Resolución 220/2013

Nomenclatura Comun Del Mercosur - Solicitudes De Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Economia Y Finanzas Publicas
Nomenclatura Comun Del Mercosur - Solicitudes De Modificacion

Llevase a conocimiento publico que se han registrado en el ambito de la secretaria de comercio exterior del ministerio de economia y finanzas publicas, las solicitudes de modificacion de la nomenclatura comun del mercosur (n.c.m.).

Id norma: 223091 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32776

Fecha boletin: 02/12/2013 Fecha sancion: 27/11/2013 Numero de norma 220/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Comercio Exterior Ver Resoluciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR

Resolución Nº 220/2013

Bs. As., 27/11/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0228077/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 329 de fecha 23 de octubre de 1996 delex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la entoncesSECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del mencionado Ministerio,quedó facultada para comunicar, mediante consulta pública, lassolicitudes de modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR(N.C.M.) registradas a nivel nacional, como así también aquellaspresentadas por los restantes Estados Parte del Mercado Común del Sur(MERCOSUR) ante el Comité Técnico Nº 1 “Aranceles, Nomenclatura yClasificación de Mercaderías”.

Que en el ámbito de la SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIODE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS se hallan registradas las solicitudesque se ponen en conocimiento de los sectores productivos involucrados,en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Nº 329/96 delex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente en virtud delo dispuesto por el Artículo 7, inciso d) de la Ley Nacional deProcedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidaspor el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y susmodificaciones y la Resolución Nº 329/96 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Por ello,

LA SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Llévase a conocimiento público que se han registrado enel ámbito de la SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DEECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las solicitudes de modificación de laNomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que se indican en las DOS (2)planillas que, como Anexo I, forman parte integrante de la presenteresolución.

ARTICULO 2° — Los interesados en manifestarse sobre las referidassolicitudes de modificación de la alícuota, consignadas en el Anexo Ide la presente medida, deberán hacerlo mediante nota. Para los casos dereducción de alícuota se adjuntará a la nota el formulario, completadoen forma íntegra, compuesto por las DOS (2) planillas que, como AnexoII, forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3° — La documentación a que alude el Artículo 2° de lapresente medida se presentará ante el Departamento de Mesa de Entradasy Notificaciones del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña yMediana Empresa de la Dirección de Mesa de Entradas y Notificacionesdependiente de la Dirección General de Despacho y Mesa de Entradasdependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACIONPATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DEECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, sito en la Avenida Julio Argentino RocaNº 651, Planta Baja, Sector 12 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,dirigida a la Dirección de Importaciones, dependiente de la DirecciónNacional de Gestión Comercial Externa de la SECRETARIA DE COMERCIOEXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, haciendo,referencia a la presente resolución, en un plazo no mayor de DIEZ (10)días corridos a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

En este caso, por señalarse en el Anexo I de la presente resolución, laexistencia de mayor información, el plazo indicado precedentemente seextenderá DIEZ (10) días corridos más, para que los interesados, quehayan solicitado tomar conocimiento de la misma mediante nota dentrodel plazo estipulado en el párrafo anterior, puedan efectuar laspresentaciones que estimen pertinentes.

Una vez transcurridos los plazos indicados, según corresponda, y de norecibirse manifestación escrita sobre la consulta efectuada por lapresente resolución, se interpretará que no existe oposición a lasolicitud comunicada en el Anexo I que integra la presente resolución.

ARTICULO 4° — En caso de considerarse necesario, esta Secretaría podrásolicitar información adicional a la aportada por la entidadmanifestante.

ARTICULO 5° — La presente resolución comenzará a regir el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Lic. BEATRIZ PAGLIERI, Secretaria deComercio Exterior, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

ANEXO I A LA RESOLUCION Nº 220

MODIFICACION DEL AEC Y DEL DIE PARA LOS SIGUIENTES CODIGOS ARANCELARIOS

SITUACION ACTUAL

SITUACION PROPUESTA

ANEXO II A LA RESOLUCION Nº 220

1) Datos sobre la empresa o entidad de clase

1.1 - Nombre de la empresa o entidad de clase:

1.2 - Dirección:

1.3 - Teléfono:

1.4 - Fax:

1.5 - Persona de contacto:

1.6 - Correo electrónico:

1.7 - Invocar carácter de representación del contacto:

2) Datos sobre el producto

2.1 - Nombre Técnico:

2.2 - Posición Arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.):

2.3 - Arancel Externo Común (A.E.C.):

2.4 - Fecha de inicio de la producción:

3) Datos de producción y ventas

3.1 - Producción (últimos TRES (3) años)

AÑOVALOR DE LA PRODUCCION (U$S)CANTIDAD PRODUCIDA (UNIDAD DE MEDIDA)


3.2 - Ventas Mercado Interno (últimos TRES (3) años)

AÑOVALOR DE LAS VENTAS (U$S)CANTIDAD VENDIDA (UNIDAD DE MEDIDA)


3.3 - Ventas Mercado Externo (últimos TRES (3) años)

AÑOVALOR DE LAS VENTAS (U$S)CANTIDAD VENDIDA (UNIDAD DE MEDIDA)PAIS


3.4 - Nombre y Direcciones de los Principales Clientes

NOMBRE DEL CLIENTEDIRECCION DEL CLIENTE

3.5 - Presentar literatura técnica: catálogos, planos, análisisquímicos o físicos, referencias bibliográficas, etcétera e inclusomuestras, en caso de corresponder.

4) Otras informaciones relevantes

e. 02/12/2013 N° 97929/13 v. 02/12/2013

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica