Resolución 2/2007

Resolucion N° 33/1991 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Comision Administradora Del Rio Uruguay
Resolucion N° 33/1991 - Modificacion

Limites de zona de seguridad. modificacion resolucion nº 33/91 de fecha 25 de julio de 1991.

Id norma: 209658 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32604

Fecha boletin: 20/03/2013 Fecha sancion: 26/01/2007 Numero de norma 2/2007

Organismo (s)

Organismo origen: Comision Administradora Del Rio Uruguay Ver Resoluciones Observaciones: ESTA NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION N° 33/91 DE FECHA 25 DE JULIO DE 1991- PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN EL BOLETIN OFICIAL.

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

COMISION ADMINISTRADORA DEL RIO URUGUAY

Resolución 2/2007

Límites de Zona de Seguridad. Modifícase Resolución Nº 33/1991.

Paysandú, 26/1/2007

VISTO: La Resolución Nº 33/91, y

CONSIDERANDO: I) Que por la referida Resolución, modificatoria de laResolución Nº 24/80, se delimitó la Zona de Seguridad en el embalse deSalto Grande mediante una recta que parte del extremo Este de lapenínsula del Hotel Ayuí (R.A.) en dirección Este-Oeste y siempredistante mil metros de la represa, hasta trescientos metros antes delextremo Oeste de la Península del Hotel Horacio Quiroga (R.O.U.), quese continúa luego por una recta perpendicular a aquella en direcciónNorte-Sur de trescientos metros de longitud y que se continúa luego porotra línea recta en dirección Este-Oeste, paralela a la represa y a unadistancia de setecientos metros de la misma hasta tocar tierra firme(R.O.U.).

II) Que por inadvertencia se omitió comunicar lo resuelto a los EstadosParte, solicitando su aprobación mediante el acuerdo por canje de notascomo es de estilo.

III) Que las referencias físicas antes mencionadas podrían ser objetode variación en sus denominaciones, lo que afectaría la interpretaciónde la normativa en cuestión, entendiendo necesario establecer dichasreferencias con mayor precisión, consignando tales modificaciones en elcroquis adjunto a la Resolución Nº 33/91.

IV) Que estas referencias se pueden definir además por coordenadas permanentes.

ATENTO: A las funciones conferidas estatutariamente a la Comisión.

LA COMISION ADMINISTRADORA DEL RIO URUGUAY

RESUELVE:

Artículo 1° — Modificarparcialmente el artículo 1° de la Resolución Nº 33/91 de fecha 25 dejulio de 1991, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“El límite de la Zona de Seguridad en el Embalse de Salto Grande sematerializará por una recta distante mil metros al norte de la represa,que parte del extremo Este de la península Punta Glorieta (RA) endirección Noroeste-Sureste la que se define por los puntos decoordenadas de 31° 15m 32,4s latitud Sur y 57° 56m 54,25s longitudOeste en margen Argentina y 31° 16m 19,8s latitud Sur y 57° 55m 22slongitud Oeste en margen Uruguaya, hasta trescientos metros antes delextremo oeste de la península Punta Horacio Quiroga (ROU); se continúaluego por una recta perpendicular a aquella en direcciónNoreste-Suroeste de trescientos metros de longitud y que se continúaluego por otra línea recta en dirección Noroeste-Sureste, paralela a larepresa y a una distancia de setecientos metros de la misma hasta tocartierra firme (ROU), en un todo de acuerdo con el croquis adjunto, queforma parte integrante de la presente Resolución”.

Art. 2° — Sustituir el croquis adjunto a la Resolución Nº 33/91 por el que se anexa a la presente Resolución y de la que forma parte.

Art. 3° — Remitir a los EstadosParte los correspondientes proyectos de Notas Reversales, a los efectosde que se sirvan aprobar la Resolución Nº 33/91 de fecha 25 de julio de1991, con la modificación dispuesta en la presente.

Art. 4° — Comuníquese, dése alas Secretarías Administrativa, Técnica y archívese. — Martha E.Petrocelli. — Hernán D. Orduna. — Miguel A. Vulliez.COMISION ADMINISTRADORA DEL RIO URUGUAY

ANEXO

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica