Resolución 316/2012

Plan Federal Estrategico De Turismo Sustentable 2020 - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Plan Federal Estrategico De Turismo Sustentable
Plan Federal Estrategico De Turismo Sustentable 2020 - Aprobacion

Dase por presentada la actualizacion del plan federal estrategico de turismo sustentable 2020 (pfets 2020), en los terminos de los articulos 7° inciso a) de la ley nacional de turismo nº 25.997 y 4° de la reglamentacion de dicha ley aprobada por el decreto nº 1.297 de fecha 27 de septiembre de 2006.

Id norma: 209023 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32592

Fecha boletin: 04/03/2013 Fecha sancion: 14/12/2012 Numero de norma 316/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Turismo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Ministerio de Turismo

PLAN FEDERAL ESTRATEGICO DE TURISMO SUSTENTABLE

Resolución 316/2012

Apruébase el Plan Federal Estratégico de Turismo Sustentable 2020.

Bs. As., 14/12/2012

VISTO el Expediente Nº STN:0001764/2012 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, y

CONSIDERANDO:

Que el deber impuesto a la Autoridad de Aplicación de la Ley Nacionalde Turismo Nº 25.997 por el artículo 7 inciso a) de ese cuerpo legalrespecto de la presentación y puesta en marcha de un plan federalestratégico se materializó oportunamente mediante la formulación yredacción del primer documento del Plan Federal Estratégico de TurismoSustentable y su Plan Operativo, aprobados por la Resolución Nº 74 defecha 14 de febrero de 2008 de la ex SECRETARIA DE TURISMO entoncesdependiente de PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que el artículo 4° de la Reglamentación de la Ley Nacional de TurismoNº 25.997 aprobada por el Decreto Nº 1.297 de fecha 27 de septiembre de2006 estableció que la actualización del citado Plan FederalEstratégico debe realizarse conforme una metodología que garantice lamás amplia participación de carácter regional y en todo el territorionacional, respetando los principios incorporados en el artículo 2° deesa ley y manteniendo los criterios de participación sistemática de losactores del sector.

Que en aras a concretar la actualización del Plan Federal Estratégicode Turismo Sustentable, este Ministerio desplegó un procesoparticipativo y federal de revisión de dicho texto, cuyos antecedentesse encuentran plasmados en los distintos informes estratégicosregionales obrantes en el expediente mencionado en el Visto y en eldocumento final de actualización cuya aprobación se propicia por elpresente acto.

Que, asimismo, según lo normado por el artículo 5° de la Reglamentaciónde la Ley Nacional de Turismo Nº 25.997 aprobada por el Decreto Nº1.297/06 se procedió a la actualización de los contenidos programáticosprevistos en el Plan Operativo del referido Plan Federal Estratégico.

Que lucen glosadas al expediente del Visto las notas de lasinstituciones involucradas, por cuyo intermedio prestaron suconformidad y adhirieron al texto de la actualización en trámite, deconformidad con lo previsto en el artículo 6° de la citadaReglamentación aprobada por el Decreto Nº 1.297/06.

Que corresponde señalar que la presentación oficial del documento finalde actualización del Plan Federal Estratégico de Turismo Sustentabletuvo lugar el 31 de agosto de 2011 en Casa de Gobierno, y contó con lapresencia de la señora Presidenta de la Nación, Doctora Da. CristinaFERNANDEZ de KIRCHNER.

Que la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos de este Ministerio tomó la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidaspor la Ley Nacional de Turismo Nº 25.997, el artículo 6° de laReglamentación de dicha ley aprobada mediante el Decreto Nº 1.297/06 ylos Decretos Nros. 919/10 y 8/11.

Por ello,

EL MINISTRO DE TURISMO

RESUELVE:

Artículo 1° — Dase porpresentada la actualización del Plan Federal Estratégico de TurismoSustentable 2020 (PFETS 2020), en los términos de los artículos 7°inciso a) de la Ley Nacional de Turismo Nº 25.997 y 4° de laReglamentación de dicha ley aprobada por el Decreto Nº 1.297 de fecha27 de septiembre de 2006.

Art. 2° — Apruébase el PlanFederal Estratégico de Turismo Sustentable 2020 (PFETS 2020) en elámbito de aplicación del MINISTERIO DE TURISMO, que como Anexo I formaparte integrante de la presente medida.

Art. 3° — Apruébase el PlanOperativo 2012 del Plan Federal Estratégico de Turismo Sustentable 2020(PFETS 2020), en el ámbito de ejecución de la SECRETARIA DE TURISMO deeste Ministerio, que como Anexo II forma parte integrante del presenteacto.

Art. 4° — Apruébase lametodología utilizada para la formulación del Plan Operativo aprobadopor el artículo 3° de esta medida, como herramienta de actualización delos subsiguientes planes operativos anuales de este Ministerio así comoel uso de su respectivo módulo de planificación dentro del Sistema deInformación y Estadística Turística (SIET) como instrumento de carga,monitoreo y evaluación del Plan Federal Estratégico de TurismoSustentable 2020 (PFETS 2020).

Art. 5° — La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos E. Meyer.

NOTA: Los Anexos que integran esta Resolución se publican en la ediciónweb del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán serconsultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

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