Resolución 808/2013

Asociacion Del Pers Jerarquico Del Agua Y La Energia - Hidroelectrica Los Nihuiles Sa - Tope 374/13

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Asociacion Del Pers Jerarquico Del Agua Y La Energia - Hidroelectrica Los Nihuiles Sa - Tope 374/13

Fijase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por la resolucion de la secretaria de trabajo nº 2007 del 12 de diciembre de 2012 y registrado bajo el nº 1635/12 suscripto entre la asociacion del personal jerarquico del agua y la energia, por el sector sindical y la empresa hidroelectrica los nihuiles sociedad anonima, conforme al detalle que, como anexo, forma parte integrante de la presente.

Id norma: 218725 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32705

Fecha boletin: 21/08/2013 Fecha sancion: 17/07/2013 Numero de norma 808/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 808/2013

Tope Nº 374/2013

Bs. As., 17/7/2013

VISTO el Expediente Nº 292.223/12 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de laSECRETARIA DE TRABAJO Nº 2007 del 12 de diciembre de 2012 y Nº 264 del8 de marzo de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/3 del Expediente Nº 292.223/12 obra el Acuerdo pactadoentre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA, porla parte sindical, y la empresa HIDROELECTRICA LOS NIHUILES SOCIEDADANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº891/07 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 (t.o. 2004).

Que el Acuerdo precitado fue homologado por la Resolución S.T. Nº2007/12 y registrado bajo el Nº 1635/12, conforme surge de fojas 22/24y 27, respectivamente.

Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 264 de fecha8 de marzo de 2013, cuya copia fiel obra a fojas 37/40, se requirió alas partes que presenten las escalas salariales del Acuerdo Nº 1635/12.

Que en respuesta a ello, a fojas 2 del Expediente Nº 296.023/13, agregado como fojas 46 al principal, cumplimentan lo requerido.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976)y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de lasremuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de laindemnización que les corresponde a los trabajadores en casos deextinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorioque se fija por la presente, se determinó triplicando el importepromedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y susrespectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 49/53, obra el informe técnico elaborado por la DirecciónNacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría,por el que se indican las constancias y se explicitan los criteriosadoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del topeindemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten enesta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas enel segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto Nº 357 del 21de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 defechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y eltope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por laResolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 2007 del 12 de diciembre de2012 y registrado bajo el Nº 1635/12 suscripto entre la ASOCIACION DELPERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA, por el sector sindical y laempresa HIDROELECTRICA LOS NIHUILES SOCIEDAD ANONIMA, conforme aldetalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la DirecciónGeneral de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de laSUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la DirecciónNacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el DepartamentoCoordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y deltope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para lanotificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a laguarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 292.223/12

PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIABASE PROMEDIOTOPE INDEMNIZATORIOASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA C/ HIDROELECTRICA LOS NIHUILES SA CCT Nº 891/07 “E”01/04/2012 01/06/2012 01/07/2012$ 15.638,07 $ 16.028,41 $ 17.450,09$ 46.914,21 $ 48.085,23 $ 52.350,27

Expediente Nº 292.223/12

Buenos Aires, 19 de Julio de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 808/13, se hatomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente dereferencia, quedando registrado con el número 374/13 T. — JORGE A.INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -D.N.R.T.

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