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Directiva 10/2012
Acciones Puntuales En El Ambito Arancelario Por Razones De Abastecimiento
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Mercosur
Acciones Puntuales En El Ambito Arancelario Por Razones De Abastecimiento
Aprobar en el ambito de la resolucion gmc nº 08/08 la rebaja arancelaria solicitada por la republica oriental del uruguay para el siguiente item arancelario con las correspondientes especificaciones sobre limite cuantitativo, alicuota y plazo de vigencia
Id norma: 219502 Tipo norma: Directiva Numero boletin: 32719
Fecha boletin: 10/09/2013 Fecha sancion: 18/05/2012 Numero de norma 10/2012
Organismo (s)
Organismo origen: Comision De Comercio Del Mercosur Ver Directivas Observaciones: -
Esta norma modifica o complementa a
Ver 2 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 10/12
ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 08/08 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Orientaldel Uruguay para la aplicación de una determinada medida arancelaria,en el marco de la situación prevista en el párrafo 2 del artículo 3 dela Resolución GMC Nº 08/08.
Que la CCM aprobó la medida arancelaria, en los términos dispuestos en la presente norma.
LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC Nº 08/08 la rebajaarancelaria solicitada por la República Oriental del Uruguay para elsiguiente ítem arancelario con las correspondientes especificacionessobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:
NCM 3004.90.19 Los demás
Nota referencial: “Agalsidasa Alfa”
Cantidad: 76 unidades
Plazo: 12 meses
Alícuota: 0%
Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamientojurídico interno de la República Oriental del Uruguay. Estaincorporación deberá ser realizada antes del 18/VII/2012.
CXXVII CCM - Montevideo, 18/V/12.
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