Disposición 1/2013

Especie Merluza Comun - Volumenes En Toneladas De Cada Cuota Individual Transferible

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Agricultura, Ganaderia Y Pesca
Especie Merluza Comun - Volumenes En Toneladas De Cada Cuota Individual Transferible

Determinanse los volumenes en toneladas de cada cuota individual transferible de captura de la especie merluza comun (merluccius hubbsi) correspondientes al año 2014 conforme lo dispuesto por las resoluciones nros. 23 de fecha 12 de noviembre de 2009, 29 y 30 ambas de fecha 16 de diciembre de 2009, y 16 de fecha 12 de diciembre de 2013, todas ellas del consejo federal pesquero, por las cantidades especificadas en cada caso, para determinados buques

Id norma: 225254 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32808

Fecha boletin: 17/01/2014 Fecha sancion: 30/12/2013 Numero de norma 1/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Coordinacion Pesquera Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION PESQUERA

Disposición Nº 1/2013

Bs. As., 30/12/2013

VISTO el Expediente N° S05:0571229/2013 del Registro MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 1 de fecha 24 de enero de 2013 delCONSEJO FEDERAL PESQUERO se resolvió dejar sin efecto las ResolucionesN° 10 de fecha 27 de mayo de 2009, N° 24 de fecha 12 de noviembre de2009, N° 10 de fecha 25 de agosto de 2011, N° 11 de fecha 9 de agostode 2012, y N° 19 de fecha 25 de octubre de 2012, todas del CONSEJOFEDERAL PESQUERO.

Por la citada Resolución N° 1/13 se aprobó el texto ordenado ycorregido del Régimen General de Cuotas Individuales Transferibles deCaptura (CITC).

Que mediante la Resolución N° 23 de fecha 12 de noviembre de 2009 dedicho Consejo, se estableció el régimen específico de CuotasIndividuales Transferibles de Captura (CITC) de la especie merluzacomún (Merluccius hubbsi) para el stock Sur del Paralelo 41° de LatitudSur.

Que por el Artículo 12 de la citada Resolución N° 23/09 se previó quela Autoridad de Aplicación, a través de la Dirección Nacional deCoordinación Pesquera de la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURAdependiente de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA delMINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA calcule anualmente losvolúmenes de cada Cuota Individual Transferible de Captura (CITC),entre otros, sobre la base de la Captura Máxima Permisible.

Que mediante la Resolución N° 29 de fecha 16 de diciembre de 2009 delCONSEJO FEDERAL PESQUERO se procedió a la asignación de las CuotasIndividuales Transferibles de Captura (CITC) del Fondo de Reasignacióndel stock Sur del Paralelo 41° de Latitud Sur de la citada especie y dela Provisión Administrativa.

Que por la misma norma el mencionado Consejo ordenó a la Autoridad deAplicación efectuar el cálculo de la Cuota Individual Transferible deCaptura (CITC) para el efectivo Sur sumando las asignaciones contenidasen el Anexo I de la citada Resolución N° 29/09 a las contenidas en elAnexo I de la mencionada Resolución N° 23/09.

Que a través de la Resolución N° 30 de fecha 16 de diciembre de 2009del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se procedió a la asignación de CuotasIndividuales Transferibles de Captura (CITC), en forma parcial, de laReserva Social de la especie merluza común (Merluccius hubbsi),conforme el máximo interés social determinado por la Provincia deBUENOS AIRES.

Que por la misma norma se establecieron condiciones y obligaciones accesorias a las fijadas por la aludida Resolución N° 23/09.

Que asimismo, por la citada Resolución N° 30/09 se estableció que laAutoridad de Aplicación efectuará el cálculo de la Cuota IndividualTransferible de Captura (CITC) sumando las asignaciones contenidas enel Anexo I de la mencionada Resolución N° 30/09 a las contenidas en elAnexo I de la aludida Resolución N° 23/09.

Que la Dirección Nacional de Coordinación Pesquera, a través de laDisposición N° 22 de fecha 28 de diciembre de 2012 realizó ladistribución de las especies merluza común (Merluccius hubbsi), merluzade cola (Macruronus magellanicus), merluza negra (Dissostichuseleginoides) y polaca (Micromesistius australis) para el año 2013.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO, a través de la Resolución N° 16 defecha 12 de diciembre de 2013, ha establecido la Captura MáximaPermisible para el año 2014 de las especies merluza común (Merlucciushubbsi) en DOSCIENTOS NOVENTA MIL TONELADAS (290.000 t) para elefectivo Sur del Paralelo 41° de Latitud Sur y TREINTA Y DOS MILTONELADAS (32.000 t) para el efectivo Norte al Norte del Paralelo 41°de Latitud Sur.

Que mediante la Resolución N° 22 de fecha 12 de noviembre de 2009 delCONSEJO FEDERAL PESQUERO se asignaron por el término de QUINCE (15)años, Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) para laespecie merluza de cola (Macruronus magellanicus) sobre el VEINTICINCOPOR CIENTO (25%) de la Captura Máxima Permisible (CMP) a los buques queregistran historia de captura de la especie mayor al TRES POR CIENTO(3%) del total de las capturas de la misma especie en el períodoestablecido en la Ley N° 24.922.

Que por el Articulo 3° de la Resolución N° 22/09 del mencionadoConsejo, se establecieron los porcentajes requeridos teniendo en cuentala historia de captura, mano de obra, producción e inversiones, comoasí mismo se fijó el porcentaje de detracción por sanciones.

Que por el Artículo 13 de la citada Resolución N° 22/09 se establecióque la Autoridad de Aplicación, a través de la referida DirecciónNacional de Coordinación Pesquera, calcule anualmente, sobre la base dela Captura Máxima Permisible, los volúmenes de cada Autorización deCaptura.

Que la Captura Máxima Permisible para la especie merluza de cola(Macruronus magellanicus) ha sido fijada en CIENTO TREINTA MILTONELADAS (130.000 t) por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO a través de lareferida Resolución N° 16/13.

Que mediante la Resolución N° 21 de fecha 12 de noviembre de 2009 delCONSEJO FEDERAL PESQUERO se asignaron por el término de QUINCE (15)años Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) para laespecie merluza negra (Dissostichus eleginoides) a los buques queregistran historia de captura de la especie mayor al UNO POR CIENTO(1%) del total de las capturas de la misma especie en el períodoestablecido en la Ley N° 24.922.

Que el Artículo 8° de la citada Resolución N° 21/09 estableció que laAutoridad de Aplicación, a través de la referida Dirección Nacional deCoordinación Pesquera, calcule anualmente, sobre la base de la CapturaMáxima Permisible, los volúmenes de cada Autorización de Captura.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO mediante la Resolución N° 19/13 defecha 18 de diciembre de 2013 ha fijado para el año 2014 la CapturaMáxima Permisible para la especie merluza negra (Dissostichuseleginoides) en TRES MIL NOVECIENTAS CINCUENTA TONELADAS (3.950 t).

Que mediante la Resolución N° 20 de fecha 12 de noviembre de 2009 delCONSEJO FEDERAL PESQUERO se asignaron por el término de QUINCE (15)años, Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) para laespecie polaca (Micromesistius australis) a los buques que registranhistoria de captura de la especie mayor al UNO POR CIENTO (1%) deltotal de las capturas de la misma especie en el período establecido enla Ley N° 24.922.

Que mediante el Artículo 3° de la citada Resolución 20/09, elmencionado Consejo estableció los porcentajes requeridos teniendo encuenta la historia de captura, mano de obra, producción e inversiones yfijó el porcentaje de detracción por sanciones.

Que por el Artículo 9° de la citada Resolución N° 20/09 se previó quela Autoridad de Aplicación, a través de la referida Dirección Nacionalde Coordinación Pesquera, calcule anualmente, sobre la base de laCaptura Máxima Permisible, los volúmenes de cada Autorización deCaptura.

Que la Captura Máxima Permisible para la especie polaca (Micromesistiusaustralis) ha sido fijada en TREINTA Y TRES MIL TONELADAS (33.000 t)por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO a través de la aludida Resolución N°19/13.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO ha establecido por unanimidad instruira la Autoridad de Aplicación para que aplique el régimen de extinciónpor falta de explotación o transferencias temporarias —de conformidadcon el Régimen General previsto en la referida Resolución N° 1/13— ylos Regímenes específicos Resoluciones Nros. 20/09; 21/09; 22/09 y23/09, todas de fecha 12 de noviembre de 2009, a las CITC que hanincurrido en las causas de extinción allí previstas.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO mediante Nota CFP N° 943 de fecha 5 dediciembre de 2013, cuya copia se encuentra agregada al expedientecitado en el Visto, detalló los buques, a los cuales se les aplicó elRégimen de Extinción de CITC citado en el considerando que antecede,indicando especie y CITC extinguida.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultadesestablecidas por el Decreto N° 1.366 de fecha 1 de octubre de 2009, susmodificatorios y complementarios y las Resoluciones Nros. 20, 21 y 22todas de fecha 12 de noviembre de 2009 y 30 de fecha 16 de diciembre de2009 todas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE COORDINACION PESQUERA

DISPONE:

ARTICULO 1° — Determínanse los volúmenes en toneladas de cada CuotaIndividual Transferible de Captura de la especie merluza común(Merluccius hubbsi) correspondientes al año 2014 conforme lo dispuestopor las Resoluciones Nros. 23 de fecha 12 de noviembre de 2009, 29 y 30ambas de fecha 16 de diciembre de 2009, y 16 de fecha 12 de diciembrede 2013, todas ellas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, por las cantidadesespecificadas en cada caso, para los buques que se detallan en el AnexoI que forma parte integrante de la presente disposición.

ARTICULO 2° — Determínanse los volúmenes en toneladas de cada CuotaIndividual Transferible de Captura de la especie merluza de cola(Macruronus magellanicus) correspondientes al año 2014, conforme lodispuesto por la Resolución N° 22 de fecha 12 de noviembre de 2009 y 16de fecha 12 de diciembre de 2013, ambas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO,por las cantidades especificadas en cada caso para los buques que sedetallan en el Anexo II que integra la presente disposición.

ARTICULO 3° — Determínanse los volúmenes en toneladas de cada CuotaIndividual Transferible de Captura de la especie merluza negra(Dissostichus eleginoides) correspondientes al año 2014, conforme lodispuesto por la Resolución N° 21 de fecha 12 de noviembre de 2009 y 19de fecha 18 de diciembre de 2013, ambas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO,por las cantidades especificadas en cada caso para los buques que sedetallan en el Anexo III que forma parte integrante de la presentedisposición.

ARTICULO 4° — Determínanse los volúmenes en toneladas de cada CuotaIndividual Transferible de Captura de la especie polaca (Micromesistiusaustralis) correspondientes al año 2014, conforme lo dispuesto por laResolución N° 20 de fecha 12 de noviembre de 2009 y 19 de fecha 18 dediciembre de 2013, ambas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, por lascantidades especificadas en cada caso para los buques que se detallanen el Anexo IV que forma parte integrante de la presente disposición.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS D. LIBERMAN, DirectorNacional de Coordinación Pesquera, Subsecretaría de Pesca y Acuiculturade la Nación.

ANEXO I


ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

e. 17/01/2014 N° 2980/14 V. 17/01/2014

Páginas externas

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