Resolución 42/2014

Sustancias Que Agotan La Capa De Ozono - Cuotas De Importacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Jefatura De Gabinete De Ministros
Sustancias Que Agotan La Capa De Ozono - Cuotas De Importacion

Adjudicanse las cuotas de importacion de sustancias que agotan la capa de ozono para el año 2014.

Id norma: 227744 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32846

Fecha boletin: 14/03/2014 Fecha sancion: 04/02/2014 Numero de norma 42/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Ambiente Y Desarrollo Sustentable Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Resolución Nº 42/2014

Bs. As., 4/2/2014

VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0055222/2013 del registro de laSECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS; y

CONSIDERANDO:

Que mediante las Leyes Nº 23.724 y Nº 23.778, la REPUBLICA ARGENTINAaprobó el CONVENIO DE VIENA PARA LA PROTECCION DE LA CAPA DE OZONO—ratificado el 18 de enero de 1990—, y el PROTOCOLO DE MONTREALRELATIVO A LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO —ratificado el 18de septiembre de 1990—, respectivamente.

Que el PROTOCOLO DE MONTREAL RELATIVO A LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LACAPA DE OZONO establece plazos, límites y restricciones a lafabricación, comercialización y consumo de SAOs.

Que asimismo, a través de la Leyes Nº 24.167, Nº 24.418, Nº 25.389 y Nº26.106, la REPUBLICA ARGENTINA aprobó las Enmiendas de Londres,Copenhague, Montreal y Beijing al PROTOCOLO DE MONTREAL, acordadas enla segunda, cuarta, novena y onceava Reunión de las Partes delPROTOCOLO DE MONTREAL, respectivamente.

Que mediante la Ley Nº 24.040, de la cual esta SECRETARIA DE AMBIENTE YDESARROLLO SUSTENTABLE es autoridad de aplicación, la REPUBLICAARGENTINA reguló internamente el control de producción, utilización,comercialización, importación y exportación de sustancias que agotan lacapa de ozono.

Que mediante el Decreto Nº 265 de fecha 20 de marzo de 1996 se creó laOFICINA PROGRAMA OZONO (OPROZ), en el ámbito de la entonces SECRETARIADE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO actualmente SECRETARIA DEAMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, integrada asimismo, por laSECRETARIA DE INDUSTRIA DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA y el MINISTERIO DERELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Que la Ley Nº 24.040 fue reglamentada parcialmente mediante el DecretoNº 1609 de fecha 17 de noviembre de 2004, por el que entre otras cosas,se creó el REGISTRO DE IMPORTADORES Y EXPORTADORES DE SUSTANCIAS QUEAGOTAN LA CAPA DE OZONO (RIESAO) y se estableció un Sistema deLicencias de Importación y Exportación de las sustancias controladas delos cuales esta SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE esautoridad de aplicación.

Que el SECRETARIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, en uso de lasfacultades conferidas por la Ley Nº 24.040, dictó la Resolución Nº 296de fecha 9 de diciembre de 2003, por la que se estableció que quedancomprendidas en las disposiciones de dicha norma los compuestosquímicos incluidos en los Anexos B, C y E del PROTOCOLO DE MONTREAL ylas Enmiendas de las que la REPUBLICA ARGENTINA es Parte.

Que por Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLOSUSTENTABLE Nº 953 de fecha 6 de diciembre de 2004 se complementó elDecreto Nº 1609 de fecha 17 de noviembre de 2004, estableciéndose lametodología para el reparto de las cuotas.

Que por Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLOSUSTENTABLE Nº 1813 de fecha 21 de diciembre de 2012 se modificóparcialmente la Resolución SAyDS Nº 953/04 introduciendo, entre otrasmodificaciones, la asignación de cuotas por sustancia, incorporándoselas comprendidas en el Anexo C Grupo I y modificándose los porcentajesde distribución de cuotas para generadores nuevos y eventuales y loscasos extraordinarios.

Que conforme surge del calendario de eliminación descripto en elartículo 15 de la Resolución SAyDS Nº 953/04, modificada por laResolución SAyDS Nº 1813/12, sólo corresponde distribuir cuotas conrelación a los cupos asignados para las sustancias comprendidas en elAnexo B Grupo III, Anexo C Grupo I y Anexo E Grupo I del PROTOCOLO DEMONTREAL RELATIVO A LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO.

Que asimismo, atento lo establecido por el artículo 25 de la Resolución953/04, modificada por la Resolución SAyDS Nº 1813/12, correspondedeterminar la cantidad máxima que podrán importar los importadoresnuevos o eventuales.

Que con fecha 10 de diciembre de 2013 fue publicada la Resolución de laSECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 1414 de fecha 18 denoviembre de 2013 que modificó parcialmente la Resolución SAyDS Nº953/04 reduciendo el cupo para la asignación de cuotas de bromuro demetilo, comprendido en el Anexo E Grupo I.

Que con relación a las sustancias controladas comprendidas en el AnexoB Grupo III (1,1,1-tricloroetano) del PROTOCOLO DE MONTREAL no fueronsolicitadas cuotas de importación.

Que con relación a las sustancias controladas comprendidas en el AnexoC Grupo I R22 (HCFC-22) del PROTOCOLO DE MONTREAL, han solicitadocuotas de importación las empresas Dupont Argentina S.R.L., GiacominoS.A., Ansal Refrigeración S.A., Refrigeración Omar S.R.L., JohnsonControls BE Argentina S.R.L., Tecunion S.A., lndura Argentina S.A.,Uriarte Taldea S.A., Quimex Sudamericana S.A. y DPMG S.A.

Que con relación a las sustancias controladas comprendidas en el AnexoC Grupo I R123 (HCFC-123) del PROTOCOLO DE MONTREAL han solicitadocuotas de importación las empresas Dupont Argentina S.R.L, JohnsonControls BE Argentina S.R.L., Melisam S.A. y Quimex Sudamericana S.A.

Que con relación a las sustancias controladas comprendidas en el AnexoC Grupo I R124 (HCFC-124) del PROTOCOLO DE MONTREAL han solicitadocuotas de importación las empresas Dupont Argentina S.R.L. y QuimexSudamericana S.A.

Que con relación a las sustancias controladas comprendidas en el AnexoC Grupo I R141b (HCFC-141b) del PROTOCOLO DE MONTREAL han solicitadocuotas de importación las empresas Dupont Argentina S.R.L., GiacominoS.A., Dow Química Argentina S.A., Ansal refrigeración S.A., Química delCaucho S.A., BASF Argentina S.A., Johnson Controls BE Argentina S.R.L.,Tecunion S.A., Uriarte Taldea S.A., Quimex Sudamericana S.A., Eco Pur96 de Argentina S.A., Huntsman Argentina S.R.L. y DPMG S.A.

Que con relación a las sustancias controladas comprendidas en el AnexoC Grupo I R142b (HCFC-142b) del PROTOCOLO DE MONTREAL han solicitadocuotas de importación las empresas Dupont Argentina S.R.L., GiacominoS.A., Ansal Refrigeración S.A., Uriarte Taldea S.A., QuimexSudamericana S.A. y DPMG S.A.

Que en relación con las sustancias controladas comprendidas en el AnexoE - Grupo I (Bromuro de Metilo) del PROTOCOLO DE MONTREAL hansolicitado cuotas de importación las empresas Brometan S.R.L. y BenocArgentina S.R.L.

Que a fin de adjudicar las cuotas para cada sustancia controlada y parael período de control correspondiente al año 2014, se han tenidopresentes los cupos establecidos en el citado artículo 15 de laResolución SAyDS Nº 953/04, modificada por la Resolución SAyDS Nº1813/12, la cantidad de interesados en obtenerlas, las cantidadessolicitadas por ellos, así como también, el registro histórico de lospeticionantes.

Que a fin de establecer la cantidad máxima que podrán importar losimportadores nuevos o eventuales se han tenido presentes las cantidadesadjudicadas a los importadores con registro histórico, de conformidadcon lo establecido en el artículo 25 de la Resolución SAyDS Nº 953/04,modificada por la Resolución SAyDS Nº 1813/12.

Que son antecedentes del presente acto, la Resolución de la SECRETARIADE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 17 de fecha 14 de enero de 2005por la cual se procedió a la adjudicación de cuotas para el año 2005,la Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº1253 de fecha 26 de diciembre de 2005 mediante la cual se procedió a laadjudicación para el año 2006; la Resolución de la SECRETARIA DEAMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 646 de fecha 28 de diciembre de2006 que adjudicó las cuotas para el año 2007, la Resolución de laSECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 2166 de fecha 26 dediciembre de 2007 por la que se adjudicaron las cuotas correspondientesal año 2008, la Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLOSUSTENTABLE Nº 54 de fecha 24 de febrero de 2009 que adjudicó lascuotas correspondientes para el año 2009, la Resolución de laSECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 1195 de fecha 30 dediciembre de 2009 por la que se adjudicaron las cuotas correspondientespara el año 2010, la Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE YDESARROLLO SUSTENTABLE Nº 53 de fecha 18 de enero de 2011 por la que seasignaron las cuotas para el año 2011, la Resolución de la SECRETARIADE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 202 de fecha 2 de febrero de2012 por la que se adjudicaron las cuotas correspondientes para el año2012 y por último, la Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE YDESARROLLO SUSTENTABLE Nº 7 de fecha 14 de enero de 2013 por la que seadjudicaron las cuotas correspondientes al año 2013.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DEAMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley Nº 24.040 y el Decreto Nº 1609/04.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Adjudícanse las cuotas de importación de Sustancias queAgotan la Capa de Ozono para el año 2014 que se indican a continuación:

A. Anexo C Grupo I - R22 (HCFC-22):

1. Dupont Argentina S.R.L.24,449Tn PAO.2. Giacomino S.A.2,351Tn PAO.3. Ansal Refrigeración S.A.0,872Tn PAO.4. Refrigeración Omar S.R.L.0,345Tn PAO.5. Johnson Controls BE Argentina S.R.L.0,726Tn PAO.6. Tecunion S.A.0,310Tn PAO.7. Indura Argentina S.A4,349Tn PAO.8. Uriarte Taldea S.A.1,661Tn PAO.9. Quimex Sudamericana S.A.2,294Tn PAO.10. DPMG S.A.1,094Tn PAOB. Anexo C Grupo I - R123 (HCFC-123):

1. Dupont Argentina S.R.L.0,918Tn PAO.2. Johnson Controls BE Argentina S.R.L.0,013Tn PAO.3. Melisam S.A.0,233Tn PAO.4. Quimex Sudamericana S.A.0,182Tn PAO.C. Anexo C Grupo I - R124 (HCFC-124):

1. Dupont Argentina S.R.L.0,946Tn PAO.2. Quimex Sudamericana S.A.0,004Tn PAO.D. Anexo C Grupo I - R141b (HCFC-141b):

1. Dupont Argentina S.R.L.37,178Tn PAO.2. Giacomino S.A.6,578Tn PAO.3. Dow Química Argentina S.A.1,616Tn PAO.4. Ansal Refrigeración S.A.0,064Tn PAO.5. Química del Caucho S.A.13,107Tn PAO.6. BASF Argentina S.A.17,357Tn PAO.7. Johnson Controls BE Argentina S.R.L.0,227Tn PAO.8. Tecunion S.A.0,117Tn PAO.9. Uriarte Taldea S.A.0,344Tn PAO.10. Quimex Sudamericana S.A.2,962Tn PAO.11. Eco Pur 96 de Argentina S.A.4,026Tn PAO.12. Huntsman Argentina S.R.L.18,250Tn PAO.13. DPMG S.A.0,249Tn PAO.E. Anexo C Grupo I - R142b (HCFC-142b):

1. Dupont Argentina S.R.L.0,325Tn PAO.2. Giacomino S.A.2,201Tn PAO.3. Ansal Refrigeración S.A0,181Tn PAO.4. Tecunion S.A.0,316Tn PAO.5. Uriarte Taldea S.A.3,378Tn PAO.6. Quimex Sudamericana S.A.3,621Tn PAO.7. DPMG S.A.5,666Tn PAO.F. Anexo E - Grupo I (Bromuro de Metilo)

1. BROMETAN S.R.L.111,320Tn PAO.2. BENOC ARGENTINA S.R.L.54,640Tn PAO.ARTICULO 2° — Establécese las cantidades máximas que podrán importarlos importadores nuevos o eventuales durante el período 2014:

a. Anexo B - Grupo III (1,1,1-tricloroetano):0,0980Tn PAO.b. Anexo C Grupo I - R22 (HCFC-22):0,1060Tn PAO.c. Anexo C Grupo I - R123 (HCFC-123):0,0050Tn PAO.d. Anexo C Grupo I - R124 (HCFC-124):0,0030Tn PAO.e. Anexo C Grupo I - R141b (HCFC-141b):0,0630Tn PAO.f. Anexo C Grupo 1 - R142b (HCFC-142b):0,0400Tn PAO.g. Anexo E - Grupo I (Bromuro de Metilo):0,4600Tn PAO.ARTICULO 3° — La presente Resolución entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. OMAR V. JUDIS, Secretario deAmbiente y Desarrollo Sustentable.

e. 14/03/2014 Nº 15791/14 v. 14/03/2014

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