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Resolución 660/2013
Receso Administrativo - Disponese
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Comision Federal De Impuestos
Receso Administrativo - Disponese
Disponer receso administrativo durante los dias comprendidos entre el 15 y el 26 de julio, ambos inclusive, del año 2013 en el ambito de la comision federal de impuestos y, declarar en consecuencia inhabiles los dias mencionados en el citado periodo, a los fines del computo de todos los terminos procesales en las actuaciones en tramite.
Id norma: 217346 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32679
Fecha boletin: 15/07/2013 Fecha sancion: 28/06/2013 Numero de norma 660/2013
Organismo (s)
Organismo origen: Comision Federal De Impuestos Ver Resoluciones Observaciones: -
Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS
Resolución Nº 660/2013
Salta, 28/6/2013
VISTO:
La Acordada de la CSJN Nº 05/13 que dispone un feriado judicial para los tribunales nacionales de la Capital Federal, y
CONSIDERANDO:
Que las actuaciones que compete sustanciar a la Comisión Federal deImpuestos deben ajustarse a las disposiciones contenidas en suOrdenanza Procesal y con carácter supletorio a las receptadas en elCódigo de Procedimientos en lo Civil y Comercial de la Nación y en laLey Nacional de Procedimientos Administrativos;
Que asimismo es conveniente, de decretarse un receso, que el mismocoincida con el ya establecido para la Justicia Nacional, a los finesde no entorpecer presentaciones dentro de términos que se computan endías hábiles judiciales, sin perjuicio que el mismo proyecte susefectos sobre todos los plazos, incluso los que se cuenten en díascorridos;
Que la Asesoría Jurídica ha informado la factibilidad de la presenteresolución y la inexistencia de causas que demanden procesalmentetratamientos con plazos excepcionales;
Por ello,
EL COMITE EJECUTIVO DE LA COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Disponer receso administrativo durante los díascomprendidos entre el 15 y el 26 de julio, ambos inclusive, del año2013 en el ámbito de la Comisión Federal de Impuestos y, declarar enconsecuencia inhábiles los días mencionados en el citado período, a losfines del cómputo de todos los términos procesales en las actuacionesen trámite.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese y dése a la Dirección Nacionaldel Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial.Cumplido. Archívese. — Cr. JORGE G. JIMENEZ, Presidente. — Lic. DEBORAM. V. BATAGLINI, Secretaria Administrativa.
e. 15/07/2013 Nº 52694/13 v. 15/07/2013
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