Resolución 146/2014

Sindicato Argentino De Docentes Particulares - Otro - Reg. 221/14

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Sindicato Argentino De Docentes Particulares - Otro - Reg. 221/14

Declaranse homologados el acuerdo y su acta complementaria, obrantes a fojas 39 y 44, respectivamente, del expediente nº 1.582.300/13, celebrados entre el sindicato argentino de docentes particulares y la asociacion civil universidad argentina john f. kennedy, conforme lo dispuesto en la ley de negociacion colectiva nº 14.250 (t.o. 2004).

Id norma: 227910 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32850

Fecha boletin: 20/03/2014 Fecha sancion: 07/02/2014 Numero de norma 146/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 146/2014

Registro Nº 221/2014

Bs. As., 7/2/2014

VISTO el Expediente Nº 1.582.300/13 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 39 y 44 del Expediente Nº 1.582.300/13, obran el acuerdo yacta complementaria, respectivamente, celebrados entre el SINDICATOARGENTINO DE DOCENTES PARTICULARES y la ASOCIACION CIVIL UNIVERSIDADARGENTINA JOHN F. KENNEDY, conforme lo dispuesto en la Ley deNegociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado acuerdo, las partes establecen nuevas condicionessalariales, con vigencia a partir del mes de julio de 2013.

Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones delTrabajo Nº 965 de fecha 25 de octubre de 2013 se declaró constituida laComisión Negociadora Salarial entre los agentes señalados ut supra.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con laactividad principal de la empresa signataria y la representatividad dela asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes celebrantes han ratificado el contenido y firmasinsertas en el acuerdo traído a estudio, acreditando su personería yfacultades para convencionar colectivamente con las constancias queobran en autos.

Que se han cumplimentado los recaudos prescriptos por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alterenlos principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo,comúnmente denominado “orden público laboral”.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones delTrabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente actoadministrativo de homologación, de conformidad con los antecedentesmencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, seremitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional deRegulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar elpromedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorioestablecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y susmodificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Decláranse homologados el acuerdo y su actacomplementaria, obrantes a fojas 39 y 44, respectivamente, delExpediente Nº 1.582.300/13, celebrados entre el SINDICATO ARGENTINO DEDOCENTES PARTICULARES y la ASOCIACION CIVIL UNIVERSIDAD ARGENTINA JOHNF. KENNEDY, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por medio de laDirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependientede la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección deNegociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinaciónregistre el acuerdo obrante a fojas 39 conjuntamente con el actacomplementaria obrante a fojas 44, ambos del Expediente Nº 1.582.300/13.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pasea la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar laprocedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surgeel tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuitade los instrumentos homologados, resultará aplicable lo dispuesto en eltercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.582.300/13

Buenos Aires, 10 de Febrero de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 146/14 se hatomado razón del acuerdo y su acta complementaria obrantes a fojas 39 y44 del expediente de referencia, quedando registrados bajo el número221/14. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos,Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 25 días del mes de septiembre de2013, se reúnen los Sres. Santiago Daniel Beraza, DNI 11.478.157, en sucarácter de apoderado de Asociación Civil Universidad Argentina John F.Kennedy y el Sr. Mario Rojas, DNI 8.531.898, como asesor, en adelante“La Universidad”, por una parte, y por la otra, el Sr. Eduardo A. RissoPatron, DNI 6.929.340, en su carácter de Delegado de Personal Docente,y la Sra. Marcela Rueduch, DNI 14.572.058, en su carácter de SecretariaGremial de la Delegación Lanús, de SADOP, quienes convienen losiguiente:

PRIMERO: Que conforme lo informado por la Universidad a SADOP mediantenota del 26 de agosto de 2013, se ha ofrecido un aumento salarial deldiez por ciento (10%), retroactivo al 1ro. de julio de 2013.

SEGUNDO: Que dicho ofrecimiento de incremento salarial sería abonado de la siguiente forma:

a) Conjuntamente con el salario del mes de septiembre de 2013, sobre elcual ya se habrá efectuado el incremento se abonará el 10%correspondiente al mes de julio de 2013.

b) Conjuntamente con el salario del mes de octubre de 2012 se abonará el 10% correspondiente al mes de agosto de 2013.

TERCERO: La Parte Gremial presta su conformidad al ofrecimientoefectuado por la Universidad, aceptando las condiciones propuestasprecedentemente.

CUARTO: Se conviene que con fecha 2 de octubre de 2013, a las 11.30 hs.en la audiencia ya fijada del Ministerio de Trabajo y Seguridad Socialse procederá a la incorporación de lo acordado a las actuacionesadministrativas.

QUINTO: Las Partes de común acuerdo se reunirán a efectos de avanzar en sus tratativas.

En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

Expte. Nº 1.582.300/13

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las 11:00 hs. del día 8 deOctubre de 2013, en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDADSOCIAL, comparecen ante el Lic. Omar M. RICO, Secretario deConciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, por larepresentación gremial: (SADOP) SINDICATO ARGENTINO DE DOCENTESPARTICULARES, los señores: Marcelo Edgardo ALBORNOZ, en su carácter deSecretario Gremial Seccional Capital Federal; Marcela Adriana RUEDUCH,en su carácter de Secretaria Gremial Delegación Avellaneda; ClaudioFernando OLIVERA, en su carácter Pro-Secretario Gremial (Pcia. deBuenos Aires); Vanessa Daniela RUEFF, en su carácter de SecretariaGremial Delegación San Isidro; Dr. Eduardo Alberto RISSO PATRON, comoDelegado de Personal de la Universidad Kennedy, todos ellos acompañadoscon la asistencia letrada del Dr. Juan Pablo CAPON FILAS T° 53 F° 652(C.P.A.C.F.); por una parte; y por la ASOCIACION CIVIL UNIVERSIDADARGENTINA JOHN F. KENNEDY, el Dr. Santiago Daniel BERAZA T° 20 F° 63(C.P.A.C.F.), en su carácter de letrado apoderado, quienes asisten aeste acto.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante se cede lapalabra y ambas partes manifiestan que: Que al existir un errormaterial en el art. 2 inc. b del acuerdo suscripto por las partes confecha 25/09/2013, y “donde dice 2012”; Debe decir 2013, por lo querectifican dicho error en este acto: Asimismo ratificamos el presenteacuerdo suscripto entre la representación gremial: (SADOP) SINDICATOARGENTINO DE DOCENTES PARTICULARES y la ASOCIACION CIVIL UNIVERSIDADARGENTINA JOHN F. KENNEDY, celebrado el día 25/09/13, obrante a fs. 39;y solicitamos su homologación; conjuntamente con la presente acta.

Oídas las partes, el funcionario actuante pasa las presentesactuaciones a la Asesoría Técnico legal, para su conocimiento yconsideración. Quedando los presentes debidamente notificados.

No siendo para más, se da por finalizado el acto firmando loscomparecientes de conformidad previa lectura y ratificación ante mí queCERTIFICO.

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