Resolución 5/2014

Porcentaje De Becas Por Estudio Por Grado Y Por Curso

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Educacion
Porcentaje De Becas Por Estudio Por Grado Y Por Curso

Fijar para el año 2014 en el diez (10) por ciento el porcentaje de becas por estudio por grado y por curso para los establecimientos educativos reconocidos para la enseñanza oficial y que perciban aporte estatal. el porcentaje fijado en el parrafo anterior podra alcanzarse mediante la concesion del beneficio en forma parcial y/o total, y se entendera cumplido cuando la sumatoria de los porcentajes otorgados en los distintos grados y cursos equivalga al diez (10) por ciento del total de los alumnos del instituto.

Id norma: 229409 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32875

Fecha boletin: 30/04/2014 Fecha sancion: 22/04/2014 Numero de norma 5/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Consejo Gremial De Enseñanza Privada Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE EDUCACION

CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA

Resolución Nº 5/2014

Bs. As., 22/4/2014

VISTO lo determinado por el artículo 26 de la Ley 13.047, y

CONSIDERANDO:

Que para los establecimientos educativos comprendidos en el Artículo 2°inciso a) de la Ley 13.047, corresponde fijar anualmente el número debecas de estudio, por grado y por curso que acordará cadaestablecimiento reconocido por enseñanza oficial que perciba aporteestatal;

Que en sesión de fecha 22 de Abril de 2014, se aprobó por mayoría eldictado del presente acto administrativo, conforme lo determina la Ley13.047;

Por ello, en uso de atribuciones que le son propias,

EL CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA REUNIDO EN SESION ORDINARIA

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Fijar para el año 2014 en el diez (10) por ciento elporcentaje de becas por estudio por grado y por curso para losestablecimientos educativos reconocidos para la enseñanza oficial y queperciban aporte estatal.

El porcentaje fijado en el párrafo anterior podrá alcanzarse mediantela concesión del beneficio en forma parcial y/o total, y se entenderácumplido cuando la sumatoria de los porcentajes otorgados en losdistintos grados y cursos equivalga al diez (10) por ciento del totalde los alumnos del instituto.

ARTICULO 2° — Desglosar la presente Resolución para su registro yarchivo. Remitir copia autenticada por Presidencia, a los Ministeriosde Educación Provinciales, y a las Direcciones Provinciales deEducación Pública de Gestión Privada y de la Ciudad Autónoma de BuenosAires. Notifíquese a la Secretaría de Comercio Interior; a laAdministración Federal de Ingresos Públicos, a sus efectos.

ARTICULO 3° — Comuníquese. Publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. ERICA V. COVALSCHI, Presidente,Consejo Gremial de Enseñanza Privada — Dr. GUILLERMO MARCONI, Miembrodel C.G.E.P. — Dr. PABLO OLOCCO, Miembro del C.G.E.P. — Prof. ENRIQUEMARTIN, Miembro del C.G.E.P. — Dr. NORBERTO BALOIRA, Miembro delC.G.E.P. — Prof. JORGE L. KALINGER, Miembro del C.G.E.P. — Prof. JOSEL. AIZZA, Miembro del C.G.E.P. — Prof. EDGARDO RODRIGUEZ, Miembro delC.G.E.P. — Prof. JAVIER FEDIUK, Miembro del C.G.E.P.

e. 30/04/2014 N° 27481/14 v. 30/04/2014

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