Resolución 145/2013

Convenio De Establecimiento De Un Programa De Becas Para Profesionales Argentinos En Francia

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Becas
Convenio De Establecimiento De Un Programa De Becas Para Profesionales Argentinos En Francia

Apruebase el convenio de establecimiento de un programa de becas para profesionales argentinos en el nivel de master (m2) en la republica francesa celebrado el 8 de marzo entre esta jurisdiccion, representada por el señor subsecretario de gestion y empleo publico de la secretaria de gabinete y coordinacion administrativa y el institut français d’argentine y campus france.

Id norma: 215006 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32645

Fecha boletin: 23/05/2013 Fecha sancion: 18/03/2013 Numero de norma 145/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Jefatura De Gabinete De Ministros Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Jefatura de Gabinete de Ministros

BECAS

Resolución 145/2013

Apruébase Convenio de Establecimientode un Programa de Becas para Profesionales Argentinos en el Nivel deMaster (M2) en la República Francesa.

Bs. As., 18/3/2013

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM 0006863/2013 del Registro de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley de Ministerios (t.o. DecretoNº 438/92) y la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº237 de fecha 17 de mayo de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el día 8 de marzo de 2013 se suscribió un convenio entre estaJurisdicción, representada por el Señor Subsecretario de Gestión yEmpleo Público de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIONADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el INSTITUTFRANÇAIS D’ARGENTINE y CAMPUS FRANCE, ad referéndum del JEFE DEGABINETE DE MINISTROS, que como Anexo forma parte integrante de lapresente en copia certificada, con el objeto de establecer un Programade Becas para la formación en Ciencia y Tecnología en el nivel deMaestría (M2) en la REPUBLICA FRANCESA.

Que el Gobierno Nacional, a través de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS, se ha comprometido a desarrollar y poner en valor laformación académica de los científicos del país a fin de promover laconsolidación, expansión e internacionalización de las políticaspúblicas educativas destinadas a profundizar el mejoramiento de laformación en las ramas de ciencias básicas aplicadas.

Que asimismo, se ha comprometido a promover la cooperacióninternacional e intercambio de recursos de capacitación, mediante elotorgamiento de becas para estudiantes de posgrado que en las áreasrelativas a la ciencia y la tecnología deseen realizar sus estudios eninstituciones académicas del exterior con el objeto de fomentar elintercambio de experiencias que redunden en un impacto positivo para eldesarrollo económico sostenido del país y de vincular más activamentelos contenidos y prácticas educativas con las demandas de calificaciónexigidas por los procesos productivos.

Que la necesidad de profundización de la formación en ciencia ytecnología es considerada estratégica por el Gobierno Nacional a fin depropender a producir un impacto directo positivo en la competitividadde la producción y la continuidad del desarrollo económico sostenidocon inclusión social del país.

Que mediante la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº237 de fecha 17 de mayo de 2012 fue creado el “PROGRAMA BEC.AR BECAS DEFORMACION EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGIA”, destinado a llevaradelante acciones orientadas en tal sentido en la órbita de la JEFATURADE GABINETE DE MINISTROS.

Que en tal sentido resulta necesario instrumentar mediante convenios elreferido “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACION EN EL EXTERIOR EN CIENCIAY TECNOLOGIA”, financiado por medio de fondos externos y recursospropios, para estudiantes de posgrado de acuerdo a las característicasantes enunciadas.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DECOORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIONADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado laintervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8º del Decreto Nº 977/95.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase elConvenio de Establecimiento de un Programa de Becas para ProfesionalesArgentinos en el Nivel de Master (M2) en la REPUBLICA FRANCESAcelebrado el 8 de marzo entre esta Jurisdicción, representada por elSeñor SUBSECRETARIO DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DEGABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA y el INSTITUT FRANÇAISD’ARGENTINE Y CAMPUS FRANCE, que como Anexo forma parte integrante dela presente medida en copia certificada.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina.

ANEXO

CONVENIO DE ESTABLECIMIENTO DE UNPROGRAMA DE BECAS PARA PROFESIONALES ARGENTINOS EN EL NIVEL DE MASTER(M2) EN LA REPUBLICA FRANCESA

Entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con domicilio en Balcarce50 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante denominada laJGM, representada en este acto por el señor Andrés GILIO, Subsecretariode Gestión y Empleo Público, y el INSTITUT FRANÇAIS D’ARGENTINE, condomicilio en Basavilbaso 1253 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, enadelante el INSTITUT, representado en este acto por el señor AldoHERLAUT, Director, y CAMPUS FRANCE, establecimiento público de carácterindustrial y comercial según lo dispuesto por la ley del 27 de julio de2010, con domicilio en el 28, rue de la Grange aux Belles, 75010 PARIS,en adelante la AGENCIA, representada en este acto por el señor AntoineGRASSIN, Director General; en el marco de la Carta Acuerdo ENTRE LAJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y LA EMBAJADA DE FRANCIA EN LAREPUBLICA ARGENTINA, celebrada el 11 de diciembre de 2012 y ADREFERENDUM del Sr. JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, Dr. Juan Manuel ABALMEDINA, convienen regirse por las siguientes cláusulas:

SECCION UNO - OBJETIVO

Se conviene celebrar el presente convenio para posibilitar eldesarrollo de un programa de becas para la formación en Ciencia yTecnología, destinadas a profesionales argentinos para la realizaciónde Masters (M2), en adelante M2, en establecimientos de educaciónsuperior en Francia.

Formar una sede de profesionales especializados en el dominio de laciencia y la tecnología a fin de que contribuyan al crecimientoproductivo de la Argentina en áreas estratégicas para el desarrollosustentable del país.

Favorecer la reinserción de los profesionales en Argentina a través de una mayor especialización.

Alentar las relaciones bilaterales y la integración de redes internacionales de cooperación.

Los becarios formarán parte del Programa BEC.AR “Becas de Formación enel Exterior en Ciencia y Tecnología” del Gobierno Argentino que ofrecebecas en diferentes países.

SECCION DOS - REQUISITOS

2.1 Para tener acceso a las becas, los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser ciudadano/a argentino/a;

2.1.2 Ser graduado/a universitario/a de carreras de no menos de cuatro años de duración;

2.1.3 Demostrar un nivel de idioma (francés y/o inglés) suficiente paraser admitido en las instituciones de educación superior francesas a lasque postula. En el caso del idioma francés, se establece como nivel dereferencia el nivel B2 del marco europeo común de referencia para laslenguas - MECRL (DELF, TCF o TEF);

2.1.4 Cumplir los requisitos de admisión de las instituciones de educación superior francesas a las cuales postula;

2.1.5 Comprometerse mediante contrato de reintegro a sus actividadesespecíficas en la República Argentina, prestando servicios posteriorespor un mínimo de dos años;

2.1.6 Cumplir con cualquier requisito adicional establecido en cada convocatoria anual de solicitudes;

2.1.7 Postularse en los campos de ciencia, tecnología, ingenierías y/o matemáticas o disciplinas equivalentes;

2.1.8 Demostrar un gran interés por el intercambio educativo y uncompromiso a interactuar con colegas franceses para aprender sobre lacultura y los valores franceses y compartir la cultura y los valoresargentinos.

SECCION TRES - RESPONSABILIDADES

3.1 A cargo de la JGM

3.1.1 La JGM se compromete a pagar el costo de transporte desde ellugar de origen del becario hasta el lugar de destino de cursada del M2.

3.1.2 La JGM toma a su cargo y se compromete a pagar un monto máximo deEUROS TRECE MIL SEISCIENTOS (€ 13.600) por becario de M2 por 10 mesescon el fin de hacer frente a:

a) Matrícula de inscripción a los establecimientos en el límite de EUROS QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE (€ 569);

b) El mantenimiento mensual promedio y asignación de costo de vidamensual promedio por un valor de EUROS DIEZ MIL NOVECIENTOS (€ 10.900);

c) El seguro anual de salud durante el período de la beca por un valor máximo de EUROS QUINIENTOS (€ 500);

d) Los costos administrativos de los documentos académicos finales, lossellados correspondientes, los costos del expediente consular y laemisión de visa por un valor de EUROS MIL (€ 1.000), los cuales seránabonados al INSTITUT.

e) Los costos de gestión de la beca y de administración financieraentre Francia y Argentina, costo financiero Travelex para el pago delprimer mes de la beca por EUROS SEISCIENTOS VEINTE (€ 620).

3.1.3 La JGM pagará hasta un monto de EUROS MIL (€ 1.000) por becariopor única vez, adicional al monto de TRECE MIL SEISCIENTOS (€ 13.600)descrito en el punto 3.1.2, para garantizar la ingeniería pedagógica ylas tutorías metodológicas y administrativas de las instituciones deeducación superior francesas, las cuales recibirán un monto de EUROSQUINIENTOS (€ 500), y de la AGENCIA, la cual recibirá un monto de EUROSQUINIENTOS  (€ 500) a fin de garantizar este propósito.

3.1.4 La JGM entregará los montos correspondientes a estos rubros unavez seleccionados los candidatos a la AGENCIA, para que ésta realicelas prestaciones descritas en el artículo 3.2 y según las modalidadesdescritas en el artículo 6.2.

3.2 A cargo de la AGENCIA

3.2.1 La AGENCIA revisará todos los formularios de solicitud a fin decorroborar que los requisitos para las becas estén correctos de acuerdoa los requisitos de las instituciones de educación superior francesas;

3.2.2 La AGENCIA identificará las instituciones de educación superior francesas de acuerdo al perfil del becario;

3.2.3 La AGENCIA se encargará del proceso de postulación de losbecarios y de la inscripción de los mismos a los programas académicos;

3.2.4 La AGENCIA se hace cargo de la gestión financiera del programa;

3.2.5 La AGENCIA mantendrá un contacto continuo y cercano con losbecarios durante el período de ubicación y controlará su progreso hastael final de sus becas. La AGENCIA garantiza las prestaciones deingeniería pedagógica y las tutorías metodológicas y administrativas delas instituciones de educación superior francesas.

3.3 A cargo del INSTITUT:

3.3.1 EL INSTITUT llevará a cargo la supervisión del nivel de francés,evaluará el proyecto pedagógico del estudiante y realizará unaentrevista con el becario antes de su partida.

3.3.2 El INSTITUT confeccionará los documentos definitivos del becarioque deben ser presentados a las instituciones de recepción.

3.3.3 El INSTITUT presentará el expediente para la solicitud de visa decada becario al Consulado General de Francia en Argentina, quienemitirá la visa correspondiente, siempre que el becario/a cumpla losrequisitos solicitados por el Consulado General de Francia y nopresente ningún impedimento legal a nivel de la legislación Argentinay/o de la legislación internacional vigente.

3.4 Por su parte, el Estado Francés garantiza que los becariosseleccionados se beneficiarán de todos los derechos inherentes alestatus de estudiante tales como: el acceso a los restaurantesuniversitarios, ayuda financiera para el alojamiento, reducciones enlos costos del transporte y de actividades culturales. Los estudiantesextranjeros obtienen los mismos derechos que un estudiante francés yaque los costos reales de las formaciones son tomadas a cargo del EstadoFrancés.

SECCION CUATRO - DURACION DE LA BECA

Las becas de estadías de M2 tendrán una duración de 10 meses. Loscandidatos deberán elegir un M2 que se corresponda a las disciplinasestratégicas seleccionadas por el programa BE.CAR; las mismas sedetallan en el Anexo I de este convenio operativo.

Las becas se otorgarán por 10 meses y no serán renovables por un segundo año.

SECCION CINCO - DIFUSION Y SELECCION

5.1 Difusión

Las Partes se comprometen a difundir y promocionar el programa en el marco de la comunicación institucional que realizan.

Las Partes realizarán acciones de difusión específicas para elPrograma, como la difusión de las fechas de apertura y cierre de cadaconvocatoria y los requisitos de postulación.

El INSTITUT realizará una promoción específica que abarcará a suscontrapartes locales a nivel de la ciencia y la tecnología y permitirádifundir esta oferta a profesionales argentinos.

El INSTITUT y la AGENCIA también realizarán una promoción específicadel Programa dirigida a responsables claves de establecimientos tantodel sistema de educación superior argentino, como del sistema deeducación superior francés.

El programa será difundido en toda la República Argentina por lasPartes mediante una convocatoria anual dirigida a los sectoresacadémico, profesional, social y económico.

5.2 Selección

5.2.1 Las Partes acuerdan que se lanzarán las primeras convocatoriasdel programa en el transcurso del año 2013 para las becas de estadíasde M2. Para que las becas puedan otorgarse, los candidatos deberán seraceptados por las instituciones de educación superior francesas.

5.2.2 Los postulantes serán elegidos en base a una convocatoriaconjunta por parte de la JGM y el INSTITUT a nivel nacional, abierta atodos los interesados y con rigurosos criterios de selección.

5.2.3 Para la selección de becarios de M2, se creará un Comité Asesorad-honorem integrado por DOS (2) representantes designados por la JGM;UN (1) representante designado por el MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIAE INNOVACION PRODUCTIVA; y TRES (3) por el INSTITUT y/o AGENCIA. EsteComité se encargará de analizar las candidaturas y elegir loscandidatos preseleccionados. Sobre la base de estas evaluaciones seconvocará a los candidatos que reúnan las calificaciones requeridaspara la beca a una entrevista personal. El Comité Asesor entrevistará alos postulantes y seleccionará a los finalistas. A partir del análisisde las postulaciones y de las entrevistas, el Comité Asesor presentaráuna lista preliminar al Comité Evaluador que tomará la decisión final.El Comité Evaluador estará integrado por UN (1) representante delINSTITUT y/o AGENCIA; UN (1) representante designado por el MINISTERIODE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA; y DOS (2)representantes de la JGM. Para la selección de los estudiantesfinalistas, el Comité Evaluador velará por la equidad geográfica y degénero. Asimismo, deberá tomar en cuenta para su selección lasdisciplinas establecidas como prioritarias por la JGM, detalladas en elANEXO I.

SECCION SEIS - COORDINACION Y GESTION DEL PROGRAMA

6.1 Coordinación

La JGM, el INSTITUT y la AGENCIA, coordinarán la ejecución del programa con el objeto de:

a) Establecer las orientaciones estratégicas del programa y determinarlas áreas prioritarias para la asignación de las becas en lasdisciplinas de ciencia, tecnología e innovación productiva.

b) Tomar todas las medidas necesarias relativas a las reglas de laimplementación operativa y, principalmente, la frecuencia de lasconvocatorias, el método de seguimiento, evaluación y rendiciónacadémica y financiera de las acciones.

c) Decidir sobre la evolución posible de la constitución de los Comitésde acuerdo a las necesidades que surjan en el transcurso del presenteprograma.

6.2 Disposiciones financieras

a) La AGENCIA abre en su sistema contable una cuenta anual a nombre dela JGM con el fin de garantizar el desglose contable de los movimientoscomo anticipos y/o gastos.

b) La AGENCIA, dentro de los 10 días siguientes a la recepción de lalista definitiva de becarios, presenta un presupuesto anual de loscostos del programa y de los costos de gestión con un límite de EUROSCATORCE MIL SEISCIENTOS (€ 14.600) por becario por todo concepto.

c) La JGM abonará los fondos en Euros por lo menos un mes antes de lafecha de llegada de los nuevos becarios contra presentación delpresupuesto que contemplará el detalle individual de la aceptación delos becarios en los M2 realizando el pago del 100% del presupuesto,sobre la cuenta bancaria de la AGENCIA a cuyas referencias siguen:

Nombre de la cuenta: CAMPUS FRANCE28 rue de la Grange aux Belles75010 PARIS

Domiciliación: BNP PARIBAS BNPP ASSOCIATION

Código del banco: 30004

Código de la taquilla: 00811

Nº de cuenta: 00021579374

Llave: 80

IBAN: FR76 3000 4008 1100 215 7937 480

BIC: BNPAFRPPPAA

d) La AGENCIA implementa las prestaciones previstas en el artículo 3.2una vez recibidos los fondos para cubrir los gastos. De lo contrario,la AGENCIA se reserva el derecho de suspender el pago de lassubvenciones después de haber informado explícitamente a la JGM.

e) En caso de prestaciones o becarios complementarios solicitados porla JGM, la AGENCIA establece un presupuesto modificativo antes de todaejecución cuyo pago se efectúa según las condiciones anteriormentedefinidas.

f) Al finalizar cada año universitario y a más tardar seis (6) mesesdespués de éste, la AGENCIA elaborará el estado contable definitivo delos gastos.

g) Si el saldo resulta ser positivo, la JGM puede solicitar por escritoel reembolso en Euros o transferir el saldo a la tesorería delsiguiente año contable. Si el saldo resultara ser negativo, deberá serabonado por la JGM mediante transferencia bancaria tras recibir elestado contable definitivo, siempre y cuando éste no supere los EUROSCATORCE MIL SEISCIENTOS (€ 14.600) por beneficiario.

SECCION SIETE - OBLIGACIONES DEL CONVENIO

Las Partes acuerdan que analizarán cada año los servicios y los costossujetos a posibles actualizaciones durante la vigencia el programa.Ninguna de las Partes podrá modificar los costos de forma unilateral.

SECCION OCHO - DURACION DEL CONVENIO

El presente Convenio de cooperación tendrá una duración de CUATRO (4)años entrando en vigencia desde su suscripción. El acuerdo podrárescindirse por cualquiera de las Partes, previo aviso escrito conNOVENTA (90) días de anticipación. En caso de resolución de comúnacuerdo o rescisión unilateral o finalización por vencimiento deltérmino de duración pactado, deberán cumplirse las obligaciones deambas Partes con relación a las becas en curso y hasta su terminación.El convenio podrá prorrogarse con el acuerdo de las Partes en todos susaspectos.

SECCION NUEVE - DISPOSICIONES DIVERSAS

9.1 Signatarios:

9.1.1 Le pertenece a la JGM dar a conocer al INSTITUT y a la AGENCIA laidentidad de la o de las personas (Apellido, Nombre, Función)habilitadas para dar seguimiento a los expedientes y darleinstrucciones. La JGM se compromete en informar oficialmente alINSTITUT y a la AGENCIA de cualquier cambio al respecto.

9.1.2 En caso de la ausencia de disposiciones particulares por parte dela JGM, el INSTITUT y la AGENCIA reconocerán cualquier instrucciónescrita proveniente del JGM (papel membretado, sello, fax, e-mail) sincontestación ulterior posible.

9.2 Litigios

Las Partes acuerdan que en el caso de producirse litigios o conflictos,los mismos deberán solucionarse en el marco de la comunicación y lanegociación permanente pautada. Si superada esta instancia el conflictopersistiera, las Partes acuerdan someterse a los Tribunales Federalesen lo Contencioso Administrativo de la República Argentina con sede enla Ciudad Autónoma de Buenos Aires para dirimir cualquier cuestiónjurídica que se suscitara.

9.3 Documentos anexos

El presente convenio prevé un ANEXO I, en el que se detalla el listadode carreras y áreas profesionales prioritarias (no exhaustivo), el cualconstituye un conjunto indivisible para las Partes que lo acuerdan.

9.4 Idioma del Convenio

El presente Convenio ha sido redactado en español. Las partes acuerdansu traducción al francés. Se preparan seis ejemplares originales (tresen idioma francés y tres en español). Ambas versiones son consideradascomo auténticas.

Firmado en Buenos Aires a los 08 días del mes de Marzo del 2013

ANEXO I

Listado de carreras y áreas profesionales prioritarias - (No exhaustivo)

AreaDisciplinas que Incluye el Area (lista no exhaustiva)Ciencias Biológicas de Células y MoléculasBiologíaMolecular y Celular - Bioquímica - Biología Humana - Biología Vegetal -Biomatemáticas - Biofísica - Genética - Inmunología - Microbiología -Virología - Radiobiología - Biotecnología - Tecnología BioquímicaCiencias Biológicas de Organismos y SistemasZoología- Antropología Física - Etología - Entomología - Paleontología-Botánica - Simbiosis - Oceanografía - Ecología - Microbiología -Genética - Neurociencias - Toxicología - NutriciónCiencias Físicas, Matemáticas y AstronómicasLógicaGeneral y Aplicaciones - Algebra - Análisis y Análisis Funcional-Ciencia de la Computación - Geometría - Teoría de Números - AnálisisNumérico - Investigación Operativa - Probabilidad - Estadística-Topología - Acústica - Electromagnetismo - Electrónica - Mecánica-Física Molecular - Física Atómica y Nuclear - Nucleónica - Optica-Química Física - Física del Estado Sólido - Física Teórica-Termodinámica - Unidades y Constantes - Física Altas Energías-Meteorología - ClimatologíaCiencias Médicas y Clínicas y Salud PúblicaEpidemiología- Medicina Legal y Forense - Medicina Preventiva - Medicina Interna(cardiología, gastroenterología, neurología, reumatología, odontología,radioterapia, etc.) - Tecnología Biomédica - Tratamiento farmacológicode enfermedades - Genética - Neurociencias - Microbiología - Virología- Parasitología - Nutrición - Farmacodinámica - FarmacologíaCiencias QuímicasQuímicaAnalítica - Bioquímica - Química Inorgánica - Química Macromolecular -Química Nuclear - Química Orgánica - Química FarmacéuticaCiencias de la Tierra e Hidro-atmosféricasCienciasde la Atmósfera - Climatología - Geodesia - Geología - Geoquímica -Geomorfología - Geofísica - Hidrología - Geotecnia - Meteorología -Oceanografía - Ciencias del Suelo - Ciencias del EspacioTecnología Agraria y ForestalIngenieríaAgrícola - Agroquímica - Agronomía - Ingeniería Forestal – Horticultura- Fitopatología - Producción Animal - Tecnología en industrias madererasTecnología Pecuaria y PesqueraProducción Animal - Peces y Fauna Silvestre - Acuicultura - Ciencias VeterinariasTecnología del Medio AmbienteTecnologíae Ingeniería del Medio Ambiente - Ingeniería de Residuos –Contaminaciónatmosférica, del agua y del suelo - Tecnología de aguas residuales -Regeneración y biorremediación - Ingeniería sanitariaTecnología QuímicaTecnologíaBioquímica - Tecnología Metalúrgica - Ingeniería y Tecnologías Químicas- Tecnología del Carbón y el Petróleo - Biotecnología - TecnologíaMinera - Tecnología TextilTecnología de AlimentosTecnología de Alimentos - Tecnología Bioquímica - Tecnología de la conservación de alimentos - Microbiología de los alimentosTecnología Industrial, Energética, de Transporte, Minera, Mecánica y de MaterialesTecnologíade la Construcción - Tecnología de Materiales - Tecnología Eléctrica -Instrumentación - Tecnología Mecánica - Tecnología Energética y Nuclear- Tecnología Minera - Mecatrónica - Tecnología Naval - Tecnología VialTecnología Informática, de las Comunicaciones y ElectrónicaTecnologíade la Información y las Comunicaciones - Ingeniería de Computadores -Informática - Electrónica - Instrumentación - Ingeniería de Sistemas -Robótica - Tecnologías Avanzadas de ProducciónIngenierías:

• Ingeniería Aeronáutica• Ingeniería Agroindustrial• Ingeniería Agronómica• Ingeniería Agropecuaria• Ingeniería Ambiental• Ingeniería Azucarera• Ingeniería Biomédica• Ingeniería Civil• Ingeniería Eléctrica• Ingeniería Electromecánica• Ingeniería Electrónica• Ingeniería Electrotécnica• Ingeniería en Agrimensura• Ingeniería en Alimentos• Ingeniería en Automatización y Control Industrial• Ingeniería en Biotecnología• Ingeniería en Computación• Ingeniería en Geografía• Ingeniería en Industrias de la madera• Ingeniería en Industrias forestales• Ingeniería en Materiales• Ingeniería en Mecatrónica• Ingeniería en Minas• Ingeniería en Paisajes• Ingeniería en Perforaciones• Ingeniería en Petróleo• Ingeniería en Producción• Ingeniería en propulsión naval• Ingeniería en Recursos Hídricos• Ingeniería en Recursos Naturales• Ingeniería en Sistemas• Ingeniería en Sistemas de la Información• Ingeniería en Sonido• Ingeniería en Telecomunicaciones• Ingeniería Forestal• Ingeniería Geodésica y Geofísica• Ingeniería Hidráulica• Ingeniería Industrial• Ingeniería Informática• Ingeniería Mecánica• Ingeniería Metalúrgica• Ingeniería Naval• Ingeniería Nuclear• Ingeniería Pesquera• Ingeniería Química• Ingeniería Textil• Ingeniería Vial• Ingeniería Zootecnista

Licenciaturas y profesorados:

• Licenciatura en Administración Agraria• Licenciatura en Administración Rural• Licenciatura en Análisis Ambiental• Licenciatura en Análisis de Sistemas• Licenciatura en Análisis Químicos y Bromatológicos• Licenciatura en Astronomía• Licenciatura en Automatización y Control de Procesos Industriales• Licenciatura en Biodiversidad• Licenciatura en Bioimágenes• Licenciatura en Bioinformática• Licenciatura en Biología• Licenciatura en Biología Marina• Licenciatura en Biología Molecular• Licenciatura en Biotecnología• Licenciatura en Bromatología• Licenciatura en Ciencia y Tecnología de los Alimentos• Licenciatura en Ciencias Ambientales• Licenciatura en Ciencias Básicas• Licenciatura en Ciencias de la Atmósfera• Licenciatura en Ciencias de la Computación• Licenciatura en Ciencias de la Información• Licenciatura en Ciencias de los Alimentos• Licenciatura en Ciencias del Ambiente• Licenciatura en Ciencias Geológicas• Licenciatura en Ciencias Oceanográficas• Licenciatura en Ciencias y Tecnología de los Alimentos• Licenciatura en Computación• Licenciatura en Diagnóstico por Imágenes• Licenciatura en Diagnóstico y Gestión Ambiental• Licenciatura en Diseño de Indumentaria• Licenciatura en Diseño Industrial• Licenciatura en Diseño Multimedial• Licenciatura en Ecología• Licenciatura en Ecología Urbana• Licenciatura en Economía Industrial• Licenciatura en Energías Renovables• Licenciatura en Enología• Licenciatura en Enseñanza de la Física• Licenciatura en Enseñanza de la Matemática• Licenciatura en Enseñanza de la Química• Licenciatura en Estadística• Licenciatura en Física• Licenciatura en Física Médica• Licenciatura en Genética• Licenciatura en Geofísica• Licenciatura en Geología• Licenciatura en Geoquímica• Licenciatura en Gestión Ambiental• Licenciatura en Gestión de Empresas Agropecuarias• Licenciatura en Hidrogeología• Licenciatura en Hidrología• Licenciatura en Higiene y Seguridad• Licenciatura en Información Ambiental• Licenciatura en Informática• Licenciatura en Matemática• Licenciatura en Materiales• Licenciatura en Oceanografía• Licenciatura en Optica Ocular y Optometría• Licenciatura en Optica Oftálmica• Licenciatura en Organización Industrial• Licenciatura en Ortesis y Prótesis• Licenciatura en Plantas Propulsoras Marinas• Licenciatura en Producción Animal• Licenciatura en Producción de Bioimágenes• Licenciatura en Producción Vegetal• Licenciatura en Protección y Saneamiento Ambiental• Licenciatura en Química• Licenciatura en Recursos Naturales• Licenciatura en Redes de Comunicaciones• Licenciatura en Saneamiento y Protección Ambiental• Licenciatura en Sistemas• Licenciatura en Sistemas de Información• Licenciatura en Sistemas Informáticos• Licenciatura en Tecnología• Licenciatura en Tecnología Ambiental• Licenciatura en Tecnología de los Alimentos• Licenciatura en Tecnología Minera• Licenciatura en Tecnologías de la Información y Comunicación• Licenciatura en Transporte Marítimo

Otras carreras de grado científico-técnicas:

• Veterinaria• Agrimensura• Bioingeniería• Farmacia• Bioquímica• Bromatología• Computador Universitario• Diseño de Iluminación• Diseño de Indumentaria• Diseño Industrial• Diseño Textil

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica