensu jurisdicción, en virtud de la competencia asignada por la Ley Nº22.520 (Texto Ordenado Decreto Nº 438/92) y modificatorias, correspondea este Ministerio resolver la presente cuestión.

Que el Decreto Nº 357 del 22 de febrero de 2002 y sus modificatorios,establece como uno de los objetivos de la SECRETARIA DE INTERIOR,coordinar con las áreas competentes la aplicación de la Ley Nº 22.352 yel Decreto Ley Nº 15.385/44 (Ley Nº 12.913), en todo lo relacionado conla preservación de la seguridad de las áreas y zonas de frontera.

Que por Resolución del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 498 del 11de mayo del 2009, se delegó en el titular de esta SECRETARIA lasfacultades para designar a los agentes que ejercerán funciones deCoordinadores Locales en las Areas de Control Integrado y deCoordinadores Zonales Intersectoriales en los Pasos Internacionales quecuentan con modalidad de control tradicional.

Que en atención a la implementación de nuevas Areas de ControlIntegrado, las solicitudes de los representantes de la GENDARMERIANACIONAL, a fin de que se nombren Coordinadores Locales en ellas, conel objeto adecuar las designaciones de Coordinadores Locales y ZonalesIntersectoriales a las nuevas Areas de Control Integrado, brindando asílegitimidad a las funciones delegadas a aquellos, y comunicarlas a losfines de su debida difusión, entre las autoridades locales y losfuncionarios de los Organismos que operan en los Pasos Internacionalesrespectivos, resulta razonable el dictado del presente actoadministrativo y la consecuente derogación de las resoluciones delentonces MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 499/09 y de la SECRETARIA DEINTERIOR Nº 1280/09.

Que se ha expedido en forma favorable la DIRECCION DE ASUNTOS TECNICOS DE FRONTERAS.

Que ha intervenido la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta conforme lo preceptuado por la Ley Nº22.352, el Decreto Ley Nº 15.385/44 (Ley Nº 12.913), el Decreto Nº 2086del 21 de julio de 1977 y lo dispuesto en el artículo 1° incisos b y cde la Resolución del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 498 del 11 demayo de 2009.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Desígnase en la función de Coordinador Local en el Areade Control Integrado (ACI) que en cada caso se determina a lossiguientes cargos de los elementos de GENDARMERIA NACIONAL:

- ACI Gualeguaychú - Fray Bentos: al Jefe del Escuadrón 56 “Gualeguaychú”.

- ACI Colón - Paysandú: al Jefe del Escuadrón 6 “Concepción del Uruguay”.

- ACI Concordia - Salto: al Jefe del Escuadrón 4 “Concordia”.

- ACI Santo Tomé - Sao Borja: al Jefe del Escuadrón 57 “Santo Tomé”.

- ACI Bernardo de Irigoyen - Dionisio Cerqueira: al Jefe del Escuadrón 12 “Bernardo de Irigoyen”.

- ACI Andresito - Capanema: al Jefe del Escuadrón 13 “Iguazú”.

- ACI Iguazú - Foz de Iguazú: al Jefe del Escuadrón 13 “Iguazú”.

- ACI Posadas - Encarnación: al Jefe del Escuadrón 50 “Posadas”.

- ACI Clorinda - Puerto Falcón: al Jefe del Escuadrón 16 “Clorinda”.

- ACI Salvador Mazza - Yacuiba: al Jefe del Escuadrón 54 “Aguaray”.

- ACI Aguas Blancas - Bermejo: al Jefe del Escuadrón 20 “Orán”.

- ACI La Quiaca - Villazón: al Jefe del Escuadrón 21 “La Quiaca”.

- ACI Jama: al Jefe del Escuadrón 53 “Jujuy”.

- ACI Sico: al Jefe del Escuadrón 22 “San Antonio de los Cobres”.

- ACI San Francisco: al Jefe del Escuadrón 23 “Tinogasta”

- ACI Sistema Cristo Redentor: al Jefe del Escuadrón 27 “Punta de Vacas”.

- ACI Pehuenche: al Jefe del Escuadrón 29 “Malargüe”.

- ACI Pichachen: al Jefe del Escuadrón 30 “Chos Malal”.

- ACI Pino Hachado: al Jefe del Escuadrón 31 “Las Lajas”.

- ACI Mamuil Malal: al Jefe del Escuadrón 33 “San Martín de los Andes”.

- ACI Huemules: al Jefe del Escuadrón 38 “Río Mayo”.

- ACI Río Don Guillermo: al Jefe del Escuadrón 43 “Río Turbio”.

- ACI Dorotea: al Jefe del Escuadrón 43 “Río Turbio”.

- ACI Laurita - Casas Viejas: al Jefe del Escuadrón 43 “Río Turbio”.

- ACI Integración Austral: al Jefe de la Agrupación XVI “Patagonia Austral”.

- ACI San Sebastián: al Jefe del Escuadrón 44 “Ushuaia”.

ARTICULO 2° — En caso de ausencia circunstancial de los CoordinadoresLocales designados por en el artículo precedente, las competencias delos mismos serán asumidas por los Oficiales que los reemplacen en lajefatura de la unidad a la que pertenecen.

ARTICULO 3° — Desígnase como Coordinador Local del Area de ControlIntegrado Paso de los Libres - Uruguayana al Jefe Interino del Centrode Frontera PASO DE LOS LIBRES - URUGUAYANA, Sr. Alfredo NicolásCOUTINHO DA SILVA, DNI Nº 16.403.323, legajo de personal Nº 13996. Encaso de ausencia circunstancial de éste, las competencias seránasumidas por el Sr. Osvaldo Salvador CHAVEZ, DNI Nº 16.403.533, legajode personal Nº 13994.-3. Determinándose que la labor desarrollada porestos agentes pertenecientes a esta cartera ministerial no implicaranuna mayor remuneración que la recibida en la actualidad.

ARTICULO 4° — Delégase en los Señores Oficiales Superiores/Jefes deGENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA, las funciones y facultades deCoordinador Zonal Intersectorial de los pasos de frontera comprendidosen sus respectivas jurisdicciones de conformidad con lo establecido enel Decreto Nº 2086/77, según la siguiente nómina:

- Pasos Puerto Panambí - Veracruz, Puerto Barra Bonita - Puerto M.Biguá, Alba Posse - Porto Maua, Puerto Aurora - Pratos, Puerto Alicia -San Antonio y Puerto El Soberbio - Porto Soberbo: al Jefe del Escuadrón9 “Oberá”.

- Pasos Pepirí Guazú-Sao Miguel, San Antonio-Santo Antonio eIntegración - Planalto: al Jefe del Escuadrón 12 “Bernardo de Irigoyen”.

- Paso Yacyretá - Yaciretá: al Jefe del Escuadrón 47 “Ituzaingó”.

- Paso Pasarela La Fraternidad: al Jefe del Escuadrón 16 “Clorinda”.

- Paso Colonia General Belgrano - General Bruguez: al Jefe del Escuadrón 5 “Pirané”.

- Pasos Isleta - Paraje Rojas Silva, El Remanso - La Verde y Lamadrid -Misión San Leonardo: al Jefe del Escuadrón 18 “Las Lomitas”.

- Paso Misión La Paz - Pozo Hondo: al Jefe del Escuadrón 54 “Aguaray”.

- Pasos Puerto Chalanas - Bermejo y El Condado - La Mamora: al Jefe del Escuadrón 20 “Orán”.

- Pasos Jama Sur y Jama Norte: al Jefe del Escuadrón 53 “Jujuy”.

- Pasos Socompa y Laguna Sico: al Jefe del Escuadrón 22 “San Antonio de los Cobres”.

- Paso Pircas Negras: al Jefe del Escuadrón 24 “Chilecito”.

- Pasos Agua Negra y Pascua Lama: al Jefe del Escuadrón 25 “Jáchal”.

- Pasos Los Azules, Calderón, El Azufre, Casa de Piedra, Puentecillas,Mondaca, Las Ojotas, Quebrada Fría, Las Llaretas, Miranda, El Portillodel Ventillo, Guana, Portillo y Valle Hermoso: al Jefe del Escuadrón 26“Barreal”.

- Pasos Portillo de Piuquenes y Cajón del Maipo: al Jefe del Escuadrón 28 “Tunuyán”.

- Pasos Las Damas, Las Leñas y Vergara: al Jefe del Escuadrón 29 “Malargüe”.

- Paso Buta Mallín: al Jefe del Escuadrón 30 “Chos Malal”.

- Paso Copahue: al Jefe del Escuadrón 31 “Las Lajas”.

- Pasos Icalma y De Reigolil: Al Jefe del Escuadrón 32 “Aluminé”.

- Pasos Carirriñe, Hua Hum y Hua Hum (fluvial): al Jefe del Escuadrón 33 “San Martín de los Andes”.

- Pasos Cardenal Antonio Samoré, Pérez Rosales y Vuriloche: al Jefe del Escuadrón 34 “Bariloche”.

- Pasos Río Manso y Río Puelo: al Jefe del Escuadrón 35 “El Bolsón”.

- Pasos Río Futaleufú y Río Encuentro: al Jefe del Escuadrón 36 “Esquel”.

- Paso Las Pampas: al Jefe de Escuadrón 37 “José de San Martín”.

- Pasos Río Frías, Pampa Alta, Coyhaique y Triana: al Jefe del Escuadrón 38 “Río Mayo”.

- Pasos Ingeniero Pallavicini - Ibañez, Río Jeinemeini, Roballos y RíoMayer Ribera Norte: al Jefe del Escuadrón 39 “Perito Moreno”.

- Pasos Río Mosco, Lago San Martín - Lago O’Higgins, Marconi y Portezuelo de la Divisoria: al Jefe del Escuadrón 42 “Calafate”.

- Pasos Cóndor I, Cóndor II y Cerro Redondo: al Jefe de la Agrupación XVI “Patagonia Austral”.

- Pasos Bella Vista, Alfa Cullen y Cañadón Alfa: al Jefe del Escuadrón 44 “Ushuaia”.

ARTICULO 5°.- En caso de ausencia circunstancial de los CoordinadoresZonales Intersectoriales designados por el artículo 4° de la presente,las competencias de los mismos serán asumidas por los Oficiales que losreemplacen en la jefatura de la unidad a la que pertenecen.

ARTICULO 6° — Los Coordinadores Locales y los Coordinadores ZonalesIntersectoriales ejercerán sus funciones y facultades sobre la base dela presente Resolución y de las normas impartidas al respecto, queorientan y especifican sus tareas.

ARTICULO 7° — Derógase la Resolución del entonces MINISTERIO DELINTERIOR Nº 499 del 11 de mayo de 2009 y la Resolución de la SECRETARIADE INTERIOR Nº 1280 del 06 de noviembre de 2009.

ARTICULO 8° — Comuníquese por Nota de estilo al MINISTERIO DESEGURIDAD, a los efectos de notificar la presente Resolución alDIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERIA.

ARTICULO 9° — Comuníquese,publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL yarchívese. — Dr. MARCIO BARBOSA MOREIRA, Secretario Interior,Ministerio del Interior y Transporte.

e. 28/02/2013 N° 9853/13 v. 28/02/2013

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