Resolución 724/2013

Llamado A Convocatoria Publica - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio Del Interior Y Transporte
Llamado A Convocatoria Publica - Aprobacion

Aprobar el llamado a convocatoria publica a las ongs que deseen integrar la conare en los terminos de la ley nº 26.165 y el correspondiente texto de convocatoria a publicar que consta como anexo a la presente.

Id norma: 225985 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32818

Fecha boletin: 31/01/2014 Fecha sancion: 20/12/2013 Numero de norma 724/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Comision Nacional Para Los Refugiados Ver Resoluciones Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

COMISION NACIONAL PARA LOS REFUGIADOS

Resolución Nº 724/2013

Bs. As., 20/12/2013

VISTO el Expediente CUDAP EXPDNM-S02:4289/2011, y

CONSIDERANDO:

Que conforme el artículo 23 de la Ley de Reconocimiento y Protección alRefugiado Nº 26.165 establece que, “Se integrarán a la Comisión conderecho a voz y sin derecho a voto: Un representante de lasorganizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, que propendan alos fines objeto de esta ley que será designado por los miembros de laComisión, teniendo en consideración su trayectoria en la asistencia ydefensa en los derechos de los refugiados”.

Que a su vez, el Reglamento Interno de la CONARE aprobado por Res. MINº 800/2009 prevé que la Comisión debe realizar la convocatoria públicamediante la publicación de la misma en el Boletín Oficial por el plazode un día, conteniendo los plazos, condiciones y requisitos para lapresentación de postulaciones (cfe. Artículo 8°).

Que en fecha 22/02/2012, fue designada la Fundación Comisión CatólicaArgentina de Migraciones como integrante de la CONARE en representaciónde las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, conformeel procedimiento establecido, y atento al plazo transcurridocorresponde realizar una nueva convocatoria pública.

Que participaron en las deliberaciones representantes del AltoComisionado de Naciones Unidas para los Refugiados y de la FundaciónComisión Católica Argentina de Migraciones.

Que la presente se dicta en uso de las facultades emanadas del artículo 25 de la citada Ley Nº 26.165.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL PARA LOS REFUGIADOS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — APROBAR el llamado a convocatoria pública a las ONGs quedeseen integrar la CONARE en los términos de la Ley Nº 26.165 y elcorrespondiente texto de convocatoria a publicar que consta como ANEXOa la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL, y archívese. — Dr. FEDERICO L. AGUSTI, Presidente,Comisión Nacional para los Refugiados (CO.NA.RE.).

CONVOCATORIA PUBLICA DE LA COMISIONNACIONAL PARA LOS REFUGIADOS A LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALESPARA LA INTEGRACION DE LA COMISION EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 23 DELA LEY Nº 26.165

Se encuentra abierta la convocatoria pública a las ORGANIZACIONES NOGUBERNAMENTALES para integrar la COMISION NACIONAL PARA LOS REFUGIADOS(CONARE) en los términos del Art. 231 de la Ley Nº 26.165 deReconocimiento y Protección al Refugiado y el Reglamento Interno de laCONARE aprobado por Resolución MI Nº 800/2009.

1. Requisitos. Las organizaciones interesadas deberán:

a. Presentar el FORMULARIO DE POSTULACION completo.

b. Presentar estatuto de la organización en original o copiaautenticada por escribano público y copia simple para autenticar por laSecretaría Ejecutiva, acreditando un objeto estatutario acorde alobjeto y fin de la ley.

c. Presentar constancia de otorgamiento de la personería jurídica enoriginal o copia autenticada por escribano público y copia simple paraautenticar por la Secretaría Ejecutiva; acreditando una antigüedad enla constitución de al menos cuatro (4) años.

d. Presentar acta de designación de autoridades vigente en original ocopia autenticada por escribano público y copia simple para autenticarpor la secretaría ejecutiva.

e. Designar un miembro titular y otro suplente que se postulan comorepresentantes de la organización, acompañando sus antecedentespersonales y profesionales.

f. Acreditar experiencia y trayectoria en la defensa de derechoshumanos y la asistencia de los solicitantes de asilo, refugiados,migrantes, apátridas y personas internamente desplazadas.

g. Presentar toda otra documentación que estimen pertinente a los finesde acreditar su inclusión en los criterios de selección que la COMISIONvalorará.

2. Condiciones. La Comisión tendrá en cuenta, conforme su Reglamento Interno, los siguientes criterios de selección:

a. Experiencia en el desarrollo e implementación de proyectos yprogramas de integración local de los refugiados y/o en la promoción deotras soluciones duraderas.

b. Capacidad de coordinación con otras organizaciones gubernamentales yno gubernamentales en pos de los fines perseguidos en la Ley.

c. Grado o nivel de representatividad de la población de refugiados enel país. A este fin, podrá ponderarse entre otros indicadores, elnúmero de población de solicitantes de asilo y refugiados efectivamenteasistida por la organización durante los últimos tres (3) años.

d. Que la organización colabore desinteresadamente con las poblacionesde su área de cobertura independientemente de su raza, origen étnico,religión, sexo y vulnerabilidad con especial atención a los niños,niñas, adolescentes y adultos mayores.

e. Que su ayuda humanitaria sea gestionada de acuerdo a principios humanitarios en forma imparcial y neutral.

f. Que esté comprometida en preservar la dignidad de las poblaciones afectadas por la crisis humanitaria.

3. Presentación. Plazos:

El plazo para efectuar la presentación vence a los 30 (treinta) díashábiles corridos posteriores a la publicación o el primer día hábilsiguiente hasta las 13.00 hs, en la sede de la Secretaría Ejecutiva dela CONARE sita en Hipólito Yrigoyen 952 1° piso.

El FORMULARIO DE POSTULACION podrá retirarse en la Secretaría Ejecutivade la CONARE sita en Hipólito Yrigoyen 952 1° piso de CABA en elhorario de lunes a viernes de 9.00 a 13.00 horas o solicitarse porcorreo electrónico a la dirección secretaria.conare@migraciones.gov.ar.

4. Proceso de selección y designación.

La COMISION designará una entre las organizaciones postulantes quecumplan con los requisitos previstos en esta convocatoria pública, ycon sujeción a los criterios establecidos, para su incorporación a laCONARE. La ORGANIZACION NO GUBERNAMENTAL que sea designada por laCONARE, tendrá un mandato de 2 (dos) años reelegible. La designación senotificará a la organización elegida y se publicará por un día en elBOLETIN OFICIAL.

1 Artículo 23 inciso b): “Se integrarán a la Comisión con derecho a vozy sin derecho a voto: Un representante de las organizaciones nogubernamentales sin fines de lucro, que propendan a los fines objeto deesta ley que será designado por los miembros de la Comisión, teniendoen consideración su trayectoria en la asistencia y defensa en losderechos de los refugiados.

e. 31/01/2014 Nº 5067/14 v. 31/01/2014

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