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Resolución 18/2013
Memorando De Entendimiento Entre Mercosur Y Agencia Española Cooperacion Internacional Para El Desar
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Mercosur
Memorando De Entendimiento Entre Mercosur Y Agencia Española Cooperacion Internacional Para El Desar
Aprobar la firma del memorando de entendimiento entre el mercosur y la agencia española de cooperacion internacional para el desarrollo (aecid), que consta como anexo y forma parte de la presente resolucion.
Id norma: 220023 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32725
Fecha boletin: 18/09/2013 Fecha sancion: 10/07/2013 Numero de norma 18/2013
Organismo (s)
Organismo origen: Grupo Del Mercado Comun Ver Resoluciones Observaciones: -
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Ver 1 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
XCII GMC - Montevideo, 10/VII/13.
MERCOSUR/GMC/RES. Nº 18/13
MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL MERCOSUR Y LA AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACION INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO (AECID)
VISTO: El Tratado de Asunción,el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre CompromisoDemocrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República deChile, las Decisiones Nº 10/91, 12/04, 10/12 y 11/12 del Consejo delMercado Común y las Resoluciones Nº 17/08 y 37/12 del Grupo MercadoComún.
CONSIDERANDO:
Que la cooperación recibida contemplada por la nueva Política deCooperación Internacional del MERCOSUR tiene como objetivo fortalecerel proceso de integración regional de acuerdo con las prioridadesdefinidas por los órganos decisorios del bloque.
Que la experiencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) es de interés del MERCOSUR.
Que la suscripción de este Memorando permitirá dar continuidad a unprograma conjunto de cooperación técnica en áreas de mutuo interés.
EL GRUPO MERCADO COMUNRESUELVE:
Art. 1 - Aprobar la firma del Memorando de Entendimiento entre elMERCOSUR y la Agencia Española de Cooperación Internacional para elDesarrollo (AECID), que consta como Anexo y forma parte de la presenteResolución.
Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamientojurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de laorganización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XCII GMC - Montevideo, 10/VII/13.
PABLO GRINSPUN, Director Nacional de MERCOSUR.
“El Acta de la XCII Reunión Ordinariadel Grupo Mercado Común (GMC), realizada el día 10 de julio de 2013 enla ciudad de Montevideo y los anexos mencionados en la misma seencuentran a disposición del público en el sitio web Oficial delMERCOSUR (www.mercosur.int.) de conformidad con lo que establece elProtocolo de Ouro Preto aprobado por Ley 24.560.”
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