Resolución 46/2013

Eleccion De Miembros Del Directorio Del Inym

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Instituto Nacional De La Yerba Mate
Eleccion De Miembros Del Directorio Del Inym

Apruebanse las actuaciones y tenganse presente los antecedentes presentados por las entidades y asociaciones convocadas, obrantes en el expte. nº 0743/12 registro inym, a los fines de la inscripcion y/o actualizacion de datos para participar en la eleccion de miembros del directorio del inym.

Id norma: 216179 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32658

Fecha boletin: 11/06/2013 Fecha sancion: 29/04/2013 Numero de norma 46/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Instituto Nacional De La Yerba Mate Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE

Resolución Nº 46/2013

Posadas, Misiones, 29/4/2013

VISTO: El Expte. Nº 0743/12 registro INYM, lo dispuesto en el TítuloIV, capítulos I, II y III de la Ley 25.564, Decreto Reglamentario Nº1240/02 y art. 13 del Estatuto del INYM; y,

CONSIDERANDO:

QUE, por Res. 253/12 del INYM, se convocó a las Entidades privadasmencionadas en el art. 6° incs. d, e, f, g y h de la Ley 25.564 ainscribirse y/o actualizar antecedentes en el registro respectivo a finde participar en el procedimiento para la designación de Directores delINYM, conforme las normas aplicables.

QUE, por Resoluciones Nº 03/13 y Nº 029/13 registro del INYM, sefijaron sucesivos plazos de prórroga del plazo fijado inicialmente parainscribirse en la convocatoria de Entidades, o para cumplimentar conlos requisitos formales pendientes al efecto.

QUE, encontrándose vencido el último plazo fijado, se procedió arealizar un relevamiento de las Entidades que presentaron susantecedentes a los fines de la elección de miembros del Directorio delINYM.

QUE, del análisis de la documentación obrante en el expediente, se hacomprobado que existen tres entidades presentadas en tiempo y forma,pero que adeudan documentación para considerarlas habilitadas paraparticipar en el acto eleccionario, por lo que este Directorio en ánimoa procurar la mayor participación, aprueba la extensión de un plazoexcepcional de quince (15) días hábiles a las siguientes entidades:

-Sector Secaderos: Asociación de Secaderos de Yerba Mate del Alto Paraná (ASYMAP).

-Sector Cooperativo: Cooperativa Yerbatera Andresito Limitada.

-Sector Productivo: Asociación Civil Agrícola, Ganadera y Forestal de la Zona Sur.

QUE, desde este Instituto se entiende como una cuestión fundamental ladefensa de la genuina y directa representación de los sectores en laconformación del Directorio, a efectos de que la sustentabilidad decada uno de ellos se encuentre debidamente asegurada, y sea un objetivorealizable, tal como lo menciona el Art. 3° de la Ley 25.564, por ello,se considera que no corresponde la habilitación de la Federación deCooperativas Agrícolas de Misiones Ltda., como integrante del SectorProductivo.

QUE, por otro lado, han cumplido con todos los requisitos exigidos alos fines de su habilitación para participar en el procedimiento dedesignación de Directores el INYM, las siguientes Asociaciones yEntidades:

Sector Productivo:

1) Federación Agraria Argentina (FAA), 2) Asociación Rural YerbateraArgentina (ARYA), 3) Centro Agrario Yerbatero Argentino (C.A.Y.A.), 4)Asociación de Productores Agropecuarios de Misiones (APAM), 5)Asociación de Plantadores del Nordeste Argentino (APNEA), 6) Unión deAgricultores de Misiones (UDAM), 7) Asociación de Productores ZonaCentro (APZC), 8) Asociación Chimiray.

Sector Cooperativo:

1) Cooperativa Agrícola Mixta de Montecarlo Limitado, 2) Cooperativa deProductores y Elaboradores de Te de Guaraní Limitada, 3) Cooperativa deProductores Yerbateros de Jardín América Limitada, 4) CooperativaAgrícola Colonia Polana Limitada, 5) Cooperativa Yerbatera de ApóstolesLimitada, 6) Productores de Yerba Mate de Santo Pipó SociedadCooperativa Limitada, 7) Cooperativa Agrícola de la Colonia LiebigLimitada, 8) Cooperativa Agrícola Santo Pipó Limitada.

Sector Secaderos:

1) Asociación de Secaderos de Yerba Mate Zona Centro (ASYM).

Sector Industrial:

1) Cámara de Molineros de Yerba Mate de la Zona Productora (CMYMZP), 2)Federación de Molineros de Yerba, 3) Asociación de ProductoresMolineros de Corrientes.

Sector Trabajadores Rurales:

1) Asociación Civil de Tareferos y Obreros Rurales de la Zona Centro,2) Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE).

QUE, el INYM se encuentra facultado para aplicar las medidas necesariasa fin de hacer cumplir la Ley 25.564, su Decreto Reglamentario 1240/02y las disposiciones que en su consecuencia se dicten relacionadas conlos objetivos del INYM, según se desprende de lo dispuesto en los Arts.4 y 5 del mencionado cuerpo normativo.

POR ELLO,

EL DIRECTORIO DEL INYM

RESUELVE:

ARTICULO 1° — APRUEBANSE las actuaciones y ténganse presente losantecedentes presentados por las Entidades y Asociaciones convocadas,obrantes en el Expte. Nº 0743/12 registro INYM, a los fines de lainscripción y/o actualización de datos para participar en la elecciónde miembros del Directorio del INYM.

ARTICULO 2° — HABILITASE para la participación en el procedimiento dedesignación de Directores del INYM —período 2013/2015—, a lassiguientes Entidades y Asociaciones:

-Federación Agraria Argentina (FAA).

-Asociación Rural Yerbatera Argentina (ARYA).

-Centro Agrario Yerbatero Argentino (C.A.Y.A.).

-Asociación de Productores Agropecuarios de Misiones (APAM).

-Asociación de Plantadores del Nordeste Argentino (APNEA).

-Unión de Agricultores de Misiones (UDAM).

-Asociación de Productores Zona Centro (APZC).

-Asociación Chimiray.

-Cooperativa Agrícola Mixta de Montecarlo Limitada.

-Cooperativa de Productores y Elaboradores de Te de Guaraní Limitada.

-Cooperativa de Productores Yerbateros de Jardín América Limitada.

-Cooperativa Agrícola Colonia Polana Limitada.

-Cooperativa Yerbatera de Apóstoles Limitada.

-Productores de Yerba Mate de Santo Pipó Sociedad Cooperativa Limitada.

-Cooperativa Agrícola de la Colonia Liebig Limitada.

-Cooperativa Agrícola Santo Pipó Limitada.

-Asociación de Secaderos de Yerba Mate de la Zona Centro (A.S.Y.M.).

-Cámara de Molineros de Yerba Mate de la Zona Productora (CMYMZP).

-Federación Molineros de Yerba.

-Asociación de Productores Molineros de Corrientes.

-Asociación Civil de Tareferos y Obreros Rurales de la Zona Centro.

-Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE).

ARTICULO 3° — DECLARAR que por las razones expuestas en losconsiderandos, en ánimo a procurar la mayor participación de entidadesen los sectores, se aprueba la extensión de un plazo excepcional dequince (15) días hábiles a las siguientes entidades:

-Sector Secaderos: Asociación de Secaderos de Yerba Mate del Alto Paraná (ASYMAP).

-Sector Cooperativo: Cooperativa Yerbatera Andresito Limitada.

-Sector Productivo: Asociación Civil Agrícola, Ganadera y Forestal de la Zona Sur.

ARTICULO 4° — DECLARAR que por las razones expuestas en losconsiderandos, no se encuentra habilitada para participar en elprocedimiento de designación de Directores del Sector Productivo delINYM, la Federación de Cooperativas Agrícolas de Misiones Limitada(FEDECOOP).

ARTICULO 5° — REGISTRESE, Comuníquese a los interesados. Cumplido.ARCHIVESE. — Ing. Agr. LUIS F. PRIETTO, Presidente, Inst. Nacional dela Yerba Mate. — EDUARDO TUZINKIEWICZ, Director, Instituto Nacional dela Yerba Mate. — FLORENCIO ZENA, Director, Instituto Nacional de laYerba Mate. — ENRIQUE KUSZKO, Director, Inst. Nacional de la YerbaMate. — ANDRES E. VAN DOMSELAAR, Director, Inst. Nacional de la YerbaMate. — Cr. RAMIRO LOPEZ, Director, Inst. Nac. de la Yerba Mate. —CLAUDIO ANSELMO, Director, Inst. Nac. de la Yerba Mate.

e. 11/06/2013 N° 42742/13 v. 11/06/2013

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