Disposición 1/2014

Convocatoria Presentacion Solicitudes De Becas - Apruebase Lo Actuado

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Jefatura De Gabinete De Ministros
Convocatoria Presentacion Solicitudes De Becas - Apruebase Lo Actuado

Apruebase lo actuado por el comite asesor y el comite evaluador, encargados de seleccionar a los beneficiarios de la convocatoria para la presentacion de solicitudes de becas de especializacion para el programa especial de estudios urbanos y regionales (spurs) del massachusetts institute of technology (mit), en el marco del “programa bec.ar becas de formacion en el exterior en ciencia y tecnologia”, dispuesta mediante la disposicion de la subsecretaria de gestion y empleo publico de la secretaria de gabinete y coordinacion administrativa de la jefatura de gabinete de ministros nº 4 de fecha 17 de diciembre de 2013.

Id norma: 228236 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32855

Fecha boletin: 28/03/2014 Fecha sancion: 21/02/2014 Numero de norma 1/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Gestion Y Empleo Publico Ver Disposiciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 2 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO

Disposición Nº 1/2014

Bs. As., 21/2/2014

VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0055038/2013 del Registro de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Contrato de Préstamo Nº2777/OC-AR “Programa de Innovación Tecnológica III” de fecha 19 demarzo de 2013, la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº237 de fecha 17 de mayo de 2012, los Acuerdos de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS Nros. 115 de fecha 15 de octubre de 2013 y 127 defecha 8 de noviembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que la REPUBLICA ARGENTINA suscribió con el BANCO INTERAMERICANO DEDESARROLLO el Contrato de Préstamo Nº 2777/OC-AR “Programa deInnovación Tecnológica III” cuyo objeto es aumentar la inversión eninvestigación, desarrollo e innovación con el fin de mejorar lacompetitividad y la productividad de las empresas argentinas.

Que en dicho préstamo, el Subprograma 2 “Formación de Capital Humanopara la Innovación” tiene como objetivo aumentar la oferta de recursoshumanos altamente calificados en áreas de relevancia estratégica parafomentar la innovación empresarial, esperando formar en el exterior aSETECIENTOS (700) profesionales en áreas vinculadas a la ciencia y latecnología para que a futuro se reinserten en empresas e institucionesdel país.

Que la ejecución del mencionado Subprograma 2, de conformidad con elpunto 4.03 del Anexo único del Contrato de Préstamo referido, estableceque estará a cargo de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO dela SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURADE GABINETE DE MINISTROS la cual, con financiamiento del Programa,constituirá una Unidad Ejecutora especializada para llevar adelante latarea de selección y seguimiento de becarios, evaluación de resultadosy gestión financiera y de adquisiciones.

Que la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 237 del 17de mayo de 2012 crea el “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACION EN ELEXTERIOR DE CIENCIA Y TECNOLOGIA” a ejecutarse en la órbita de laSUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETEY COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, asimismo, por la citada resolución se crea la UNIDAD EJECUTORA DELPROGRAMA BEC.AR facultando al entonces Subsecretario de Gestión yEmpleo Público de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIONADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en su carácterde titular de la misma, a efectuar el llamado a CONVOCATORIAS PUBLICASY ABIERTAS, aprobar las Bases y Condiciones de los concursos yconformar los Comités Asesores y/o Comités Evaluadores ad-hoc, segúncorresponda, a ser integrados por representantes del MINISTERIO DECIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, de la JEFATURA DE GABINETEDE MINISTROS y representantes de instituciones de reconocido prestigio.

Que con fecha 13 de junio de 2012 se suscribió UN (1) CONVENIO DEESTABLECIMIENTO DE UN PROGRAMA DE BECAS PILOTO PARA OTORGAR BECAS AESTUDIANTES ARGENTINOS EN EL NIVEL MAESTRIA EN LOS ESTADOS UNIDOS DENORTEAMERICA, entre el entonces Subsecretario de Gestión y EmpleoPúblico de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA dela JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS —ad referéndum del titular de estaJurisdicción— y la COMISION PARA EL INTERCAMBIO EDUCACIONAL ENTRE LOSESTADOS UNIDOS DE AMERICA Y LA REPUBLICA ARGENTINA (COMISION FULBRIGHT).

Que con fecha 15 de octubre de 2013 se celebró el Acuerdo Nº 115 entrela JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, representada por el entoncesSubsecretario de Gestión y Empleo Público de la SECRETARIA DE GABINETEY COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS yla COMISION PARA EL INTERCAMBIO EDUCACIONAL ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS DEAMERICA Y LA REPUBLICA ARGENTINA (COMISION FULBRIGHT), en carácter deuna Enmienda al precitado Convenio, incorporándose —entre otras— lamodalidad de Especialización al Programa de Becas Piloto para otorgarbecas a estudiantes argentinos en el Nivel de Maestría en los ESTADOSUNIDOS DE AMERICA.

Que con fecha 8 de noviembre de 2013 se celebró el Acuerdo Nº 127 entreel entonces Jefe de Gabinete de Ministros y el Director del PROGRAMAESPECIAL DE ESTUDIOS URBANOS Y REGIONALES (SPURS) DEL MASSACHUSETTSINSTITUTE OF TECHNOLOGY (MIT), en carácter de Acta Acuerdo, mediante elcual se estableció un programa de becas de formación en el precitadoPrograma.

Que por la Disposición de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICOde la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 4 de fecha 17 de diciembre de 2013se convalidó el llamado a concurso público para la presentación desolicitudes de becas de Especialización para el PROGRAMA ESPECIAL DEESTUDIOS URBANOS Y REGIONALES (SPURS) DEL MASSACHUSETTS INSTITUTE OFTECHNOLOGY (MIT), en el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACIONEN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGIA”.

Que en la mencionada Disposición se aprobaron las Bases y Condicionesde la Convocatoria y se conformaron el Comité Asesor y el ComitéEvaluador ad-hoc, encargados de la selección de los beneficiarios delas Becas.

Que el Comité Asesor llevó a cabo la preselección de las solicitudespresentadas según dan cuenta las Actas de fecha 16, 17 y 18 dediciembre de 2013.

Que asimismo, el Comité evaluador con los antecedentes acompañados dela presente Convocatoria procedió a realizar la evaluación final deacuerdo a los criterios de selección dispuestos en las bases ycondiciones de la presente convocatoria, y con fecha 20 de diciembre de2013 seleccionó a los DOS (2) beneficiarios de las becas objeto de lapresente.

Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) otorgó la no objeciónal proceso de selección llevado adelante por los Comité Asesor yEvaluador y al Modelo de Contrato a suscribir por los becariosseleccionados.

Que corresponde convalidar todo lo actuado en la presente convocatoriaen base a las consideraciones de hecho y derecho detalladasprecedentemente.

Que, por todo ello, teniendo en cuenta los antecedentes arribareferenciados, corresponde adjudicar el beneficio a las personasseleccionadas en el marco de la referida Convocatoria.

Que la UNIDAD EJECUTORA del PROGRAMA BEC.AR ha verificado la existenciade créditos presupuestarios para hacer frente a las erogaciones quedemanden el dictado de la presente medida.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DECOORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIONADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado laintervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud del artículo 4° de la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 237/12.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

DISPONE:

ARTICULO 1° — Apruébase lo actuado por el Comité Asesor y el ComitéEvaluador, encargados de seleccionar a los beneficiarios de laConvocatoria para la presentación de solicitudes de Becas deEspecialización para el PROGRAMA ESPECIAL DE ESTUDIOS URBANOS YREGIONALES (SPURS) DEL MASSACHUSETTS INSTITUTE OF TECHNOLOGY (MIT), enel marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACION EN EL EXTERIOR ENCIENCIA Y TECNOLOGIA”, dispuesta mediante la Disposición de laSUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETEY COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSNº 4 de fecha 17 de diciembre de 2013.

ARTICULO 2° — Apruébase la nómina de seleccionados en el marco de laConvocatoria para la presentación de solicitudes de Becas deEspecialización para el PROGRAMA ESPECIAL DE ESTUDIOS URBANOS YREGIONALES (SPURS) DEL MASSACHUSETTS INSTITUTE OF TECHNOLOGY (MIT) que,como Anexo I, forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 3° — Adjudícanse las Becas de Especialización para el PROGRAMAESPECIAL DE ESTUDIOS URBANOS Y REGIONALES (SPURS) DEL MASSACHUSETTSINSTITUTE OF TECHNOLOGY (MIT) a las personas consignadas en el Anexo Ique forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 4° — Apruébase el Modelo de Contrato que efectivizará elbeneficio de la beca que, como Anexo II, forma parte integrante de lapresente medida y delégase en el Responsable de la UNIDAD EJECUTORA delPrograma BEC.AR la firma de los mismos.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — Cra. MONICA B. ZORRILLA, Subsecretariade Gestión y Empleo Público, Secretaría de Gabinete y CoordinaciónAdministrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO I

Nómina de seleccionados Convocatoria BEC.AR- Comisión Fulbright - MIT 2013

Orden de MéritoDNIApellidoNombre124.754.298Abad OholeguyJulieta Helena221.448.151LafosseLuis María SilvanoANEXO II

PROGRAMA ESPECIAL DE ESTUDIOS URBANOS Y REGIONALES (SPURS) DEL MASSACHUSETTS INSTITUTE OF TECHNOLOGY (MIT)

CONTRATO DE ADHESION DEL BENEFICIARIO

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los ……..días del mes de............... de 2014, la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICODE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACION, representada eneste acto por la Subsecretaria de Gestión y Empleo Público Cont. Da.Mónica Beatriz ZORRILLA, con domicilio en Roque Sáenz Peña 511, enadelante la “Unidad Ejecutora”, por una parte, la COMISION FULBRIGHTARGENTINA, con domicilio en Viamonte 1653, 2° piso de la CapitalFederal en adelante “La Comisión”, representada en este acto por laseñora Norma GONZALEZ, ................................ (D.N.I. Nº.....................) con domicilio en .......................,................................, en adelante el “Beneficiario”, por laotra parte, convienen celebrar el presente Contrato de Adhesión, elcual se regirá bajo las siguientes cláusulas:

CLAUSULA PRIMERA - ALCANCE. Este Contrato regulará el vínculo entre laUnidad Ejecutora y el Beneficiario en el marco del PROGRAMA ESPECIAL DEESTUDIOS URBANOS Y REGIONALES (SPURS) DEL MASSACHUSETTS INSTITUTE OFTECHNOLOGY (MIT), a llevarse a cabo en la ciudad de......................, en los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, por el plazode .............. meses, a partir del ............. de ...............de 2014, para el cual se le ha adjudicado el Beneficio.

CLAUSULA SEGUNDA - BENEFICIO. La Unidad Ejecutora financiará los gastosde matrícula por hasta un monto equivalente a DOLARES ESTADOUNIDENSESVEINTE MIL (USD 20.000), de traslado, manutención mensual promedioequivalente de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOS MIL QUINIENTOS (USD2.500); seguro de salud a través del plan de salud de MIT por elperíodo de la beca; costos administrativos de hasta el montoequivalente a DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MIL (USD 1.000) por única vez;y, los aranceles de VISA y SEVIS por un monto de DOLARESESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS CUARENTA (USD 340), pudiendo ser modificadoeste último de acuerdo al precio que informe la Embajada de ESTADOSUNIDOS DE AMERICA. El plan de seguro médico financiado por la UnidadEjecutora será el ofrecido por el plan de salud del MIT, quedandoexenta esta Unidad de todo tipo de responsabilidad civil, penal,comercial, entre otras, por cualquier circunstancia o gastospecuniarios que el beneficiario debiera desembolsar que exceda lacobertura otorgada por el seguro médico referenciado el cual elbeneficiario declara conocer y aceptar sus términos y condiciones en elpresente acto.

CLAUSULA TERCERA - PAGOS. Para cumplir con lo estipulado en lasCLAUSULAS PRIMERA Y SEGUNDA, la Unidad Ejecutora otorgará alBeneficiario, a través de la COMISION FULBRIGHT, el monto de hastaPESOS ......................... ($ .......................). ElBeneficiario deberá utilizar los recursos para solventar los GastosElegibles detallados en el ANEXO A del presente contrato y de acuerdoal detalle del mismo.

CLAUSULA CUARTA - ADMINISTRACION DEL BENEFICIO. El Beneficiarioautoriza a la Unidad Ejecutora a realizar los pagos a su nombrecorrespondientes a los rubros detallados en la cláusula segunda (costode los pasajes, manutención, seguros de vida y salud, matrícula, costosadministrativos, el costo de la visa y sevis), a la cuenta que declarela Comisión Fulbright Argentina a tales los efectos, de acuerdo aldetalle del Beneficio que figura en el ANEXO A del presente contrato.

CLASULA QUINTA - DURACION. El Beneficio se otorga por DIEZ (10) meses (un año académico), sin posibilidad de renovación.

CLAUSULA SEXTA - EXCLUSIVIDAD - CONDICIONES PARA EL DISFRUTE DELBENEFICIO - RESPONSABILIDAD. Durante este período, el Beneficiario secompromete a dedicarse en forma exclusiva a las tareas incluidas en elprograma de la Beca y abstenerse de intervenir en cualquier actividadno compatible el mismo. Asimismo, el Beneficiario se compromete aresidir en la ciudad de cursada de la Beca por el tiempo que dure elprograma. En el caso de que el beneficiario realizare cualquier tipo dedesplazamiento fuera del lugar de cursado del Programa o de suresidencia, esta Unidad Ejecutora queda exenta de cualquier tipo deresponsabilidad que por cualquier hecho o circunstancia pudieraacaecer, tanto al beneficiario y/o terceros como consecuencia de susactos, siendo responsable de cualquier tipo de circunstancias quepudiera derivar de su actuar. A tal fin, el beneficiario se comprometea informar a esta Unidad Ejecutora en el plazo de…… días, desde suarribo al lugar donde cursará la Beca, el domicilio donde residirádurante el período de duración de la misma, debiendo comunicarinmediatamente en caso de producirse un cambio de domicilio. Además, sicon motivo del desplazamiento ut supra mencionado el beneficiariogenerare cualquier tipo de inconveniente o circunstancia que comprometael buen nombre o patrimonio del Estado Argentino, la Unidad Ejecutoraevaluará el caso y podrá rescindir el presente contrato en los términosindicados en la CLAUSULAS OCTAVA y OCTAVA SEGUNDA del presente Convenio.

La Unidad Ejecutora no se responsabiliza por conflictos legales, hechoso circunstancias acaecidas por caso fortuito o fuerza mayor o decualquier otra índole, que pudieran acaecer al Beneficiario en el marcode su esfera privada durante su estadía en ...........................en el marco del Programa de la Beca.

CLAUSULA SEPTIMA - ADHESION A TERMINOS Y CONDICIONES DE LASINSTRUCCIONES ACORDADAS ENTRE EL BENEFICIARIO Y LA COMISION FULLBRIGHT.El beneficiario manifiesta que ha tomado conocimiento y prestaconformidad con las Condiciones de nombramiento e InstruccionesEspeciales de la COMISION FULLBRIGHT.

Se deja constancia que el incumplimiento de las mismas, dará lugar a lacancelación inmediata del beneficio, debiendo devolverse a la Unidad deEjecutora los fondos percibidos con motivo de la referida beca y todaayuda adicional percibida durante la misma, en los términos indicadosen las CLAUSULAS OCTAVA y OCTAVA SEGUNDA del presente Convenio.

Asimismo, la Unidad Ejecutora tendrá la potestad de inhabilitar alBeneficiario en lo sucesivo para percibir cualquier beneficio de lainstitución.

CLAUSULA OCTAVA - RESCISION DEL BENEFICIO. RESCISION UNILATERAL DELBENEFICIO. Serán causales de rescisión unilateral del beneficio porparte de la Unidad Ejecutora:

• Si no cumpliera con los cronogramas originales de presentación.

• Si se comprobaran falsedades en la información o documentación proporcionada por el Beneficiario.

• Si el beneficiario no aplicase los recursos otorgados estrictamente a su objeto específico.

• Cualquier notificación de la COMISION FULBRIGHT a la Unidad Ejecutora que así lo indique.

• Cuando se presentare una situación que comprometa el buen nombre o patrimonio del Estado argentino, aún de modo potencial.

Asimismo, el beneficiario podrá solicitar la rescisión del presentecontrato a la Unidad Ejecutora, debiendo informar motivos ocircunstancias de la decisión, brindando los fundamentos adecuados quelo llevaron a tomar la decisión de rescindir el contrato. Sin perjuiciode ello, la Unidad Ejecutora podrá solicitar información adicional albeneficiario y a la Comisión a fin de evaluar la resolución respecto alreintegro total o parcial de las sumas otorgadas por el beneficio.Tanto en el caso de rescisión unilateral por parte de la UnidadEjecutora como por rescisión unilateral del beneficiario, la UnidadEjecutora quedará liberada de la obligación de realizar los desembolsospendientes para la ejecución del programa y el becario deberáreintegrar de inmediato las sumas percibidas del beneficio de formatotal o parcial según lo establezca la Unidad Ejecutora según laspautas establecidas en la CLAUSULA OCTAVA SEGUNDA del presenteConvenio, reservándose la Unidad Ejecutora el derecho de accionarlegalmente contra responsable.

CLAUSULA OCTAVA PRIMERA - RESCISION POR ACUERDO DE PARTES. En casosexcepcionales, a solicitud de la Unidad Ejecutora o del Beneficiario,las partes podrán de común acuerdo rescindir el contrato de beneficio,siendo objeto de prueba los motivos y la fundamentación brindadas porlas partes. A tales efectos, formarán parte del contrato de rescisiónun informe técnico de conclusión del programa en el que se evalúen losresultados en relación con los objetivos previstos y un estado deerogaciones efectuadas con copia de la documentación justificativa,ambos presentados por el Beneficiario, complementados a su vez por unaevaluación final técnica de la Unidad Ejecutora.

La rescisión de común acuerdo liberará a la Unidad Ejecutora de laobligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución delprograma. El Beneficiario únicamente deberá reintegrar de inmediato lassumas percibidas del beneficio aún no comprometidas a la fecha derescisión.

Con respecto a las sumas efectivamente percibidas por el beneficio, laUnidad Ejecutora evaluará los motivos de rescisión del contrato ydeterminará si deben devolverse dichas sumas en forma total o parcial yla forma de devolución.

CLAUSULA OCTAVA SEGUNDA - REINTEGRO DEL BENEFICIO. En el caso que laUnidad Ejecutora resuelva que el beneficiario deba reintegrar total oparcialmente las sumas percibidas del beneficio, las mismas deberán serdepositadas en pesos argentinos equivalente al tipo de cambio del dólaroficial existente al día de la devolución, a la cuenta bancaria queoportunamente se le indique y dentro del plazo de ...............

Se deja constancia que en el caso de que el beneficiario no cumpla conlas condiciones de reintegro de las sumas ut supra indicados, la UnidadEjecutora hace reserva del derecho de accionar legalmente contra elresponsable, sirviendo el presente como título ejecutivo por el importeque surja de la liquidación que determine la Unidad Ejecutoriaoportunamente.

CLAUSULA NOVENA - VIAJE. El Beneficiario debe cumplir con las pautasbrindadas por la Unidad Ejecutora para su viaje, debiéndose presentaren el lugar, fecha y horarios indicados del vuelo con la documentaciónpersonal obligatoria requerida por la Comisión. En el caso de nocumplir con dichas pautas, el beneficiario será el responsable degestionar y pagar un nuevo pasaje, debiendo abonar la multacorrespondiente a la aerolínea.

CLAUSULA DECIMO - SEGURO DE SALUD. El Beneficiario aceptará el segurode salud que el plan de salud del MIT disponga, conforme lo indicado enla CLAUSULA SEGUNDA. En el caso de que el beneficiario quisieracontratar un Seguro de Salud distinto al otorgado, será el propiobeneficiario quien deba solventar los gastos para cubrir dicho seguro,presentando la documentación que acredite ello, siendo responsableexclusivamente el beneficiario por cualquier circunstancia y/o gastospecuniarios que debiera hacer con motivo de dicho Seguro.

CLAUSULA DECIMO PRIMERA - OBLIGACION DEL BENEFICIARIO. El Beneficiariose compromete a reinsertarse en el tejido socio-productivo argentinodurante DOS (2) años calendarios posteriores desde la finalización dela beca, es decir, a partir del día posterior al retorno a la REPUBLICAARGENTINA, comprometiéndose a ser parte del Banco de Evaluadores deBEC.AR para futuras convocatorias como forma de retribución alprograma. Además, deberá acreditar su permanencia en el país cada tresmeses durante el año calendario posterior a su regreso mediantecertificaciones laborales o certificados de domicilio emitidos por laPolicía Federal Argentina de acuerdo a lo que oportunamente establezcala Unidad Ejecutora.

El incumplimiento de la presente cláusula implicará la devolución porparte del Beneficiario de todo o parte del Beneficio otorgado, asatisfacción de la Unidad Ejecutora, según las pautas brindadas en laCLAUSULA OCTAVA SEGUNDA del presente Contrato.

DECIMO TERCERA - RESOLUCION DE CONTROVERSIAS. El Beneficiario y laUnidad Ejecutora harán todo lo posible por resolver en forma amistosa,mediante negociaciones directas o informales, los desacuerdos ydiscrepancias que surjan entre ellos, en relación con el presenteContrato. En caso de que los desacuerdos o discrepancias no puedan serresueltos amigablemente, para todos los asuntos emergentes del presenteContrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales enlo Contenciosos Administrativos Federal de la Capital Federal, conrenuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudieracorresponderles, constituyendo domicilios especiales en elencabezamiento de la presente.

En prueba de conformidad y previa lectura y ratificación de todos sustérminos, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un soloefecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los XX días de .... de2014._________

D.N.I. Nº _________

Beneficiario

ANEXO A

CONTRATO DE ADHESION DEL BENEFICIARIO

PRIMER AÑO

Gastos ElegiblesDetalle*Detalle Dólares1. Matrícula20.0001. Manutención2.5002. Traslados**3. Costos Administrativos1.0004. Seguros**5. Visa - Cuota SEVIS340Total***

* TC vendedor BNA --/--/2014: $ ................. USD

** Valores sujetos a concurso de precios

*** Valor sujeto a modificación de acuerdo al tipo de cambio oficial, vigente al momento de la transacción.

e. 28/03/2014 N| 18805/14 v. 28/03/2014

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica