Resolución 653/2013

Becas De Maestria En Los Estados Unidos De America

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Jefatura De Gabinete De Ministros
Becas De Maestria En Los Estados Unidos De America

Apruebase lo actuado por el comite asesor y el comite evaluador encargado de seleccionar a los beneficiarios de las becas de maestria en los estados unidos de america (bec.ar - fulbright 2013) y al beneficiario de la beca para la realizacion del programa especial para estudios urbanos y regionales spurs program (bec.ar-mitfulbright 2013), en el marco del “programa bec.ar becas de formacion en el exterior en ciencia y tecnologia”.

Id norma: 218700 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32705

Fecha boletin: 21/08/2013 Fecha sancion: 15/08/2013 Numero de norma 653/2013

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución Nº 653/2013

Bs. As., 15/8/2013

VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0005358/2013 del Registro de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Resolución de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS Nº 237 de fecha 17 de mayo de 2012, laDisposición de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de laSECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS Nº 2 de fecha 13 de febrero de 2013, los Acuerdosde la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 28 de fecha 13 de abril de2012 y Nº 70 de fecha 13 de junio de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 237 del 17de mayo de 2012 crea el “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACION EN ELEXTERIOR DE CIENCIA Y TECNOLOGIA” a ejecutarse en la órbita de laSUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETEY COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, asimismo, y por la citada resolución, se crea la Unidad Ejecutoradel PROGRAMA BEC.AR facultando al señor Subsecretario de Gestión yEmpleo Público, en su carácter de titular de la misma, a efectuar elllamado a convocatorias públicas, aprobar las Bases y Condiciones delos concursos y conformar los Comités Asesores y Evaluadores ad-hoc.

Que por el Acuerdo celebrado entre el señor Jefe de Gabinete deMinistros y la COMISION PARA INTERCAMBIO EDUCACIONAL ENTRE LOS ESTADOSUNIDOS DE NORTEAMERICA y la REPUBLICA ARGENTINA (COMISION FULBRIGHT) Nº28 de fecha 13 de abril de 2012, se establecen las bases paraposibilitar el desarrollo de un programa de becas para profesionales enlas áreas de ciencia y tecnología en el nivel de posgrado enuniversidades de ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Que por el Acuerdo celebrado entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSrepresentada por el señor Subsecretario de Gestión y Empleo Público yla COMISION FULBRIGHT Nº 70 de fecha 13 de junio de 2012, se establecióun Convenio específico para el establecimiento de un Programa de becaspiloto para otorgar becas a estudiantes argentinos en el nivel demaestría en los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Que en este marco, por Disposición de la SUBSECRETARIA DE GESTION YEMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIONADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 2 de fecha 13de febrero de 2013 se aprobó el llamado a Convocatoria para lapresentación de solicitudes de Becas de Maestría en Ciencia yTecnología en los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, subvencionados en el marcodel “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACION EN EL EXTERIOR DE CIENCIA YTECNOLOGIA”.

Que en el mencionado acto administrativo se aprobaron las Bases de laConvocatoria, y los documentos relacionados que la rigen, y seconformaron el Comité Asesor y el Comité Evaluador encargados deseleccionar a los beneficiarios.

Que la COMISION FULBRIGHT llevó a cabo la preselección de lassolicitudes, y el Comité Asesor y el Comité Evaluador realizaron lasentrevistas correspondientes, seleccionando a CINCUENTA Y NUEVE (59)beneficiarios conforme a los procedimientos establecidos en las Basesdel llamado a Convocatoria para la presentación de solicitudes de Becaspara Maestrías en los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (Convocatoria BEC.AR -Fulbright 2013) para su postulación a los programas académicos deMaestrías en los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Que en el contexto aludido, se realizó llamado a Convocatoria para lapresentación de solicitudes de Becas para el PROGRAMA ESPECIAL DEESTUDIOS URBANOS Y REGIONALES (SPURS PROGRAM) del MASSACHUSETTSINSTITUTE OF TECHNOLOGY (MIT).

Que la COMISION FULBRIGHT llevó a cabo la preselección de lassolicitudes, y el Comité Asesor y el Comité Evaluador realizaron lasentrevistas correspondientes, seleccionando a UN (1) Beneficiarioconforme a los procedimientos establecidos en las Bases del llamado aConvocatoria para la presentación de solicitudes de Becas para elPROGRAMA ESPECIAL DE ESTUDIOS URBANOS Y REGIONALES (SPURS PROGRAM) delMASSACHUSETTS INSTITUTE OF TECHNOLOGY (MIT).

Que la Unidad Ejecutora del PROGRAMA BEC.AR ha verificado la existenciade créditos presupuestarios para hacer frente a las erogaciones quedemanden el dictado de la presente medida.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DECOORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIONADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado laintervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultadesconferidas por el artículo 8° del Decreto Nº 977 de fecha 6 de julio de1995.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase lo actuado por el Comité Asesor y el ComitéEvaluador encargado de seleccionar a los beneficiarios de las Becas deMaestría en los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (BEC.AR - Fulbright 2013) yal beneficiario de la beca para la realización del PROGRAMA ESPECIALPARA ESTUDIOS URBANOS Y REGIONALES —SPURS PROGRAM—(BEC.AR-MIT-Fulbright 2013), en el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DEFORMACION EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGIA”.

ARTICULO 2° — Apruébase la nómina de seleccionados en el marco de laConvocatoria BEC.AR - Fulbright 2013, que estarán en condiciones deacceder al disfrute de la beca una vez terminado el proceso depostulación y aceptación a los programas académicos de Maestrías en losESTADOS UNIDOS DE AMERICA de acuerdo a las Bases que rigen laConvocatoria, y el seleccionado en el marco de la ConvocatoriaBEC.AR-MIT-Fulbright 2013, que como Anexo I forma parte integrante dela presente medida.

ARTICULO 3º — Adjudícanse las becas de Maestría en los ESTADOS UNIDOSDE AMERICA (BEC.AR - Fulbright 2013) y la beca del PROGRAMA ESPECIALPARA ESTUDIOS URBANOS Y REGIONALES —SPURS PROGRAM— (ConvocatoriaBEC.AR-MIT-Fulbright 2013) a las personas consignadas en el Anexo IIque forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 4° — Apruébase el modelo de Contrato que efectivizará elbeneficio de la beca que como Anexo III forma parte integrante de lapresente medida y delégase en el Responsable de la Unidad Ejecutora delPROGRAMA BEC.AR la firma de los Contratos.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JUAN M. ABAL MEDINA, Jefe deGabinete de Ministros.

ANEXO I

NOMINA DE SELECCIONADOS

Orden MéritoAPELLIDONOMBREDNIPROVINCIAPuntajeConvocatoria BEC.AR-Fulbright 20131CIPITELLIDIEGO32.027.823CATAMARCA992MARINIMARIA VICTORIA26.523.428SAN LUIS983ZORZOLIMARIA AZUL29.280.003TUCUMAN984VISOTSKYDARIAN ALEXIS30.673.586BUENOS AIRES975BOTTERONAGUSTIN28.647.719SANTA FE966PIRESJORGE33.466.716CHUBUT967KRUNFLIEDUARDO MARTIN32.296.459BUENOS AIRES958KORETZKYALEJANDRO30.657.158CORDOBA949ROGGERO LUQUENAZARENO NAHUEL34.321.626CHACO9410REMISLUIS CARLOS MARIA34.286.211RIO NEGRO9411PRUNELLOMARCOS33.923.126SANTA FE9312BERMUDEZCAROLINA31.016.438LA PAMPA9213CORSOLEONEL29.480.057C.A.B.A.9214FUENTESLEANDRO32.766.359BUENOS AIRES9215PALAVECINOMAURO ARIEL34.169.710BUENOS AIRES9216VILLAANDRES26.682.101C.A.B.A.9217DOUTONJOAQUIN32.608.751C.A.B.A.9118BRITEZDARIO DAMIAN30.633.492MISIONES9019RIGONINICOLAS32.478.851C.A.B.A.9020ZAMPONIRENZO33.963.275C.A.B.A.9021GRASSONAHUEL34.464.773ENTRE RIOS9022HERREROBERNARDO29.534.324BUENOS AIRES9023ROLONMARIA LAURA33.058.377C.A.B.A.8924VILLALBALUCIANA18.856.532C.A.B.A.8925ERAZUMAXIMILIANO25.411.080C.A.B.A.8826ALEJOSMARTIN31.222.747CORDOBA8727RULLNAHUEL33.646.822BUENOS AIRES8728AMBROSIMARCOS29.439.988BUENOS AIRES8729HIGAFEDERICA ANDREA32.104.417C.A.B.A.8630GARNEROIGNACIO29.845.846RIO NEGRO8631SPADAROMELISA VICTORIA31.153.191BUENOS AIRES8532HAGGECECILIA LAILA32.436.907C.A.B.A.8433SCHAMUNJUAN PABLO30.449.568C.A.B.A.8434BORTOLINLUCIANO34.198.982C.A.B.A.8435CANCELAELIAS32.500.878SAN LUIS8436LOPEZSANTIAGO29.966.415CORDOBA8337FAUCEGLIANICOLAS27.259.521C.A.B.A.8238VILLALBADAMIAN28.372.000C.A.B.A.8239ROMEROIGNACIO30.536.940MENDOZA8240GLIKMANMARIO32.832.160C.A.B.A.8241ALMADAMARIA GUILLERMINA32.201.213TUCUMAN8142COLELLAFLORENCIA30.083.343C.A.B.A.8043GASTALDI ASENSIOLUCAS ALEJANDRO31.843.908CORDOBA8044GONZALEZMARIA LAURA31.820.351C.A.B.A.8045WATERLOOMATIAS34.110.062ENTRE RIOS8046VALECANTOSHECTOR24.340.596TUCUMAN8047DE LARAALFONSO31.298.458BUENOS AIRES7948VILLARREALMARCELA31.942.045C.A.B.A.7949ACOSTARODRIGO29.433.409C.A.B.A.7850BARRETOAGUSTIN31.781.365BUENOS AIRES7851RIVELLI BIXQUERTMARIA INES31.948.635SALTA7852ANDREOTTIJOSE PABLO ALBERTO28.703.000CORDOBA7753SOTTILEMAURO GIULIANO36.024.977CORRIENTES7754MANGIARUANAHUEL33.180.703BUENOS AIRES7655DI BIASEFRANCO PAOLO31.695.385C.A.B.A.7656BERRUEZOFLORENCIA32.358.448BUENOS AIRES7657JURYIGNACIO29.713.859CORDOBA7558GELIN SPESSOTMARIA LAURA32.275.163SANTA FE7559LUTTAZICHRISTIAN FEDERICO32.991.926C.A.B.A.75Convocatoria BEC.AR -MIT-Fulbright 20131RODRIGUEZ TORNQUISTRODRIGO JESUS27.493.319BUENOS AIRES100ANEXO II

SOLICITUDES ADJUDICADAS

Orden de MéritoDNIApellidoNombreSexoProvinciaPuntaje Total• Convocatoria BEC.AR-Fulbright 20133828.372.000VILLALBADamianMasculinoCABA82830.657.158KORETZKYAlejandroMasculinoCORDOBA94• Convocatoria BEC.AR -MIT-Fulbright 2013127.493.319RODRIGUEZ TORNQUISTRodrigo JesúsMasculinoBUENOS AIRES100ANEXO III

MAESTRIA EN ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

CONTRATO DE ADHESION DEL BENEFICIARIO

JULIO 2013 - JULIO 2014

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los XX días del mes de XXXX de2013, la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DEGABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS DE LA NACION, representada en este acto por el señorSubsecretario de Gestión y Empleo Público Licenciado Andrés GILIO, condomicilio en Roque Sáenz Peña 511, en adelante la “Unidad Ejecutora”,por una parte, la COMISION FULBRIGHT ARGENTINA, con domicilio enViamonte 1653, 2° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, enadelante “La Comisión”, representada en este acto por____________________, y _______________ _______________ (DNI___________), con domicilio en ______________________________, enadelante el “Beneficiario”, por la otra parte, convienen celebrar elpresente Contrato de Adhesión, el cual se regirá bajo las siguientescláusulas:

PRIMERA-ALCANCE. Este contrato regulará el vínculo entre la UnidadEjecutora y el Beneficiario en el marco del PROGRAMA DE MAESTRIAS ENLOS ESTADOS UNIDOS, dictado por la Universidad de XXXX (MAESTRIAXXXXXXXX), a llevarse a cabo en la Ciudad de XXXX, en los ESTADOSUNIDOS DE AMERICA, por el plazo de XXXXX meses, a partir del 1° deagosto de 2013, para el cual se le ha adjudicado el Beneficio.

SEGUNDA-BENEFICIO. La Unidad Ejecutora financiará los gastos detraslado, manutención, seguros de vida y salud; la totalidad / unporcentaje de la matrícula del programa; costos administrativos, elcosto de la visa y SEVIS; el costo de un examen TOEFL y un examen GRE;el costo de postulación de hasta TRES (3) universidades. Esto incluye:pasaje de ida y vuelta hasta la ciudad de destino al comienzo y finaldel programa; costo de matrícula; costos administrativos, seguro desalud y de vida; manutención mensual que deberá cubrir los gastos envivienda, transporte y alimentación.Se deja constancia que el seguro de vida y salud, que fuera financiadopor la Unidad Ejecutora, será el plan de seguro médico básico ofrecidopor la Institución Universitaria anfitriona del beneficiario, quedandoexenta de responsabilidad dicha Unidad por cualquier circunstancia ogastos pecuniarios que el Beneficiario debiera hacer que exceda loslímites impuestos por el seguro médico otorgado.

TERCERA-PAGOS. Para cumplir con lo estipulado en la Cláusula 2°, laUnidad Ejecutora otorgará al Beneficiario el monto de hasta PESOSCUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL ($ 495.000-). El Beneficiario deberáutilizar los recursos para solventar los Gastos Elegibles detallados enel Anexo A del presente Contrato y de acuerdo al detalle del mismo.

CUARTA-ADMINISTRACION DEL BENEFICIO. El Beneficiario autoriza a laUnidad Ejecutora a realizar los pagos a su nombre correspondientes alos rubros detallados en la cláusula 2° (costo de los pasajes,manutención, seguros de vida y salud, la totalidad / un porcentaje dela matrícula del Programa, costos administrativos, el costo de la visa,el costo de un examen TOEFL y un examen GRE, el costo de hasta TRES (3)postulaciones a Programas recomendados por Fulbright), a la cuenta quedeclare la COMISION FULBRIGHT ARGENTINA a tales los efectos, de acuerdoal detalle del Beneficio que figura en el Anexo A del presente Contrato.

QUINTA-CONDICIONES PARA EL DISFRUTE DEL BENEFICIO. DURACION. ElBeneficio se otorga por DOCE (12) meses. El mismo podrá ser renovadopor hasta DOCE (12) meses más dependiendo de la duración de la Maestríay del progreso académico (según pautas de la Institución anfitriona),la continuidad de la condición de estudiante a tiempo completo deacuerdo a los informes regulares y a la recomendación que la COMISIONFULBRIGHT oportunamente proporcione a la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS.

5.1. COMPROMISO DE EXCLUSIVIDAD Y DE RESIDENCIA EN EL LUGAR DE CURSADADEL PROGRAMA. RESPONSABILIDAD. Durante este período, el Beneficiario secompromete a dedicarse en forma exclusiva a las tareas incluidas en elPrograma y abstenerse de intervenir en cualquier actividad nocompatible con la beca.

Asimismo, el Beneficiario se compromete a residir en la ciudad decursada del programa de Maestría por el tiempo que dure el Programa. Enel caso de que el beneficiario realizare cualquier tipo dedesplazamiento fuera del lugar cursada del Programa o de su residencia,esta Unidad Ejecutora queda exenta de cualquier tipo de responsabilidadpor cualquier hecho o circunstancia que pudiera acaecer, tanto alBeneficiario como por sus actos, siendo únicamente él mismo responsablede cualquier tipo de consecuencia que pudiera derivar de dichacircunstancia.

En el caso de que con motivo del desplazamiento ut supra mencionado elbeneficiario generare cualquier tipo de inconveniente o circunstanciaque comprometa el buen nombre o patrimonio del Estado Argentino, laUnidad Ejecutora evaluará el caso y podrá rescindir el presentecontrato en los términos indicados en la Cláusula 6 y 6.2 del presenteContrato.

La Unidad Ejecutora no se responsabiliza por conflictos legales o deotra índole que pudieran acaecer al Beneficiario en el marco de suesfera privada durante su estadía en los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA enel marco del Programa de Maestría.

5.2. ADHESION A TERMINOS Y CONDICIONES DE LAS INSTRUCCIONES ACORDADASENTRE EL BENEFICIARIO Y LA COMISION FULBRIGHT. El beneficiariomanifiesta que ha tomado conocimiento y presta conformidad con lasCondiciones de nombramiento e Instrucciones Especiales de la COMISIONFULBRIGHT.

Se deja constancia de que el incumplimiento de las mismas dará lugar ala cancelación inmediata del beneficio, debiendo devolverse a la Unidadde Ejecutora los fondos percibidos con motivo de la referida beca ytoda ayuda adicional percibida durante la misma, en los términosindicados en la Cláusula 6 y 6.2 del presente Contrato.

Asimismo, la Unidad Ejecutora tendrá la potestad de inhabilitar alBeneficiario en lo sucesivo para percibir cualquier beneficio de lainstitución.

SEXTA-RESCISION DEL BENEFICIO. RESCISION UNILATERAL DEL BENEFICIO.Serán causales de rescisión unilateral del beneficio por parte de laUnidad Ejecutora:

• Si no se recibieran o aprobaren los informes de avance del Beneficiario.

• Si se comprobaran falsedades en la información o documentación proporcionada por el Beneficiario.

• Si el Beneficiario no aplicase los recursos otorgados estrictamente a su objeto específico.

• Cualquier notificación de la COMISION FULBRIGHT a la Unidad Ejecutora que así lo indique.

• Cuando se presentare una situación que comprometa el buen nombre o patrimonio del Estado Argentino, aun de modo potencial.

Asimismo, el Beneficiario podrá solicitar la rescisión del presentecontrato a la Unidad Ejecutora, debiendo informar motivos ocircunstancias de la decisión, brindando los fundamentos adecuados quelo llevaron a tomar la decisión de rescindir el Contrato. Sin perjuiciode ello, la Unidad Ejecutora podrá solicitar información adicional alBeneficiario y a la Comisión a fin de evaluar la resolución respecto alreintegro total o parcial de las sumas otorgadas por el beneficio.

Tanto en el caso de rescisión unilateral por parte de la UnidadEjecutora como por rescisión unilateral del Beneficiario, la UnidadEjecutora quedará liberada de la obligación de realizar los desembolsospendientes para la ejecución del Programa y el becario deberáreintegrar de inmediato las sumas percibidas del beneficio de formatotal o parcial según lo establezca la Unidad Ejecutora según laspautas establecidas en la Cláusula 6.2 del presente Contrato,reservándose la Unidad Ejecutora el derecho de accionar legalmentecontra los responsables.

6.1. RESCISION POR ACUERDO DE PARTES. En casos excepcionales, asolicitud de la Unidad Ejecutora o del Beneficiario, las partes podránde común acuerdo rescindir el Contrato de beneficio, siendo objeto deprueba los motivos y la fundamentación brindadas por las partes. Atales efectos, formarán parte del contrato de rescisión un informetécnico de conclusión del Programa en el que se evalúen los resultadosen relación con los objetivos previstos y un estado de erogacionesefectuadas con copia de la documentación justificativa, ambospresentados por el Beneficiario, complementados a su vez por unaevaluación final técnica de la Unidad Ejecutora.

La rescisión de común acuerdo liberará a la Unidad Ejecutora de laobligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución delPrograma. El Beneficiario únicamente deberá reintegrar de inmediato lassumas percibidas del beneficio aún no comprometidas a la fecha derescisión.

Con respecto a las sumas efectivamente percibidas por el beneficio, laUnidad Ejecutora evaluará los motivos de rescisión del Contrato ydeterminará si deben devolverse dichas sumas en forma total o parcial yla forma de devolución.

CLAUSULA 6.2. REINTEGRO DEL BENEFICIO. En el caso que la UnidadEjecutora resuelva que el beneficiario deba reintegrar total oparcialmente las sumas percibidas del beneficio, deberá depositar lassumas percibidas del beneficio y en la moneda en que se hizo eldesembolso correspondiente al beneficio a la cuenta bancaria queoportunamente se le indique y dentro del plazo de UN (1) año comomáximo.

Se deja constancia que en el caso de que el Beneficiario no cumpla conlas condiciones de reintegro del beneficio indicadas, la UnidadEjecutora hace reserva del derecho de accionar legalmente contra losresponsables.

SEPTIMA-VIAJE. El Beneficiario debe cumplir con las pautas brindadaspor la COMISION FULBRIGHT para su viaje, debiéndose presentar en lafecha y horarios indicados con la documentación requerida. En el casode no cumplir con dichas pautas, el Beneficiario será el responsable degestionar y pagar un nuevo pasaje, debiendo abonar la multacorrespondiente a la aerolínea.

OCTAVA-SEGURO DE SALUD. El Beneficiario aceptará el seguro de salud yvida que la COMISION FULBRIGHT proponga según el seguro médico básicoofrecido por la Institución anfitriona.

En el caso de que el Beneficiario quisiera contratar un Seguro de Saludy Vida distinto al propuesto, será el propio Beneficiario quien debasolventar los gastos para cubrir dicho seguro, presentando ladocumentación que acredite ello, siendo responsable exclusivamente elbeneficiario por cualquier circunstancia y/o gastos pecuniarios quedebiera hacer con motivo de dicho Seguro de Salud y Vida.

NOVENA-COMPROMISO DE REINSERCION. El Beneficiario se compromete areinsertarse en el tejido socio-productivo argentino durante DOS (2)años calendario posteriores desde la finalización del Programa deMaestría, es decir a partir del día posterior al retorno al país. ElBeneficiario deberá reflejar las actividades productivas, deinvestigación y de transferencia tecnológica realizadas en informes queserán presentados ante la Unidad Ejecutora con el formato yperiodicidad que ésta establezca. Asimismo, deberá acreditar supermanencia en el país cada TRES (3) meses durante el año calendarioposterior a su regreso mediante certificaciones laborales ocertificados de domicilio emitidos por la POLICIA FEDERAL ARGENTINA deacuerdo a lo que oportunamente establezca la Unidad Ejecutora. Elincumplimiento de la presente cláusula implicará la devolución porparte del Beneficiario de todo o parte del Beneficio otorgado, asatisfacción de la Unidad Ejecutora, según las pautas brindadas en laCláusula 6.2 del presente Contrato.

DECIMA-RESOLUCION DE CONTROVERSIAS. El Beneficiario y la UnidadEjecutora harán todo lo posible por resolver en forma amistosa,mediante negociaciones directas o informales, los desacuerdos ydiscrepancias que surjan entre ellos, en relación con el presenteContrato. En caso de que los desacuerdos o discrepancias no puedan serresueltos amigablemente, para todos los asuntos emergentes del presenteContrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales enlo Contenciosos Administrativos Federal de la Capital Federal, conrenuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudieracorresponderles, constituyendo domicilios especiales en elencabezamiento de la presente.

En prueba de conformidad y previa lectura y ratificación de todos sustérminos, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un soloefecto, en el lugar y fecha indicados.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, XX de XXXX de 2013.

_________ _________LIC. ANDRES GILIODNI __.___.___SUBSECRETARIO DE GESTION YBeneficiarioEMPLEO PUBLICOANEXO A

CONTRATO DE ADHESION DEL BENEFICIARIO

PRIMER AÑO

Gastos ElegiblesDetalle*1. Matricula**2. Aranceles**3. Costos Administrativos4. Manutención5. Traslados**6. Seguros**7. Postulación a universidades8. Visa - Cuota SEVIS9. Examen TOEFL - Examen GRETotal (pesos)****Valores en PESOS ARGENTINOS.**Valor variable según Universidad designada por cada becario.***Valor sujeto a modificación de acuerdo al tipo de cambio oficial, vigente al momento de la transacción.

SEGUNDO AÑO

Gastos ElegiblesDetalle*1. Matricula**2. Aranceles4. Manutención5. Traslados**6. Seguros**Total (pesos)****Valores en PESOS ARGENTINOS.**Valor variable según Universidad designada por cada becario.***Valor sujeto a modificación de acuerdo al tipo de cambio oficial, vigente al momento de la transacción.

El monto a otorgarse a cada becario por el total del período deduración de la Beca no podrá superar la suma de PESOS CUATROCIENTOSNOVENTA Y CINCO MIL ($ 495.000).

e. 21/08/2013 N° 63612/13 v. 21/08/2013

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