Resolución 32/2014

Sindicato Unico De La Publicidad - Ibope Argentina Sociedad Anonima - Reg. 117/14

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Sindicato Unico De La Publicidad - Ibope Argentina Sociedad Anonima - Reg. 117/14

Declarese homologado el acuerdo celebrado entre el sindicato unico de la publicidad por la parte sindical y la empresa ibope argentina sociedad anonima por la parte empresaria, que luce a fojas 2 y escala salarial de fojas 3 del expediente nº 1.564.380/13.

Id norma: 227196 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32836

Fecha boletin: 26/02/2014 Fecha sancion: 13/01/2014 Numero de norma 32/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 32/2014

Registro Nº 117/2014

Bs. As., 13/1/2014

VISTO el Expediente Nº 1.564.380/13 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 y Escala salarial de fojas 3 luce un acuerdo salarialcelebrado por el SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD por la partesindical, y la empresa IBOPE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por el sectorempresarial en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 107/90conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250(t.o. 2004).

Que el acuerdo establece el aumento de los básicos convencionales.

Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultadespara convencionar colectivamente con las constancias que obran en autosy ratificaron su contenido.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a lacorrespondencia entre la representatividad que ostenta el sectorempresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de supersonería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la legislación laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relacionesdel Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que lecompete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que posteriormente deberán remitirse las actuaciones a la DirecciónNacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar lacorrespondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Topelndemnizatorio de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 dela Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentesactuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre elSINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD por la parte sindical y la empresaIBOPE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por la parte empresaria, que luce afojas 2 y Escala Salarial de fojas 3 del Expediente nº 1.564.380/13.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la DirecciónGeneral de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de laSUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección deNegociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinaciónregistre el acuerdo obrante a fojas 2 y Escala Salarial de fojas 3 delExpediente nº 1.564.380/13.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Que posteriormentedeberán remitirse las actuaciones a la Dirección Nacional deRegulaciones del Trabajo a fin de evaluar la correspondencia deelaborar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio deconformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744(t.o. 1976) y sus modificaciones. Posteriormente procédase a la guardadel presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de TrabajoNº 107/90.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación decarácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, laspartes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 dela Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.564.380/13

Buenos Aires, 16 de Enero de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 32/14 se hatomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 y 3 del expediente dereferencia, quedando registrado bajo el número 117/14. — VALERIA A.VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 19 días del mes de Abrilde 2013, entre el SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD, representado eneste acto por los Sres. Vicente ALVAREZ PORTAS, Secretario General,Osvaldo SORRENTINO, Secretario Adjunto, Juan Carlos MONTENEGRO,Secretario Gremial y la Comisión Interna de Delegados de Personal,Sres. Ana MENDÍA y Diego AMITRANO (en adelante SINDICATO) conpatrocinio letrado del Dr. Jorge BARANDIARAN, T° 37 F° 639 C.P.A.C.F.,constituyendo domicilio procesal en la calle Tte. Gral. Juan DomingoPerón 2385 de C.A.B.A. por una parte, e IBOPE ARGENTINA S.A. (enadelante la EMPRESA), representada en este acto por la Sra. RoxanaValeria ÁVILA en su carácter de apoderada, con el patrocinio letrado dela Dra. Ana D’ERRICO, T° 32 F° 597 C.P.A.C.F., constituyendo domiciliolegal en la calle Suipacha 664 de C.A.B.A., expresan que han arribado aun acuerdo en los siguientes términos:

PRIMERO: Que las partes han llegado a un acuerdo en la negociación paritaria correspondiente al año 2013.

SEGUNDO: En tal sentido las partes acuerdan un aumento salarial sobrelos salarios básicos de empresa vigentes a Diciembre 2012, aefectivizarse a partir del 1° de Marzo de 2013; y del 1° de Julio de2013.

TERCERO: Asimismo las partes de común acuerdo, señalan que los aumentossalariales establecidos, no podrán ser absorbidos del ítem “a cuenta defuturos aumentos” y/u otro adicional que IBOPE liquide a su personalmes a mes.Consecuentemente, a partir del 1° de Marzo 2013 y del 1° Julio 2013,las escalas de salarios básicos del personal comprendido en el acuerdocolectivo de empresa bajo el marco del Convenio Colectivo de Trabajo107/90 dependiente de IBOPE ARGENTINA S.A. serán las que se detallan enel cuadro Anexo al presente. Asimismo las partes se comprometen areunirse a partir de Febrero de 2014 para negociar la paritariacorrespondiente a dicho año.

CUARTO: Las partes se comprometen a ratificar el presente acuerdo anteel Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y asolicitar al mismo, su homologación en los términos de la ley 14.250 enla audiencia que se designe al efecto.

En el lugar y fecha antes indicados, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

AÑO 2013

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