Resolución 64/2014

Resolucion Se.Dro.Nar. Nº 889/12 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Presidencia De La Nacion
Resolucion Se.Dro.Nar. Nº 889/12 - Modificacion

Deroganse los articulos 2°, 3° y 4° de la resolucion se.dro.nar. nº 889/12.

Id norma: 227247 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32837

Fecha boletin: 27/02/2014 Fecha sancion: 11/02/2014 Numero de norma 64/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Secret.D/La Programacion P/La Prevencion D/La Drog Ver Resoluciones Observaciones: ABROGADA POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION 620/2014 DE LA SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO, B.O. 31/12/2014, PAGINA 31.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

Resolución Nº 64/2014

Bs. As., 11/2/2014

VISTO el Expediente Nº 1332/13 del registro de esta Secretaría, lasLeyes Nros. 23.283, 23.737, 25.363 y 26.045; el Decreto Nº 1177/12, lasResoluciones SE.DRO.NAR. Nros. 19/03, 611/10 y 889/12 y la DisposiciónSTPyCN Nº 01/09, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución SE.DRO.NAR. Nº 611/10, se aprobaron las estampillasLey 25.363 por un valor de PESOS DIEZ ($ 10.-) para ser utilizadas enlas distintas certificaciones que se realicen por ante el REGISTRONACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS.

Que la citada Resolución estableció que para el caso de certificaciónde firma debían adjuntarse “Estampillas Ley 25.363” por un valor dePESOS TREINTA ($ 30.-) por firma y por cada trámite, para certificaciónde personería y facultades del firmante, debían adjuntarse “EstampillasLey 25.363” por un valor de PESOS CUARENTA ($ 40.-) y que, paracertificación de copias de documentos debían adjuntarse “EstampillasLey 25.363” por un valor de PESOS VEINTE ($ 20.-) cada VEINTE (20)folios.

Que por Resolución SE.DRO.NAR. Nº 889/12, se aprobaron las estampillasLey 25.363 por un valor de PESOS VEINTE ($ 20.-) para ser utilizadas enlas distintas certificaciones que se realicen por ante el REGISTRONACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS.

Que la citada Resolución estableció que para el caso de certificaciónde firma debían adjuntarse “Estampillas Ley 25.363” por un valor dePESOS CINCUENTA ($ 50.-) por firma y por cada trámite, para lacertificación de personería y facultades del firmante, debíanadjuntarse “Estampillas Ley 25.363” por un valor de PESOS SETENTA ($70.-) y que, para certificación de copias de documentos debíanadjuntarse “Estampillas Ley 25.363” por un valor de PESOS CUARENTA ($40.-) cada VEINTE (20) folios.

Que el proceso de modernización, mejoramiento de infraestructura yfortalecimiento e incorporación de nuevos recursos humanos que se vienedesarrollando en el REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS, hatraído aparejadas mayores inversiones, por lo que resulta necesarioincrementar los valores de las “Estampillas Ley 25.363” mencionadasprecedentemente.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades establecidas por la Ley 25.363 y los Decretos Nros. 1177/12 y 2013/13.

Por ello,

EL SECRETARIO DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION YLA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Deróganse los Artículos 2°, 3° y 4° de la Resolución SE.DRO.NAR. Nº 889/12.

ARTICULO 2° — Para el caso de certificación de firma deberán adjuntarse“Estampillas Ley 25.363” por un valor de PESOS SETENTA ($ 70.-) porfirma y por cada trámite.

ARTICULO 3° — Para el caso en el que además de la certificación defirma deba certificarse la personería y facultades del firmante,deberán adjuntarse “Estampillas Ley 25.363” por un valor de PESOS CIEN($ 100.-).

ARTICULO 4° — Por certificación de copias de documentos deberíanadjuntarse “Estampillas Ley 25.363” por un valor de PESOS SESENTA ($60.-) cada VEINTE (20) folios.

ARTICULO 5° — La presente Resolución entrará en vigencia a partir del octavo día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — JUAN C. MOLINA, Secretario de Estado,SE.DRO.NAR., Presidencia de la Nación.

e. 27/02/2014 Nº 11358/14 v. 27/02/2014

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