Resolución 2084/2013

Estados Contables - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Trabajo, Empleo Y Seguridad Social
Estados Contables - Aprobacion

Apruebanse los estados contables que contienen el estado de resultados de la aplicacion del fondo de garantia correspondiente al periodo comprendido entre el 1° de julio de 2011 y el 30 de junio de 2012.

Id norma: 222771 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32773

Fecha boletin: 27/11/2013 Fecha sancion: 21/11/2013 Numero de norma 2084/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Superintendencia De Riesgos Del Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución Nº 2084/2013

Bs. As., 21/11/2013

VISTO el Expediente Nº 42.642/11 del Registro de esta SUPERINTENDENCIADE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), la Ley Nº 24.557, el Decreto Nº 491 defecha 29 de mayo de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 33, apartado 1° de la Ley Nº 24.557 dispone la creacióndel Fondo de Garantía, con cuyos recursos se abonarán las prestacionesen caso de insuficiencia patrimonial del empleador, declaradajudicialmente.

Que, a su vez, a través del apartado 3° del precitado artículo, se leatribuye a esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) laadministración del mencionado Fondo.

Que el artículo 10 del Decreto Nº 491 de fecha 29 de mayo de 1997establece que el Fondo de Garantía creado por la Ley Nº 24.557, sedeterminará por períodos anuales que comenzarán el día 1° de julio decada año y finalizarán el 30 de junio del año siguiente, debiendocuantificarse asimismo los excedentes de dicho fondo conforme laspautas previstas en la misma norma.

Que con el objeto de dar cumplimiento al imperativo legal, resultanecesario establecer el monto del Fondo de Garantía correspondiente alperíodo comprendido entre el 1° de julio del 2012 y el 30 de junio del2013, y los excedentes correspondientes.

Que el estudio SCRAVAGLIERI & ASOCIADOS ha examinado y emitidoDictamen sobre los Estados Contables del Fondo de Garantíacorrespondiente al ejercicio finalizado el 30 de junio de 2012,cumpliéndose con lo establecido en el inciso c) apartado 1° delartículo 10 del Decreto Nº 491/97.

Que de la misma forma, el citado estudio analizó e informó sobre elsistema de control interno relacionado con la ejecución del Fondo deGarantía y sus excedentes.

Que el artículo 10, apartado f) del Decreto Nº 491/97 establece que laS.R.T. debe publicar el estado de resultados respecto de la aplicacióndel Fondo de Garantía.

Que la Gerencia de Asuntos Legales del Organismo ha intervenido en el área de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades atribuidas por la Ley Nº 24.557 y el Decreto Nº 491/97.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébanse los Estados Contables que contienen el estadode resultados de la aplicación del Fondo de Garantía correspondiente alperíodo comprendido entre el 1° de julio de 2011 y el 30 de junio de2012, que se acompaña como Anexo de la presente resolución.

ARTICULO 2° — Determínase el Fondo de Garantía para el períodocomprendido entre el 1° de julio de 2012 y el 30 de junio de 2013, deconformidad con lo previsto en el artículo 10, inciso b) del Decreto Nº491 de fecha 29 de mayo de 1997, en la suma de PESOS CUARENTA Y OCHOMILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL SESENTA Y OCHO CON 62/100 ($48.304.068,62).

ARTICULO 3° — Determínanse los excedentes del Fondo de Garantía, deacuerdo con lo normado en el artículo 10, inciso d) del Decreto Nº491/97, para el período comprendido entre el 1° de julio de 2012 y el30 de junio de 2013, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTICINCOMILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO CON48/100 ($ 425.289.935,48).

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dr. JUAN H. GONZALEZ GAVIOLA,Superintendente de Riesgos del Trabajo.

ANEXO

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en laedición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán serconsultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 27/11/2013 Nº 96791/13 v. 27/11/2013

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