Resolución 16/2012

Lista De Sustancias Colorantes Permitidas Para Productos De Higiene Personal, Cosmeticos Y Perfumes

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Mercosur
Lista De Sustancias Colorantes Permitidas Para Productos De Higiene Personal, Cosmeticos Y Perfumes

Aprobar el reglamento tecnico mercosur sobre lista de sustancias colorantes permitidas para productos de higiene personal, cosmeticos y perfumes. derogase la resolucion gmc n° 38/09

Id norma: 209613 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32603

Fecha boletin: 19/03/2013 Fecha sancion: 14/06/2012 Numero de norma 16/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Grupo Del Mercado Comun Ver Resoluciones Observaciones: SE INCORPORA AL ORDENAMIENTO JURIDICO POR ART. 1° DE LA DISPOSICION 1608/2013 DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA, B.O. 19/03/2013, PAGINA 24.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO


LXXXVIII GMC - Buenos Aires, 14/VI/12.

MERCOSUR/GMC/RES. Nº 16/12

REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE LISTA DE SUSTANCIASCOLORANTES PERMITIDAS PARA PRODUCTOS DE HIGIENE PERSONAL,COSMETICOS Y PERFUMES(DEROGACION DE LA RES. GMC Nº 38/09)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y lasResoluciones Nº 110/94, 133/96, 38/98, 56/02, 51/08 y 38/09 del GrupoMercado Común.

CONSIDERANDO:

Que los productos de higiene personal, cosméticos, y perfumes deben serseguros bajo las condiciones normales o previsibles de uso.

Que es necesaria la actualización periódica de los listados a fin deasegurar la correcta utilización de las materias primas en lafabricación de productos de higiene personal, cosméticos y perfumes.

EL GRUPO MERCADO COMUNRESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el “Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Lista deSustancias Colorantes permitidas para productos de higiene personal,cosméticos y perfumes”, que consta como Anexo y forma parte de lapresente Resolución.

Art. 2 - Los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:

Argentina: Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)

Brasil: Agência Nacional de Vigilância Sanitária (ANVISA)

Paraguay: Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS)

Uruguay: Ministerio de Salud Pública (MSP)

Art. 3 - La presente Resolución será aplicada en el territorio de losEstados Partes, al comercio entre ellos y a las importaciones extrazona.

Art. 4 - Derogar la Resolución GMC Nº 38/09.

Art. 5 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, antes del 31/XII/2012.

Páginas externas

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