Disposición 138/2013

Informe De Deuda Por Infracciones De Transito - Excepcion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Registros Nacionales De La Propiedad Del Automotor Y De Creditos Prendarios
Informe De Deuda Por Infracciones De Transito - Excepcion

Informe de deuda por infracciones de transito. excepcion. determinadas localidades.

Id norma: 210320 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32614

Fecha boletin: 09/04/2013 Fecha sancion: 08/04/2013 Numero de norma 138/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Subdireccion Nac. Registros Nac. Prop. Auto. Y Cred. Prend. Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios

REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

Disposición 138/2013

Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito. Excepción. Determinadas localidades.

Bs. As., 8/4/2013

VISTO la Resolución M.J. y D.H. Nº 371 de fecha 5 de abril de 2013, losConvenios de Complementación de Servicios celebrados por esta DirecciónNacional con la finalidad de establecer el sistema de cobro de multaspor infracciones de tránsito por parte de los Registros Seccionales yla Disposición D.N. Nº 515/03, sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución citada en el Visto se estableció que losREGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR y los REGISTROSSECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR CON COMPETENCIA EXCLUSIVA ENMOTOVEHICULOS con asiento en las localidades de LA PLATA, BERISSO yENSENADA, todos de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y en la CIUDADAUTONOMA DE BUENOS AIRES, deberán percibir un arancel excepcional dePESOS UNO ($ 1) por todo concepto, por los trámites para la obtenciónde placa de reposición, duplicado de título de propiedad y duplicado decédula de identificación de automotores y motovehículos, que realicenhasta el 30 de abril, los usuarios afectados por el temporal ocurridolos días 2 y 3 de abril del corriente.

Que algunos de los trámites alcanzados por la mencionada Resolución seencuentran comprendidos en el marco de los Convenios de Complementaciónde Servicios suscriptos entre este organismo y distintos gobiernosprovinciales y municipales, en virtud de los cuales los RegistrosSeccionales deben solicitar el informe de deuda por infracciones detránsito mediante el uso del Formulario “13 I” “Informe de Deuda porInfracciones de Tránsito”, consultando a ese efecto la informacióncontenida en el Sistema Unificado de Gestión de Infracciones deTránsito (SUGIT).

Que las obligaciones que deben cumplir los Encargados de Registro envirtud de los referidos convenios fueron regladas y puestas en vigenciapor esta Dirección Nacional mediante las Disposiciones D.N. Nros.515/03, 395/04, 602/05, 746/06, 169/09 y sus modificatorias.

Que esas obligaciones resultan aplicables tanto respecto de losRegistros Seccionales de la Propiedad del Automotor como de losRegistros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competenciaexclusiva en Motovehículos.

Que en uso de sus facultades de superintendencia y a fin de efectivizarel cobro del arancel excepcional de PESOS UNO ($ 1) por todo concepto alos usuarios afectados por el temporal que soliciten reposición dedocumentación extraviada o deteriorada, esta Dirección Nacionalentiende que corresponde exceptuar a los Registros Seccionalesalcanzados por la referida Resolución de la obligación de solicitar elinforme de deuda de infracciones de tránsito por el plazo de vigenciadel beneficio arancelario establecido.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas porel artículo 2°, inciso c), del Decreto Nº 335/88 y del Anexo II delDecreto Nº 1755/08.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

Artículo 1° — Establécese que,durante el plazo de vigencia de la Resolución M.J. y D.H. Nº 371 defecha 5 de abril de 2013, los REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DELAUTOMOTOR y los REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR CONCOMPETENCIA EXCLUSIVA EN MOTOVEHICULOS con asiento en LA PLATA, BERISSOy ENSENADA, todos de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y en la CIUDADAUTONOMA DE BUENOS AIRES, estarán exceptuados de solicitar el informede deuda de infracciones de tránsito mediante el uso del Formulario “13I” “Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito”, mediante consultaal Sistema Unificado de Gestión de Infracciones de Tránsito (SUGIT),previo a la inscripción de los trámites de solicitud de duplicado detítulo y duplicado de cédula de identificación de automotores ymotovehículos, conforme el artículo 6° de la Disposición D.N. Nº515/03, sus modificatorias y complementarias.

Art. 2° — Regístrese,comuníquese, atento su carácter de interés general, dése para supublicación a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. —Mariana Aballay.

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