Resolución Conjunta 331/2013 222/2013

Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Codigo Alimentario Argentino
Modificacion

Incluyese en el articulo 1398 del codigo alimentario, el apartado 72.1.

Id norma: 218605 Tipo norma: Resolución Conjunta Numero boletin: 32703

Fecha boletin: 16/08/2013 Fecha sancion: 08/08/2013 Numero de norma 331/2013 222/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Agricultura, Ganaderia Y Pesca Ver Resoluciones Organismo origen: Secretaria De Politicas Regulacion E Institutos Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos

y

Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca

CODIGO ALIMENTARIO ARGENTINO

Resolución Conjunta 222/2013 y 331/2013

Modificación.

Bs. As., 8/8/2013

VISTO el Expediente Nº 1-0047-2110-4244-02-5 del Registro de laAdministración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica;y

CONSIDERANDO:

Que a través de la presentación efectuada por Petrocat S.A. se solicitóa la Comisión Nacional de Alimentos la incorporación de la Goma Breacomo aditivo alimentario al Código Alimentario Argentino (C.A.A.).

Que dicha incorporación, con fundamento en su consumo tradicional yancestral, implicaría un reconocimiento al acervo cultural y culinariode nuestras comunidades originarias como los Tobas y los Wichis y unbeneficio para las economías regionales fomentando su desarrollo,inclusión y agregado de valor.

Que en ese marco, se llevaron a cabo distintas reuniones técnicas,entre ellas, la reunión del 29 de junio de 2010, “Goma Brea: unproducto con potencial para el Desarrollo de la Economía Regional”, enla cual los expertos intercambiaron ideas acerca de los aspectosproductivos, resaltando el respeto a la producción sustentable delBosque Nativo, así como las aplicaciones y funciones tecnológicas deeste aditivo alimentario.

Que habiendo evaluado los antecedentes del aditivo ut supra mencionado,la Comisión Nacional de Alimentos considera adecuado acceder a losolicitado.

Que los Servicios Jurídicos Permanentes de los Organismos involucrados han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 815/99.

Por ello;

El SECRETARIO DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS

Y

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

RESUELVEN:

Artículo 1º — Inclúyese en el Artículo 1398 del Código Alimentario Argentino, el apartado 72.1 que quedará redactado de la siguiente manera:

“72.1 GOMA BREA:

Sinónimos: Chañar Brea o Palo Verde.

Definición: es un hidrocoloide obtenido como exudado del árbol leguminoso Cercidium praecox (Ruiz & Pav. Ex Hook.) Harms

Descripción: Goma de color amarillo-dorado pálido, de consistenciasemilíquida y de sabor débilmente azucarado. A medida que vasolidificándose, toma coloración más oscura.

Características:

Solubilidad: soluble en agua, (superior al 40% p/v, valor que aumentacon el incremento de la temperatura), yodo, ácido sulfúricoconcentrado, ácido clorhídrico, ácido tánico, hidróxido de sodio ehidróxido de potasio y leche descremada.

Insoluble en reactivos como ácido acético, glicerol, aceites, alcoholetílico y en la mayor parte de los solventes orgánicos, en presencia desales metálicas trivalentes.

Pérdidas por desecación: no más del 15%.

Cenizas totales (550°): no más del 5%.

Materia insoluble: no más del 1%.

Metales pesados:

Arsénico: no más de 1 mg/kg.

Plomo: no más de 5 mg/kg.

Usos: Agente espesante, estabilizante, y emulsionante.

Artículo 2° — Regístrese. Désea la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación.Comuníquese a quienes corresponda. Cumplido, archívese PERMANENTE. —Gabriel Yedlin. — Lorenzo R. Basso.

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