Resolución 108/2013

Resolucion N° 35/13 - Prorroga

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Hidrocarburos
Resolucion N° 35/13 - Prorroga

Prorrogase por el plazo de cuarenta y cinco (45) dias corridos a contar desde su vencimiento, la vigencia de la resolucion nº 35 de fecha 9 de abril de 2013 de la secretaria de comercio interior del ministerio de economia y finanzas publicas.

Id norma: 220838 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32741

Fecha boletin: 10/10/2013 Fecha sancion: 09/10/2013 Numero de norma 108/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Comercio Interior (Seci) Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Secretaría de Comercio Interior

HIDROCARBUROS

Resolución 108/2013

Resolución Nº 35/2013. Prórroga.

Bs. As., 9/10/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0073870/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y

CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones mencionadas en el Visto, se ha dictado laResolución Nº 35 de fecha 9 de abril de 2013 de esta SECRETARIA DECOMERCIO INTERIOR dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZASPUBLICAS, mediante la cual se determinó que el precio tope decomercialización de los hidrocarburos líquidos a aplicar por todos losexpendedores, a partir de la entrada en vigencia de dicha medida, seráel que resulte igual al más elevado del día 9 de abril del corrienteaño, en las regiones citadas en su Anexo.

Que la mencionada norma fijó un plazo de vigencia de SEIS (6) meses apartir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial(B.O. 10/04/13).

Que para el dictado de la medida se tuvo en consideración que estaSecretaría debe entender en la ejecución de políticas y plexosnormativos necesarios para afianzar la transparencia en lacomercialización de bienes y servicios y tener asegurado el suministrode los mismos, a fin de amparar los derechos de los consumidores.

Que, en virtud de que subsisten las condiciones que oportunamentedieron origen al dictado de la citada Resolución, deviene necesarioprorrogar la vigencia de la Resolución 35/2013 por el plazo de CUARENTAY CINCO (45) días corridos a contar desde su vencimiento.

Que la Dirección de Legales del Area de Comercio Interior dependientede la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIAY FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas porel Artículo 2° inciso c) de la Ley Nº 20.680 y el Decreto Nº 357 del 21de febrero de 2002 y sus modificatorias.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1° — Prorrógase por elplazo de CUARENTA Y CINCO (45) días corridos a contar desde suvencimiento, la vigencia de la Resolución Nº 35 de fecha 9 de abril de2013 de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA YFINANZAS PUBLICAS.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Mario G. Moreno.

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