Disposición 2/2014

Comite Asesor Y Comite Evaluador - Apruebase Lo Actuado

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Jefatura De Gabinete De Ministros
Comite Asesor Y Comite Evaluador - Apruebase Lo Actuado

Apruebase lo actuado por el comite asesor y el comite evaluador, encargado de seleccionar a los beneficiarios de la convocatoria para la presentacion de solicitudes de becas de estadias cortas de doctorado en el exterior en ciencia y tecnologia (bec.ar-conicet 2013), en el marco del “programa bec.ar becas de formacion en el exterior en ciencia y tecnologia”, dispuesta mediante la disposicion de la subsecretaria de gestion y empleo publico de la secretaria de gabinete y coordinacion administrativa de la jefatura de gabinete de ministros nº 13 de fecha 18 de octubre de 2013.

Id norma: 227589 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32843

Fecha boletin: 11/03/2014 Fecha sancion: 21/02/2014 Numero de norma 2/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Gestion Y Empleo Publico Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO

Disposición Nº 2/2014

Bs. As., 21/2/2014

VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0049747/2013 del Registro de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Contrato de Préstamo Nº2777/OC-AR “Programa de Innovación Tecnológica III” de fecha 19 demarzo de 2013, la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº237 de fecha 17 de mayo de 2012, el Acuerdo de la JEFATURA DE GABINETEDE MINISTROS Nº 106 de fecha 24 de septiembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que la REPUBLICA ARGENTINA suscribió con el BANCO INTERAMERICANO DEDESARROLLO el Contrato de Préstamo Nº 2777/OC-AR “Programa deInnovación Tecnológica III”, cuyo objeto es aumentar la inversión eninvestigación, desarrollo e innovación con el fin de mejorar lacompetitividad y la productividad de las empresas argentinas.

Que en dicho préstamo, el Subprograma 2 “Formación de Capital Humanopara la Innovación” tiene como objetivo aumentar la oferta de recursoshumanos altamente calificados en áreas de relevancia estratégica parafomentar la innovación empresarial, esperando formar en el exterior aSETECIENTOS (700) profesionales en áreas vinculadas a la ciencia y latecnología para que a futuro se reinserten en empresas e institucionesdel país.

Que la ejecución del mencionado Subprograma 2, de conformidad con elpunto 4.03 del anexo único del Contrato de Préstamo referido, estableceque estará a cargo de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO dela SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURADE GABINETE DE MINISTROS la cual, con financiamiento del programa,constituirá una Unidad Ejecutora especializada para llevar adelante latarea de selección y seguimiento de becarios, evaluación de resultadosy gestión financiera y de adquisiciones.

Que la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 237 del 17de mayo de 2012 crea el “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACION EN ELEXTERIOR DE CIENCIA Y TECNOLOGIA” a ejecutarse en la órbita de laSUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETEY COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, asimismo, y por la citada resolución se crea la Unidad Ejecutoradel Programa BEC.AR facultando al señor Subsecretario de Gestión yEmpleo Público en su carácter de titular de la misma a conformar losComités Asesores y/o Comités Evaluadores Ad-Hoc, según corresponda, aser integrados por representantes del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIAE INNOVACION PRODUCTIVA, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS yrepresentantes de instituciones de reconocido prestigio.

Que por Acuerdo celebrado entre el señor Jefe de Gabinete de Ministrosy el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS(CONICET), de fecha 24 de septiembre de 2013, se estableció un programade becas para la realización estadías cortas de doctorandos.

Que por la Disposición de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICOde la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 13 de fecha 18 de octubre de 2013se aprobó el llamado a Convocatoria para la presentación de solicitudesde Becas de Estadías Cortas de Doctorado en el Exterior en Ciencia yTecnología (BEC.AR-CONICET 2013), en el marco del “PROGRAMA BEC.ARBECAS DE FORMACION EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGIA”.

Que en el mencionado Acto Administrativo se aprobaron las Bases de laConvocatoria, fijando el día 2 de diciembre de 2013 para la clausuradel período de presentación de solicitudes.

Que por la Disposición de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICOde la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 2 de fecha 29 de noviembre de 2013se conformó el Comité Asesor y el Comité Evaluador, encargados de laselección de los beneficiarios de las Becas de Estadías Cortas deDoctorado en el Exterior en Ciencia y Tecnología (BEC.AR-CONICET 2013).

Que, según surge del informe agregado a fojas 105 del Expediente citadoen el Visto, como consecuencia de un desperfecto informático laconvocatoria se cerró automáticamente a las DOCE (12) horas del día 2de diciembre de 2013 impidiendo la carga de formularios de inscripción,reanudándose nuevamente la misma a las NUEVE Y TREINTA Y CINCO (9:35)horas del mismo día.

Que en virtud de ello, se extendió la convocatoria hasta el día 3 dediciembre de 2013 a las QUINCE (15) horas a efectos de que se pudieranseguir completando los formularios pendientes de carga.

Que el Comité Asesor llevó a cabo la preselección de las solicitudespresentadas según da cuenta las actas de fecha 5 de diciembre de 2013 y13 y 17 de enero de 2014.

Que en dichas actas, en razón del número elevado de inscriptos, lasentrevistas previstas en la convocatoria para los días 16 al 20 dediciembre de 2013 resultaron insuficientes por lo que se decidió porunanimidad prorrogar dichas fechas para llevar a cabo la tareaencomendada, elevando sus conclusiones junto al orden de mérito de losseleccionados al Comité evaluador designado.

Que, asimismo, el Comité evaluador con los antecedentes acompañados dela presente Convocatoria procedió a realizar la evaluación final deacuerdo a los criterios de selección dispuestos en las bases ycondiciones de la presente convocatoria, y con fecha 22 de enero de2014 seleccionó a los SESENTA (60) beneficiarios de las becas objeto dela presente.

Que fue solicitada la No Objeción al proceso de selección llevadoadelante por los Comité Asesor y Evaluador al BID (BANCO INTERAMERICANODE DESARROLLO).

Que corresponde convalidar todo lo actuado en la presente convocatoriaen base a las consideraciones de hecho y derecho detalladasprecedentemente.

Que, por todo ello, teniendo en cuenta los antecedentes arribareferenciados, corresponde adjudicar el beneficio a las personasseleccionadas en el marco de la referida Convocatoria.

Que la Unidad Ejecutora del PROGRAMA BEC.AR ha verificado la existenciade créditos presupuestarios para hacer frente a las erogaciones quedemanden el dictado de la presente medida.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DECOORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIONADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado laintervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud del artículo 4° de laResolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 237 de fecha 17de mayo de 2012.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

DISPONE:

ARTICULO 1° — Apruébase lo actuado por el Comité Asesor y el ComitéEvaluador, encargado de seleccionar a los beneficiarios de laConvocatoria para la presentación de solicitudes de Becas de EstadíasCortas de Doctorado en el Exterior en Ciencia y Tecnología(BEC.AR-CONICET 2013), en el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DEFORMACION EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGIA”, dispuesta mediantela Disposición de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de laSECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS Nº 13 de fecha 18 de octubre de 2013.

ARTICULO 2° — Apruébase la nómina de seleccionados en el marco de laConvocatoria para la presentación de solicitudes de Becas de EstadíasCortas de Doctorado en el Exterior en Ciencia y Tecnología(BEC.AR-CONICET 2013) que, como Anexo I, forma parte integrante de lapresente medida.

ARTICULO 3° — Adjudícanse las Becas de Estadías Cortas de Doctorado enel Exterior en Ciencia y Tecnología (BEC.AR-CONICET 2013) a laspersonas consignadas en el Anexo I que forma parte integrante de lapresente medida.

ARTICULO 4° — Apruébase el modelo de Contrato que efectivizará elbeneficio de la beca que como Anexo II forma parte integrante de lapresente medida y delégase en el Responsable de la Unidad Ejecutora delPrograma BEC.AR la firma de los mismos.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — Cra. MONICA B. ZORRILLA, Subsecretariade Gestión y Empleo Público, Secretaría de Gabinete y CoordinaciónAdministrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO I

Nómina de seleccionados Convocatoria BEC.AR-CONICET 2013

ANEXO II

DOCTORANDOS EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGIA

CONTRATO DE ADHESION DEL BENEFICIARIO

En la Ciudad de Buenos Aires, a los …… días del mes de …… de 2014, laSUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS DE LA NACION, representada en este acto por la señoraSubsecretaria de Gestión y Empleo Público, Cont. Da. Mónica BeatrizZORRILLA, con domicilio en Roque Sáenz Peña 511, en adelante la “UnidadEjecutora”, por una parte; y …………… (DNI: ……………), con domicilio en……………Pcia. de ……………, en adelante el “Beneficiario”, por la otra parte,convienen celebrar el presente Contrato de Adhesión, el cual se regirábajo las siguientes cláusulas:

CLAUSULA PRIMERA - ALCANCE. Este contrato regulará el vínculo entre laUnidad Ejecutora y el Beneficiario en el marco del Programa de Becas deEstadías Cortas de Doctorandos en el Exterior en Ciencia y Tecnología,dictado por la Universidad …………., a llevarse a cabo en la ciudadde……………, en la ……………, por el plazo de…………… (HASTA 9 meses), a partirdel…………… de …………… de 2014, para el cual se le ha adjudicado elBeneficio.

CLAUSULA SEGUNDA - BENEFICIO. La Unidad Ejecutora financiará unamanutención mensual promedio equivalente de hasta DOLARESESTADOUNIDENSES DOS MIL QUINIENTOS (USD 2.500), el costo de transportedesde el lugar de origen del becario hasta el lugar aprobado para larealización de la beca y el retorno por única vez y un seguro de saluddurante el período de la beca.

El plan de seguro médico proporcionado por la Unidad Ejecutora será elofrecido por la empresa…………… (Según concurso de precios), coberturasPLAN……………, quedando exenta esta Unidad de todo tipo de responsabilidadcivil, penal, comercial, entre otras, por cualquier circunstancia ogastos pecuniarios que el beneficiario debiera desembolsar que excedala cobertura otorgada por el seguro médico referenciado el cual elbeneficiario declara conocer y aceptar sus términos y condiciones en elpresente acto.

CLAUSULA TERCERA - PAGOS. Para cumplir con lo estipulado en la cláusula2° y 3°, la Unidad Ejecutora otorgará al Beneficiario el monto de hastaPESOS…………… ($……………). El Beneficiario deberá utilizar los recursos parasolventar los Gastos Elegibles detallados en el ANEXO A del presentecontrato y de acuerdo al detalle del mismo.

CLAUSULA CUARTA - ADMINISTRACION DEL BENEFICIO. El Beneficiario prestaconformidad a que la Unidad Ejecutora realice los pagos a su nombrecorrespondientes al costo de los pasajes, manutención y seguros desalud, según corresponda a tales los efectos, de acuerdo al detalle delBeneficio que figura en el ANEXO A del presente contrato.

CLAUSULA QUINTA - DURACION. La duración del beneficio varía según la modalidad elegida:

- Modalidad A. La duración de las becas será de hasta CUATRO (4) meses.

- Modalidad B. La duración de las becas será mayor a CUATRO (4) meses y de hasta NUEVE (9) meses.

CLAUSULA SEXTA - EXCLUSIVIDAD - CONDICIONES PARA EL DISFRUTE DELBENEFICIO - RESPONSABILIDAD. Durante este período, el Beneficiario secompromete a dedicarse en forma exclusiva a las tareas incluidas en elprograma de la Beca y abstenerse de intervenir en cualquier actividadno compatible el mismo.

Asimismo, el Beneficiario se compromete a residir en la ciudad decursada de la Beca por el tiempo que dure el programa. En el caso deque el beneficiario realizare cualquier tipo de desplazamiento fueradel lugar de cursado del Programa o de su residencia, esta UnidadEjecutora queda exenta de cualquier tipo de responsabilidad que porcualquier hecho o circunstancia pudiera acaecer, tanto al beneficiarioy/o terceros como consecuencia de sus actos, siendo responsable decualquier tipo de circunstancias que pudiera derivar de su actuar. Atal fin, el beneficiario se compromete a informar a esta UnidadEjecutora en el plazo de……………días, desde su arribo al lugar dondecursará la Beca, el domicilio donde residirá durante el período deduración de la misma, debiendo comunicar inmediatamente en caso deproducirse un cambio de domicilio.

Además, si con motivo del desplazamiento ut supra mencionado elbeneficiario generare cualquier tipo de inconveniente o circunstanciaque comprometa el buen nombre o patrimonio del Estado Argentino, laUnidad Ejecutora evaluará el caso y podrá rescindir el presentecontrato en los términos indicados en la cláusula SEPTIMA y SEPTIMASEGUNDA del presente convenio.

La Unidad Ejecutora no se responsabiliza por conflictos legales, hechoso circunstancias acaecidas por caso fortuito o fuerza mayor o decualquier otra índole, que pudieran acaecer al Beneficiario en el marcode su esfera privada durante su estadía en …………… en el marco delprograma de la Beca.

CLAUSULA SEPTIMA - RESCISION DEL BENEFICIO. RESCISION UNILATERAL DELBENEFICIO. Serán causales de rescisión unilateral del beneficio porparte de la Unidad Ejecutora:

• Si se comprobaran falsedades en la información o documentación proporcionada por el Beneficiario.

• Si el beneficiario no aplicase los recursos otorgados estrictamente a su objeto específico.

• Cuando se presentare una situación que comprometa el buen nombre o patrimonio del Estado argentino, aún de modo potencial.

Asimismo, el beneficiario podrá solicitar la rescisión del presentecontrato a la Unidad Ejecutora, debiendo informar motivos ocircunstancias de la decisión, brindando los fundamentos adecuados quelo llevaron a tomar la decisión de rescindir el contrato. Sin perjuiciode ello, la Unidad Ejecutora podrá solicitar información adicional albeneficiario a fin de evaluar la resolución respecto al reintegro totalo parcial de las sumas otorgadas por el beneficio. Tanto en el caso derescisión unilateral por parte de la Unidad Ejecutora como porrescisión unilateral del beneficiario, la Unidad Ejecutora quedaráliberada de la obligación de realizar los desembolsos pendientes parala ejecución del programa y el becario deberá reintegrar de inmediatolas sumas percibidas del beneficio de forma total o parcial según loestablezca la Unidad Ejecutora según las pautas establecidas en laCláusula SEPTIMA SEGUNDA del presente Convenio, reservándose la UnidadEjecutora el derecho de accionar legalmente contra los responsables.

CLAUSULA SEPTIMA PRIMERA - RESCISION POR ACUERDO DE PARTES. En casosexcepcionales, a solicitud de la Unidad Ejecutora o del Beneficiario,las partes podrán de común acuerdo rescindir el contrato de beneficio,siendo objeto de prueba los motivos y la fundamentación brindadas porlas partes. A tales efectos, formarán parte del contrato de rescisiónun informe técnico de conclusión del programa en el que se evalúen losresultados en relación con los objetivos previstos y un estado deerogaciones efectuadas con copia de la documentación justificativa,ambos presentados por el Beneficiario, complementados a su vez por unaevaluación final técnica de la Unidad Ejecutora.

La rescisión de común acuerdo liberará a la Unidad Ejecutora de laobligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución delprograma. El Beneficiario únicamente deberá reintegrar de inmediato lassumas percibidas del beneficio aún no comprometidas a la fecha derescisión.

Con respecto a las sumas efectivamente percibidas por el beneficio, laUnidad Ejecutora evaluará los motivos de rescisión del contrato ydeterminará si deben devolverse dichas sumas en forma total o parcial yla forma de devolución.

CLAUSULA SEPTIMA SEGUNDA - REINTEGRO DEL BENEFICIO. En el caso que laUnidad Ejecutora resuelva que el beneficiario deba reintegrar total oparcialmente las sumas percibidas del beneficio, las mismas deberán serdepositadas en pesos argentinos equivalente al tipo de cambio del dólaroficial existente al día de la devolución, a la cuenta bancaria queoportunamente se le indique y dentro del plazo de……………

Se deja constancia que en el caso de que el beneficiario no cumpla conlas condiciones de reintegro de las sumas ut supra indicados, la UnidadEjecutora hace reserva del derecho de accionar legalmente contra elresponsable, sirviendo el presente como título ejecutivo por el importeque surja de la liquidación que determine la Unidad Ejecutoriaoportunamente.

CLAUSULA OCTAVA - VIAJE. El Beneficiario debe cumplir con las pautasbrindadas por la Unidad Ejecutora para su viaje, debiéndose presentaren el lugar, fecha y horarios indicados del vuelo con la documentaciónpersonal obligatoria requerida. En el caso de no cumplir con dichaspautas, el beneficiario será el responsable de gestionar y pagar unnuevo pasaje, debiendo abonar la multa correspondiente a la aerolínea.

CLAUSULA NOVENA - SEGURO DE SALUD. El Beneficiario aceptará el segurode salud que la Unidad Ejecutora disponga, conforme lo indicado en laCLAUSULA SEGUNDA.

En el caso de que el beneficiario quisiera contratar un Seguro de Saluddistinto al otorgado por dicha Unidad, será el propio beneficiarioquien deba solventar los gastos para cubrir dicho seguro, presentandola documentación que acredite ello, siendo responsable exclusivamenteel beneficiario por cualquier circunstancia y/o gastos pecuniarios quedebiera hacer con motivo de dicho Seguro.

CLAUSULA DECIMA - OBLIGACION DEL BENEFICIARIO. El Beneficiario secompromete a reinsertarse en el tejido socio-productivo argentinodurante DOS (2) años calendario posteriores desde la finalización de laBeca, es decir, a partir del día posterior al retorno a la RepúblicaArgentina. Asimismo, deberá reflejar las actividades productivas, deinvestigación y de transferencia tecnológica realizadas en informes queserán presentados ante la Unidad Ejecutora con el formato yperiodicidad que ésta establezca. Además, deberá acreditar supermanencia en el país cada tres meses durante el año calendarioposterior a su regreso mediante certificaciones laborales ocertificados de domicilio emitidos por la POLICIA FEDERAL ARGENTINA deacuerdo a lo que oportunamente establezca la Unidad Ejecutora.

El beneficiario deberá cumplimentar los plazos de finalización de suDoctorado en tiempo y forma sin que la presente beca implique excepciónalguna, con el compromiso de mantener los cronogramas originales depresentación de la tesis doctoral de acuerdo al reglamento de laInstitución donde se encuentre realizando el Doctorado.

El incumplimiento de la presente cláusula implicará la devolución porparte del Beneficiario de todo o parte del Beneficio otorgado, asatisfacción de la Unidad Ejecutora, según las pautas brindadas en lacláusula SEPTIMA SEGUNDA del presente contrato.

DECIMO PRIMERA - RESOLUCION DE CONTROVERSIAS. El Beneficiario y laUnidad Ejecutora harán todo lo posible por resolver en forma amistosa,mediante negociaciones directas o informales, los desacuerdos ydiscrepancias que surjan entre ellos, en relación con el presenteContrato.

En caso de que los desacuerdos o discrepancias no puedan ser resueltosamigablemente, para todos los asuntos emergentes del presente Contrato,las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales en loContenciosos Administrativos Federal de la Capital Federal, conrenuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudieracorresponderles, constituyendo domicilios especiales en elencabezamiento de la presente.

En prueba de conformidad y previa lectura y ratificación de todos sustérminos, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un soloefecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los ……………días de ……………de 2014.

ANEXO A

Contrato de Adhesión del Beneficiario

e. 11/03/2014 Nº 13630/14 v. 11/03/2014

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