Resolución 12/1993

Resoluciones 6/92 Y 15/92 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Sanidad Animal
Resoluciones 6/92 Y 15/92 - Modificacion

Modificacion de las resoluciones nros. 6/92 y 15/92.

Id norma: 21725 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 27715

Fecha boletin: 03/09/1993 Fecha sancion: 27/08/1993 Numero de norma 12/1993

Organismo (s)

Organismo origen: Consejo De Adm.Del Servicio Nac.De Sanidad Animal Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Consejo de Administración del Servicio Nacional de Sanidad Animal

SANIDAD ANIMAL

Resolución 12/93

Modificación de las retenciones Nros. 6/92 y 15/92.

Bs. As., 27/8/93

VISTO las resoluciones Nº 006 de fecha 22 de julio de 1992 y 015 de fecha 16 de diciembre de 1992 del CONSEJO DE ADMINISTRACION, por las que se establecieron aranceles por los servicios que presta la GERENCIA DE FISCALIZACION GANADERA dependiente de este SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, de acuerdo con lo autorizado por el Decreto Nº 1757 de fecha 5 de julio de 1990, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde agregar rubros que no fueron incluidos en las citadas resoluciones, como así también resulta necesario modificar algún rubro para facilitar la aplicación de los aranceles en vigencia.

Que de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Nº 23.899 (art. 12 inciso i), este CONSEJO DE ADMINSTRACION, está facultado para proceder en consecuencia.

Por ello,

EL CONSEJO DE ADMINISTRACION DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMALRESUELVE:

Artículo 1º — Ampliar las resoluciones de este CONSEJO DE ADMINISTRACION números 006 de fecha 22 de julio de 1992 y 015 de fecha 16 de diciembre de 1992, con el agregado de rubros de aranceles que no fueron incluidos en las mismas y modificar alguno para facilitar su aplicación.

Art. 2º — La SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION adoptará las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución.

Art. 3º — La presente entrará en vigencia a contar del día siguiente al de su publicación.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Bernardo G. Cané. — Luciano Miguens. — Jorge J. Ruiz. — Arnoldo E. Mazzino. — Horacio Martínez Ghio. — Francisco G. Carrio. — Norberto M. Aichino. — Horacio C. Madou.

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