Disposición 7/2014

Plazo Para Dar Cumplimiento A La Obligacion De Informacion - Prorroga

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Economia Y Finanzas Publicas
Plazo Para Dar Cumplimiento A La Obligacion De Informacion - Prorroga

Prorrogase por el termino de diez (10) dias habiles el plazo para dar cumplimiento a la obligacion de informacion establecida en la resolucion nº 29 de fecha 14 de marzo de 2014 de la secretaria de comercio del ministerio de economia y finanzas publicas, por parte de las empresas alcanzadas en su primera presentacion.

Id norma: 228768 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32863

Fecha boletin: 10/04/2014 Fecha sancion: 07/04/2014 Numero de norma 7/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Comercio Interior Ver Disposiciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 2 norma(s).

Esta norma es complementada o modificada por

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

SECRETARIA DE COMERCIO

SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR

Disposición Nº 7/2014

Bs. As., 7/4/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0059516/2014 del Registro del MINISTERIO DEECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Resolución Nº 29 de fecha 14 de marzode 2014 de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA YFINANZAS PUBLICAS y la Disposición Nº 6 de fecha 26 de marzo de 2014 dela SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR de la citada Secretaría, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 29 de fecha 14 de marzo de 2014 de laSECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,se estableció un “Régimen Informativo de Precios”, mediante el cualtodas las empresas productoras de insumos y bienes finales cuyas ventastotales anuales en el mercado interno superen la suma de PESOS CIENTOOCHENTA Y TRES MILLONES ($ 183.000.000), durante el año 2013, deberáninformar mensualmente los precios vigentes de todos sus productos a laSECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que igual obligación se fijó para las empresas distribuidoras y/ocomercializadores de insumos y bienes finales cuyas ventas totalesanuales en el mercado interno superen la suma de PESOS DOSCIENTOSCINCUENTA MILLONES ($ 250.000.000), durante el año 2013.

Que la citada resolución dispuso que el suministro de informacióndeberá efectuarse de forma mensual, dentro de los CINCO (5) primerosdías hábiles de cada mes calendario, y se instrumentará mediante unsistema informático.

Que, asimismo, en la norma referida se contempló que en la primerapresentación deberán ser informados los precios de todos los productosde las empresas alcanzadas, vigentes durante los meses de diciembre de2013 y enero, febrero y marzo del corriente año.

Que, por último, se designó a la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR dela SECRETARIA DE COMERCIO como Autoridad de Aplicación de la resoluciónaludida, con facultades para reglamentar su implementación y ejecución.

Que al amparo de las facultades otorgadas se dictó la Disposición Nº 6de fecha 26 de marzo de 2014 de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIORde la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZASPUBLICAS, mediante la cual se crea el SISTEMA INFORMATICO DEL REGIMENINFORMATIVO DE PRECIOS (SIRIP).

Que para dar cumplimiento al Régimen Informativo de Precios, lossujetos obligados deben presentar mediante el referido Sistema lasDeclaraciones Juradas correspondientes, dependiendo del tipo de sujetode que se trate, que fueran aprobadas por la citada disposición.

Que a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la disposiciónaludida numerosas empresas, así como Asociaciones y CámarasEmpresariales han requerido una prórroga para la primera entrega deinformación, en virtud de que la misma incluye excepcionalmente y porúnica vez los datos referidos a los precios de los productos vigentesdurante los meses de diciembre de 2013 y enero, febrero y marzo delcorriente año.

Que en la inteligencia de que la prórroga requerida no contradice niafecta la finalidad de la Resolución Nº 29/14 de la SECRETARIA DECOMERCIO y dadas las razones esgrimidas que resultan atendibles dado elcaudal de información que debe ser presentado en esta primera ocasiónse dispone prorrogar por un plazo de DIEZ (10) días hábiles,excepcionalmente y por única vez, el lapso temporal para darcumplimiento a la obligación de información establecida en laresolución citada durante el presente mes calendario.

Que el término prorrogado deberá adicionarse al originalmente previstoen el Artículo 3° de la Resolución Nº 29/14 de la SECRETARIA DECOMERCIO y comenzará a contarse a partir del día 9 de abril delcorriente año.

Que la Dirección de Legales del Area de Comercio Interior, dependientede la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIAY FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete.

Que, la presente medida se dicta en uso de las facultades asignadas porla Resolución Nº 29/14 de la SECRETARIA DE COMERCIO y en concordanciacon los objetivos establecidos en la Planilla Anexa al Artículo 2° delDecreto Nº 2.136 de fecha 12 de diciembre de 2013, apartado XV de lamisma.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR

DISPONE:

ARTICULO 1° — Prorrógase por el término de DIEZ (10) días hábiles elplazo para dar cumplimiento a la obligación de información establecidaen la Resolución Nº 29 de fecha 14 de marzo de 2014 de la SECRETARIA DECOMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, por parte delas empresas alcanzadas en su primera presentación.

ARTICULO 2° — Aclárase que la prórroga dispuesta por la presentecomenzará a correr a partir de la finalización del período de CINCO (5)días hábiles previstos en el Artículo 3° de la resolución citada en elArtículo 1° de la presente disposición, y que resulta aplicableúnicamente para la presentación de información a efectuarse mediante elSISTEMA INFORMATICO DEL REGIMEN INFORMATIVO DE PRECIOS (SIRIP) duranteel mes de abril del corriente año.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Lic. ARIEL LANGER, Subsecretario deComercio Interior, Secretaría de Comercio, Ministerio de Economía yFinanzas Públicas.

e. 10/04/2014 N° 23256/14 v. 10/04/2014

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica