Decisión 8/2012

Acuerdo Para La Creacion De La Red De Especialistas En Seguridad Documental Migratoria Del Mercosur

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Mercosur
Acuerdo Para La Creacion De La Red De Especialistas En Seguridad Documental Migratoria Del Mercosur

Aprobar el texto del proyecto de “acuerdo para la creacion de la red de especialistas en seguridad documental migratoria del mercosur y estados asociados”, que consta como anexo y forma parte de la presente decision.

Id norma: 219997 Tipo norma: Decisión Numero boletin: 32725

Fecha boletin: 18/09/2013 Fecha sancion: 29/06/2012 Numero de norma 8/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Consejo Del Mercado Comun Ver Decisiones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

XLIII CMC – Mendoza, 29/VI/2012.

SECRETARIA DEL MERCOSURFE ERRATAS - ORIGINAL - 19/02/13

MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 08/12

ACUERDO PARA LA CREACION DE LA RED DE ESPECIALISTAS EN SEGURIDAD DOCUMENTAL MIGRATORIA DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, elProtocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, laRepública de Bolivia y la República de Chile y la Decisión Nº 07/96 delConsejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la creación de una Red de Especialistas en Seguridad DocumentalMigratoria (RED SEGDOC), dedicada al análisis de documentacióncontrovertida que asesore al personal destinado en los puestosfronterizos u oficinas migratorias y que brinde capacitaciónespecializada a los funcionarios migratorios, contribuirá a prevenir ydetectar aquellos delitos relacionados a la alteración documental.

Que debe existir un mecanismo formal entre las entidades migratoriasdel MERCOSUR que permita la implementación de herramientas conjuntasadecuadas para el intercambio de información sobre pasaportes ydocumentos de viaje emitidos, anulados o adulterados, necesarias paraun control migratorio efectivo y eficaz que, además, evite latransnacionalización del delito de fraude documental entre los paísesde la región.

Que el fraude documental migratorio es una de las herramientas queutiliza en su accionar la delincuencia transnacional organizada, elnarcotráfico, el tráfico de migrantes, la trata de personas y otrasformas de delito transnacional.

Que la transnacionalización del delito y la aplicación de modernastecnologías en la confección de documentos falsificados, combinados conla necesidad de agilizar el tránsito fronterizo en el espacio regional,generan un desafío a la seguridad de las fronteras de los países de laregión.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUNDECIDE:

Art. 1 - Aprobar el texto del proyecto de “Acuerdo para la creación dela Red de Especialistas en Seguridad Documental Migratoria del MERCOSURy Estados Asociados”, que consta como Anexo y forma parte de lapresente Decisión.

Art. 2 - El Consejo del Mercado Común recomienda a los Estados Partesdel MERCOSUR la suscripción del Acuerdo mencionado en el artículoanterior.

Art. 3 - La vigencia del Acuerdo adjunto se regirá por lo que establece su artículo 8.

Art. 4 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica