Disposición 487/2013

Aduana De Neuquen - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos
Aduana De Neuquen - Aprobacion

Aprobar la aduana de neuquen para la realizacion de verificacion de importacion y/o exportacion en instalaciones habilitadas, respecto de los materiales comprendidos en el decreto n° 302/83 y 306/07 la que sera complementaria de las disposiciones renar nros. 335/07, 378/07, 400/09, 382/10 y 321/12.

Id norma: 220481 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32733

Fecha boletin: 30/09/2013 Fecha sancion: 25/09/2013 Numero de norma 487/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Registro Nacional De Armas Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

REGISTRO NACIONAL DE ARMAS

Disposición Nº 487/2013

Bs. As., 25/9/2013

VISTO la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429 y los DecretosNros. 302 del 8 de febrero de 1983, 37 del 12 de enero de 2001 y 306del 29 de marzo de 2007, y las Disposiciones RENAR Nros. 335 del 28 deagosto de 2007, 378 del 27 de septiembre de 2007, 400 del 03 de agostode 2009, 382 del 21 de julio del 2010, 321 del 22 de mayo de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429 y modificatorias,regula la adquisición, comercialización, industrialización, uso,importación y exportación de pólvoras, explosivos y afines.

Que el Decreto N° 302/83 aprueba la reglamentación de la Ley Nacionalde Armas y Explosivos N° 20.429, en lo referente a pólvoras, explosivosy afines.

Que el Decreto N° 306/07 incluyó al nitrato de amonio con el carácterde explosivo, en cualquier tipo de composición, en razón de supeligrosidad.

Que por imperio del artículo 33 del Decreto N° 302/83 (t.o. Decreto306/07) se faculta al Registro Nacional de Armas a establecer lospuntos para la realización de importaciones y exportaciones.

Que mediante las Disposiciones RENAR Nros. 335/07, 378/07, 400/09,382/10 y 321/12 se determinaron los pasos fronterizos y terminalesportuarias autorizadas para el ingreso y egreso de Pólvoras, Explosivosy Afines, siendo conveniente mantener su vigencia y complementarlas conla presente.

Que mediante la Disposición Renar N° 321/12 se creó la nueva modalidadde Verificación de Importación y Exportación en planta, a efectos demejorar las condiciones de seguridad y control de los materialescomprendidos en el Decreto N° 302/83 y sus modificatorias por elDecreto N° 306/07 desde el ingreso hasta su destino final.

Que las Coordinaciones de Pólvoras, Explosivos y Afines y de AsuntosJurídicos han tomado las intervenciones que les corresponden.

Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtudde lo dispuesto en los Decretos Nros. 302/83, 306/07 y 2572/12.

Por ello:

EL DIRECTOR DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS

DISPONE:

ARTICULO 1° — Aprobar la ADUANA de NEUQUEN para la realización deVerificación de Importación y/o Exportación en Instalacioneshabilitadas, respecto de los materiales comprendidos en el Decreto N°302/83 y 306/07 la que será complementaria de las Disposiciones RenarNros. 335/07, 378/07, 400/09, 382/10 y 321/12.

ARTICULO 2° — La presente entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial, incorpórese al Banco Nacional Informatizado de DatosRENAR, cumplido, archívese. — MATIAS MOLLE, Director Nacional, RegistroNacional de Armas.

e. 30/09/2013 Nº 77207/13 v. 30/09/2013

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