Disposición 52/2013

Disposicion D.N.M. Y M.P.R.C. Nº 45/13 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos
Disposicion D.N.M. Y M.P.R.C. Nº 45/13 - Modificacion

Sustituyense los articulos 4° y 5° de la disposicion d.n.m. y m.p.r.c. nº 45/13 y sus modificatorias

Id norma: 220773 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32739

Fecha boletin: 08/10/2013 Fecha sancion: 01/10/2013 Numero de norma 52/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Mediacion Y Metodos Participativos... Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCION NACIONAL DE MEDIACION Y METODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS

Disposición Nº 52/2013

Bs. As., 1/10/2013

VISTO el Expediente Nº S04:0005629/2013 del registro de esteMinisterio, la Ley de Mediación y Conciliación Nº 26.589, el Decreto Nº1467 del 22 de setiembre de 2011, la Resolución M.J. y D.H. Nº 1196 del25 de Julio de 2013, las Disposiciones D.N.M. y M.P.R.C. Nros. 45 del1° de agosto de 2013, 47 del 29 de agosto de 2013 y 51 del 30 deseptiembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución M.J. y D.H. Nº 1196/13, se aprobó el Sistema “MEPRE”y se encomendó a la DIRECCION NACIONAL DE MEDIACION Y METODOSPARTICIPATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS dependiente de laSUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL la implementación dedicho sistema informático.

Que por conducto de la Disposición D.N.M. y M.P.R.C. Nº 45/13 seestableció la fecha a partir de la cual los mediadores deberán utilizarobligatoria y excluyentemente el sistema “MEPRE” y correlativamente elcese de la obligación de remisión de datos en soporte papel.

Que el artículo 4° de la Disposición mencionada en el Considerandoanterior también determinó las fechas de inicio y cierre de la prácticasimulada del Sistema “MEPRE” a través de la página web del MINISTERIODE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que en orden a acompañar a los matriculados en el uso del nuevosistema, se han puesto a su disposición distintas herramientas de apoyocomo el Manual, CD tutorial, Mesa de ayuda, espacio de preguntasfrecuentes en pagweb, consultas personales, equipamiento informático enla Dirección y cursos de capacitación.

Que, en idéntico sentido, a efectos de brindarles la posibilidad deafianzar sus conocimientos sobre el nuevo sistema informático, por lasDisposiciones D.N.M. y M.P.R.C. Nros. 47/13 y 51/13 se ampliaron losplazos previstos en la Disposición Nº D.N.M. y M.P.R.C. Nº 45/13.

Que, sin perjuicio de las medidas adoptadas, se estima convenientemodificar los plazos establecidos en la Disposición D.N.M. y M.P.R.C.Nº 51/13.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas porel artículo 2° de la Resolución M.J. y D.H. Nº 1196/13 y el artículo 1°de la Resolución M.J. y D.H. Nº 2740 de fecha 4 de diciembre de 2012.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE MEDIACION Y METODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS

DISPONE:

ARTICULO 1° — Sustitúyese el texto del artículo 4° de la DisposiciónD.N.M. y M.P.R.C. Nº 45/13 y sus modificatorias por el siguiente:

“ARTICULO 4°.- A partir de la fecha prevista en el artículo 3° de lapresente y hasta el día 31 de diciembre de 2013, los mediadoreshabilitados en el sistema “MEPRE” tendrán disponible dicha aplicación,en el entorno web del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, pararealizar prácticas simuladas”.

ARTICULO 2° — Sustitúyese el texto del artículo 5° de la DisposiciónD.N.M. y M.P.R.C. Nº 45/13 y sus modificatorias por el siguiente:

“ARTICULO 5°.- Establécese el día 17 de febrero de 2014 como fecha apartir de la cual los mediadores inscriptos en el Registro Nacional deMediación, creado por la Ley Nº 26.589, deberán utilizar obligatoria yexcluyentemente el sistema “MEPRE”, para registrar y remitir lainformación de las mediaciones en las que fueren designados a partir deesa fecha; todo ello conforme las previsiones de los artículos 29 de laLey Nº 26.589, 2° y 25 del Anexo I del Decreto Nº 1467/11, cesando apartir de entonces la obligatoriedad de remitir las actascorrespondientes a dichas mediaciones en soporte papel, de acuerdo a loprevisto por el artículo 25 del Anexo I del Decreto Nº 1467/11.”.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. MARIA M. UTHURRALT, DirectoraNacional, Dirección Nacional MyMPRC.

e. 08/10/2013 N° 79549/13 v. 08/10/2013

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