Disposición 1635/2013

Calendario - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Turismo
Calendario - Aprobacion

Apruebase el calendario que regira durante el año 2014, determinando las fechas en que los agentes de percepcion del impuesto del 5% (cinco por ciento) sobre el valor de los pasajes fluviales al exterior, deberan presentar las declaraciones juradas y depositar los montos correspondientes, de acuerdo al anexo i que forma parte de la presente.

Id norma: 224364 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32792

Fecha boletin: 24/12/2013 Fecha sancion: 13/12/2013 Numero de norma 1635/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Coordinacion Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TURISMO

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

Disposición Nº 1635/2013

Bs. As., 13/12/2013

VISTO el Expediente Nº STN: 0003030/2013 del registro del MINISTERIO DETURISMO, las normas establecidas por el art. 24 inc. b) de la Ley Nº25.997 y el Decreto Nº 1297/2006, arts. 23 y 24 del Anexo I yResolución ST Nº 1080/06, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo estipulado en el artículo 9° del Anexo I de laResolución ST Nº 1080/06 este MINISTERIO DE TURISMO establece elcronograma anual de depósito y presentación de las DeclaracionesJuradas del impuesto del 5% (cinco por ciento) sobre el valor de lospasajes fluviales al exterior en el que se determinan las oportunidadesen que los agentes de percepción deben liquidar y efectuar el depósitode los montos correspondientes.

Que a los efectos referidos en el considerando precedente es necesario establecer el calendario que regirá durante el año 2014.

Que el artículo 8° de la Resolución ST Nº 1080/2006 de este MINISTERIODE TURISMO establece la obligación de los agentes de percepción delimpuesto de presentar Certificaciones Contables en forma cuatrimestral,por lo que se estima conveniente fijar las fechas de vencimiento decada obligación para el año 2014.

Que la COORDINACION DE FISCALIZACION IMPUESTO PASAJES AL EXTERIOR y laDIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION han tomado la intervención que lescompete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidaspor la Ley Nº 25.997 y los Decretos Nº 919/10 y 1297/2012.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE COORDINACION

DISPONE:

ARTICULO 1° — Apruébase el Calendario que regirá durante el año 2014,determinando las fechas en que los agentes de percepción del impuestodel 5% (cinco por ciento) sobre el valor de los pasajes fluviales alexterior, deberán presentar las Declaraciones Juradas y depositar losmontos correspondientes, de acuerdo al Anexo I que forma parte de lapresente.

ARTICULO 2° — Apruébase el Calendario que regirá durante el año 2014 alos fines de la presentación de las Certificaciones Contablescuatrimestrales, en el que se han determinado las Fechas delvencimiento de cada obligación, de acuerdo al Anexo I que forma partede la presente.

ARTICULO 3° — Regístrese; comuníquese; publíquese, dése a la DIRECCIONNACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — A.G. Dr. ALEJANDRO G.SCHIAVI, Subsecretario de Coordinación, Ministerio de Turismo.

ANEXO I

CALENDARIO 2014 DE DEPOSITO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR DE LOS PASAJES FLUVIALES AL EXTERIOR


e. 24/12/2013 Nº 105298/13 v. 24/12/2013

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