Resolución 105/2013

Monto Minimo Promedio De Recaudacion Por Sorteo

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Loteria Nacional Sociedad Del Estado
Monto Minimo Promedio De Recaudacion Por Sorteo

Derogase la resolucion nº 35/11 del 07 de abril 2011. establecese en pesos quinientos ($ 500.-) el monto minimo promedio de recaudacion por sorteo, de periodicidad de calculo mensual, que deberan alcanzar todos los agentes oficiales en el juego “la quiniela conjunta”, conforme a lo descripto en el titulo iii, articulo 18° del reglamento para la adjudicacion y explotacion de agencias oficiales y permisos precarios, aprobado por resolucion nº 90 de fecha 14 de agosto de 2002.

Id norma: 223301 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32778

Fecha boletin: 04/12/2013 Fecha sancion: 28/11/2013 Numero de norma 105/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Loteria Nacional - Sociedad Del Estado Ver Resoluciones Observaciones: ABROGADA POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION 2/2016 DE LORERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, B.O. 19/02/2016, PAGINA 40.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO

Resolución Nº 105/2013

Bs. As., 28/11/2013

VISTO el Expediente Nº 371.341/13 del Registro de esta Sociedad del Estado, y

CONSIDERANDO:

Que por el citado Expediente se tramita la modificación de laResolución Nº 35/11 por medio de la cual se estableció en PESOSTRESCIENTOS CINCUENTA ($ 350.-) el monto mínimo promedio mensual derecaudación por sorteo que deberán alcanzar todos los Agentes Oficialesen el juego “La Quiniela Conjunta”.

Que habiéndose efectuado un pormenorizado informe analítico sobre laevolución de las ventas de este producto lúdico, es necesario efectuarun incremento en el monto mínimo promedio, teniendo en cuenta lanotable superación del mismo.

Que las GERENCIAS DE MERCADO Y JUEGOS y ASUNTOS JURIDICOS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto 598/90.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Derógase la Resolución Nº 35/11 del 07 de Abril 2011.

ARTICULO 2° — Establécese en PESOS QUINIENTOS ($ 500.-) el monto mínimopromedio de recaudación por sorteo, de periodicidad de cálculo mensual,que deberán alcanzar todos los Agentes Oficiales en el juego “LaQuiniela Conjunta”, conforme a lo descripto en el TITULO III, Artículo18° del REGLAMENTO PARA LA ADJUDICACION Y EXPLOTACION DE AGENCIASOFICIALES Y PERMISOS PRECARIOS, aprobado por Resolución Nº 90 de Fecha14 de agosto de 2002.

ARTICULO 3° — Determínase la metodología para el cálculo del montomínimo promedio de recaudación por sorteo, de periodicidad de cálculomensual, que deben alcanzar los Agentes Oficiales en el juego “LaQuiniela Conjunta”, el cual se efectuará de la siguiente manera: Porcada Agente Oficial se deberá sumar la recaudación mensual del juego“La Quiniela Conjunta”, sumando todas las jugadas programadas duranteel período en análisis; dicho importe se dividirá por el número totalde sorteos realizados en ese lapso, excluyendo aquellos que en laprogramación aprobada oportunamente fueran configurados como “Uruguay”.El valor resultante deberá ser mayor o igual que el límite establecidoen el artículo 2°.

ARTICULO 4° — Apruébese el modelo de comunicado a distribuir a losAgentes Oficiales, el que como Anexo I forma parte integrante de lapresente.

ARTICULO 5° — Por la SECRETARIA GENERAL, regístrese, protocolícese ypublíquese en el BOLETIN OFICIAL. Por la GERENCIA DE MERCADO Y JUEGOSefectúense las tramitaciones y comunicaciones a que hubiera lugar.Cumplido, archívese. — Cdor. ROBERTO A. LOPEZ, Presidente, LoteríaNacional S.E. — Dr. ANDRES CIMADEVILLA, Vicepresidente, LoteríaNacional S.E. — Cdor. MARIO A. PRUDKIN, Director, Lotería Nacional S.E.— Dr. JUAN M. ARTICO, Director Secretario, Lotería Nacional S.E.

ANEXO I

COMUNICADO

SE LLEVA A CONOCIMIENTO DE LOS SEÑORES AGENTES OFICIALES DE LOTERIANACIONAL S.E. QUE POR RESOLUCION Nº     SE HAESTABLECIDO LA METODOLOGIA PARA EL CALCULO DEL MONTO MINIMO PROMEDIOPOR SORTEO QUE DEBERAN ALCANZAR EN EL JUEGO LA QUINIELA COJUNTA; ELCUAL ES DE PESOS QUINIENTOS ($ 500.-).

DICHA METODOLOGIA SE EFECTUARA DE LA SIGUIENTE MANERA: POR CADA AGENTEOFICIAL SE DEBERA SUMAR LA RECAUDACION TOTAL MENSUAL CORRESPONDIENTE ALJUEGO LA QUINIELA CONJUNTA DE TODAS LAS JUGADAS PROGRAMADAS DURANTE ELPERIODO EN ANALISIS.

DICHO IMPORTE SE DIVIDIRA POR EL NUMERO TOTAL DE SORTEOS REALIZADOS ENESTE LAPSO, EXCLUYENDO AQUELLOS QUE EN LA PROGRAMACION APROBADAOPORTUNAMENTE FUERAN CONFIGURADOS COMO “URUGUAY”.

EL VALOR RESULTANTE DEBERA SER IGUAL O MAYOR AL MINIMO ESTABLECIDO DE PESOS QUINIENTOS ($ 500.-).

GERENCIA DE MERCADO Y JUEGOS

LOTERIA NACIONAL S.E.

e. 04/12/2013 N° 99713/13 v. 04/12/2013

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