Disposición 23/2013

Programa Federal De Urbanizacion De Villas Y Asentamientos Precarios

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Planificacion Federal, Inversion Publica Y Servicios
Programa Federal De Urbanizacion De Villas Y Asentamientos Precarios

Apruebase el manual de ejecucion del “programa federal de urbanizacion de villas y asentamientos precarios”, creado por resolucion nº 1012 de fecha 18 de mayo de 2009 de la secretaria de obras publicas del ministerio de planificacion federal, inversion publica y servicios.

Id norma: 221848 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32760

Fecha boletin: 07/11/2013 Fecha sancion: 31/10/2013 Numero de norma 23/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Desarrollo Urbano Y Vivienda Ver Disposiciones Observaciones: ESTA NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 1012/2009 DE LA SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIO - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

Disposición Nº 23/2013

Bs. As., 31/10/2013

VISTO el expediente Nº S01:0269285/2009 del Registro del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Resolución Nº1012 de fecha 18 de mayo de 2009 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS delMINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA dependiente de laSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en su calidad de organismo nacionalcompetente en materia habitacional ha considerado oportuno y necesarioimpulsar la creación del “PROGRAMA FEDERAL DE URBANIZACION DE VILLAS YASENTAMIENTOS PRECARIOS”, como programa permanente de ejecución deobras con la finalidad de contribuir al desarrollo y mejoramiento delas condiciones del hábitat de los hogares de menores recursos,generando empleo formal y movilizando mercados locales de materiales encomercialización y producción.

Que por Resolución Nº 1012 de fecha 18 de mayo de 2009 de la SECRETARIADE OBRAS PUBLICAS ha sido creado el “PROGRAMA FEDERAL DE URBANIZACIONDE VILLAS Y ASENTAMIENTOS PRECARIOS” y aprobado el REGLAMENTOPARTICULAR del mismo, en el cual se establecen los entes partícipes delPrograma, las acciones y responsabilidades asignadas a los mismos, losrequisitos a cumplimentar por los Estados Provinciales y/o Municipalespara adherir al Programa y los procedimientos de aprobación,financiamiento y rendición de cuentas de las obras convenidas.

Que no obstante se hace necesario instrumentar un MANUAL DE EJECUCIONpara dicho Programa, que contenga el detalle de los procedimientos yetapas que deben cumplimentarse para acceder al financiamiento de lasobras y durante su ejecución, así como los modelos de documentos yplanillas utilizados.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA LEGALdel MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS,ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultadesconferidas por el Decreto Nº 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003 yla Resolución Nº 1012, de fecha 18 de mayo de 2009 de la SECRETARIA DEOBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

DISPONE:

ARTICULO 1° — Apruébase el MANUAL DE EJECUCION del “PROGRAMA FEDERAL DEURBANIZACION DE VILLAS Y ASENTAMIENTOS PRECARIOS”, creado porResolución Nº 1012 de fecha 18 de mayo de 2009 de la SECRETARIA DEOBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS, que como ANEXO forma parte integrante de lapresente disposición.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Arq. GERMAN A. NIVELLO, Subsecretariode Desarrollo Urbano y Vivienda, Secretaría de Obras Publicas.

ANEXO

MANUAL DE EJECUCION

“PROGRAMA FEDERAL de URBANIZACION DE VILLAS Y ASENTAMIENTOS PRECARIOS”.

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO y VIVIENDA

INDICE

INTRODUCCION

A. LINEA DE ACCION “CONSTRUCCION DE VIVIENDAS NUEVAS”

A.1 PRESENTACION, APROBACION Y EJECUCION DEL PROYECTO

A.1.1 Primera Etapa: “DE GESTION DEL PROYECTO”

A.1.1.1 NO OBJECION TECNICA

A.1.1.1.1 Obras por licitación Pública

A.1.1.1.2 Obras por Administración

A.1.1.2 NO OBJECION FINANCIERA

A.1.1.2.1 Obras por licitación Pública

A.1.1.2.2 Obras por Administración

A.1.1.3 ACUERDO DE FINANCIAMIENTO

A.1.1.4 RATIFICACION DEL ACUERDO DE FINANCIAMIENTO

A.1.2 Segunda etapa: “DE EJECUCION DEL PROYECTO”

A.1.2.1 CERTIFICACION Y PAGO

A.1.2.1.1 Obras por licitación Pública

A.1.2.1.2 Obras por Administración

A.1.2.2 RENDICION DE CUENTAS

A.1.2.3 REDETERMINACION DEL PRECIO DE LAS OBRAS

A.1.2.3.1 Solicitud de reconocimiento

A.1.2.3.2 Aprobación del nuevo monto de financiamiento y pago

A.1.2.4 MODIFICACIONES DE PROYECTO

A.1.2.5 AMPLIACIONES DE CONTRATO

A.1.2.6 INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO

A.1.2.7 INCUMPLIMIENTO DEL ACUERDO DE FINANCIAMIENTO

A.1.2.8 CIERRE FINANCIERO DE LAS OBRAS

B. LINEA DE ACCION “MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS”

C. LINEA DE ACCION “MEJORAMIENTO DEL HABITAT URBANO, OBRAS DE INFRAESTRUCTURA Y COMPLEMENTARIAS”

D. DE LAS OBRAS CONVENIDAS EN EL MARCO DEL “SUBPROGRAMA FEDERAL DE VILLAS Y ASENTAMIENTOS PRECARIOS”

ANEXO I: instructivo para solicitar la “No objeción Técnica”

ANEXO II: instructivo para solicitar la “No objeción Financiera”

ANEXO III: Modelo de Convenio Particular

ANEXO III-a: Modelo de Plan de trabajos de cada obra que se financia por el convenio

ANEXO III-b: Modelo de Cronograma de Desembolsos de todas las obras incluidas

ANEXO III-c: Reglamento General de Rendición de Cuentas

ANEXO III-d1: instructivo para la Rendición de Cuentas

ANEXO III-d2: Modelo de Carátula de Certificado de obra

ANEXO III-d3: Modelos de Planillas A1 y A2 de Rendición de Cuentas

ANEXO IV: Resolución ratificatoria Convenio Particular

ANEXO V: Solicitud reconocimiento Redeterminación de Precios

ANEXO VI: Resolución mayor monto financiamiento por Redeterminación de Precios

ANEXO VII: instructivo para solicitar la “No objeción Técnica” para “Mejoramiento de Viviendas”

ANEXO VIII: Instructivo para solicitar la “No objeción Técnica” para“Mejoramiento del Hábitat Urbano, Infraestructura y ObrasComplementarias”

MANUAL DE EJECUCION

DEL “PROGRAMA FEDERAL DE URBANIZACION DE VILLAS Y ASENTAMIENTOS PRECARIOS”

INTRODUCCION

El presente Manual de Ejecución tiene por objetivo describir con mayordetalle todos los aspectos contenidos en el REGLAMENTO PARTICULAR DELPROGRAMA FEDERAL DE URBANIZACION DE VILLAS Y ASENTAMIENTOS PRECARIOSaprobado mediante RESOLUCION Nº 1012 de fecha 18 de mayo de 2009.

El mismo desarrolla los procedimientos a seguir, así como los modelosde los documentos y planillas a ser utilizados en las distintas etapasdel procedimiento, que se incluyen al presente como ANEXOS.

Teniendo en consideración la similitud existente en los procedimientosa ser llevados adelante para la implementación del Programa, sea cualfuere el ENTE EJECUTOR, como el sistema elegido para la ejecución delas obras, se ha optado por desarrollar el texto del Manual para lalínea de acción correspondiente a “Construcción de Viviendas Nuevas”,lo cual resultará aplicable a las líneas de acción “Mejoramiento deViviendas” y “Mejoramiento del Hábitat Urbano, Obras de Infraestructuray Complementarias”; incluyéndose cuando sea necesario, un apartadodiferenciado con las consideraciones particulares para éstas dosúltimas líneas de acción.

De idéntica forma, todos los anexos incorporados son para el caso deobras contratadas por licitación pública. No obstante, cuando existaalguna singularidad que lo justifique, se desarrollará el tema como unasingularidad a ser incluida en futuras adecuaciones del presente Manual.

A. LINEA DE ACCION “CONSTRUCCION DE VIVIENDAS NUEVAS”

A.1.- PRESENTACION, APROBACION Y EJECUCION DEL PROYECTO

El procedimiento comprende dos etapas:

a) La primera etapa, se denomina “DE GESTION DEL PROYECTO”.

b) La segunda etapa, “DE EJECUCION DEL PROYECTO”.

A.1.1 Primera Etapa: “DE GESTION DEL PROYECTO”

Como paso previo a cualquier gestión, los “ENTES EJECUTORES” deberánexpresar su voluntad de participar del Programa presentado una nota ala SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, expresando lavoluntad de adherirse al mismo.

A.1.1.1 NO OBJECION TECNICA

A.1.1.1.1 Obras por licitación Pública

Los “ENTES EJECUTORES” presentarán los proyectos ante la SUBSECRETARIADE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA solicitando el otorgamiento de la “NOOBJECION TECNICA”. Para ello remitirán una Memoria Descriptiva según elinstructivo y el formulario del ANEXO I, que sigue los “Criterios deElegibilidad de los Proyectos” expresados en el Apartadocorrespondiente del Reglamento Particular del Programa. Cabe consignarque el texto del formulario podrá ser modificado para perfeccionarlo,cuando las circunstancias así lo aconsejen.

A todos los efectos, el contenido de la información sobre el proyectoque los “ENTES EJECUTORES” consignen en la Memoria, tiene el carácterde Declaración Jurada de la máxima autoridad, que es quien avala con sufirma la presentación.

La presentación es analizada por el Area de Evaluación de Proyectos dela “UNIDAD DE GESTION”. De existir observaciones, las mismas deberánser salvadas por el “ENTE EJECUTOR”, caso contrario no se otorgará la“No objeción técnica”.

Cumplida satisfactoriamente esta etapa, la SUBSECRETARIA DE DESARROLLOURBANO Y VIVIENDA otorgará la “No objeción técnica” al proyecto, lacual será comunicada mediante nota por la “UNIDAD DE GESTION” al “ENTEEJECUTOR”, quedando éste último habilitado para iniciar el proceso delicitación de las obras según la legislación local.

A.1.1.1.2 Obras por Administración

En el caso de que las obras sean ejecutadas por administración deberárealizarse idéntico trámite para obtener la “No objeción técnica”.

A.1.1.2 NO OBJECION FINANCIERA

A.1.1.2.1 Obras por licitación Pública

Una vez realizada la apertura de la licitación pública, el “ENTEEJECUTOR” remitirá a “LA SUBSECRETARIA” la solicitud de “No objeciónfinanciera” acompañada de una Memoria Descriptiva según el instructivoy el formulario del ANEXO II adjunto, que sigue lo establecido en elApartado correspondiente del Reglamento Particular del Programa. Cabeconsignar que el texto del formulario podrá ser modificado paraperfeccionarlo, cuando las circunstancias así lo aconsejen.

A todos los efectos, el contenido de la información sobre el proyectoque los “ENTES EJECUTORES” consignen en la Memoria, tiene el carácterde Declaración Jurada de la máxima autoridad, que es quien avala con sufirma la presentación.

De existir observaciones, deberán de ser salvadas por el “ENTE EJECUTOR”, caso contrario no se dará prosecución al trámite.

Cumplida satisfactoriamente esta etapa, la obra es consideradafinanciable por “LA SUBSECRETARIA” y se otorgará la correspondiente “Noobjeción financiera”, la cual será comunicada mediante nota al “ENTEEJECUTOR”.

A.1.1.2.2 Obras por Administración

Dado que en este caso no se requiere la presentación y evaluación delos mecanismos para las contrataciones, no existe “No objeciónFinanciera”, por ello el trámite pasa directamente a la etapa siguienteque consiste en la elaboración y firma del Acuerdo y a la apertura delexpediente de obra.

A.1.1.3 ACUERDO DE FINANCIAMIENTO

Cumplimentados los pasos anteriores, tanto para las obras licitadascomo aquellas a ejecutar por administración, se procede a la firma deun Convenio Particular que formaliza el Acuerdo entre la SUBSECRETARIADE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA y el “ENTE EJECUTOR”, cuyo modelo seagrega como ANEXO III. Dicho modelo contiene todos los requisitosestablecidos en el Apartado correspondiente del Reglamento Particulardel Programa e incluye un conjunto de anexos que complementan elarticulado. Estos son:

ANEXO III-a: Modelo de Plan de trabajos de cada obra que se financia por el convenio

ANEXO III-b: Modelo de Cronograma de Desembolsos de todas las obras incluidas

ANEXO III-c: Reglamento General de Rendición de Cuentas

ANEXO III-d1: Instructivo para la Rendición de Cuentas

ANEXO III-d2: Modelo de Carátula de Certificado de obra

ANEXO III-d3: Modelos de Planillas A1 y A2 de Rendición de Cuentas

Se adjuntan todos los anexos consignados precedentemente. Cabeconsignar que los textos de los anexos: ANEXO III, ANEXO III-a, ANEXOIII-b, ANEXO lll-c, ANEXO III-d1, ANEXO III-d2 y ANEXO III-d3 podránser modificados en el futuro, toda vez que cuestiones de procedimientoo cambios de normativa así lo exijan, siempre que no se altere sufinalidad y alcances.

En los casos en que la normativa de la Jurisdicción del “ENTE EJECUTOR”obligue a introducir modificaciones al modelo de Convenio Particular,se dará intervención a la Asesoría Jurídica de la SUBSECRETARIA DEDESARROLLO URBANO Y VIVIENDA para que opine al respecto.

Una vez firmado y protocolizado el Acuerdo, la DIRECCION DECOORDINACION DE PROGRAMAS remitirá un ejemplar autenticado al “ENTEEJECUTOR” correspondiente y este procederá a firmar el respectivocontrato con la empresa adjudicataria, cuando se trate de una obralicitada.

A.1.1.4 RATIFICACION DEL ACUERDO DE FINANCIAMIENTO

Firmado y protocolizado el Acuerdo, se procede a tramitar suratificación por parte del Sr. SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS. A esosefectos, el SR. SUBSECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA eleva unproyecto de Resolución ratificatoria; cuyo modelo se adjunta como ANEXOIV, para la firma del Sr. SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS.

Como se observa en dicho modelo de Resolución, por este mismoinstrumento se faculta a la SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO atransferir los fondos hasta completar el monto del Proyecto consignadoen el Convenio Particular.

Cabe consignar que el texto del ANEXO IV podrá ser modificado en elfuturo toda vez que cuestiones de procedimiento o cambios de normativaasí lo exijan, siempre que no se altere su finalidad y alcances.

A.1.2 Segunda etapa: “DE EJECUCION DEL PROYECTO”.

A.1.2.1 CERTIFICACION Y PAGO

A.1.2.1.1 Obras por licitación Pública

Simultáneamente con la Resolución ratificatoria del Acuerdo deFinanciamiento, el Area de Pagos de la “UNIDAD DE GESTION” de laSUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA redactará la providenciapor la que el Sr. Subsecretario solicita el pago a la empresacontratista del Anticipo financiero y al “ENTE EJECUTOR” el desembolsoanticipado correspondiente al primer mes de obra, conforme elcronograma de desembolsos. Dichos fondos serán depositados, antes delinicio de la obra, en las cuentas bancarias dadas de alta, a esosefectos, en el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS por lasempresas contratistas, en el caso del Anticipo Financiero, y del “ENTEEJECUTOR” en el caso del desembolso anticipado para el primer mes deobra.

A solicitud del “ENTE EJECUTOR” basado en exigencias contables propias,el anticipo financiero podrá ser remitido a la cuenta del “ENTEEJECUTOR”, quien procederá a depositarlo en la cuenta de la empresacontratista de manera inmediata.

Finalizado el primer mes de obra, el “ENTE EJECUTOR” presentará laRendición de Cuentas sobre la suma girada de manera anticipada según elprocedimiento que se explicita en 1.2.2.

El monto del pago que la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDAtramitará para el segundo desembolso a favor del “ENTE EJECUTOR”,dependerá de la suma rendida sobre el primer desembolso, según lasalternativas especificadas en el Apartado 2.10 del ReglamentoParticular del Programa. Idéntico procedimiento se seguirá para losdesembolsos subsiguientes hasta la terminación de las obras.

A.1.2.1.2 Obras por administración

El procedimiento de certificación y pago es similar, solo que al nohaber empresa contratista, el anticipo financiero es girado a la cuentadel “ENTE EJECUTOR”.

A.1.2.2 RENDICION DE CUENTAS

Tanto se trate de obras ejecutadas por empresas mediante licitaciónpública como de obras que se ejecutan por administración, finalizadocada mes, el “ENTE EJECUTOR” presentará ante la “UNIDAD DE GESTION” larendición de cuentas sobre la sumas remitidas en concepto de anticipopara el mes de obra vencido, en base al instructivo del ANEXO III-d1anexado con el Convenio Particular (ver A.1.1.3). El modelo decarátula, así como las planillas A1 y A2 que se mencionan en dichoInstructivo, son las que constan en los ANEXOS III-d2 y III-d3 delmencionado apartado A.1.1.3

En materia de rendición de cuentas las planillas de los anexoscumplimentan lo establecido en la Resolución del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Nº 268 de fecha 11de mayo de 2007 y su modificatoria Nº 267 de fecha 11 de abril de 2008,así como el Reglamento General de Rendición de Cuentas del ANEXO Ill-cque se adjunta según A.1.1.3. De modificarse el marco normativo en elfuturo, necesariamente los ANEXOS III-a a III-d se adaptarán en sutexto a esos cambios.

A.1.2.3 REDETERMINACION DEL PRECIO DE LAS OBRAS

El régimen de reconocimiento de mayores montos de obra por este causal,es similar para el caso de obras contratadas mediante licitaciónpública que para aquellas que se ejecutan por administración.

A.1.2.3.1 Solicitud de reconocimiento

Para acceder a mayores montos de financiamiento por parte de laSUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA invocando la causal deredeterminación del precio de las obras, los “ENTES EJECUTORES” deberánpresentar una nota efectuando el requerimiento, acompañada de lasiguiente documentación:

a) Planilla de “Solicitud de Aprobación de redeterminación de precios yreprogramación financiera” según modelo del ANEXO V. Dicho modelo estádesarrollado para el caso de Primera Redeterminación. Cuando se tratede segunda, tercera o de redeterminaciones simultáneas se adaptará eltexto de la planilla a dichas circunstancias.

b) Nuevo Cronograma de desembolsos.

Con estos elementos, el Area de Redeterminación de Precios de laSUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA procederá a evaluar lapresentación y con la firma del Sr. Subsecretario, remitirá ladocumentación a la COMISION DE COORDINACION Y SEGUIMIENTO DE LOSPROCESOS DE REDETERMINACION DE PRECIOS del MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para su aprobación.

A.1.2.3.2 Aprobación del nuevo monto de financiamiento y pago

Aprobado el cálculo, se eleva al Sr. SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS unproyecto de Resolución cuyo texto tipo se agrega como ANEXO VI a losefectos de que apruebe el nuevo monto de financiamiento para la obracon su respectivo plan de trabajos y Cronograma de desembolsos.

Cabe consignar que el texto del ANEXO VI podrá ser modificado en elfuturo toda vez que cuestiones de procedimiento o cambios de normativaasí lo exijan, siempre que no se altere su finalidad y alcances.Aprobado el nuevo monto de obra, los pagos continúan realizándose segúnel nuevo Cronograma utilizando el procedimiento descripto en 1.2.1 delpresente Manual.

A.1.2.4 MODIFICACIONES DE PROYECTO

Los proyectos aprobados podrán ser modificados en sus aspectostécnicos, siempre que medien circunstancias imprevistas y esténdebidamente justificadas. Dichas modificaciones deberán comunicarse ala SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA con la debidaanticipación adjuntando la documentación respaldatoria que avale lamisma, quedando a consideración de la “UNIDAD DE GESTION”, suaprobación.

A.1.2.5 AMPLIACIONES DE CONTRATO

En los casos excepcionales en que resulte necesario ejecutar ítems deobra no previstos en el presupuesto original, ante la solicituddebidamente fundada del “ENTE EJECUTOR”, la SUBSECRETARIA DE DESARROLLOURBANO Y VIVIENDA podrá autorizar ampliaciones de contrato. En estoscasos, el “ENTE EJECUTOR” deberá detallar exhaustivamente los motivosde la ampliación, y acompañar el análisis de precios de los ítemsnuevos con el presupuesto de los trabajos, indicando expresamente lafecha a que están referidos los valores.

El monto de la ampliación de contrato no podrá superar el porcentajeestablecido por la Ley de Obra Pública de cada Jurisdicción Provincial.

Los antecedentes serán evaluados por la “UNIDAD DE GESTION” y demerecer su aprobación se dará curso a un proyecto de Resoluciónmodificando el monto del financiamiento.

A.1.2.6 INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Cuando las obras hayan sido contratadas mediante licitación pública, el“ENTE EJECUTOR” ante el incumplimiento por parte de la Empresacontratista, del contrato firmado, podrá rescindir dicho contrato opromover la cesión del mismo a otra empresa. En ambos casos deberáncomunicarse estos hechos a la “UNIDAD DE GESTION” para su conocimientoy aprobación, acompañando la documentación que demuestrefehacientemente que se ha dado cumplimiento a los procedimientos queestablece la legislación local para estos casos.

A.1.2.7 INCUMPLIMIENTO DEL ACUERDO DE FINANCIAMIENTO

La SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA podrá suspender elfinanciamiento en aquellos casos en que los “ENTES EJECUTORES” nocumplan las cláusulas de los Acuerdos de Financiamiento que establecensus responsabilidades. La mencionada Subsecretaría con la firma de sutitular informará a la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS para que ésta a suvez remita a la DIRECCION DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARIA DECOORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el estado de situación eincumplimiento, siguiendo el procedimiento establecido para esos casosen el Reglamento General para Rendición de Cuentas del ANEXO Ill-c.

A.1.2.8 CIERRE FINANCIERO DE LAS OBRAS

Con el último certificado de avance de obra, una vez efectuada lacorrespondiente rendición de cuentas, se procederá al Cierre Financierode la Obra. A tal efecto se adjuntará copia autenticada del Acta deRecepción Provisoria de la obra, celebrada en los términos y con losalcances previstos en la Ley de Obra Pública de la jurisdicciónrespectiva; acreditando la terminación de la obra, en tiempo y forma, yque la misma se encuentra en condiciones de ser entregada en formainmediata a los adjudicatarios.

B) LINEA DE ACCION “MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS”

En lo que refiere a la obtención de financiamiento, por parte de los“ENTES EJECUTORES”, de obras que encuadren en esta línea de acción, leserá aplicable en general lo normado precedentemente para la Línea deAcción “Construcción de Viviendas Nuevas”.

No obstante, respecto de la Memoria Descriptiva del Proyecto a serpresentada por los “ENTES EJECUTORES” para la obtención de la “Noobjeción técnica”, atendiendo a sus particulares especificidades,deberá adjuntarse el formulario que se glosa como ANEXO VII. El mismosufrirá las necesarias adaptaciones en función del tipo de obra de quese trata.

A todos los efectos, el contenido de la información sobre el proyectoque los “ENTES EJECUTORES” consignen en la Memoria, tiene el carácterde Declaración Jurada de la máxima autoridad, que es quien avala con sufirma la presentación.

C) LINEA DE ACCION “MEJORAMIENTO DEL HABITAT URBANO, OBRAS DE INFRAESTRUCTURA Y COMPLEMENTARIAS”

Se incorpora como ANEXO VIII el Instructivo para solicitar la “Noobjeción técnica” de los proyectos. Para esta Línea de Acción valen lasmismas consideraciones especificadas en el Apartado anterior paraMejoramiento de Viviendas”.

Para obras de Mejoramiento del Hábitat Urbano, Obras de infraestructuray Complementarias la Unidad de Gestión, a partir de la presentación delos proyectos elaborados por el Ente Ejecutor, evaluará los mismos enrelación a las propuestas de urbanización de los sectores presentados yestablecerá los parámetros de los precios sugeridos a partir de losprecios testigos de las empresas prestatarias en un todo de acuerdo conlas especificaciones técnicas vigentes.

En el caso de ser necesario la Unidad de Gestión podrá realizarinterconsultas con otros Organismos que ejecuten obras de similarescaracterísticas y de esta manera sustentar la factibilidad y veracidadde los precios incluidos en la presentación de Solicitud de No ObjeciónTécnica por parte del Ente Ejecutor.

El intercambio de información con otros Organismos se realizara através de reuniones, mesas de trabajo y otro tipo de comunicaciónfehaciente y formal.

D) DE LAS OBRAS CONVENIDAS EN EL MARCO DEL “SUBPROGRAMA FEDERAL DE VILLAS Y ASENTAMIENTOS PRECARIOS”

La parte faltante de ejecución de las obras iniciadas que hubiesen sidoconvenidas entre los “ENTES EJECUTORES” y la SUBSECRETARIA DEDESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, en el marco del “SUBPROGRAMA FEDERAL DEVILLAS Y ASENTAMIENTOS PRECARIOS”, podrán ser finalizadas bajo lostérminos del presente “PROGRAMA FEDERAL DE URBANIZACION DE VILLAS YASENTAMIENTOS PRECARIOS”.

A tales efectos, los “ENTES EJECUTORES” firmantes de los respectivosConvenios Específicos, además de suscribir mediante nota su adhesión alPrograma (ver A.1.1), deberán solicitar expresamente el traspaso almismo de las obras ya convenidas.

ANEXO I: INSTRUCTIVO PARA SOLICITAR LA “NO OBJECION TECNICA”

PROGRAMA FEDERAL DE URBANIZACION DE VILLAS Y ASENTAMIENTOS PRECARIOS

INSTRUCTIVO PARA SOLICITAR LA “NO OBJECION TECNICA”

Línea de Acción: Construcción de Vivienda Nueva y Mejoramiento del Hábitat Urbano, Obras de Infraestructura y Complementarias. (MHUOlyC)

La información será suministrada en las planillas que se adjuntan alfinal, pudiendo agregarse las que sean necesarias para mejor definirlas características y contenidos del Proyecto.

Dado que la solicitud tiene el carácter de Declaración Jurada, debe serrefrendada en todas sus páginas por la máxima autoridad del EnteEjecutor.

Seguidamente se incluyen consideraciones y comentarios sobre elcontenido de la solicitud, a los efectos de facilitar su llenado y laposterior evaluación.

Identificación del Proyecto

Consignar sin excepción los datos de Provincia, Municipio, Localidad y Barrio donde va a realizarse la intervención.

En “Ubicación exacta” mencionar las calles que rodean al predio afectado.

En “Plazo de obra” determinar con rigurosidad la duración completa delProyecto atendiendo los siguientes recaudos: deberá contemplarse parasu determinación un riguroso análisis de las complejidades delProyecto. Además deberán tenerse en cuenta los atrasos que provocan lasestrategias de esponjamiento y/o relocalización que pudieranimplementarse. Si las obras de viviendas incluyeran obras de nexos uobras complementarias deberá contemplarse de qué manera pueden impactarnegativamente en el avance de las primeras. Se recomienda que de habermás de una empresa en un mismo predio se contemple una estrategia queasegure la convivencia y la ejecución de la infra frentista sinsuperposiciones. Además se recuerda que las licitaciones debencontemplar como máximo la ejecución de 100 viviendas por renglón.

En “Nº de proyecto” consignar el número en orden correlativo si losProyectos presentados por el “Ente Ejecutor” fueran más de uno.

A) Justificación de la Demanda

Se deberá justificar en este apartado la cantidad de viviendas y lastipologías adoptadas. Es fundamental que esta justificación estéavalada por un estudio de demanda en base a datos fehacientementecomprobados. Se recomienda muy especialmente este aspecto, a losefectos de evitar ulteriores dificultades para adjudicar las viviendaspor insuficiencia de beneficiarios en condiciones de calificar. Ademásdeberá aclararse en los casos de relocalizaciones, el barrio, villa oasentamiento de origen.

Deberá adjuntarse a esta solicitud un plano señalando en la plantaurbana los asentamientos y/o villas de donde se extraen las demandas yla ubicación del o los predios a afectar.

En los casos de esponjamiento se deberán especificar las tandas defamilias que progresivamente se irán movilizando, debiendo todo ellotenerse en cuenta para programar el Plazo de Obra.

Cuando se solicite “Cicatrización” se deberá detallar qué tipo de obrasse realizarán para evitar un nuevo asentamiento en las zonas arelocalizar.

B) Terreno

El Ente Ejecutor deberá aclarar, tildando en el casillero quecorresponda, cuál es la situación dominial de los terrenos donde seejecutarán las obras, detallando si son de dominio nacional,provincial, municipal o de entidades intermedias. Deberá especificarsesi cuentan o no con títulos perfectos tildando en el casillerocorrespondiente. En el caso de no estar a nombre del “Ente Ejecutor”,éste garantiza sin condicionamientos la cesión a su favor durante eltranscurso de la obra, de manera que cuando ésta concluya, se esté encondiciones de escriturar inmediatamente a favor del beneficiario.

En “Condiciones técnicas” tildar dando fe de que los terrenos son aptospara la ejecución de la obra, que los mismos no son inundables ycuentan con capacidad portante suficiente.

Asimismo, se deberá consignar si el terreno se localiza en zona Urbanao Suburbana y si la misma se encuentra en proceso de consolidación.

Cuando los terrenos sean provistos por el oferente, deberán consignarseen Observaciones, los requisitos que establecerán los pliegos para quedichos terrenos sean considerados aptos por el Ente Ejecutor.

C) Infraestructura, Obras de Nexo y Complementarias

Deberá consignarse en C.1) el tipo de servicios que se incluyen en elfinanciamiento de las viviendas. Tener presente que los montos máximospor vivienda que la Nación financia, incluyen esa infraestructura enlos tramos que pasan por el frente de las viviendas.

Si se exceden los topes por vivienda del Programa por la necesidad deincluir otras obras de infraestructura, de nexo o complementarias,deberá describirse y justificarse en C.2) con exactitud las obras deque se trata y definir su costo, a los efectos de evaluar financiarlasa través de la Línea de Acción correspondiente a “Mejoramiento delHábitat Urbano, Obras de Infraestructura y Complementarias” (MHUOlyC).Si se ha previsto para este rubro un financiamiento con recursosprovinciales o municipales, indicarlo expresamente en C.3). Tanto paraC.2) como para C.3), además de la descripción y justificación, debellenarse el cuadro síntesis con el tipo de obra y el costo.

A continuación del cuadro síntesis se deberá llenar un detalle por cadatipo de obra propuesto por ítems o rubros según los cuadros C.2 a, C.2b, C.2 c y C.2 d.

En los casos en que se dé la situación del párrafo precedente, seestablece la obligatoriedad de que todo proyecto que se someta a la “Noobjeción técnica” esté completamente definido en sus características ycostos, así como en su financiamiento. Por otra parte, es fundamentalque las obras que sean necesarias ejecutar estén perfectamentecoordinadas en el tiempo, ya que es premisa del Programa que lasviviendas se entreguen con los servicios básicos funcionando a pleno,razón por la cual se exige que la infraestructura, incluidos nexos yobras complementarias, estén totalmente concluidas por lo menos un mesantes que la obra de vivienda, cuyo plazo previsto de ejecución se hafijado en la identificación del proyecto.

Por tal razón puede resultar necesario requerir una presentaciónparticular de las mencionadas obras para una evaluación más precisa através de la Línea de Acción correspondiente.

D) Equipamiento urbano y accesibilidad

Detallar en el apartado D.1) de la solicitud con qué equipamientocuenta el área de localización, si el acceso al terreno está aseguradoy si cuenta con transporte público, recolección de residuos, barrido ylimpieza. Además deberá detallarse una cuantificación y característicasgenerales. Cuando con el equipamiento existente no pueda asegurarse laprestación de algún servicio esencial vinculado con la salud, laeducación o la seguridad, se describirá en D.2) el tipo de obranecesaria, quién la financiará y en qué plazo estará concluida,incluyendo una síntesis en el cuadro final de este apartado.

Cuando el equipamiento existente sea suficiente, indicarlo expresamente en Observaciones de D.1).

E) Proyecto urbanístico

En este apartado se debe describir brevemente el proyecto urbanístico,dando cumplimiento al capítulo correspondiente de los “EstándaresMínimos de Habitabilidad para Viviendas de Interés Social”.

Deberá adjuntarse las planimetrías correspondientes señalando lossectores intervenidos, las redes existentes y nuevas, los asentamientoso villas donde se origina la demanda, las etapas de esponjamiento, ytoda aquella información que sea necesaria para garantizar el normaldesarrollo del o los proyectos. Además deberá adjuntarse un informeambiental y un plano con las localizaciones de los equipamientosdetallados en D.1).

F) Diseño y tecnología de las viviendas

Utilizando los cuadros, definir las tipologías adoptadas para lasviviendas tipo y las previstas para discapacitados, número dedormitorios y superficies por unidad (cubiertas propias, comunes ytotales, según corresponda). Se deberá tener en cuenta que lassuperficies comunes computan al 50% y deberán estar contempladas en elcómputo final.

En el cuadro correspondiente a tecnología se definirá brevemente lasolución técnica prevista para los muros (mampuestos, revoques), techos(cubierta, aislamiento térmico con espesores y densidades, cielorraso,estructura), instalaciones (materiales, artefactos sanitarios ygrifería) y carpinterías exteriores (materiales, espesores o escuadríasde marcos y hojas, vidrios, protecciones), niveles de terminación(pisos, revestimientos) y equipamiento de la vivienda (si se proveealgún tipo de artefacto). Cuando el proyecto posibilite alternativas desolución (por ejemplo en los muros), especificarlas en el renglóncorrespondiente.

Nótese que por el párrafo incluido al final de F.3), el Ente Ejecutorda fe de que el proyecto en su totalidad cumple con los “EstándaresMínimos de Calidad para Vivienda de Interés Social”.

Recordar que en los proyectos deberá incluirse como mínimo un 5% deviviendas para discapacitados, debiendo cumplirse con las “Directricespara la Accesibilidad al Medio Urbano” y las “Directrices deAccesibilidad para Viviendas de Interés Social” de la Subsecretaría.

G) Presupuesto Oficial

Se deberá consignar el Presupuesto Oficial del proyecto, desagregandolos montos a financiar a través de las líneas de acción del Programa deaquellos que se propone financiar a través de la Provincia o Municipio(si corresponde). Lo mismo se hará con el costo de la vivienda tipo yde la vivienda para discapacitados según el presupuesto oficial. Lainformación será volcada en los cuadros correspondientes de lasolicitud.

Si por algún motivo excepcional se modificara el presupuesto oficialcon posterioridad al otorgamiento de la no objeción para licitar, elnuevo presupuesto deberá ser comunicado a la Subsecretaría para suaprobación antes del llamado a licitación.

H) Fecha Prevista de Licitación

El ENTE EJECUTOR deberá consignar la fecha prevista para el llamado a licitación.

I) Recaudos para estimar el Plazo de Obra previsto

Se recomienda seguir las indicaciones en este ítem para una correctaplanificación del proyecto detalladas en la planilla correspondiente.

J) Una vez aprobada la NOT, tendrá una validez de seis (6) meses.



ANEXO II: INSTRUCTIVO PARA SOLICITAR LA “NO OBJECION FINANCIERA”

El presente instructivo tiene por finalidad establecer el procedimiento para solicitar la “No objeción financiera”.

A los efectos de solicitar la “No objeción financiera”, el “ENTEEJECUTOR” deberá cumplimentar la solicitud cuyo modelo se adjunta. Enconsecuencia, no deberá remitirse ninguna otra documentación, salvo quela Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda estimara necesariorequerirla una vez evaluado el contenido de la solicitud.

Dicha solicitud tiene el carácter de declaración jurada y debe serremitida con firma y sello de la máxima autoridad del Organismo. Sucontenido ha sido desarrollado en tres carillas, pero de ser necesariapor razones de espacio una cuarta, deberá consignarse en elencabezamiento de ésta el nombre del Organismo y la obra y en el pie lafirma y sello de la autoridad responsable.

Se recuerda que el Organismo debe abstenerse de producir actoadministrativo alguno que consagre la preadjudicación o la adjudicaciónde la obra, hasta tanto la Subsecretaría se expida sobre la “Noobjeción para contratar”.

En relación con el contenido de la solicitud, se formulan las siguientes aclaraciones y comentarios:

Monto aprobado según “No objeción técnica”: se consignará el monto que la Subsecretaría aprobó en la “No objeción técnica”.

Aporte del Organismo: de existir, se consignará el monto que financiael Organismo, para que sumado al monto que financia la Nación, resulteel MONTO DEL PRESUPUESTO OFICIAL consignado.

Capacidad técnico financiera mínima según pliego: se indicará el monto mínimo requerido en los pliegos de licitación.

Observaciones a la apertura del Sobre 1: se indicarán los requisitos nocumplidos por cada una de las empresas cuyas ofertas han sidodesestimadas antes de proceder a la apertura del Sobre 2. En laplanilla APERTURA DEL SOBRE 1 deberán constar los datos de todas lasempresas oferentes, aún cuando se haya desestimado su propuesta.

Observaciones a la apertura del Sobre 2: se indicarán los requisitos nocumplidos según pliego en el contenido del Sobre 2 para cada una de lasempresas cuyas ofertas económicas estén en esta situación. En laplanilla APERTURA DEL SOBRE 2 deberán constar todas las empresas cuyoSobre 2 fue abierto.

Impugnaciones: indicar si hubo o no impugnaciones, tachando lo que no corresponda.

Decisión sobre las impugnaciones: en el caso de existir impugnaciones,indicar las decisiones adoptadas en cada caso, fundamentándolaslegalmente.

Conclusiones de la Comisión Evaluadora: se expresarán en forma clara yprecisa las razones por las cuales la Comisión aconseja la adjudicacióna determinada empresa.

De las características técnicas de la oferta seleccionada: Cuando en elApartado F) de la solicitud de “No objeción técnica” se hubieranestablecido alternativas tecnológicas a definir por el oferente ocuándo en la oferta seleccionada se hubieran introducido cambios omejoras respecto de lo allí aprobado, se describirán brevemente lassoluciones propuestas para los rubros afectados. Idéntico criterio seadoptará en relación con las tipologías y superficies de las viviendas.

De no existir cambios, se lo consignará expresamente.

De los Costos de la oferta seleccionada: Para la oferta seleccionada seremitirá la siguiente información sobre costos separando los montos quefinanciará la Nación a través de las Líneas de Acción del ProgramaFederal de Urbanización de Villas y Asentamientos Precarios, más losque financiará la Provincia, si correspondiere.

Asimismo se consignará, para cada tipología, el costo por vivienda ypor m2, separando los datos según muestra el cuadro correspondiente.

Si no existiera aporte provincial, se dejarán en blanco los casilleros correspondientes.

PROGRAMA FEDERAL URBANIZACION DE VILLAS Y ASENTAMIENTOS PRECARIOS

CARACTERISTICAS TECNICAS Y COSTOS DE LA OFERTA SELECCIONADA

Los datos consignados en el presente Anexo también tienen el carácterde declaración jurada, en consecuencia deben ser refrendados por lamáxima autoridad del Organismo.

Individualización del Proyecto

Nº del Proyecto SDU y V:

Licitación Pública N°:

Nombre:

Localidad:

Provincia:

Cantidad de viviendas comunes:

Cantidad de viviendas discapacitados:

Empresa seleccionada:


ANEXO III: MODELO DE CONVENIO PARTICULAR

CONVENIO PARTICULAR

PROGRAMA FEDERAL de URBANIZACION de VILLAS y ASENTAMIENTOS PRECARIOS

En la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los........ días del mesde........ del año........, entre la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANOY VIVIENDA dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS delMINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS (enadelante “LA SUBSECRETARIA”), representada por el Sr. SUBSECRETARIOArquitecto Luís Alberto Rafael BONTEMPO, con domicilio legal en lacalle Esmeralda 255, 8° Piso, Oficina 801, de la CIUDAD AUTONOMA DEBUENOS AIRES, el INSTITUTO DE LA VIVIENDA de la Provinciade............... (en adelante “EL INSTITUTO”) representado porsu...................... Arquitecto..............., con domicilio legalen la calle............ de la Ciudad de................... Provinciade..................; y el Municipio de ...................... de laProvincia de.................. (en adelante “EL MUNICIPIO”)representado por su Señor INTENDENTE Don.................., condomicilio legal en la calle....................., de la Ciudadde.................. Partido de.................. Provinciade.................., en su condición de comitente de las obras que semencionan en los ANEXOS I y II, se acuerda lo siguiente a los efectosde incluir dichas obras en el PROGRAMA FEDERAL de URBANIZACION deVILLAS y ASENTAMIENTOS PRECARIOS (en adelante “EL PROGRAMA”), en base alas condiciones establecidas en el REGLAMENTO PARTICULAR de “ELPROGRAMA”, aprobado por Resolución de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICASNº 1012 de fecha 18 de mayo de 2009.

PRIMERA: “El MUNICIPIO”, que ha licitado y adjudicado, se compromete aque la obra denominada: “Ejecución de……….(...) viviendas en elBarrio.................., perteneciente al Municipiode.................. de la Provincia de.................., se ejecutesegún los términos de los Contratos a celebrarse con las empresasadjudicatarias, respetando en un todo la normativa vigente en elReglamento Particular.

SEGUNDA: La “SUBSECRETARIA”, se compromete a financiar la ejecución delas obras en función de las disponibilidades presupuestariasexistentes. Dicho financiamiento, asciende a los montos consignadospara cada obra, que se detallan en el ANEXO II, que forma parteintegrante del presente Convenio, los cuales serán desembolsados deconformidad con las pautas fijadas en la CLAUSULA CUARTA del presenteConvenio Particular. “LA SUBSECRETARIA” reconocerá eventualesredeterminaciones de precio, aprobadas por “EL MUNICIPIO”, hasta elmonto que resulte de aplicar la metodología del Decreto Nacional Nº1295 de fecha 22 de julio del 2002, en el prototipo establecido por “LASUBSECRETARIA”. A los fines del cálculo de las redeterminaciones deprecio, se considerará como base el mes correspondiente a la fecha deapertura de la licitación o de firma del presente Convenio si la obrase ejecuta por administración.

TERCERA: “El MUNICIPIO” se compromete a aportar los recursos que fuerannecesarios para solventar eventuales diferencias que excedan el montofinanciado por la Nación. A tal efecto, “El MUNICIPIO” declara contarcon los recursos suficientes para asegurar la terminación de la obra,en el plazo y con las calidades convenidas.

CUARTA: Los plazos de ejecución se fijan en el Plan de Trabajos de cadaobra y en el Cronograma General de Desembolsos que “EL MUNICIPIO”acordó con “LA SUBSECRETARIA” y que como ANEXOS I y II respectivamente,forman parte integrante del presente Convenio. “LA SUBSECRETARIA”, enfunción de las disponibilidades presupuestarias existentes, efectuaráel primer desembolso, equivalente al QUINCE POR CIENTO (15%) del montoque se financia, directamente a las Empresas Contratistas, en conceptode anticipo financiero; dichos fondos serán depositados, antes delinicio de la obra, en las cuentas bancarias declaradas por lasempresas, las que deberán estar dadas de alta en el MINISTERIO DEECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. A fin de garantizar la eficienteejecución de las obras, “LA SUBSECRETARIA” prevé realizar los restantesdesembolsos a “EL MUNICIPIO” por anticipado del CIEN POR CIENTO (100%)de adelanto sobre la certificación prevista en el cronograma dedesembolsos para el primer mes de obra y subsiguientes, en la Cuentadel Banco.................. N°.................. de laSucursal.................. (CUIT.....................) la que tambiéndeberá estar dada de alta en el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZASPUBLICAS. Los pagos de “EL MUNICIPIO” a las Empresas Contratistas seránabonados mensualmente contra certificación de avance de obra emitidapor “El MUNICIPIO”, la cual deberá tener el visto bueno de “ELINSTITUTO’’. “EL MUNICIPIO” deberá realizar de forma mensual lapresentación de los certificados incluso en los casos en que no sehubiere registrado avance. En caso de subejecución, “LA SUBSECRETARIA”deducirá, del siguiente desembolso anticipado la suma equivalente alporcentaje no ejecutado. Con el último Certificado de Avance de Obra,una vez efectuada la correspondiente rendición de cuentas, se procederáal cierre financiero de la obra. A tal efecto se adjuntará copiaautenticada del Acta de Recepción Provisoria de la obra, celebrada enlos términos y con los alcances previstos en la Ley de Obra PúblicaProvincial; acreditando la terminación de la obra, en tiempo y forma, yque la misma se encuentra en condiciones de ser entregada en formainmediata a los adjudicatarios.

QUINTA: “EL MUNICIPIO” declara mediante el presente ConvenioParticular, que no existen impedimentos de orden técnico, legaladministrativo, o de cualquier otro tipo, que obstaculicen el normalinicio de las obras, según el Plan de Trabajos que como ANEXO I seadjunta al presente Convenio Particular. Las obras darán inicio dentrode los TREINTA (30) días corridos, a partir de la acreditación delanticipo financiero del QUINCE POR CIENTO (15%) sobre el aporte de laNación en las cuentas de las empresas contratistas correspondientes.

SEXTA: “EL MUNICIPIO”, previo a la firma del Contrato de Obra Públicacorrespondiente, deberá haber prestado conformidad a las pólizas decaución presentadas por las empresas contratistas, en concepto degarantía del anticipo financiero del QUINCE POR CIENTO (15%) del aportenacional a favor de “LA SUBSECRETARIA”.

SEPTIMA: “EL MUNICIPIO” se compromete a presentar mensualmente a “LASUBSECRETARIA” las rendiciones de cuentas detalladas y debidamentedocumentadas, que demuestren el uso dado a los fondos recibidos de laNación, de acuerdo a los fines previstos en el presente ConvenioParticular; en cumplimiento de lo establecido en las Resoluciones Nº268/2007, de fecha 11 de Mayo de 2007 y Nº 267 de fecha 11 de Abril de2008, ambas del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICAY SERVICIOS, y en particular el “Reglamento General para la Rendiciónde Cuentas de Fondos Presupuestarios Transferidos a Provincias,Municipios y/u otros Entes” que como ANEXO III forma parte integrantedel presente Convenio. A los efectos de cumplimentar lo allí dispuesto,“EL MUNICIPIO” presentará las rendiciones de cuentas respetandoestrictamente el “INSTRUCTIVO DE RENDICION DE CUENTAS PARA LOSPROGRAMAS FEDERALES” que como ANEXO IV forma parte integrante delpresente Convenio.

OCTAVA: En caso de incumplimiento a la obligación de rendir cuentas entiempo y forma, “LA SUBSECRETARIA” podrá suspender el financiamientohasta tanto se regularice la situación. En caso de que “EL MUNICIPIO”no proceda a presentar la rendición de cuentas detallada y debidamentedocumentada, según lo establecido en la cláusula SEPTIMA del presenteConvenio Particular, deberá restituir de forma inmediata los montos norendidos al ESTADO NACIONAL, debiendo “EL MUNICIPIO” efectuar undepósito por la suma no rendida en la Cuenta Recaudación TGN Nº 2510/46de la TESORERIA GENERAL DE LA NACION en el BANCO NACION ARGENTINA,Sucursal Plaza de Mayo, o bien entregar un cheque certificado a laorden del BANCO NACION ARGENTINA, endosado con la leyenda “Para serdepositado en la Cuenta Recaudación TGN Nº 2510/46”.

NOVENA: De verificarse la existencia de atrasos injustificados quesuperen el VEINTE POR CIENTO (20%) del avance físico acumulado quedebería haberse registrado al momento de la certificación, “LASUBSECRETARIA” podrá suspender el financiamiento hasta tanto seregularice la situación.

DECIMA: En el caso que existiera un cofinanciamiento a cargo delMunicipio, este evitará pagar en mora los certificados comprometidoscon sus recursos propios. De producirse dicha mora, los reclamos poreste concepto deberán ser abonados por “EL MUNICIPIO” con sus propiosrecursos.

DECIMA PRIMERA: La responsabilidad de la Nación en cuanto alfinanciamiento, es por el monto que se establece en el ANEXO II. Enconsecuencia, no se hará cargo de eventuales sobre costos por viciosocultos que no hubieran sido reparados por la contratista en tiempo yforma.

DECIMA SEGUNDA: Todas las modificaciones de proyectos de las obrasdetalladas en el ANEXO I del presente Convenio Particular, aunque noimpliquen alteraciones en el monto del contrato de obra orequerimientos adicionales de financiamiento por parte de “ELMUNICIPIO”, deberán ser sometidos a la consideración de “LASUBSECRETARIA” con carácter previo a su ejecución.

DECIMA TERCERA: “EL INSTITUTO” será el encargado de realizar lasadjudicaciones. A tal efecto deberá comenzar el proceso de adjudicaciónuna vez iniciadas las obras, a fin de garantizar que, concluidas éstas,las viviendas puedan ser entregadas a los adjudicatarios, iniciando demanera inmediata el recupero de las cuotas de amortización.

DECIMA CUARTA: “LA SUBSECRETARIA” realizará las auditorias técnicas yfinancieras que considere convenientes, para verificar el fielcumplimiento del presente Convenio Particular. “EL MUNICIPIO” secompromete a cumplir con la obligación de poner a disposición de lasjurisdicciones y entidades nacionales competentes, así como de losdistintos Organos de Control, la totalidad de la documentaciónrespaldatoria, incluyendo los extractos de la cuenta bancaria en loscuales se encuentren reflejados los movimientos de los fondosutilizados para la ejecución de las acciones previstas, cuando éstosasí lo requieran.

DECIMA QUINTA: “EL MUNICIPIO” se compromete a cooperar activamente conla tarea del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION, encuanto a la fiscalización del cumplimiento de la legislación laboral yde la seguridad social y de verificación de las condiciones deseguridad e higiene, facilitando el ingreso a las obras y a ladocumentación aportada por las Empresas en relación con estos temas.

DECIMA SEXTA: “EL MUNICIPIO” deberá cumplir con la obligación depreservar por el término de DIEZ (10) años, como respaldo documental dela rendición de cuentas, los comprobantes originales completados demanera indeleble y que cumplan con las exigencias establecidas por lasnormas impositivas y provisionales vigentes y, en su caso, en funcióndel tipo de inversión efectuada, la presentación de la totalidad de losantecedentes que justifiquen la inversión de los fondos remesados.

DECIMA SEPTIMA: El presente Convenio particular se celebra adreferéndum de su posterior ratificación por parte del Secretario deObras Públicas del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS.

Previa lectura, las partes firman tres (3) ejemplares de un mismo tenory a un solo efecto, en el lugar y fecha que se indican al comienzo.

ANEXO III.a: Modelo de Plan de Trabajos de Viviendas que se financia por el convenio

ANEXO I

PLAN DE TRABAJO DE VIVIENDA

ANEXO III. b: Modelo de Plan de trabajos de Infraestructura que se financia por el convenio

ANEXO I

PLAN DE TRABAJO DE INFRAESTRUCTURA Y OBRAS COMPLEMENTARIAS

ANEXO III. c: Modelo de Cronograma de Desembolsos de todas las obras incluidas

ANEXO II

CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS

* Actividad Programática: Considerar sólo para municipios de laCuenca Matanza Riachuelo (Vivienda: 77 - Mejoramiento vivienda: 78 -Infraestructura: 79)

ANEXO III. d: Reglamento General de Rendición de Cuentas

Anexo al Artículo 1º

REGLAMENTO GENERAL PARA LA RENDICION DE CUENTAS DE FONDOS PRESUPUESTARIOS TRANSFERIDOS A PROVINCIAS, MUNICIPIOS Y/U OTROS ENTES

Artículo Primero: El presente Reglamento deberá ser observado por latotalidad de dependencias centralizadas y descentralizadas delMINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS queejecuten créditos en las condiciones establecidas en el artículo 1º dela presente Resolución.

Artículo Segundo: Los responsables de las Unidades Ejecutoras deProgramas están obligados a hacer cumplir las disposiciones delpresente Reglamento.

Artículo Tercero: En oportunidad de proceder a firmar o impulsar lafirma de un convenio y/o acuerdo con Gobiernos Provinciales,Municipales y/u otros Entes, que establezca la transferencia de fondosimputables presupuestariamente a los Incisos 5 - Transferencias ó 6 -Activos Financieros o se financien con Fondos Fiduciarios, deberápreverse, el procedimiento que deberá observarse en cada caso para quela CONTRAPARTE proceda oportunamente a efectuar la rendición decuentas, la que tendrá por objeto demostrar el uso que se ha dado a losfondos recibidos de la NACION, el que deberá coincidir con los finesdeterminados en el convenio o acuerdo firmado. Dicha previsión deberáindicar particularmente:

a) La individualización del organismo receptor de los fondos;

b) La individualización de la cuenta bancaria receptora de los fondos,la cual deberá cumplir con las siguientes consideraciones:

1) Entes Provinciales, que tengan operativo el Sistema de Cuenta Unicadel Tesoro Provincial, deberán abrir una cuenta escritural por cadaAcuerdo y/o Convenio, a los efectos de identificar las transaccionespertinentes que surjan de la ejecución de dicho instrumento.

2) Entes Provinciales que no tengan operativo el Sistema de CuentaUnica del Tesoro Provincial y Municipios que integran el Gran BuenosAires1, de la Provincia de BUENOS AIRES, deberán abrir una cuentacorriente bancaria, en una de las Entidades financieras que operan comoagentes de pago de la Cuenta Unica del Tesoro Nacional, por cadaSecretaría, Subsecretaría, o Entidad dependiente del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS. Asimismo deberánabrir una cuenta contable especial de acuerdo a la normativa aplicablea cada caso, a efectos de identificar las transacciones pertinentes quesurjan de la ejecución de cada acuerdo y/o convenio.

1Entiéndase comprendidos entre los Municipiosque integran el Gran Buenos Aires, a los definidos por el INDEC, losque forman parte de los siguientes Partidos: Lomas de Zamora, Quilmes,Lanús, General San Martín, Tres de Febrero, Avellaneda, Morón, SanIsidro, Malvinas Argentinas, Vicente López, San Miguel, José C. Paz,Hurlingham, ltuzaingó, La Matanza, Almirante Brown, Merlo, Moreno,Florencio Varela, Tigre, Berazategui, Esteban Echeverría, San Fernandoy Ezeiza.

Se aclara que podrá obviarse la apertura de una cuenta bancariaespecífica, en los casos en que se prevea, que el envío de fondos no seefectúe en forma parcializada y su cumplimiento no sea de tractosucesivo. Asimismo, para el caso precedente, la incorporación en laTabla de Beneficiarios del Sistema de Información Financiera “SIDIF” denuevas cuentas bancarias receptoras de fondos se deberá iniciar através de la unidad ejecutora de programa que corresponda, de acuerdo alos procedimientos y normativa vigente.

3) Otros Entes ajenos al Sector Público Nacional y Municipios noincluidos en el punto 2) citado precedentemente, deberán utilizar unacuenta corriente bancaria que tengan habilitada en una de lasinstituciones financieras que operan como agentes de pago de la CuentaUnica del Tesoro Nacional y que estén dadas de alta en la Tabla deBeneficiaros del “SIDIF”. Asimismo deberán abrir una cuenta contableespecial de acuerdo a la normativa aplicable a cada caso, a efectos deidentificar las transacciones pertinentes que surjan de la ejecución decada acuerdo y/o convenio.

c) El monto total de la transferencia que deberá rendirse;

d) El concepto de los gastos que se atenderán con cargo a dicha transferencia;

e) El plazo de obra estipulado;

f) La fijación de un plazo razonable a fin de cumplir con la obligación de rendir cuenta de los fondos transferidos;

g) La especificación de que: “en caso de incumplimiento de laobligación de rendir cuentas en tiempo y forma, los montos no rendidosdeberán ser reintegrados al ESTADO NACIONAL”.

h) En caso de corresponder, los datos de quienes son responsablesdirectos de la administración, el mantenimiento, la custodia y/o de losbeneficiarios de las obras e inversiones que se realicen producto de lautilización de los recursos públicos, debiendo especificarse, losderechos y obligaciones que deban ejercer en cada caso.

i) El mecanismo de elaboración del informe final que deberá presentar la CONTRAPARTE interviniente.

j) La metodología de rendición de cuentas que deberá reunir como mínimo la siguiente documentación:

1) Nota de remisión de la documentación rubricada por la máxima autoridad competente.

2) La relación de comprobantes que respalda la rendición de cuentas,indicando mínimamente: número de factura, recibo y/o certificado deobra debidamente conformados y aprobados por la autoridad competente,Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT), denominación o razónsocial, fecha de emisión, concepto, fecha de cancelación, número deorden de pago o cheque e importe.

k) El compromiso de cumplir con la obligación de preservar por eltérmino de DIEZ (10) años, como respaldo documental de la rendición decuentas, los comprobantes originales completados de manera indeleble,debiendo cumplir los mismos con las exigencias establecidas por lasnormas impositivas y previsionales vigentes y, en su caso, en funcióndel tipo de inversión efectuada, la presentación de la totalidad de losantecedentes que respalden la aplicación de los fondos remesados.

I) El compromiso de la CONTRAPARTE de cumplir con la obligación deponer a disposición de las jurisdicciones y entidades nacionalescompetentes, así como de los distintos Organos de Control, la totalidadde la documentación respaldatoria, incluyendo los extractos de lacuenta bancaria en los cuales se encuentren reflejados los movimientosde los fondos utilizados para la ejecución de las acciones previstas,cuando éstos así lo requieran.

m) En caso de haberse convenido el financiamiento de adicionales,eventuales y/o ajustes a los montos presupuestados o establecidos en elcosto de la obra a financiar, corresponderá que se especifique lametodología de cálculo y las condiciones y/o supuestos que debencumplirse para acceder a su reconocimiento.

n) En caso de corresponder, la expresa mención de los distintosorganismos técnicos o dependencias nacionales que deban intervenir enrazón de sus competencias, especificando las acciones que deban ejercercomo condición previa o posterior a la transferencia de los fondos.

ñ) La especificación de una cláusula de interrupción o suspensiónautomática de la transferencia de fondos en la medida que se incumplacon la obligación de rendir cuentas.

o) La individualización de la cuenta bancaria en la que se deberáefectuar el depósito para el reintegro de los fondos transferidosoportunamente, en los casos que la CONTRAPARTE decida restituirlos a laNACION.

Artículo Cuarto: Cada Secretaría podrá dictar las normas reglamentariasinternas que considere necesarias a fin de poner en práctica elpresente Reglamento.

Artículo Quinto: Con relación a cada convenio y/o acuerdo cualquierafuere su modalidad de ejecución, donde se incumpla el proceso derendición de cuentas dentro de los TREINTA (30) días de vencidos losplazos previstos de rendición, corresponderá que:

a) Se proceda del siguiente modo:

1) La Unidad Ejecutora del Programa procederá a informar dicha situación a la Secretaría de la cual depende;

2) Las Secretarías que integran la jurisdicción de este Ministerio, através del área que cada una designe, deberán remitir con laperiodicidad establecida en el inciso a) del Artículo 8° del presenteReglamento, la información recibida de las Unidades Ejecutoras deProgramas a su cargo, a la DIRECCION DE PRESUPUESTO dependiente de laSUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION;

3) En base a la información suministrada por las Secretarías, laDIRECCION DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROLDE GESTION deberá elaborar un informe en el que se detalle la situaciónde cada una de las CONTRAPARTES intervinientes, a efectos de elevarlo aconsideración de las máximas autoridades de la Jurisdicción.

4) La SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION a través de laDIRECCION DE PRESUPUESTO deberá comunicar a la SINDICATURA GENERAL DELA NACION (SIGEN), previa intervención de la UNIDAD DE AUDITORIAINTERNA, la existencia de tal situación y sus antecedentes, a losefectos previstos en el Decreto Nº 225/07. En el caso que elincumplimiento recaiga sobre una Provincia o Municipio, la citadaSubsecretaría procederá a informar a la Subsecretaría de Relaciones conProvincias dependiente de la Secretaría de Hacienda del MINISTERIO DEECONOMIA Y PRODUCCION.

b) Independientemente del procedimiento explicitado en el Inciso a) delpresente artículo, cuando no se cumpla con la obligación de rendircuantas dentro de los TREINTA (30) días de vencidos los plazosprevistos para realizar la misma, corresponderá que:

1) La Unidad Ejecutora de Programa convoque a la CONTRAPARTE a travésde un medio fehaciente, para que en el término de DIEZ (10) díashábiles suscriba el Convenio de Rendición de Cuentas y/o Pago;

2) En caso que la CONTRAPARTE no se avenga a la suscripción del mismo,la Unidad Ejecutora del Programa deberá intimarla fehacientemente arendir cuentas y/o a reintegrar los fondos, en el plazo de TREINTA (30)días hábiles, de acuerdo al Modelo de intimación el que como ANEXOforma parte integrante del presente Reglamento General, contados apartir de notificada la CONTRAPARTE.

Por otra parte, cabe consignar que no será necesaria la firma delConvenio de Rendición de Cuentas y/o Pago; si previamente alvencimiento del plazo de la intimación cursada, la CONTRAPARTE efectúeel reembolso de la totalidad de los fondos transferidos oportunamente yno rendidos, al ESTADO NACIONAL.

El reintegro deberá realizarse en la cuenta establecida en el Acuerdoy/o Convenio o la que el ESTADO NACIONAL indique y deberá ser anterioral plazo de vencimiento de la intimación cursada.

3) Vencido el plazo otorgado en la intimación cursada, sin que laCONTRAPARTE haya firmado el Convenio de Rendición de Cuentas y/o Pago,o bien habiéndolo firmado no haya cumplido con la rendición de cuentasrequerida o el reintegro de los fondos; en el plazo indicado en elConvenio de Rendición de Cuentas y/o Pago, se considerará verificado elincumplimiento.

Artículo Sexto: En caso de verificarse el incumplimiento, la máximaautoridad del Ministerio y/o de la Secretaría de la cual depende laUnidad Ejecutora actuante, cuando lo estime procedente, deberá:

a) interrumpir y/o retener en forma automática la transferencia de fondos en la medida en que se constate:

1) incumplimiento en tiempo y forma de las rendiciones de cuenta acordadas en convenios suscriptos;

2) objeciones formuladas por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION oimpedimentos para el control de la asignación de los recursostransferidos;

3) la utilización de los fondos transferidos en destinos distintos al comprometido, cualquiera fuera la causa que lo origine;

b) interrumpir la suscripción de nuevos convenios;

c) adoptar las acciones que jurídicamente correspondan, solicitando —enlos términos del Decreto Nº 411/80— (t.o. por Decreto Nº 1265 de fecha6 de Agosto de 1987) a la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL INVERSION PUBLICA y SERVICIOS que proceda ainiciar las acciones judiciales a través del Servicio JurídicoPermanente de este Ministerio.

Artículo Séptimo: Las Unidades Ejecutoras de Programa que a la fechamantengan vigentes convenios y/o acuerdos suscriptos que reúnan lascaracterísticas establecidas en el Articulo 1° de la Resolución Nº268/07 y en los mismos no se encuentre contemplada la obligación deefectuar la correspondiente rendición de cuentas por parte de laCONTRAPARTE, en función de las disposiciones del Reglamento aprobadopor la mencionada Resolución, deberán proceder a impulsar lasuscripción por parte de la autoridad competente, de un ConvenioComplementario en los términos del modelo aprobado por el Artículo 6°de la misma.

Artículo Octavo: informes periódicos:

a) Las Secretarías deberán presentar a la DIRECCION DE PRESUPUESTO dela SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION en formatrimestral, entre el 1° y el 10° día corrido posterior a lafinalización de cada trimestre, un informe detallando losincumplimientos verificados, de acuerdo con el Artículo 5° del presenteReglamento.

Dicho informe deberá contener como mínimo:

1) Datos generales del incumplimiento, el que deberá indicar: la UnidadEjecutora de Programa a cargo del convenio, el organismo receptor delos fondos y los funcionarios responsables de la administración, objetodel convenio, la Resolución aprobatoria del Convenio y grado de avanceen el cumplimiento de las metas fijadas en el mismo.

2) Montos involucrados: monto total del acuerdo, monto total transferido, monto rendido, monto pendiente de rendición.

3) Estado del Incumplimiento: fecha en la que se verificó elincumplimiento del Convenio y/o Acuerdo, fecha y plazo de laconvocatoria para firmar el Convenio de Rendición de Cuentas y/o Pago,fecha y plazo de la Intimación, fecha de inicio y estado de lasacciones judiciales que se hubieren entablado.

b) Las Secretarías deberán presentar a la DIRECCION DE PRESUPUESTO enforma mensual, entre el 1° y el 5° día corrido posterior a lafinalización de cada mes, un informe indicando el estado actual delincumplimiento, en el cual además de la información descripta en elInciso a) se deberá consignar si la rendición ha sido regularizada, yasea mediante el reembolso de los fondos, la presentación de larendición o la compensación del acuerdo; o bien si se ha firmado elconvenio de rendición de cuentas y/o pago o se haya producido cualquierotro cambio en el estado del incumplimiento.

c) En base a la información suministrada por las Secretarías, laDIRECCION DE PRESUPUESTO deberá elaborar un informe en el que sedetalle la situación de las CONTRAPARTES que no hayan cumplido con laobligación de rendir cuentas, a efectos de elevarlo a consideración delas máximas autoridades de la Jurisdicción y a la SINDICATURA GENERALDE LA NACION, previa intervención de le UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA delMINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL INVERSION PUBLICA y SERVICIOS.

Artículo Noveno: El presente Reglamento deberá incorporarse como Anexode los convenios bilaterales que se suscriban con las Provincias,Municipios, y/u otros Entes.

Articulo Décimo: La SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTIONy la SUBSECRETARIA LEGAL ambas dependientes del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, cada una en sumateria, serán las encargadas de efectuar la interpretación y/oaclaraciones que correspondan, respecto del presente Reglamento.

ANEXO

MODELO DE INTIMACION

Buenos Aires,

SEÑOR GOBERNADOR / INTENDENTE / OTROS:

No habiéndose recibido hasta la fecha la rendición de cuentascorrespondiente en los términos de la Resolución del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Nº 268 de fecha 11de mayo de 2007 y sus modificatorias, intimo a Usted para que en elplazo perentorio e improrrogable de TREINTA (30) días hábiles, procedaa efectuar la misma o a reintegrar al ESTADO NACIONAL la suma total dePESOS………($............) en concepto de fondos transferidos en virtuddel Convenio..........(Marco/Específico/otros) suscrito enfecha……....., efectuando un depósito en la Cuenta Recaudación TGN Nº2510/46 de la TESORERIA GENERAL DE LA NACION en el BANCO NACIONARGENTINA - Sucursal Plaza de Mayo o bien entregando un chequecertificado a la orden del BANCO NACION ARGENTINA, endosado con laleyenda “para ser depositado en la Cuenta Nº 2510/46 Recaudación TGN”.Transcurrido el plazo antes mencionado sin que se verifique elreintegro de los fondos transferidos y/o la regularización de talsituación, se procederá a iniciar las acciones judiciales pertinentespara hacer efectivo el cobro de dichas sumas. Asimismo, en caso que seade aplicación el Decreto Nº 225 de fecha 13 de marzo de 2007, secomunicará a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, órgano actuante en elámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la existencia de tal situación,quien será la encargada de comunicarlo a los Organos de Control de laJurisdicción Provincial o Municipal según corresponda.

Saludo a usted atentamente.

AL SEÑOR GOBERNADOR / INTENDENTE / OTROSD. (nombre del funcionario)S              /               D

Anexo al Articulo 5º

CONVENIO DE RENDICION DE CUENTAS Y/O PAGO

VISTO, las disposiciones de la Resolución Nº 268 de fecha 11 de Mayo de2007 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA YSERVICIOS y sus modificaciones,

CONSIDERANDO:

Que la Provincia/Municipio/Ente de...................... firmó unConvenio de fecha...................... con la Secretaría/Subsecretaríade......................... dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS por el cual dicha/oProvincia/Municipio/Ente se comprometió a ejecutar laobra:......................, por un costo total dePESOS...................... ($.........).

Que por el citado Convenio, la NACION se comprometió a transferir lasuma de PESOS ...................... ($......) con el objeto decontribuir al financiamiento de la obra descripta en el Considerandoanterior.

Que en virtud de ello, con fecha...................... la NACIONtransfirió a la Cuenta............... N°...................... delBanco...................... a nombre delbeneficiario......................, imputándose dicho gasto a lapartida presupuestaria...................... delPrograma...................... a cargo de la....................

Que por la citada Resolución del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y sus modificaciones, se aplican normasde contralor a todas las transferencias de fondos que se ejecutendentro de la jurisdicción, imputables a los incisos 5 - Transferenciasy 6 - Activos Financieros o se financien con fondos fiduciarios.

Que a la fecha, a efectos de cumplir con lo dispuesto por el artículo5° de la citada Resolución y sus modificaciones,la...................... informa que a la fecha no se ha recepcionadola correspondiente rendición de cuentas que demuestre fehacientementeel destino asignado a dichos fondos, el que debe coincidir con elcompromiso asumido oportunamente por la/el citada/oProvincia/Municipio/Ente.

Que en consecuencia, corresponde proceder, de acuerdo a lo establecidopor el Artículo 5° de la citada Resolución y sus modificaciones, asuscribir el presente CONVENIO entre el MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS representado en este acto por elSr. Secretario/Subsecretario y Ia/el Provincia/Municipio/Entede...................... representada/o por el SeñorGobernador/Intendente/Presidente, Don...................... de acuerdocon las siguientes cláusulas:

Cláusula Primera: Establécese un plazo de......................(...........) días corridos contados a partir de la firma del presenteCONVENIO para que la/el Provincia/Municipio/Entede...................... proceda a presentar antela...................... una rendición de cuentas detallada ydebidamente documentada, conforme al Reglamento General aprobado por laResolución del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA YSERVICIOS Nº 268 de fecha 11 de Mayo de 2007 y sus modificaciones, quedemuestre el efectivo uso de los fondos recibidos en virtud delConvenio citado en el primer Considerando, debiendo coincidir dicho usocon el destino asignado en el citado Convenio.

Cláusula Segunda: Vencido dicho plazo sin que se reciba lacorrespondiente rendición de cuentas, la/el Provincia/Municipio/Ente secompromete a efectuar el reintegro de los fondos, debiendo proceder aefectuar un depósito por la suma total de PESOS......................($................) en la Cuenta Recaudación TGN Nº 2510/46 de laTESORERIA GENERAL DE LA NACION en el BANCO NACION ARGENTINA —SucursalPlaza de Mayo—, o bien, podrá entregar un cheque certificado a la ordendel BANCO NACION ARGENTINA, endosado con la leyenda “Para serdepositado en la Cuenta Recaudación TGN Nº 2510/46”.

Cláusula Tercera: Conforme lo establece la citada Resolución Nº 268/07y sus modificaciones, el cumplimiento de lo establecido en el presenteCONVENIO, no obsta para la adopción de las acciones que jurídicamentecorrespondan.

En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismotenor, en la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, a los...... días del mesde................... de................

ANEXO III-d1: Instructivo para la Rendición de Cuentas

INSTRUCTIVO DE RENDICION DE CUENTAS

1. Normativa y alcances

Atento lo establecido en la Resolución Nº 268 del Ministerio dePlanificación Federal, Inversión Pública y Servicios del 11 de mayo del2007 sobre Rendiciones de Cuentas, los Organismos Jurisdiccionales deVivienda (en adelante los Institutos), Municipios o Entes que financienobras a través de los Programas Federales de Construcción de Viviendas,Plurianual de Construcción de Viviendas, de Mejoramiento de Viviendas“Mejor Vivir”, de Solidaridad Habitacional y de Reactivación de Obrasdel Fonavi, incluidos los Subprogramas respectivos cuando corresponda,deberán cumplimentar el presente Instructivo sobre Rendición de Cuentas.

2. Procedimiento para efectuar las rendiciones de cuentas

2.1 Primera rendición

Finalizado el primer mes de obra, el Instituto, Municipio o Entepresentará la rendición de cuentas sobre la suma remitida en conceptode anticipo para abonar el primer certificado. La rendición deberáincluir:

a) Nota de la máxima autoridad del Instituto, Municipio o Ente dondeeleva la rendición con la documentación que seguidamente se detalla,todo ello en carácter de DECLARACION JURADA.

a.1) Copia del Acta de inicio de obra

a.2) Carátula del Certificado según el modelo que se adjunta y copia autenticada del Certificado.

a.3) Planillas A1 y A2 en original y copia en soporte magnético, según los modelos que se adjuntan.

La Planilla A1 refleja la certificación del mes y la A2 los pagosrealizados según A1. Para dar tiempo a efectuar los pagos, la PlanillaA2 será presentada al concluir el segundo mes de obra.

2.1.1 Si la rendición no se presentara en término no se hará lugar alpago anticipado del segundo mes de obra. De la misma manera, si lamisma contiene errores o la documentación es incompleta, laSubsecretaría comunicará el hecho al Instituto, Municipio o Ente paraque proceda a cumplimentar lo requerido, caso contrario, no se harálugar al pago anticipado del segundo mes de obra.

2.1.2 En ambos casos, a los treinta (30) días de vencidos los plazosprevistos de rendición, la Subsecretaría informará a la Secretaría deObras Públicas para que esta proceda según lo previsto en los ArtículosQuinto y Sexto del “Reglamento General para la Rendición de Cuentas deFondos Presupuestarios Transferidos a Provincias, Municipios y/u otrosEntes” que como Anexo forma parte de la Resolución Nº 268/2007 que seadjunta.

2.2 Rendiciones subsiguientes

Para las rendiciones de cuenta posteriores el Instituto, Municipio oEnte deberá remitir la misma documentación, salvo la del apartado a.1).Por lo dicho en a.3 al concluir el segundo mes de obra debe presentarsela Planilla A1 de ese mes (2do. mes) junto con la A2 del mes anterior(1er. mes) y así sucesivamente. Para estas rendiciones valen las mismascondiciones establecidas en 2.1.1 y 2.1.2.

2.3 Ultima rendición

Con la rendición del último desembolso previsto se procederá al cierrefinanciero de la obra. En este caso, además de la documentación propiade toda rendición, el Instituto, Municipio o Ente deberá acompañarcopia del Acta de Recepción Provisoria de la obra.

Si así no lo hiciera, transcurridos treinta (30) días del último desembolso, se procederá según lo previsto en 2.1.2.

ANEXO III-d2: Modelo de Carátula de Certificado de obra

Nuevo Modelo carátula certificado de obra - Certificado

Planilla de Ajuste de Redeterminación de Precios

ANEXO Ill-d3: Modelos de Planillas A1 y A2 de Rendición de Cuentas

ANEXO IV: Resolución ratificatoria Convenio Particular

BUENOS AIRES,……………

VISTO el Expediente Nº S01: ……………/……… del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha……….. se celebró el Convenio Particular entre laSUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA dependiente de laSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA dela Provincia de……………, sobre la base del Programa Federal deConstrucción de Viviendas “Techo Digno”, a efectos de la inclusión delas obras de construcción de las viviendas que se detallan en elConvenio mencionado, el cual en copia autenticada forma parteintegrante de la presente resolución como ANEXO.

Que según lo establecido en el Reglamento Particular del PROGRAMAFEDERAL DE URBANIZACION DE VILLAS Y ASENTAMIENTOS PRECARIOS aprobadomediante RESOLUCION Nº 1012 del 18 de mayo de 2009, se ha readecuado elmonto financiable en base a la variación experimentada por los insumosde la construcción según los datos informados por el INSTITUTO NACIONALDE ESTADISTICAS Y CENSOS dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, conforme lametodología contenida en aquél.

Que a fin de lograr mayores niveles de eficiencia en la gestión y darcumplimiento a las demandas de los Organismos de Control, el MINISTERIODE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha dictado laResolución Nº 268 de fecha 11 de mayo de 2007, para la gestión ycontrol de los fondos que se transfieran en virtud de conveniosbilaterales, con relación a Programas que cuenten con créditopresupuestario en los incisos 5 y 6, correspondientes a Transferenciasy Activos Financieros respectivamente.

Que con fecha 11 de abril de 2008 se dictó la Resolución Nº 267 de esteMinisterio, que sustituye el Reglamento General para la Rendición deCuentas de Fondo Presupuestarios transferidos a Provincias, Municipiosy/u otros entes, de su similar Nº 268 del 11 de mayo de 2007.

Que con relación a ello, corresponde poner de relieve que en lasefectivas rendiciones de cuentas del ente receptor de los fondos a sertransferidos - “nuevas tramitaciones” en los términos de la ResoluciónNº 267/2008 del citado Ministerio, éste deberá ceñir su actuación a lasprevisiones contenidas en el nuevo Reglamento aprobado por la citadaresolución,

Que a los fines de dar cumplimiento en debida forma a los compromisosasumidos resulta necesario dotar de mayor agilidad a la tramitación delos pagos.

Que de acuerdo a lo informado en el Expediente citado en el Visto,corresponde proceder a autorizar la transferencia total del montocomprometido en el mencionado Convenio Particular y facultar a laSUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA a impulsar la liquidacióny el pago de los desembolsos parciales que se generen durante laejecución de las obras, que en delante se denominarán Tercera Etapa,conforme lo establecido en dicho Convenio y según la disponibilidadpresupuestaría.

Que la DIRECCION DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION YCONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de laSUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultadesconferidas, conforme el Artículo 19 Inciso a) de la Ley Nº 19.549, elArtículo 35 Inciso d) del Anexo del Decreto Nº 1.344 de fecha 4 deoctubre de 2007, reglamentario de la Ley de Administración Financiera yde los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y elDecreto Nº 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICASRESUELVE:

ARTICULO 1°.- Ratifícase el Convenio Particular, celebrado el……………,entre la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA dependiente dela SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el INSTITUTO PROVINCIAL DEVIVIENDA de la Provincia de……………, sobre la base Programa FederalUrbanización de Villas y Asentamientos Precarios, cuyo ReglamentoParticular fuera aprobado mediante RESOLUCION Nº 1012 del 18 de mayo de2009.

ARTICULO 2°.- Apruébase la transferencia total del monto comprometidoen el referido Convenio Particular al INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDAde la Provincia de……………, en el cual se incluye la readecuación de losmontos financiables, por la suma total de PESOS…………… ($………) parafinanciar las obras que en adelante se denominarán……………..; dichatransferencia se efectuará conforme surge del Convenio Particularreferido en el Artículo 1° de la presente Resolución. La rendición decuentas de los montos que se transfieran deberá ajustarse a loestablecido en la Resolución Nº 267 de fecha 11 de abril de 2008 delcitado Ministerio.

ARTICULO 3°.- Facúltase a la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO YVIVIENDA a impulsar la liquidación y el pago de los desembolsosconforme lo establecido en el mencionado convenio y según ladisponibilidad presupuestaria.

ARTICULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será imputado a…………………………

ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

RESOLUCION N°

ANEXO V: Solicitud reconocimiento Redeterminación de Precios

Buenos Aires, 26 de octubre de 2010

PAUTAS Y PROCEDIMIENTO PARA LA 1° REDETERMINACION DE PRECIOS Y SU RECONOCIMIENTO POR LA SUBSECRETARIA

INSTRUCTIVO VIGENTE A PARTIR DEL 12 DE SEPTIEMBRE DE 2006

ACTUALIZACION al mes de OCTUBRE DE 2010 INCORPORANDO LASMODIFICACIONES  FORMALES REQUERIDAS POR LA DIRECCION DE ASUNTOSJURIDICOS DE MINPLAN

Provincias y Municipios:

Con fecha 12 de septiembre de 2006 el Sr. Subsecretario remitió unacomunicación a todas las Jurisdicciones fijando nuevas pautas parasolicitar las reprogramaciones por redeterminación del precio de lasobras. Siguiendo su contenido, RESULTA MUY IMPORTANTE PRESTAR ESPECIALATENCION A LAS SIGUIENTES INSTRUCCIONES: “Queda establecido que para elcálculo de la redeterminación se considerará el Plan de Trabajos delConvenio Particular de cada obra, por lo tanto la reprogramación de lasobras deberán incluir como único concepto la redeterminación de preciosde las mismas, no aceptándose ampliaciones de plazo ni modificacionesen los porcentajes de avance del plan de trabajos del ConvenioParticular, salvo causas de fuerza mayor no imputables a la empresa,que quedarán bajo consideración de esta Subsecretaría. En este últimocaso, se deberá presentar Acto Administrativo del Organismo Ejecutorque apruebe la ampliación del plazo”.

PROCEDIMIENTO COMPLETO:

Para las jurisdicciones que por primera vez están en condiciones desolicitar el reconocimiento de la Subsecretaría por redeterminación deprecios, seguidamente se desarrolla el procedimiento completo delcálculo y su fundamentación acompañando tres ejemplos que ilustransobre algunas de las situaciones posibles.

La reglamentación vigente determina que para el Programa Federal deConstrucción de Viviendas y sus Subprogramas, la Subsecretaríareconocerá a las jurisdicciones (provincias y municipios) lasredeterminaciones de precios para la parte de obra, excluyendo el montodel terreno (al cual no le corresponde redeterminación), hasta la sumaque surja de aplicar el procedimiento del Decreto 1295/2002, sobre elprototipo por ella establecido. Se establece además que el mes basepara el  cálculo es el correspondiente a la fecha de apertura dela licitación de no estar consignado en el Convenio Particular. En elcaso de que no hubiera llamado a Licitación se considerará como mesbase el correspondiente al de la oferta.

Indicaciones para la confección de la

 “SOLICITUD DE APROBACION DE 1° REDETERMINACION DE PRECIOS Y REPROGRAMACION FINANCIERA”

- Item 1: Monto de la obra a valores de contrato. (Consignado en el Convenio Particular)

- Item 2: Mes y año de apertura de la licitación. (Mes base de la oferta)

- Item 3: se deberá consignar la fecha de pago del Anticipo Financieroa la contratista o, de no existir el mismo, se consignará la fecha depercepción del 1er. Desembolso.

- En el mismo ítem 3 se asignará el mes y año calendario para el Iniciodel Plan de Trabajos. Para ello se deberá comparar el inicio teóricocon el inicio real, debiendo tomarse el que fuese anterior.

De corresponder el Inicio teórico, pueden darse dos casos:

CASO A - Pago Anticipo Financiero: hasta el día 10 del mes.

Si el A.F. fue percibido hasta el día 10 del mes, se establece como Mesde Inicio del Plan de Trabajos el mes siguiente al del pago del mismo.

CASO B - Pago Anticipo Financiero: desde el día 11 en adelante.

Si el A.F. fue percibido desde el día 11 hasta el último día del mes,se establece como Mes de Inicio del Plan de Trabajos el messubsiguiente al del pago del mismo.

- Item 4: Se asignará al mes que corresponde la redeterminación el %previsto de avance físico (independientemente de que la obra lo hayaalcanzado o no).

- Item 5: Se asignará al mes que corresponde la redeterminación el % previsto de obra faltante.

- Item 6: La Subsecretaría ha elaborado tablas como la que acontinuación se detalla donde, en función del % de obra faltante(desagregado de 10 en 10%), se consignan los incrementos “a” que se hanproducido según el análisis de precios y el presupuesto del prototipopor ella establecido, en función del tiempo que media entre el mes deapertura de la licitación, en este caso, noviembre de 2005, y el de laredeterminación: mayo de 2006.

PERIODO% OBRA FALTANTE100908070605040NOV 05/ MAY 060.1340.1320.1270.1240.1200.1130.111Una tabla similar será comunicada a las Provincias y Municipios cadavez que corresponda redeterminar el monto de las obras que estén encondiciones de hacerlo.

La Provincia o Municipio procederá para cada obra en particular y segúnel avance físico previsto en el Plan de Trabajos del ConvenioParticular, a determinar el porcentaje de obra faltante, obteniendo dela tabla con este dato, el índice “a” de incremento que correspondeaplicar. Para hacerlo se debe elegir de la tabla el valor que más seaproxime, por ejemplo si el porcentaje de obra faltante es 78,50% seadopta 80% y el período es nov-05/may-06 debe tomarse “a” = 0,127.

El coeficiente “k” resultante será: k = 1 + a = 1,127.

- Item 7: Monto Redeterminado de la Obra: El nuevo precio de la obraque reconocerá la Subsecretaría, resultará de la siguiente manera (verEjemplo 1):

7.a: Monto previsto de la Obra Ejecutada: Corresponde al valor de obra antes de la 1° Redeterminación.

Se deberá multiplicar al Monto de la Obra a Valores de Contrato el porcentaje de Obra realizado hasta ese momento.

(1) x (4)

7.b: Monto Previsto de la Obra a Ejecutar: Corresponde al valor de la obra después de la 1° Redeterminación.

Para el cálculo se deberá tener en cuenta cuando se realizó el pago del Anticipo Financiero.

7.b1: Caso en el que el pago del Anticipo Financiero se realizó antes de la 1° Redeterminación:

0.85 x (1) x (5) x k1 + 0.15 x (1) x (5)

7.b2: Caso en el que el pago del Anticipo Financiero se realizó después de la 1° Redeterminación:

 (1) x (5) x k1

El Nuevo Monto de Obra corresponde a la sumatoria de 7a + 7b.

7.c: Incrementos por Redeterminación: Corresponde a la diferencia entreel Nuevo Monto de Obra y el Monto de Obra a Valores de Contrato.

- Item 8: Monto de Reprogramación Financiera para la Obra a Ejecutar:

- Monto Redeterminado de la Obra a Ejecutar: Ver Referencia 7b.

- Deducción del Anticipo Financiero: 0.15 x (1) x (5)

El Monto de la Reprogramación Financiera es la diferencia entre elMonto Redeterminado de la  Obra a Ejecutar y la Deducción delAnticipo Financiero.Cuando la obra no tenga anticipo financiero, éste no se deduce. El ejemplo Nº 3 ilustra cómo redeterminar este caso.

Tener en cuenta que se deberá incorporar a las fórmulas parcialescorrespondientes al cálculo del Monto Total Redeterminado de Obra, asícomo del monto correspondiente a la sumatoria de todos los“Incrementos”, la función = REDONDEAR ((fórmula actual);2) para que elprograma trabaje sólo con 2 decimales.

Indicaciones a tener en cuenta en el

“CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS”

*El Cronograma debe incluir dos filas por cada obra. En la primera, seconsignan los montos de Contrato y en la segunda los incrementos, apartir de la fecha de presentación de la documentación.

*A partir del pago del Anticipo Financiero o 1° Desembolso, elporcentaje de obra faltante deberá adecuarse al Cronograma deDesembolsos del Convenio Particular.

*La sumatoria del primer renglón deberá coincidir con el monto de la obra a valores de contrato.

*Se deberán transcribir los montos correspondientes al AnticipoFinanciero y a cada uno de los meses de obra, tal como figuran en elAnexo II del Convenio Particular, con 2 decimales (centavos). Si alhacerlo surgiera alguna diferencia en la sumatoria con respecto al“Monto de Obra a Valores de Contrato”, se deberá solicitar elCronograma aprobado por Resolución a esta SSDUyV.

*La sumatoria de la 2° fila del Cronograma deberá coincidir con el “Incremento Actual”.

*Se deberán incluir la totalidad de las obras de cada ConvenioParticular, aunque alguna de ellas no redetermine en esa oportunidad.

Indicaciones a tener en cuenta en la

“PLANILLA AUXILIAR”

En la PLANILLA AUXILIAR que se acompaña en el mismo archivo, se hancalculado los reajustes a la fecha de presentación de la documentación.El monto total de esta planilla deberá coincidir con el monto total delmes correspondiente en el Cronograma de Desembolsos.

Indicaciones a tener en cuenta en la

“PLAN DE TRABAJOS”

En el PLAN DE TRABAJOS el cálculo de cada porcentaje tiene que hacer referencia al Cronograma. Se deberá aplicar:

Monto del Mes según Cronograma / Monto de obra a valores de contrato / 0.85 x 100.

REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE LA DOCUMENTACION:

Toda la documentación deberá ser remitida firmada por la máximaautoridad competente en carácter de declaración jurada y acompañarsecopia en soporte informático. Cada Convenio Particular deberá tener unapresentación individual.

a) Nota de Elevación con membrete según modelo adjunto, dirección,e-mail y teléfono del Instituto o Municipio dirigida al Subsecretariode Vivienda; 2 originales. Asimismo, indicar nombre de la personaresponsable de la confección de la documentación.

b) Solicitudes de cálculo de las obras; 2 originales.

c) Cronograma de desembolsos según Modelo; 2 originales

d) Planilla auxiliar según Modelo; 2 originales.

e) Plan de Trabajo; 2 originales.

f) Fotocopia del Convenio Particular de la obra; 1 juego de copias.

g) Fotocopia del Anexo II del ACU correspondiente; 2 juegos de copias.

h) Fotocopia autenticada del Acta de apertura del llamado a licitación; 1 juego.

i) Fotocopia autenticada del Acta de inicio de obra; 1 juego.

j) Fotocopia autenticada de No Objeción Financiera expedida por esta Subsecretaría.

k) Soporte informático en CD (1) firmado por autoridad competente.

El soporte informático de la documentación debe presentarse en UN solo archivo excel por cada Convenio Particular.

La documentación mencionada debe ser ingresada por Mesa de Entradas,Esmeralda 255 - 6° Piso - Oficina 601 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Sin otro particular, saluda a Uds. con atenta consideración.

AREA TECNICA REDETERMINACION DE PRECIOS

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

Esmeralda 255 - 7° Piso of. 702 y 703

Correo electrónico: redeterminacion@minplan.gov.ar

Teléfono: 5071-9757/9755

Modelo Nota de Elevación

REF.: Solicitud de Reconocimiento deRedeterminación de PreciosPFPCV - SPFMHUOIyCACU N°: ----Instituto Provincial o Municipio

FECHA

Al Señor Subsecretariode Desarrollo Urbano y ViviendaArq. Luis A. BONTEMPOS          /            D

Tengo el agrado de dirigirme a usted, a fin de elevar para sureconocimiento la Redeterminación de Precios y ReprogramaciónFinanciera aprobada por (Nombre del Organismo Ejecutor Ej.: Instituto, Municipio, etc.) para la/s obra/s que se detalla/n.

Para el cálculo de la/s misma/s se aplicó la metodología del DecretoNacional Nº 1295/2002, en el prototipo establecido por la SSDUyV, talcual se consigna en el Art.  ----- del Convenio Particular ACU N°:---- del:

Programa: ----------------------------------

Subprograma: -----------------------------

(Ejemplo: Detallando cada una de las Redeterminaciones cuando fuesen distintas)

---° a ---° Redeterminación Simultánea de Precios Nº Obra s/ SSDUyV--- (Nº Obra s/ ACU---.)

.---° Redeterminación de Precios Nº Obra s/ SSDUyV: ---(Nº Obra s/ ACU---) A tal efecto se acompaña la siguiente documentación:

• .

• .

• .

• .

• .

• .

• .

• .

Sin otro particular, lo saludo a usted muy atte.,

Ejemplo 1: Solicitud de Verificación de 2° Redeterminación de Precios y Reprogramación Financiera.

SOLICITUD DE VERIFICACION DE 2ª REDETERMINACION DE PRECIOS Y REPROGRAMACION FINANCIERA

Ejemplo 2: Solicitud de Verificación de 2° Redeterminación de Precios y Reprogramación Financiera.

SOLICITUD DE VERIFICACION DE 2ª REDETERMINACION DE PRECIOS Y REPROGRAMACION FINANCIERA

Ejemplo 3: Solicitud de Verificación de 2° Redeterminación de Precios y Reprogramación Financiera.

SOLICITUD DE VERIFICACION DE 2ª REDETERMINACION DE PRECIOS Y REPROGRAMACION FINANCIERA

Planilla Auxiliar:

Cronograma de desembolsos

Planilla Trabajo Convenio Particular:

ANEXO VI: Resolución mayor monto financiamiento por Redeterminación de PreciosBUENOS AIRES,………….

VISTO el Expediente Nº …………………….. del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, yCONSIDERANDO:Que con fecha……………. se suscribió el Convenio Particular, entre laSUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA dependiente de laSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el INSTITUTO DE LA VIVIENDA de laProvincia de……………., en los términos del “PROGRAMA FEDERAL DEURBANIZACION DE VILLAS Y ASENTAMIENTOS PRECARIOS”, comprometiéndose elESTADO NACIONAL a financiar la construcción de las viviendas por unmonto total de PESOS……………. ($…………….) en función de las disponibilidadesfinancieras.Que por la Resolución N°……… de fecha……………. de la SECRETARIA DE OBRASPUBLICAS, se ratificó el Convenio Particular mencionado, aprobándose latransferencia del monto convenido y facultándose al Subsecretario deDesarrollo Urbano y Vivienda a impulsar la liquidación y pago de losanticipos financieros, conforme el cronograma de desembolsos contenidoen el mencionado Convenio Particular.Que mediante la Resolución N°…..... de fecha……………. de la SECRETARIA DEOBRAS PUBLICAS, se ratificó el Convenio Complementario celebradoel……………. entre la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA y elINSTITUTO DE LA VIVIENDA de la Provincia de …………….……………Que en el referido Convenio Particular, la SUBSECRETARIA DE DESARROLLOURBANO Y VIVIENDA se comprometió a reconocer eventuales mayores montosde obra en concepto de Redeterminaciones de Precios hasta la suma queresulte de la aplicación de la metodología del Decreto Nº 1.295 defecha 19 de julio de 2002.Que el INSTITUTO DE LA VIVIENDA de la Provincia de……………. elevó a laSUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA la solicitud deaprobación de la …… Redeterminación de Precios y ReprogramaciónFinanciera.Que mediante el Expediente N°………………, del Registro del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, obrante en copiaautenticada en el Expediente citado en el Visto, la Comisión deCoordinación y Seguimiento de Procesos de Redeterminación de Precios,actuante en el ámbito del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha emitido, mediante Memorando N°…………… defecha……………. y Nota CCSPRP N°……… de fecha……………., opinión favorablerespecto de la……………. Redeterminación Definitiva de Precios, nopresentando objeción al Monto Total de Obra Redeterminado, dePESOS……………. ($………), por lo que corresponde aprobar el Monto Mayor deObra Redeterminado de PESOS ……………. ($………), según se detalla en el ANEXOque forma parte integrante de la presente resolución.Que a fin de lograr mayores niveles de eficiencia en la gestión y darcumplimiento a las demandas de los Organismos de Control, el MINISTERIODE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha dictado laResolución Nº 268 de fecha 11 de mayo de 2007, para la gestión ycontrol de los fondos que se transfieran en virtud de conveniosbilaterales con relación a Programas que cuenten con créditopresupuestario en los incisos 5 y 6, correspondientes a Transferenciasy Activos Financieros respectivamente.Que con fecha 11 de abril de 2008 se dictó la Resolución Nº 267 de esteMinisterio, que sustituye el Reglamento General para la Rendición deCuentas de Fondos Presupuestarios transferidos a Provincias, Municipiosy/u otros entes.Que con relación a ello, corresponde poner de relieve que en lasefectivas rendiciones de cuentas del ente receptor de los fondos a sertransferidos —“nuevas tramitaciones” en los términos de la ResoluciónNº 267/2008 del citado Ministerio— éste deberá ceñir su actuación a lasprevisiones contenidas en el nuevo Reglamento aprobado por la citadaresolución.Que a los fines de dar cumplimiento en debida forma a los compromisosasumidos resulta necesario dotar de mayor agilidad a la tramitación delos pagos.Que de acuerdo a lo informado en el Expediente citado en el Visto,corresponde proceder a autorizar la transferencia total del Monto Mayorde Obra por reconocimiento de Redeterminación de Precios y facultar ala SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA a impulsar laliquidación y el pago de los desembolsos parciales que se generendurante la ejecución de las obras conforme lo establecido en dichoConvenio y según la disponibilidad presupuestaria.Que la DIRECCION DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION YCONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de laSUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultadesconferidas, conforme el Artículo 35 Inciso d) del Anexo del Decreto Nº1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, reglamentario de la Ley deAdministración Financiera y de los Sistemas de Control del SectorPúblico Nacional Nº 24.156 y el Decreto Nº 1.142 de fecha 26 denoviembre de 2003.Por ello,EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Apruébase el financiamiento del Monto Mayor de Obra enconcepto de reconocimiento de Redeterminación de Precios, dePESOS……………. ($…………), según se consigna en el ANEXO que forma parteintegrante de la presente resolución.ARTICULO 2°.- Apruébase la transferencia total del Monto Mayor de Obraen concepto de reconocimiento de Redeterminación de Precios consignadoen el artículo 1° de la presente resolución al INSTITUTO DE LA VIVIENDAde la Provincia de……………., la cual se efectuará conforme surge delConvenio Particular celebrado el……………. entre la SUBSECRETARIA DEDESARROLLO URBANO Y VIVIENDA dependiente de la SECRETARIA DE OBRASPUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA YSERVICIOS y el INSTITUTO DE LA VIVIENDA de la Provincia de……………. Larendición de cuentas de los montos que se transfieran deberá ajustarsea lo establecido en la Resolución Nº 267 de fecha 11 de abril de 2008del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.ARTICULO 3°.- Facúltase a la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO YVIVIENDA a impulsar la liquidación y pago de los desembolsos pendientesconforme lo establecido en el Convenio Particular referido en elartículo 2° de la presente resolución y según la disponibilidadpresupuestaría.ARTICULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será imputado a………………ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese.RESOLUCION NºANEXO VII: Instructivo para solicitar la “No objeción Técnica” para “Mejoramiento de Viviendas”.PROGRAMA FEDERAL DE URBANIZACION DE VILLAS Y ASENTAMIENTOS PRECARIOS

INSTRUCTIVO PARA SOLICITAR LA “NO OBJECION TECNICA”

Línea de Acción: Construcción de Mejoramientos de ViviendasConsolidadas y Mejoramiento del Hábitat Urbano, Obras deInfraestructura y Complementarias (MHUOlyC).La información será suministrada en las planillas que se adjuntan alfinal, pudiendo agregarse las que sean necesarias para mejor definirlas características y contenidos del Proyecto.Dado que la solicitud tiene el carácter de Declaración Jurada, debe serrefrenada en todas sus páginas por la máxima autoridad del ENTEEJECUTOR.Seguidamente se incluyen consideraciones y comentarios sobre elcontenido de la solicitud, a los efectos de facilitar su llenado y laposterior evaluación.Identificación del ProyectoConsignar sin excepción los datos de Provincia, Municipio, Localidad y Barrio donde va a realizarse la intervención.En “Ubicación exacta” mencionar las calles que rodean al predio afectado si los Mejoramientos estuvieran en un único sector.En “Plazo de obra” determinar con rigurosidad la duración completa delas obras atendiendo los siguientes recaudos: deberá contemplarse parasu determinación un riguroso análisis de las complejidades delProyecto. Además deberá tenerse en cuenta los atrasos que provocan lasestrategias de esponjamiento y/o relocalización que pudieranimplementarse. Si las obras incluyeran obras de nexos u obrascomplementarias deberá contemplarse de qué manera pueden impactarnegativamente en el avance de las primeras. Se recomienda que de habermás de una empresa en un mismo predio se contemple una estrategia queasegure la convivencia y al ejecución de la infra frentista sinsuperposiciones. Además se recuerda que las licitaciones debencontemplar como máximo la ejecución de CINCUENTA (50) mejoramientos.En “Número de proyecto” consignar el número en orden correlativo si losProyectos presentados por el “Ente Ejecutor” fuera más de uno.A) Justificación de la DemandaSe deberá justificar en este apartado la cantidad de mejoramientos ylas tipologías adoptadas. Es fundamental que esta justificación estéavalada por un estudio de demanda en base a datos fehacientementecomprobados. Se recomienda muy especialmente este aspecto, a losefectos de evitar ulteriores dificultades.Deberá adjuntarse a esta solicitud un plano señalando en la plantaurbana los asentamientos y/o villas de donde se extraen las demandas,la ubicación del o los predios a afectar y la identificación de losMejoramientos.En los casos que resulte necesario trasladar provisoriamente a lafamilia se deberá especificar las tandas que progresivamente se iránmovilizando, debiendo todo ello tenerse en cuenta para programar elPlazo de Obra.B) TerrenoEl ENTE EJECUTOR deberá aclarar, tildando en el casillero quecorresponda, cuál es la situación dominial de los terrenos donde seejecutarán las obras, detallando si son de dominio nacional,provincial, municipal, de entidades intermedias o privado. Deberáespecificarse si cuentan o no con títulos perfectos tildando en elcasillero correspondiente. En el caso de no estar a nombre del “ENTEEJECUTOR”, éste garantiza sin condicionamientos la cesión a su favordurante el transcurso de la obra, de manera que cuando ésta concluya,se esté en condiciones de escriturar inmediatamente a favor delbeneficiario.En “Condiciones técnicas” tildar dando fe de que los terrenos son aptospara la ejecución de la obra, que los mismos no son inundables ycuentan con capacidad portante suficiente.Asimismo, se deberá consignar si el terreno se localiza en zona Urbanao Suburbana y si la misma se encuentra en proceso de consolidación.C) Equipamiento urbano y accesibilidadDetallar en la columna “Descripción” que características tiene elequipamiento del área de localización. De cada ítem mencionarcapacidades, distancias, estado edilicio o de conservación y cualquierotra información que sea necesaria para evaluar el impacto urbano.Cuando con el equipamiento existente no pueda asegurarse la prestaciónde algún servicio esencial vinculado con la salud, la educación o a laseguridad. Se describirá en “Observaciones” el tipo de obra necesaria,quién la financiará y en qué plazo estará concluida, incluyendo unasíntesis en el cuadro final de este apartado.D) Proyecto UrbanísticoEn este apartado se debe describir brevemente el proyecto urbanístico,dando cumplimiento al capítulo correspondiente de los “EstándaresMínimos de Vitalidad para Viviendas de Interés Social”.Deberá adjuntarse las planimetrías correspondientes señalando lossectores intervenidos, las redes existentes y nuevas, los asentamientoso villas donde se origina la demanda, las etapas de esponjamiento, ytoda aquella información que sea necesaria para garantizar el normaldesarrollo del o los proyectos. Además deberá adjuntarse un informeambiental y un plano con las localizaciones de los equipamientosdetallados en C).E) Diseño y tecnología de los MejoramientosEn esta Línea de Acción, el Programa pretende dirigir acciones dereordenamiento, ampliación y refacción de las zonas deterioradas enviviendas que sean factibles de ser recuperadas. La diversidad deproblemas plantea la necesidad de encuadrar distintas soluciones condiferentes respuestas:E1. Módulo constructivo: Consiste en la ampliación y/o reordenamientopara hogares con hacinamiento (más de 3 personas por ambiente) ycontempla la ejecución de dormitorios adicionales, estar comedor,cocina, baño, lavadero, etcétera. A los efectos de sistematizar lassoluciones se proponen las siguientes alternativas que podrán tomarsecomo referencia. a1) UNO (1) o DOS (2) dormitorios adicionales, a2)Estar-comedor + galería, a3) Cocina comedor + galería, a4) Baño ycocina, a5) Baño completo + galería, a6) Baño y UN (1) dormitorio y a7)Baño y DOS (2) dormitorios.E2. Reparación de instalaciones: inexistencia o insuficiencia en elsistema de provisión y descargas de aguas servidas y/o cloacales.Distribución de Energía Eléctrica y Gas deficientes, insuficientes y/ode riesgo.E3. Mejoras y/o refacción: Vivienda con situaciones deficitarias defiltraciones, ejecución de revoques nuevos, ejecución de solados y/orevestimientos, cambio o reparación de techos, etcétera.E1) Módulo constructivoEn este ítem deberá detallarse lo explicitado en la descripcióngeneral. En la columna “Tipo de módulo” se recomienda consignar algunasde las opciones tipificadas. En “Cantidad” mencionar la parcial paracada tipo y la total al final de la columna. En “Superficie” registrarsólo la parcial por tipología de Módulo. En “Monto” determinar losparciales y el total. Se deberá tener en cuenta que los montos pormejoramiento podrán variar pero la sumatoria total no podrá exceder lopautado para cada región.En “Descripción de la Tecnología” deberán detallarse lasespecificaciones generales de cada ítem, materiales, espesores,diámetros, escuadrías y toda aquella información que se considerenecesaria para describir la tecnología adoptada.E2) Reparación de instalacionesEn este caso deberá detallarse en cuál de las instalacionesdomiciliarias se propone trabajar, consignando la cantidad deintervenciones por cada una de ellas y sus respectivos montos de formaparcial y total. Cuando estas obras sean complemento de las realizadasen E1) deberá aclararse.En “Descripción de la Tecnología” deberá detallarse lasespecificaciones generales de cada ítem, materiales, medidas,espesores, diámetros, y toda aquella información que se considerenecesaria para describir la tecnología adoptada.E3) Mejoras y refaccionesEn este caso para sistematizar la diversidad de posibles mejoras y/orefacciones se podrán englobar en CINCO (5) o SEIS (6) rubros genéricosa saber: revoques grueso, fino, carpinterías, pisos, pintura, cubierta,etc. En la columna “Tipo de obra” se consignarán algunos de los rubrosmencionados. En “cantidad” deberán registrarse las viviendas que serándestinatarias de esas mejoras y sus respectivos montos parciales ytotales. Cuando estas obras sean complemento de las realizadas E1) y/oE2) deberá aclararse.En “Descripción de la Tecnología” vale lo dicho en los ítems anteriores.El ENTE EJECUTOR da fe de que el proyecto en su totalidad cumple conlos “Estándares Mínimos de Calidad para Viviendas de Interés Social”.Recordar que cuando los proyectos incluyan mejoramientos de viviendaspara discapacitados, deberá cumplirse con las “Directrices para laAccesibilidad al Medio Urbano” y las “Directrices de Accesibilidad paraViviendas de Interés Social” de la Subsecretaría.F) Mejoramiento del Hábitat, Obras de Infraestructura y Complementarias (MHUOIyC)Cuando sea necesario asistir financieramente la demanda de obras deinfraestructura y/o complementarias para garantizar la total coberturade los Mejoramientos propuestos, se deberá describir y justificar conprecisión en el apartado correspondiente de las planillas.Estas obras podrán consistir en redes de cloaca y/o agua, gas,electricidad, alumbrado público, pluviales, pavimento, cordón cuneta,etcétera. El ENTE EJECUTOR deberá evaluar las prioridades de las mismasy la posibilidad de financiar algunas de ellas con recursos propios. Laaprobación de los proyectos a financiar dependerá de la relaciónproporcional con la inversión propuesta para los Mejoramientos y estarásujeta a la disponibilidad financiera del Programa.En “Listado por tipo de obras” deberá enumerarse las mencionadas obrasy su costo, parcial y total y su incidencia sobre el valor total de losolicitado por el MHUOlyC.En “Observaciones” consignar qué obras serán financiadas por el Municipio y/o la Provincia.En “Detalle por ítem o rubro de cada tipo” se deberán enumerar lostrabajos que conforman cada tipo en un cuadro por cada uno de ellos.En estos cuadros la incidencia debe referir al parcial de cada uno.De considerarse necesario se podrá requerir una presentación particularbajo los requerimientos e la Línea de Acción correspondiente.G) Presupuesto Oficial del ProyectoDeberán consignarse los montos que resulten de computar la totalidad delos Mejoramientos. Separadamente se registrará el monto para lainfraestructura y/o obras complementarías con sus correspondientesincidencias sobre el Monto Total del Proyecto.De ser necesario una contraparte municipal o provincial deberádetallarse en el renglón correspondiente y sumará su incidencia alMonto Total Nación.H) Costo Total por Mejoramiento según Presupuesto OficialEn este cuadro se registrarán a modo de resumen la cantidad deMejoramientos de acuerdo a su Tipología y sus respectivos montos porunidad. El mismo será resultante de dividir el monto propuesto en losapartados E1, E2 y E3 por la cantidad de los mismos, obteniendo de estamanera un valor promedio que no debe superar el máximo financiable porjurisdicción. Deberá procurarse no superponer estas tipologías en unamisma vivienda, si así lo fuera se requiere su justificación y reparoen el cómputo final de Mejoramientos.I) Fecha estimada de llamado a licitaciónA los fines de procurar una eficiente gestión de las etapas delproyecto se requiere una fecha estimada para el llamado a licitacióndebiendo el Ente Ejecutor arbitrar los medios necesarios para sucumplimiento en tiempo y forma.J) Recaudos para estimar el Plazo de Obra PrevistoCon respecto al plazo de obra previsto deberá contemplarse para sudeterminación un riguroso análisis de las complejidades del Proyecto.Además deberá tenerse en cuenta los atrasos que provocan lasestrategias esponjamiento y/o relocalización que pudieranimplementarse. Si el proyecto incluyera obras de nexos u obrascomplementarias deberá contemplarse de qué manera pueden impactarnegativamente en el avance las primeras. Se recomienda que de hacer másde una empresa en un mismo predio se contemple una estrategia queasegure la convivencia y la ejecución de la infra frentista sinsuperposiciones. Además se recuerda que las licitaciones debencontemplar como máximo la ejecución de CINCUENTA (50) mejoramientos.K) Una vez aprobada la NOT, tendrá una validez de seis (6) meses.


ANEXO VIII: instructivo para solicitar la “No Objeción Técnica” para“Mejoramiento del Hábitat Urbano, Infraestructura y ObrasComplementarias”PROGRAMA FEDERAL DE URBANIZACION DE VILLAS Y ASENTAMIENTOS PRECARIOS

INSTRUCTIVO PARA SOLICITAR LA “NO OBJECION TECNICA”

Línea de Acción: Mejoramiento del Hábitat Urbano, Obras de Infraestructura y Complementarias (MHUOlyC).La información será suministrada en las planillas que se adjuntan alfinal, pudiendo agregarse las que sean necesarias para mejor definirlas características y contenidos del Proyecto.Dado que la solicitud tiene el carácter de Declaración Jurada, debe serrefrenada en todas sus páginas por la máxima autoridad del EnteEjecutor.Seguidamente se incluyen consideraciones y comentarios sobre elcontenido de la solicitud, a los efectos de facilitar su llenado y laposterior evaluación.Identificación del ProyectoConsignar sin excepción los datos de Provincia, Municipio, Localidad y Barrio donde va a realizarse la intervención.En “Ubicación exacta” mencionar las calles que circunscriben el sector a intervenir.En “Plazo de obra” determinar con rigurosidad la duración completa delas obras atendiendo los siguientes recaudos: deberá contemplarse parasu determinación un riguroso análisis de las complejidades delProyecto. Además deberá tenerse en cuenta los atrasos que provocan lasestrategias de esponjamiento y/o relocalización que pudieranimplementarse. En “Número de proyecto” consignar el número en ordencorrelativo si los Proyectos presentados por el “ENTE EJECUTOR” fueranmás de uno.A) Justificación de la DemandaEs fundamental que las obras solicitadas estén justificadas en base a datos fehacientemente comprobados.Deberá adjuntarse a esta solicitud un plano señalando en la plantaurbana los asentamientos y/o villas que estarán involucrados con lasobras.En los casos que resulte necesario trasladar provisoriamente a familiasse deberá especificar las tandas que progresivamente se iránmovilizando. Debiendo todo ellos tenerse en cuenta para programar elPlazo de Obra.B) Detalle por tipo de obrasEstas obras podrán consistir en redes y/o nexos de cloaca y/o agua,gas, electricidad, alumbrado público, pluviales, pavimento, cordóncuneta, etcétera. El ENTE EJECUTOR deberá evaluar las prioridades delas mismas y la posibilidad de financiar algunas de ellas con recursospropios.En “Listado por tipo de obras” deberán enumerarse las mencionadas obrasy su costo, parcial y total y su incidencia sobre el valor total de losolicitado por el MHUOIyC.En “observaciones” consignar qué obras serán financiadas por el Municipio y/o la Provincia.En B1, B2 y subsiguientes se deberán enumerar los trabajos queconforman cada tipo de obra que se consignó en B), en un cuadro porcada uno de ellos.En estos cuadros la incidencia debe referir al parcial de cada uno.C) Presupuesto Oficial del ProyectoDeberá consignarse los montos por separado del costo-costo, los gastosgenerales no deberán sobrepasar un QUINCE POR CIENTO (15%), elbeneficio de la empresa no deberá superar un DIEZ POR CIENTO (10%)sobre la suma de los anteriores, el IVA será de VEINTIUN POR CIENTO(21%) y el ingreso bruto del TRES PUNTO CINCO POR CIENTO (3.5%).D) Fecha estimada de llamado a licitaciónA los fines de procurar una eficiente gestión de las etapas delproyecto se requiere una fecha estimada para el llamado a licitacióndebiendo el ENTE EJECUTOR arbitrar los medios necesarios para sucumplimiento en tiempo y forma.E) Recaudos para estimar el Plazo de Obra PrevistoCon respecto al plazo de obra previsto deberá contemplarse para sudeterminación un riguroso análisis de complejidades el Proyecto. Ademásdeberá tenerse en cuenta los atrasos que provocan las estrategias deesponjamiento y/o relocalización que pudieran implementarse.F) Documentación AnexaLa presente solicitud debe ser acompañada por una documentación quesirva de respaldatorio para evaluar el proyecto. Como mínimo se debepresentar planos generales, especificaciones técnicas, planos dedetalle, factibilidades de las empresas prestatarias, plan de trabajo,cronograma de desembolsos, etcétera.G) Una vez aprobada la NOT, tendrá una validez seis (6) meses.

e. 07/11/2013 Nº 89308/13 v. 07/11/2013

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