Resolución 799/2013

Sind De Mecanicos Y Afines Del Transporte Automotor De La Rep Arg Y Volkswagen Arg - Reg. 693/13

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Sind De Mecanicos Y Afines Del Transporte Automotor De La Rep Arg Y Volkswagen Arg - Reg. 693/13

Declarase homologado el acuerdo que luce a fojas 5/9 del expediente nº 1.546.849/13, celebrado entre el sindicato de mecanicos y afines del transporte automotor de la republica argentina por el sector sindical, y la empresa volkswagen argentina sociedad anonima por la parte empleadora, en el marco de los convenios colectivos de trabajo de empresa nº 8/89 “e” y 13/89 “e”, conforme a lo dispuesto en la ley de negociacion colectiva nº 14.250 (t.o. 2004).

Id norma: 219342 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32716

Fecha boletin: 05/09/2013 Fecha sancion: 17/07/2013 Numero de norma 799/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 799/2013

Registro Nº 693/2013

Bs. As., 17/7/2013

VISTO el Expediente Nº 1.546.849/13 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5/9 del Expediente Nº 1.546.849/13, obra el Acuerdocelebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTEAUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector sindical, y laempresa VOLKSWAGEN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora,en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo de Empresa Nº 8/89“E” y 13/89 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de NegociaciónColectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante la Disposición D.N.R.T. Nº 151/13 se declaró constituidala Comisión Negociadora entre los agentes señalados ut supra.

Que bajo el mentado acuerdo los agentes negociadores convienenincrementos salariales con vigencia a partir del 1° de enero de 2013.

Que las partes celebrantes han ratificado el contenido y firmasinsertas en el acuerdo traído a estudio, acreditando su personería yfacultades para negociar colectivamente con las constancias que obranen autos.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con laactividad principal de la parte empleadora signataria y larepresentatividad de la entidad sindical firmante, emergente de supersonería gremial.

Que se han cumplimentado los recaudos prescriptos por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones delTrabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, resulta pertinente que una vez dictado el actoadministrativo homologatorio del acuerdo de referencia, se remitanestas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo,a fin de que evalúe la procedencia de elaborar el cálculo del topeprevisto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y susmodificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentesactuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo que luce a fojas 5/9 delExpediente Nº 1.546.849/13, celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS YAFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sectorsindical, y la empresa VOLKSWAGEN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por laparte empleadora, en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo deEmpresa Nº 8/89 “E” y 13/89 “E”, conforme a lo dispuesto en la Ley deNegociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la DirecciónGeneral de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de laSUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección deNegociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinaciónregistre el instrumento obrante a fojas 5/9 del Expediente Nº1.546.849/13.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin deevaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Topelndemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase ala guarda del presente legajo, conjuntamente con los ConveniosColectivos de Trabajo de Empresa Nº 8/89 “E” y 13/89 “E”.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación decarácter gratuito del Acuerdo homologado, resultará aplicable lodispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250(t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.546.849/13

Buenos Aires, 19 de Julio de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 799/13, se hatomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/9 del expediente dereferencia, quedando registrado bajo el número 693/13. — VALERIA A.VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la ciudad de Gral. Pacheco, a los 27 días del mes diciembre de 2012,se reúnen, por una parte, los representantes de VOLKSWAGEN ARGENTINAS.A., Valeria Genovese en su carácter de Gerente de RelacionesIndustriales, Gabriel Cavagni, en su carácter de Supervisor de dePlanta Córdoba, y el Dr. Luis María Casares en su carácter deapoderado, en adelante LA EMPRESA y, por la otra, los Representantesdel SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LAREPUBLICA ARGENTINA (SMATA), Sres. Ricardo Pignanelli, Mario Manrique,Gustavo Morán, Carlos Copa y José Caro, en su carácter de miembrostodos ellos del Consejo Directivo, y los integrantes de la COMISIONINTERNA DE RECLAMOS DE VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A., que firman al pie dela presente, en representación del personal jornalizado de VolkswagenArgentina S.A. (Planta Pacheco), en adelante, los REPRESENTANTES DELPERSONAL, todos firmantes de esta acta, ambas, en conjunto, denominadasLAS PARTES, quienes luego de sucesivas reuniones celebradasoportunamente con los representantes de las diferente terminalesautomotrices en forma conjunta ACUERDAN:

PRIMERO: A partir del 01/01/2013 se conviene incrementar en un 8% (ochopor ciento) los valores de los salarios básicos vigentes al 31 dediciembre de 2012, para cada una de las categorías de trabajadoresjornalizados (CCT 8/89E y 13/89E). Se adjuntan como Anexos 1 y 2 lasnuevas escalas salariales resultantes tanto para la Planta Pacheco comopara la Planta Córdoba.

SEGUNDO: Durante el período de vigencia del presente acuerdo (1° deenero de 2013 al 31 de marzo de 2013), el incremento salarial absorberáy compensará hasta su concurrencia cualquier aumento, incremento y/omejora y/o beneficio, y/o ajuste salarial que se otorgue y que pudieredisponer el Poder Ejecutivo Nacional o Provincial, y/o PoderLegislativo, ya sea por vía legal, reglamentaria, o por cualquier otravía, ya sea con carácter remunerativo o no remunerativo, aun cuandodicho aumento se disponga sobre las remuneraciones normales,habituales, nominales y/o permanentes o sobre los básicosconvencionales o sobre cualquier otro tipo de remuneración o pagoalguno.

TERCERO: En virtud del acuerdo alcanzado, el personal comprendido en elrespectivo convenio colectivo y la representación gremial reconocen queel mismo se corresponde con una justa composición de interesesvinculada a la retribución de los trabajadores jornalizados y secomprometen a no plantear otras demandas de índole económica omonetaria durante la vigencia del mismo.

CUARTO: A fin de consolidar negociaciones paritarias previsibles y sinconflicto, las partes establecen que se reunirán durante el primertrimestre del año 2013 para establecer el esquema salarial que regiráen el segundo trimestre de 2013. Lo antes estipulado no sientaprecedente, ni constituye uso o costumbre de la empresa que la obligueen el futuro.

QUINTO: Las partes comprometen su mayor esfuerzo en mantener armoniosasy ordenadas relaciones, que permitan atender las exigencias tanto de laEmpresa como de los Trabajadores, procurando el cumplimiento de losobjetivos de Seguridad, Calidad, Producción y Exportación, con elpropósito de asegurar el mantenimiento de la fuente de trabajo y elcontinuo mejoramiento de las relaciones laborales. En este contexto secomprometen a fomentar y mantener la paz social, evitando adoptarmedidas de fuerza que atenten contra dichos objetivos.

SEXTO: En prueba de conformidad se firman cinco ejemplares de igualtenor y a un solo efecto, que serán presentados ante el Ministerio deTrabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación a los fines de suhomologación.

Vigencia Desde: 01/01/13Vigencia Hasta: 31/03/13Actualización: 02/01/13

ESCALA DE JORNALES CCT 13/89 MQ250

VIGENCIA 01/01/13 - AJUSTE 8%

ESCALA DE JORNALES CCT 13/89 MQ200

VIGENCIA 01/01/13 - AJUSTE 8%

ANEXO I

ESCALA SALARIAL PLANTA PACHECO

General Pacheco, 02 de Enero de 2013

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