Disposición 130/2013

Concurso Publico- Convocatoria

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Economia Y Finanzas Publicas
Concurso Publico- Convocatoria

Apruebase el procedimiento de concurso publico para la seleccion de adjudicatarios para la distribucion de la “cuota hilton” correspondiente al ciclo comercial 2013-2014 para la categoria industria y proyectos conjuntos.

Id norma: 219018 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32710

Fecha boletin: 28/08/2013 Fecha sancion: 22/08/2013 Numero de norma 130/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Unidad De Coordinacion Y Evaluacion De Subsidios Al Consumo Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

UNIDAD DE COORDINACION Y EVALUACION DE SUBSIDIOS AL CONSUMO INTERNO

Disposición Nº 130/2013

Bs. As., 22/8/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0090415/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 906 de fecha 16 de julio de 2009, prorrogado porel Decreto Nº 1.174 de fecha 16 de julio de 2012, se declara de interéspúblico y económico el cupo tarifario otorgado por la UNION EUROPEA anuestro país, denominado “Cuota Hilton”, atento su importanciaeconómica, estratégica y social.

Que mediante el Artículo 3º del citado Decreto Nº 1.174/2012 se facultaa la UNIDAD DE COORDINACION Y EVALUACION DE SUBSIDIOS AL CONSUMOINTERNO, como la autoridad de aplicación del mencionado Decreto, siendocompetente para evaluar y adjudicar la “Cuota Hilton”, otorgar elcertificado de autenticidad de exportación “Hilton”, establecer,interpretar así como reglamentar las cuestiones referidas a loscriterios de distribución, administración, asignación y control dedicho cupo tarifario, pudiendo dictar las normas complementarias quesean menester para el cabal cumplimiento de las facultades que por elcitado Decreto se le confieren.

Que, consecuentemente se dictó la Disposición Nº 35 de fecha 18 dejulio de 2012 de esta UNIDAD DE COORDINACION Y EVALUACION DE SUBSIDIOSAL CONSUMO INTERNO, por la cual se procedió a la reglamentación delpresente concurso público para la distribución de la “Cuota Hilton”correspondiente al período comprendido entre el 1 de julio de 2012 y el30 de junio de 2015.

Que a través de la Disposición Nº 19 de fecha 10 de mayo de 2013 de lareferida Unidad se llevó a cabo la convocatoria al Concurso Públicopara la presentación de propuestas a efectos de la calificación yselección de postulantes a los fines de la obtención de una licenciapara la distribución y asignación de la citada “Cuota Hilton”correspondiente al ciclo comercial 2013-2014. Posteriormente, con fecha6 de junio de 2013 y con motivo de la mencionada convocatoria, seprocedió a la apertura de las referidas propuestas.

Que mediante el ACTA Nº 49 de la citada Unidad se resolvió autorizarcon carácter excepcional embarques Hilton por hasta TRES MIL TONELADAS(3.000,00 t.) del cupo de cortes enfriados bovinos sin hueso de altacalidad de la denominada “Cuota Hilton”, entre aquellas empresas quehayan formulado propuestas al Concurso Público para el presente ciclocomercial.

Que el procedimiento llevado a cabo en el presente concurso sedesarrolló dentro del marco de cumplimiento de los principiosgenerales, contenidos en los Decretos Nros. 436 de fecha 30 de mayo de2000 y 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001.

Que los citados principios consisten en la razonabilidad y eficienciade la contratación para cumplir con el interés público comprometido yel resultado esperado; la promoción de la concurrencia de interesados yla competencia entre oferentes, la transparencia en los procedimientos,la publicidad y difusión de las actuaciones, y la igualdad detratamiento para interesados y oferentes.

Que atento lo expuesto se efectuó el llamado a concurso que establecela normativa vigente, procediendo a la publicación de avisos tanto enel Boletín Oficial como en DOS (2) diarios de mayor circulación delpaís, conforme Circular Nº 27 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES,de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS, cumpliendo de esta forma con la publicidad ydifusión de las convocatorias a los procedimientos de selección, atentola interpretación armónica de lo previsto en los Artículos 25, incisoc) y 32 del Decreto Nº 1023/2001 y en los Artículos 5, 14, 15, 16 y 18del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 436/2000.

Que, a fojas 294/295 se encuentra agregada la planilla ilustrativa delas firmas que han retirado los Pliegos de Bases y Condiciones, dondese detalla la categoría concursal, Clave Unica de IdentificaciónTributaria y postulante. Es dable consignar que la citada planillapuede visualizarse desde el sitio web oficial de la Unidad.

Que recibidas las propuestas de los oferentes que fueran presentadas,se procedió con fecha 6 de junio de 2013 a la apertura de los sobres enel orden en que fueran recibidas las propuestas, cuya constancia obra afojas 373/378 de las presentes actuaciones, con el Acta Notarial quefuera labrada oportunamente.

Que en el citado Acto de Apertura de Sobres y atento el cúmulo dedocumentación que fuera presentada por las postulantes, se procedió aestablecer el plazo de CINCO (5) días para la vista de las actuaciones(conforme Artículo 73 del Decreto Nº 436/2000).

Que, concluido el mencionado plazo, el Tribunal de Evaluación ySeguimiento Hilton constituido por ACTA UCESCI Nº 48 de fecha 7 dejunio de 2013 toma la intervención que le compete, conforme el Punto 16de la citada Disposición UCESCI Nº 35/2012, a los fines de determinarel orden de mérito para la asignación del Cupo Hilton.

Que, conforme se desprende de fojas 1.500/1.552 y en función de lodispuesto por el Apartado 7.5. de la mencionada Disposición UCESCI Nº35/2012, y el Punto 22 del Pliego de Bases y Condiciones, con relacióna la categoría Proyectos Conjuntos, previo a la intervención delmencionado Tribunal, la Comisión de Análisis de Proyectos Conjuntos haemitido el informe que le compete, efectuando el análisis técnico delas propuestas formuladas por los postulantes para la categoríamencionada, y expresando de manera fundada los proyectos que deberíanser aprobados.

Que a fojas 1.557/1.565 se encuentra agregado el informe emitido por elSERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA),organismo descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, respecto del listado de plantashabilitadas por la UNION EUROPEA para exportar carne enfriada y elestado de producción de dichas plantas durante el último ciclo deexportación.

Que a fojas 1.632/1.736 se encuentra agregado el informe del equipotécnico de colaboradores del Tribunal de Evaluación y SeguimientoHilton, en el cual se ha realizado un exhaustivo control de ladocumentación acompañada por las administradas en cada una de laspropuestas analizadas, consistiendo en la verificación, evaluación y suconfronte con los requisitos y exigencias establecidos por la normativavigente.

Que, posteriormente, y por recomendación del referido informe, elTribunal interviniente procedió a intimar a aquellos postulantes cuyadocumentación no había sido arrimada, a efectos de que los mismosprocedan a subsanar los requisitos formales que hayan omitido.

Que a fojas 1.757/1.763 y 1.764/1.769 se adjuntan sendos informesemitidos por la Dirección de Registros, Matriculación y Fiscalización,dependiente de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, delMINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, en el que se da cuenta dela vigencia de las inscripciones de los postulantes en el RegistroUnico de la Cadena Agroalimentaria (R.U.C.A) discriminados porcategoría; y de los antecedentes de faena de cada uno de los oferentes.

Que a fojas 1.770/1.776 se encuentra adjunto el informe emitido por laSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZASPUBLICAS.

Que a fojas 1.777/1.779 se encuentra agregado el informe técnicoemitido por el área de Comercio Exterior, de la Secretaría Ejecutiva deesta Unidad.

Que a fojas 1.780/1.903 se agrega la documentación del sistemainformático de cálculo para la asignación de “Cuota Hilton” para elpresente ciclo comercial 2013-2014, emitido por la Secretaría Ejecutivade esta Unidad.

Que a fojas 1.566/1.608, se adjunta el primer informe emitido por laADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP), respecto del estadode deuda de los oferentes, de la vigencia del certificado fiscal paracontratar y sobre el total de aportes y contribuciones, y cantidad deempleados. Del informe se desprende que los oferentes LA GANADERAARENALES S.A., AMANCAY S.A.I.C.A.F.I., COMPAÑIA GANADERA S.A., EXALS.A., ALIARG S.A., RAFAELA ALIMENTOS S.A., FRIGORIFICO ALBERDI S.A.,MALEFU AGROPECUARIA S.R.L., PRODUCTORES DE LIMANGUS ARGENTINOS,ASOCIACION ARGENTINA DE CRIADORES DE SHORTHORN y ECOCARNES S.A.mantienen deudas con el organismo tributario.

Que a fojas 1.917/2.015 se adjunta un informe ampliatorio emitido porla referida AFIP donde consta que todos los postulantes han canceladosus obligaciones tributarias, con la excepción de LA GANADERA ARENALESS.A., COMPAÑIA GANADERA S.A. y EXAL S.A.

Que posteriormente AFIP informó que el oferente LA GANADERA ARENALESS.A. se ha acogido a un plan de pagos de deuda, según consta a fs.2.020.

Que respecto de las firmas EXAL S.A. y COMPAÑIA GANDERA S.A. elTribunal de Evaluación y Seguimiento ha considerado a fs. 2.021/2.022que la deuda que mantienen dichos postulantes con AFIP resulta nosignificativa respecto de la adjudicación de la Cuota Hilton.

Que asimismo, dichos oferentes han presentado el Certificado Fiscalpara Contratar emitido a favor de alguno de los integrantes delProyecto Conjunto, de acuerdo con lo establecido por el Pliego de Basesy Condiciones.

Que la firma GUAICOS S.A.I.C.I.F. aclaró no estar alcanzada por laResolución General AFIP Nº 2.485/2010 que establece nuevos requisitospara la solicitud de dicho certificado. Por consiguiente, acreditó talextremo mediante copia del Detalle de Incumplimientos expedido por AFIP.

Que el Punto 8.2 del Anexo II del Pliego de Bases y Condicionesaprobado por Disposición Nº 19/2013 contempla expresamente dicho casopara todo aquel postulante que no estuviere comprendido en lo dispuestopor la mencionada RG AFIP Nº 2.485/2010.

Que el Tribunal de Evaluación y Seguimiento Hilton ha solicitado a laAutoridad de Aplicación una prórroga del plazo para la emisión delpertinente dictamen, conforme lo permite el Artículo 79, segundopárrafo, del Decreto Nº 436/2000, en fecha 18 de julio de 2013 y queluce a fojas 1.906; ello atento el cúmulo de documentación presentadaen el concurso en trámite, la cual fuera concedida a fojas 1.907, porun plazo único de DIEZ (10) días hábiles.

Que finalmente, a fojas 1.908/1.917 luce el Informe emitido por laSECRETARIA DE COORDINACION POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIAAGROPECUARIA, dependiente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA YPESCA, respecto de los territorios de la República Argentina que fuerandeclarados en estado de emergencia agropecuaria, conforme el Punto 7.44del Reglamento de Normas Básicas.

Que habiendo sido analizadas cada una de las propuestas, y fundándoseen los informes citados precedentemente, el mencionado Tribunal deEvaluación y Seguimiento, procedió a emitir dictamen conforme sedesprende de fojas 2.023/2.039 en fecha 1° de agosto de 2013.

Que dicho dictamen ha sido debidamente notificado a las empresaspostulantes, según surge de las constancias obrantes en las presentesactuaciones.

Que, en virtud de lo expuesto, se desprende que todos y cada uno de losprincipios citados han sido cumplidos en el desarrollo del presenteconcurso.

Que las firmas DAGREX S.A., ASOCIACION PARA LA VALORIZACION DE LAPRODUCCION GANADERA, EXAL S.A., EL BAGUAL S.C.A, PRINEX S.A.,FEDERACION CHAQUEÑA DE ASOCIACIONES RURALES, ASOCIACION CIVIL DEPRODUCTORES CHAQUEÑOS y ECOPAMPA S.A han solicitado exención delrequisito exigido por el Punto 20.8 del Anexo I del PBC, dado quedebido a contingencias climáticas y escasez de hacienda no hanalcanzado el mínimo de exportaciones exigibles por el Pliego.

Que con anterioridad, mediante las Resoluciones Nros. 2.425/2010,5.669/2010 y 142/2011 de la ex OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIALAGROPECUARIO la Autoridad de Aplicación de entonces consideróconfeccionado el caso fortuito o fuerza mayor para el ciclo 2009-2010 y2010-2011 debido a la falta de hacienda por circunstancia climáticas ypor el tiempo que dure la recomposición del rodeo vacuno.

Que el mismo criterio se adoptó mediante las Disposiciones UCESCI Nros.31 de fecha 22 de marzo de 2012 y 110 de fecha 12 de octubre de 2012,para la adjudicación de la cuota Hilton ciclo comercial 2011-2012 y2012-2013 respectivamente.

Que atendiendo lo expuesto, corresponde eximir a los postulantes delcumplimiento del mínimo exigido por el Punto 20.8 del citado Pliego.

Que como se ha señalado oportunamente, el mencionado Dictamen ha sidodebidamente notificado a los postulantes sin que hayan efectuadoobservaciones al respecto, por lo que ha sido consentido.

Que la firma FRIDEVI S.A.F.I.C. ha solicitado permiso para faenar yelaborar parte de la cuota que se le asigne en establecimientos del surde La Pampa o Buenos Aires ya que el ganado en pie no podrá ingresar ala región Patagonia Norte debido al cambio de status sanitario de dicharegión ganadera, conforme lo dispuesto por la Resolución Nº 141/2013del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA; y la Resolución Nº82/2013 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. ElTribunal hizo lugar a tal solicitud, cuya constancia se agrega a fojas793/796.

Que el Punto 24.3 del Pliego de Bases y Condiciones, aprobado por lamencionada Disposición UCESCI Nº 19/2013, establece para la categoríaProyectos Conjuntos la obligación de presentar un informe semestral yanual ante la COMISION DE ANALISIS DE PROYECTOS CONJUNTOS deconformidad con lo que prevea el acto de adjudicación. Por otro lado,el Reglamento de Normas Básicas, aprobado por la Disposición UCESCI Nº35/2012, prescribe en el Punto 7.23, aquello que se entiende porproductor incorporado.

Que los referidos informes, semestral y anual, comprenden la remisiónde determinada información la cual deviene necesario identificar yestablecer el mecanismo por el cual dicha información debe ser remitidamediante la presente medida.

Que sus formatos fueron aprobados por Resolución ONCCA Nº 3.244/2010, de fecha 9 de septiembre de 2010, en sus Anexos II y III.

Que la Dirección de Legales del Area de Comercio Interior, dependientede la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIAY FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente en el dictado del presente acto envirtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 193 de fecha 24de febrero de 2011; la Resolución Conjunta Nº 68 del MINISTERIO DEECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, Nº 90 del MINISTERIO DE INDUSTRIA y Nº119 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA de fecha 11 demarzo de 2011; Resolución Conjunta Nº 235 del MINISTERIO DE ECONOMIA YFINANZAS PUBLICAS, Nº 166 del MINISTERIO DE INDUSTRIA y Nº 334 delMINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA de fecha 13 de mayo de2011, lo dispuesto por el Decreto Nº 906/2009 y sus normasmodificatorias y complementarias y el Acta UCESCI Nº 31 de fecha 16 deenero de 2012.

Por ello,

EL SECRETARIO EJECUTIVO DE LA UNIDAD DE COORDINACION Y EVALUACION DE SUBSIDIOS AL CONSUMO INTERNO

DISPONE:

ARTICULO 1° — Apruébase el procedimiento de Concurso Público para laselección de adjudicatarios para la distribución de la “Cuota Hilton”correspondiente al ciclo comercial 2013-2014 para la CategoríaIndustria y Proyectos Conjuntos.

ARTICULO 2° — Distribúyese la cantidad de TREINTA MIL TONELADAS (30.000t) de cortes enfriados vacunos sin hueso de alta calidad que asigna laUNION EUROPEA a la REPUBLICA ARGENTINA, para el período comprendidoentre el 1° de julio de 2013 y el 30 de junio de 2014, conforme surgedel Anexo que forma parte integrante de la presente Disposición.

ARTICULO 3° — Las toneladas que se hubieren autorizado bajo el conceptode adelantos desde el 1° de julio de 2013 se considerarán comprendidasen la distribución efectuada por la presente medida.

ARTICULO 4° — Procédase a eximir excepcionalmente a los adjudicatarios,para el presente ciclo comercial 2013-2014, del cumplimiento de laobligación contenida en el Punto 20.8 del citado Pliego de Bases yCondiciones, por los motivos expuestos en los considerandos de lapresente medida.

ARTICULO 5° — Establécese que la presentación del informe anual segúnel Punto 24.3 del referido Pliego de Bases y Condiciones para lacategoría Proyectos Conjuntos, deberá efectuarse antes del 15 de juniode 2014, comprendiendo los meses de mayo de 2013 a abril de 2014inclusive.

ARTICULO 6° — Los productores podrán incorporarse a un ProyectoConjunto durante el ciclo comercial en curso mediante la presentaciónde una declaración jurada ante esta UCESCI, conforme lo establecido enel Punto 7.23 del Reglamento de Normas Básicas aprobado por laDisposición Nº 35 de esta UNIDAD DE COORDINACION Y EVALUACION DESUBSIDIOS AL CONSUMO INTERNO, de fecha 18 de julio de 2012. Noobstante, deberán informar a esta UCESCI con un plazo de hasta TREINTA(30) días de publicada la presente Disposición, el listado definitivode productores originales del Proyecto.

ARTICULO 7° — Todas las adjudicaciones efectuadas por la presenteDisposición lo son expresamente a título precario y no garantizan laemisión de los respectivos Certificados de Autenticidad de la “CuotaHilton” a favor de las empresas adjudicatarias, los que sólo podránexpedirse previo cumplimiento de todos los requisitos establecidos porla normativa vigente.

ARTICULO 8° — Autorícese excepcionalmente a la firma FRIDEVI S.A.F.I.C.a operar en ambas categorías conjuntamente con terceras plantashabilitadas para la exportación de carnes bovinas con destino a laUNION EUROPEA, tanto para actividades de faena como desposte, por lasrazones expuestas en los considerandos de la presente medida.

ARTICULO 9° — Los adjudicatarios de cuota conforme el Anexo adjuntodeberán en el plazo de DIEZ (10) días, contados a partir de lapublicación de la presente Disposición, constituir una garantía decumplimiento de la Licencia de Exportación HILTON (LEH) del DIEZ PORCIENTO (10%) sobre el importe que resulte de multiplicar el total detoneladas adjudicadas por el precio promedio de la tonelada delcontingente arancelario de cortes de carne bovina sin hueso enfriada decalidad superior denominado “Cuota Hilton”, conforme el Punto 14.2 delPliego de Bases y Condiciones.

ARTICULO 10. — La presente Disposición comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 11. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacionaldel Registro Oficial y archívese. — Cdor. GUSTAVO L. FERNANDEZ,Secretario Ejecutivo UCESCI, Ministerio de Econ. y Fin. Públicas.

ANEXO

CUITADJUDICATARIOCATVIGENCIATONELADAS30504005085FRIAR S.A.Industria30-Jun-142.496,00030504131889QUICKFOOD S.AIndustria30-Jun-142.000,00030712249915MARFRIG ARGENTINA SAIndustria30-Jun-142.892,28330560378056JBS ARGENTINA S.A.Industria30-Jun-142.642,28430506730038S.A. IMPORTADORA Y EXPOTADORA DE LA PATAGONIAIndustria30-Jun-141.500,00030537869158FRIGORIFICO GORINA S.A.I.C.Industria30-Jun-141.900,00030540080298FRIGORIFICO RIOPLATENSE S.A.I.C.I.F.Industria30-Jun-141.659,18630666277550ARRE BEEF S.A.Industria30-Jun-141.574,08733707751059ECOCARNES S.A.Industria30-Jun-141.400,00030711952841COMPAÑIA BERNAL S.A.Industria30-Jun-141.400,00030708051191LOGROS S.A.Industria30-Jun-141.200,00030602260336FRIDEVI S.A.F.I.C.Industria30-Jun-14200,00030688400240PLANTA FAENADORA BANCALARI S.A.Industria30-Jun-14500,00033626365669MATTIEVICH S.A.Industria30-Jun-14700,00033500529909RAFAELA ALIMENTOS S.A.Industria30-Jun-14650,00030548083156COTO CI.C.S.A.Industria30-Jun-14740,89133609706959FRIGORIFICO ALBERDI S.A.Industria30-Jun-14200,00030678597194EXPORTACIONES AGROINDUSTRIALES ARGENTINAS S.A.Industria30-Jun-14916,69430604999657FRIGORIFICO BERMEJO S.A.Industria30-Jun-1488,00030636345454CATTER MEAT S.A.Industria30-Jun-14653,96130710014287FRIGORIFICO FORRES BELTRAN S.A.Industria30-Jun-14500,00030707393897LA GANADERA ARENALES S.A.Industria30-Jun-14500,00030515924791AMANCAY S.A.I.C.AF.I.Industria30-Jun-14621,72130536780811GUAICOS S.A.I.C.I.F.Industria30-Jun-14400,00030516234039FRIGORIFICO RYDHANS S.A.Industria30-Jun-14300,00030543550023EDGAR A CIRIBE S.A.Industria30-Jun-14170,00030703376009VARE S.A.Industria30-Jun-14300,00033697576849MALEFU AGROPECUARIA S.R.L.Proyecto30-Jun-14150,00030709882879AGRUPACION DE PRODUCTORES U.L.S.A.Proyecto30-Jun-14178,50030707433341COMPAÑIA GANADERA S.A.Proyecto30-Jun-1480,00030696375247FERTILO AGROPECUARIA S.A.Proyecto30-Jun-1450,00030602260336FRIDEVI S.A.F.I.C.Proyecto30-Jun-1420,00030708177217ALIARG S.A.Proyecto30-Jun-14100,00030572946211ASOCIACION ARGENTINA DE BRANGUSProyecto30-Jun-14100,00030527073177ASOCIACION CRIADORES DE HOLANDO ARGENTINOProyecto30-Jun-1450,00033525575549ASOCIACION ARGENTINA DE ANGUSProyecto30-Jun-14100,00030712249915MARFRIG ARGENTINA SAProyecto30-Jun-1475,00030500106790ASOCIACION ARGENTINA CRIADORES DE HEREFORDProyecto30-Jun-1470,00030623795442GRUPO SEMILLERO S.A.Proyecto30-Jun-14154,38430704742513PRODUCTORES DE LIMANGUS ARGENTINOS (PROLIAR)Proyecto30-Jun-1460,00030707878009EXAL S.A.Proyecto30-Jun-1440,00030710140304ASOCIACION FORMOSEÑA DE INVERNADORESProyecto30-Jun-1450,00030708712236ASOC. ARGENTINA PARA LA VALORIZACION DE LA PRODUCCION GANADERA -PROGANProyecto30-Jun-14100,00030525368250ASOCIACION ARGENTINA CRIADORES DE SHORTHORNProyecto30-Jun-1460,00030646973410ASOCIACION ARGENTINA DE CRIADORES DE LIMOUSINProyecto30-Jun-1440,00030508273181COOP. AGRICOLA GANADERA LIMITADA GUILLERMO LEHMANNProyecto30-Jun-1432,00030628041039ASOCIACION CIVIL BRAFORD ARGENTINAProyecto30-Jun-1460,00030642519383PRINEX S.A.Proyecto30-Jun-1460,00030711840725ASOCIACION CIVIL DE PRODUCTORES CHAQUEÑOSProyecto30-Jun-1435,00030595323149COMPAÑIA RIOPLATENSE DE CARNES Y GANADO S.A.Proyecto30-Jun-1450,00030616894559EL BAGUAL AGRIC. GAN. SCAProyecto30-Jun-1430,00030593818000FEDERACION CHAQUEÑA DE ASOCIACIONES RURALESProyecto30-Jun-1430,00030679496545ECO PAMPA S.A.Proyecto30-Jun-1420,00030709224928DAGREX SAProyecto30-Jun-14100,000TOTAL

30.000,0

e. 28/08/2013 N° 65965/13 v. 28/08/2013

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