Disposición 1/2013

Estandares Tecnologicos - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Publica Nacional
Estandares Tecnologicos - Aprobacion

Apruebanse los “estandares tecnologicos para la administracion publica nacional” (etap) version 19.0, que como anexo forma parte integrante de la presente, los cuales sustituyen a los aprobados por la disposicion nº 4 del 30 de noviembre de 2011 de la oficina nacional de tecnologias de informacion.

Id norma: 218029 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32692

Fecha boletin: 01/08/2013 Fecha sancion: 24/07/2013 Numero de norma 1/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Oficina Nacional De Tecnologias De Informacion Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Oficina Nacional de Tecnologías de Información

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Disposición 1/2013

Apruébanse Estándares Tecnológicos.

Bs. As., 24/7/2013

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM:0016459/2012, el Decreto Nº 624 defecha 21 de agosto de 2003 y sus modificatorios, las Resoluciones Nº 41del 2 de diciembre de 2001 y Nº 27 del 30 de abril de 2002 de la exSUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS, y la Disposición Nº 4 del 30 de noviembre de 2011 de laOFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION de la SUBSECRETARIA DETECNOLOGIAS DE GESTION, de la entonces SECRETARIA DE GABINETE, de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° de la Disposición Nº 4/11 citada en el visto seaprobaron los “Estándares Tecnológicos para la Administración PúblicaNacional” (ETAP) Versión 18.1, en materia de tecnologías de informacióny comunicaciones asociadas.

Que dichos estándares deben ser objeto de revisión periódica, de modode garantizar que sus contenidos reflejen los últimos adelantos en lamateria.

Que conforme a la normativa de aplicación, en particular el Decreto Nº624/03 y sus modificatorios, compete a esta Oficina Nacional manteneractualizados los estándares sobre tecnologías en materia informática,teleinformática o telemática, telecomunicaciones, ofimática o burótica.

Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº 27/02 de la ex SUBSECRETARIADE LA GESTION PUBLICA se facultó a la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIASDE INFORMACION a aprobar las especificaciones técnicas de los distintosítems que componen los “Estándares Tecnológicos para la AdministraciónPública Nacional” (ETAP) que reemplacen en forma total o parcial a losvigentes, de acuerdo a lo reglamentado por la Resolución Nº 41/01 de laex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA.

Que la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DEGABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, dependientes de laSUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DEGABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por elartículo 1° de la Resolución Nº 27/02 de la ex SUBSECRETARIA DE LAGESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LA OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION

DISPONE:

Artículo 1° — Apruébanse los“Estándares Tecnológicos para la Administración Pública Nacional”(ETAP) Versión 19.0, que como Anexo forma parte integrante de lapresente, los cuales sustituyen a los aprobados por la Disposición Nº 4del 30 de noviembre de 2011 de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DEINFORMACION.

Art. 2° — El equipamiento, lastecnologías, las guías y lineamientos y los modelos de pliegos noincluidos en el Anexo de la presente, y que fueran establecidos por laDisposición ONTI Nº 4/11, mantienen su código, nombre, vigencia yespecificación técnica en los “Estándares Tecnológicos para laAdministración Pública Nacional” (ETAP) Versión 18.1.

Art. 3° — Los Estándares a losque se refiere el artículo anterior serán de aplicación en lasjurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley24.156, pertenecientes a la Administración Pública Nacional, tantocentralizada como descentralizada, empresas de propiedad del Estado oen las que éste tenga mayoría accionaria, bancos oficiales y FuerzasArmadas y de Seguridad, con la única salvedad de los organismoscomprendidos en el Sistema Científico Nacional.

Art. 4° — A partir de laentrada en vigencia de la presente Disposición, los organismoscomprendidos dentro de su ámbito de aplicación deberán dar cumplimientoa las especificaciones técnicas que establecen los “EstándaresTecnológicos para la Administración Pública Nacional” (ETAP) Versión19.0, para todas las compras y contrataciones que se propongan celebraren materia de tecnologías de información y comunicaciones asociadas.

Art. 5° — Los “EstándaresTecnológicos para la Administración Pública Nacional” (ETAP) Versión19.0, se publicarán en el sitio web de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS (www.jefatura.gov.ar) a fin de facilitar su utilización porparte de los distintos usuarios.

Art. 6° — La presente Disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Pedro Janices._____NOTA: El Anexo que integra esta Disposición se publica en la ediciónweb del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrá ser consultadoen la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - CiudadAutónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: las modificaciones al Anexo que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")

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