Resolución 1562/2013

Smata - Toyota Argentina Sociedad Anonima - Tope 666/13

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Smata - Toyota Argentina Sociedad Anonima - Tope 666/13

Fijase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por la resolucion de la secretaria de trabajo n° 1380 del 4 de octubre de 2013 y registrado bajo el n° 1139/13 suscripto entre el sindicato de mecanicos y afines del transporte automotor de la republica argentina, por el sector sindical, y la empresa toyota argentina sociedad anonima, por la parte empleadora.

Id norma: 226284 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32819

Fecha boletin: 03/02/2014 Fecha sancion: 28/10/2013 Numero de norma 1562/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: ESTA NORMA FUE PUBLICADA EN SUPLEMENTO DE BOLETIN OFICIAL.

Esta norma modifica o complementa a

Ver 2 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1562/2013

Tope Nº 666/2013

Bs. As., 28/10/2013

VISTO el Expediente N° 1.579.675/13 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), laLey N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de laSECRETARIA DE TRABAJO N° 1380 del 4 de octubre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 6 del Expediente N° 1.579.675/13 obran las escalassalariales pactadas entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DELTRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical,y la empresa TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parteempleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N°730/05 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N°14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por laResolución S.T. N° 1380/13 y registrado bajo el N° 1139/13, conformesurge de fojas 53/55 y 58, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976)y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de lasremuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de laindemnización que les corresponde a los trabajadores en casos deextinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorioque se fija por la presente, se determinó triplicando el importepromedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y susrespectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 64/66 obra el informe técnico elaborado por la DirecciónNacional de Regulaciones del Trabajo, dependiente de esta Secretaría,por el que se indican las constancias y se explicitan los criteriosadoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del topeindemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten enesta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas enel segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N°20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 defechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y eltope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por laResolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1380 del 4 de octubre de 2013y registrado bajo el N° 1139/13 suscripto entre el SINDICATO DEMECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA,por el sector sindical, y la empresa TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA,por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, formaparte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la DirecciónGeneral de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de laSUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la DirecciónNacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el DepartamentoCoordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y deltope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para lanotificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a laguarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente N° 1.579.675/13

Expediente N° 1.579.675/13

Buenos Aires, 30 de Octubre de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1562/13, se hatomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente dereferencia, quedando registrado con el número 666/13 T. — VALERIA A.VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -D.N.R.T.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica