Resolución 24/2014

Tarifa Por Servicios Generales - Fijase

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion General De Puertos Sociedad Del Estado
Tarifa Por Servicios Generales - Fijase

Fijar en treinta y dos centavos de dolar por metro cuadrado y por mes (u$s 0,32/m2/mes) la tarifa por servicios generales por uso de puerto – recupero de gastos por uso de puerto, en reemplazo del valor establecido en el punto 4. estructura tarifaria del anexo i de la resolucion nº 103 de la administracion general de puertos sociedad del estado del 20 de diciembre de 2012.

Id norma: 227374 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32839

Fecha boletin: 05/03/2014 Fecha sancion: 26/02/2014 Numero de norma 24/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion General De Puertos Sociedad Del Estado Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO

PUERTO DE BUENOS AIRES

Resolución Nº 24/2014

Bs. As., 26/2/2014

VISTO el Expediente Nº 6185/2012 del Registro de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, y

CONSIDERANDO:

Que por dicha actuación recayó la Resolución AGP.SE Nº 103 de fecha 20de diciembre de 2012, la cual aprobara el valor, estructura tarifaria yalcance correspondiente a las contraprestaciones por los ServiciosGenerales por Uso de Puerto - Recupero de Gastos por Uso de Puerto, porlos servicios portuarios que brinda esta Sociedad.

Que el dictado de la mencionada Resolución obedeció a la circunstanciade que en zonas no sujetas a concesión, se registraba un universo deusuarios que son titulares de permisos y concesiones de uso que sondemandantes de los servicios portuarios generales de conservación ymantenimiento de la infraestructura portuaria que no se encontrabanalcanzados por la necesaria contraprestación por los serviciosdemandados.

Que el importe de la tarifa ha surgido de considerar la relación entrelas previsiones presupuestarias de las erogaciones que conforman losítems correspondientes a esas prestaciones y la totalidad de m2 sujetosa explotación y que constituyen el recinto portuario del Puerto BuenosAires, proporcionados mensualmente.

Que el artículo 5° de la referida Resolución, establece que la tarifadeberá ser actualizada cada año en función de las previsionespresupuestarias para cada uno de los ítems de gastos e inversiones quecomponen las prestaciones de los mencionados servicios.

Que en tal sentido, considerando el cociente entre los ítems queconforman los gastos e inversiones en cuestión correspondiente al año2014, y la totalidad de m2 que conforman el recinto portuario de BuenosAires, resulta un importe que asciende a la suma $ 2,57/m2,proporcionados mensualmente, los que convertidos a dólares resultan enun importe de U$S 0,32/m2 por mes.

Que las GERENCIAS GENERAL, ADMINISTRATIVA, COMERCIAL Y ASESORIA JURIDICA, han tomado las intervenciones de su competencia.

Que el Artículo 12° de la Ley 24.093, faculta a las autoridades de cadaunidad portuaria a fijar su propio tarifario de servicios.

Que el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente, envirtud de las facultades conferidas por los Artículos 2° y 3° de la LeyNº 23.696, la Ley de Actividades Portuarias Nº 24.093, del EstatutoOrgánico de esta SOCIEDAD DEL ESTADO aprobado por Decreto Nº 1456 del 4de septiembre de 1987, Artículo 8° del Decreto Nº 1019 del 17 de mayode 1993 y el Decreto Nº 1194 de fecha 17 de julio del año 2012.

Por ello,

EL INTERVENTOR EN LA ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Fijar en TREINTA Y DOS CENTAVOS DE DOLAR POR METROCUADRADO Y POR MES (U$S 0,32/m2/mes) la tarifa por Servicios Generalespor Uso de Puerto - Recupero de Gastos por Uso de Puerto, en reemplazodel valor establecido en el Punto 4. ESTRUCTURA TARIFARIA del Anexo Ide la Resolución Nº 103 de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOSSOCIEDAD DEL ESTADO del 20 de diciembre de 2012.

ARTICULO 2° — La tarifa aprobada por el Artículo 1°, se aplicará con lamodalidad y fecha de vigencia que determine la GERENCIA GENERAL.

ARTICULO 3° — Salvo lo modificado por la presente, en todos los demásaspectos se mantienen subsistentes las regulaciones establecidas en laResolución Nº 103 de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DELESTADO del 20 de diciembre de 2012.

ARTICULO 4° — Por la SECRETARIA GENERAL de la ADMINISTRACION GENERAL DEPUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, publíquese por el término de un (1) día, atales efectos dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial ycomuníquese la presente Resolución a las Dependencias de esta SOCIEDADDEL ESTADO. Cumplido remítase a la GERENCIA COMERCIAL para puesta enconocimiento de la presente a los respectivos permisionarios yconcesionarios.

ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese y archívese en la GERENCIACOMERCIAL como antecedente. — Cap. UIt. SERGIO F. BORRELLI,Interventor, Administración General de Puertos S.E., Puerto BuenosAires.

e. 05/03/2014 Nº 12222/14 v. 05/03/2014

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