Resolución 27/2013

Tarifa Sustitutiva - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Asociaciones Sindicales
Tarifa Sustitutiva - Aprobacion

Apruebase la tarifa sustitutiva para la cosecha 2013 del convenio de corresponsabilidad gremial celebrado entre la federacion de obreros y empleados vitivinicolas y afines (foeva) y diversas entidades representativas de los productores vitivinicolas de la provincia de rio negro, homologado por la resolucion de la secretaria de seguridad social nº 34 de fecha 15 de diciembre de 2012,

Id norma: 221220 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32747

Fecha boletin: 21/10/2013 Fecha sancion: 09/10/2013 Numero de norma 27/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De La Seguridad Social Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Resolución Nº 27/2013

Apruébase la tarifa sustitutiva parala cosecha 2013.

Bs. As., 9/10/2013

VISTO el Expediente Nº 1.496.338/12 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 26.377, el Decreto Nº1.370 de fecha 25 de agosto de 2008 y la Resolución de la SECRETARIA DESEGURIDAD SOCIAL Nº 34 de fecha 15 de diciembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.377 y su Decreto Reglamentario Nº 1.370/08 facultó alas asociaciones de trabajadores rurales con personería gremial y lasentidades empresarias de la actividad rural, suficientementerepresentativas, sean o no integrantes del REGISTRO NACIONAL DETRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES AGRARIOS (RENATEA), a celebrar entresí convenios de corresponsabilidad gremial en materia de SeguridadSocial.

Que el Decreto Nº 1.370/08 estableció la competencia de la SECRETARIADE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDADSOCIAL, para los casos de homologación de los convenios celebrados enel marco de la Ley Nº 26.377.

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Nº 34 defecha 15 de diciembre de 2012, se homologó, con los alcances previstosen la Ley Nº 26.377 y su Decreto Reglamentario Nº 1.370/08, el Conveniocelebrado entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS VITIVINICOLAS YAFINES (FOEVA) y diversas entidades representativas de los productoresvitivinícolas de la Provincia de RIO NEGRO.

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 857 de fecha 23 dejulio de 2013 se homologó el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DEOBREROS Y EMPLEADOS VITIVINICOLAS Y AFINES, la CAMARA ARGENTINA DEFABRICANTES Y EXPORTADORES DE MOSTOS DE UVA, la UNION VITIVINICOLAARGENTINA, la ASOCIACION DE COOPERATIVAS VITIVINICOLAS ARGENTINAS, laCAMARA VITIVINICOLA DE SAN JUAN, BODEGAS DE ARGENTINA ASOCIACION CIVIL,la FEDERACION DE LA INDUSTRIA LICORISTA ARGENTINA, el CENTRO DEVIÑATEROS Y BODEGUEROS DEL ESTE y la FEDERACION DE VIÑATEROS YPRODUCTORES AGROPECUARIOS DE SAN JUAN, conforme a lo dispuesto en laLey de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004), mediante el cual seestablece el valor mínimo por tacho o gamela de uva para la cosecha2013.

Que a los fines de mantener la representatividad de los aportes ycontribuciones que la tarifa establecida sustituye, procede lahomologación de una nueva tarifa sustitutiva.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que lecompete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas porel Decreto Nº 1.370/08.

Por ello,

LA SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase la tarifa sustitutiva para la cosecha 2013 delConvenio de Corresponsabilidad Gremial celebrado entre la FEDERACION DEOBREROS Y EMPLEADOS VITIVINICOLAS Y AFINES (FOEVA) y diversas entidadesrepresentativas de los productores vitivinícolas de la Provincia de RIONEGRO, homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDADSOCIAL Nº 34 de fecha 15 de diciembre de 2012, que como Anexo formaparte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. OFELIA M. CÉDOLA, Secretaria deSeguridad Social, M.T.E. y S.S.

ANEXO I

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