Resolución 640/2013

Lista De Personas - Dense A Conocer

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Seguridad Internacional
Lista De Personas - Dense A Conocer

Dase a conocer la lista de personas y entidades sujetas a las medidas impuestas por el parrafo 3 de la resolucion n° 1591 de fecha 29 de marzo de 2005 del consejo de seguridad de las naciones unidas, relativa a la republica de sudan y actualizada a la fecha 4 de septiembre de 2013, la que como anexo forman parte integrante de la presente resolucion.

Id norma: 225106 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32806

Fecha boletin: 15/01/2014 Fecha sancion: 18/12/2013 Numero de norma 640/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Rel. Ext., Comercio Intern. Y Culto Ver Resoluciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto

SEGURIDAD INTERNACIONAL

Resolución 640/2013

Dase a conocer lista de personas sujetas a las medidas impuestas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

Bs. As., 18/12/2013

VISTO el Expediente N° 49.741/2013 del Registro del MINISTERIO DERELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Decreto N° 1521 del 1° de noviembrede 2004 y las Resoluciones Nros. 1591 de fecha 29 de marzo de 2005,1679 de fecha 16 de mayo de 2006, 1713 de fecha 29 de septiembre de2006, 1779 de fecha 28 de septiembre de 2007, 1841 de fecha 15 deoctubre de 2008, 1891 de fecha 13 de octubre de 2009, 1945 de fecha 14de octubre de 2010, 1982 de fecha 17 de mayo de 2011 y 2035 de fecha 17de febrero de 2012 del Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 2° del Decreto N° 1521/04 establece que en los casos enque el Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS o sus órganossubsidiarios identifiquen personas o entidades sujetas al régimen desanciones previsto en las resoluciones de ese órgano, este Ministeriodará a conocer y actualizará los listados correspondientes a través deresoluciones a publicarse en el Boletín Oficial.

Que mediante la Resolución N° 1770 de fecha 23 de agosto de 2006 delentonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL YCULTO, se dieron a conocer las medidas adoptadas relativas a laREPUBLICA DE SUDAN en virtud de la Resolución N° 1591 (2005) delConsejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS.

Que mediante la Resolución N° 200 de fecha 15 de mayo de 2013 delMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, se dieron a conocer lassanciones adoptadas por las Resoluciones Nros. 1679 (2006), 1713(2006), 1779 (2007), 1841 (2008), 1891 (2009), 1945 (2010), 1982 (2011)y 2035 (2012) del Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS,referidas al régimen de sanciones aplicable a la REPUBLICA DE SUDAN.

Que resulta preciso dar a conocer la lista actualizada de personas yentidades sujetas a las medidas impuestas por el párrafo 3 de laResolución N° 1591 (2005) del Consejo de Seguridad de las NACIONESUNIDAS.

Que la Dirección de Organismos Internacionales propicia el dictado de la presente resolución.

Que la Representación Especial para Asuntos de Terrorismo y otrosDelitos Conexos, la Dirección de Africa del Norte y Medio Oriente, laDirección General de Asuntos Consulares, la SUBSECRETARIA DE POLITICAEXTERIOR y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES han intervenido en elámbito de sus respectivas competencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas porel Artículo 2° del Decreto N° 1521 de fecha 1° de noviembre de 2004.

Por ello,

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

RESUELVE:

Artículo 1° — Dase a conocer lalista de personas y entidades sujetas a las medidas impuestas por elpárrafo 3 de la Resolución N° 1591 de fecha 29 de marzo de 2005 delConsejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS, relativa a la REPUBLICA DESUDAN y actualizada a la fecha 4 de septiembre de 2013, la que comoAnexo forman parte integrante de la presente resolución.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Héctor M. Timerman.

Lista de personas sujetas a las medidas impuestas con arreglo al párrafo 3 de la resolución 1591 (2005)

En su 5423a sesión, celebrada el 25 de abril de 2006, el Consejo deSeguridad aprobó la resolución 1672 (2006) en relación con el tematitulado “Informes del Secretario General sobre el Sudán”. En esaresolución, actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta, el Consejodecidió que todos los Estados deberían adoptar las medidas estipuladasen el párrafo 3 de la resolución 1591 (2005) con respecto a laspersonas mencionadas en el cuadro incluido a continuación.

Las medidas mencionadas figuran en el párrafo 3 d) y e) de la resolución 1591 (2005), cuyo texto es el siguiente:

“El Consejo de Seguridad [...] decide [...]

d) Que los Estados adopten las medidas necesarias para impedir elingreso en sus territorios o el tránsito por ellos de todas laspersonas designadas por el Comité de conformidad con el apartado c), enla inteligencia de que nada de lo dispuesto en este párrafo obligará aun Estado a denegar a sus propios nacionales la entrada en suterritorio;

e) Que todos los Estados congelen todos los fondos, activos financierosy recursos económicos que se encuentren en su territorio a la fecha deaprobación de la presente resolución o en una fecha posterior y quesean de propiedad o estén bajo el control directo o indirecto de laspersonas designadas por el Comité de conformidad con el apartado c) ose encuentren en poder de entidades que sean de propiedad o estén bajoel control directo o indirecto de esas personas o de otras que actúenen su nombre o bajo su dirección y decide además que todos los Estadosse cercioren de que sus nacionales u otras personas que se encuentranen sus territorios no pongan fondos, activos financieros ni recursoseconómicos a disposición de esas personas o entidades o para subeneficio;”

En el párrafo 3 f) y g) de la resolución 1591 (2005) se prevénexenciones respecto de la aplicación de las medidas establecidas en elpárrafo 3 d) y e) de la misma resolución.

El Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de laresolución 1591 (2005) relativa al Sudán mantendrá y actualizará lalista de personas, según resulte apropiado, y estudiará las solicitudesde exención previstas en los apartados f) y g), de conformidad con lafunción asignada al Comité en el párrafo 3 a) ii) de la resolución 1591(2005).

El 17 de febrero de 2012, el Consejo de Seguridad aprobó la resolución2035 (2012), por la que decidió que los criterios de inclusión en laLista que figuran en el párrafo 3 c) de la resolución 1591 (2005) seaplicarían también a las entidades.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica