Directiva 26/2012

Acciones Puntuales En El Ambito Arancelario Por Razones De Abastecimiento

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Mercosur
Acciones Puntuales En El Ambito Arancelario Por Razones De Abastecimiento

Aprobar en el ambito de la resolucion gmc nº 08/08 la rebaja arancelaria solicitada por la republica oriental del uruguay para el siguiente item arancelario, con las correspondientes especificaciones sobre limite cuantitativo, alicuota y plazo de vigencia

Id norma: 219507 Tipo norma: Directiva Numero boletin: 32719

Fecha boletin: 10/09/2013 Fecha sancion: 05/12/2012 Numero de norma 26/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Comision De Comercio Del Mercosur Ver Directivas Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 26/12

ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

VISTO: El Tratado de Asunción,el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre CompromisoDemocrático en el MERCOSUR, Bolivia y Chile y la Resolución Nº 08/08del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Orientaldel Uruguay para la aplicación de una determinada medida arancelaria enel marco de la situación prevista en el Art. 3, párrafo único, de laResolución GMC Nº 08/08, y

Que la CCM aprobó la rebaja arancelaria en los términos dispuestos en la presente norma.

LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1 – Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC Nº 08/08 la rebajaarancelaria solicitada por la República Oriental del Uruguay para elsiguiente ítem arancelario, con las correspondientes especificacionessobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:

NCM 3002.90.99 Los demás

Nota Referencia: “Idursulfasa”

Cantidad: 288 unidades

Plazo: 12 meses

Alícuota: 0%

Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada solamente alordenamiento jurídico interno de la República Oriental del Uruguay.Esta incorporación deberá ser realizada antes del 05/II/2013.

XIX CCM Extr. - Brasilia, 05/XII/12.

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