Resolución 10/2013

Registro De Organizaciones Y Movimientos Sociales

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Mercosur
Registro De Organizaciones Y Movimientos Sociales

Crear el registro de organizaciones y movimientos sociales del mercosur que reunira organizaciones y movimientos sociales residentes en el territorio de los estados partes con interes en los asuntos tratados en el proceso de integracion regional. dicho registro sera voluntario y tendra caracter informativo y de comunicacion con las organizaciones y movimientos sociales.

Id norma: 220011 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32725

Fecha boletin: 18/09/2013 Fecha sancion: 10/07/2013 Numero de norma 10/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Grupo Del Mercado Comun Ver Resoluciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 2 norma(s).

Esta norma es complementada o modificada por

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

XCII GMC - Montevideo, 10/VII/13.

MERCOSUR/GMC/RES. Nº 10/13

REGISTRO DE ORGANIZACIONES Y MOVIMIENTOS SOCIALES DEL MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, elProtocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, laRepública de Bolivia y la República de Chile y las Decisiones Nº 04/91,59/00 y 65/10 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la participación de organizaciones y movimientos sociales en elMERCOSUR es importante para la profundización y éxito del proceso deintegración así como para el conocimiento por parte de la población delos beneficios y derechos emanados del proceso de integración.

Que el crecimiento sostenido del MERCOSUR en diversos ámbitos ysectores de la política, economía y sociedad ha traído comoconsecuencia un mayor grado de intercambio y participación de lasociedad en el mismo.

Que es necesario contar con instrumentos que promuevan un efectivoconocimiento del MERCOSUR por parte de las organizaciones y movimientossociales.

Que, de conformidad con la Decisión CMC Nº 65/10, la Unidad de Apoyo ala Participación Social (UPS) actúa como un canal institucional dediálogo del MERCOSUR con las organizaciones y movimientos sociales.

Que la UPS tiene la función de mantener un registro de organizaciones y movimientos sociales de los Estados Partes.

EL GRUPO MERCADO COMUNRESUELVE:

Art. 1 - Crear el Registro de Organizaciones y Movimientos Sociales delMERCOSUR que reunirá organizaciones y movimientos sociales residentesen el territorio de los Estados Partes con interés en los asuntostratados en el proceso de integración regional.

Dicho registro será voluntario y tendrá carácter informativo y de comunicación con las organizaciones y movimientos sociales.

Art. 2 - El registro estará abierto a la inscripción de lasorganizaciones y movimientos sociales con el único requisito de que losmismos estén establecidos físicamente en al menos uno de los EstadosPartes.

Art. 3 - El registro se realizará mediante el sitio web del MERCOSUR,el cual deberá ser adaptado a tal fin antes del 31 de diciembre de 2013.

Art. 4 - En el registro constará al menos el nombre de la organizacióno movimiento social, su finalidad u objetivo, nombre de una personafísica con responsabilidad en la misma y su cargo, las institucionesque agrupa, si correspondiera, y los datos de contacto (dirección,teléfono, correo electrónico, redes sociales y web).

La UPS podrá requerir a las organizaciones y movimientos sociales la información adicional que considere pertinente.

Art. 5 - La administración y actualización del registro serácompetencia de la UPS, la que mantendrá contacto con las organizacionesy movimientos sociales inscriptos.

Art. 6 - La Coordinación Nacional del GMC en ejercicio de laPresidencia Pro Témpore, en consulta con las demás CoordinacionesNacionales de los Estados Partes, podrá comunicar la información queconsidere pertinente a las organizaciones y movimientos sociales.

Art. 7 - La información registrada se considerará pública y podrá serutilizada por los órganos del MERCOSUR para objetivos afines al procesode integración.

Art. 8 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamientojurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de laorganización o del funcionamiento del MERCOSUR.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica