Resolución 2147/2014

Republica Democratica Del Congo

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Consejo De Seguridad
Republica Democratica Del Congo

Se decide prorrogar el mandato de la monusco en la republica democratica del congo, incluso, con caracter excepcional y sin que constituya un precedente o sin perjuicio de los principios convenidos del mantenimiento de la paz, el de su brigada de intervencion, dentro de los limites de la dotacion maxima autorizada de 19.815 efectivos militares, 760 observadores militares y oficiales de estado mayor, 391 agentes de policia y 1.050 agentes de unidades de policia constituidas, hasta el 31 de marzo de 2015.

Id norma: 231297 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32909

Fecha boletin: 19/06/2014 Fecha sancion: 28/03/2014 Numero de norma 2147/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Consejo De Seguridad De Las Naciones Unidas Ver Resoluciones Observaciones: -

Esta norma es complementada o modificada por

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Resolución 2147 (2014)

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7150a sesión, celebrada el 28 de marzo de 2014

El Consejo de Seguridad,

Recordando sus resolucionesanteriores y las declaraciones de su Presidencia relativas a laRepública Democrática del Congo, en particular sus resoluciones 2136(2014), 2098 (2013), 2078 (2012), 2076 (2012) y 2053 (2012),

Recordando su resolución 2086(2013) y reafirmando los principios básicos del mantenimiento de lapaz, incluidos el consentimiento de las partes, la imparcialidad y elno uso de la fuerza, excepto en defensa propia y en defensa delmandato, y reconociendo queel mandato de cada misión de mantenimiento de la paz se refiereespecíficamente a la necesidad y a la situación del país de que setrate,

Reafirmando su firmecompromiso con la soberanía, la independencia, la unidad y laintegridad territorial de la República Democrática del Congo y de losdemás Estados de la región y poniendo de relieve la necesidad derespetar plenamente los principios de no injerencia, buena vecindad ycooperación regional,

Destacando que el Gobierno dela República Democrática del Congo tiene la responsabilidad primordialde garantizar la seguridad en su territorio y proteger a su poblacióncivil respetando el estado de derecho, los derechos humanos y elderecho internacional humanitario,

Observando que el este de laRepública Democrática del Congo ha seguido sufriendo ciclos recurrentesde conflicto y violencia persistente por parte de grupos armados, tantocongoleños como extranjeros, y poniendo de relieve la necesidad deabordar las causas profundas del conflicto para poner fin a esos ciclosrecurrentes de violencia,

Acogiendo con beneplácito losesfuerzos del Secretario General de las Naciones Unidas, la ConferenciaInternacional sobre la Región de los Grandes Lagos (CIRGL), laComunidad de Africa Meridional para el Desarrollo (SADC) y la UniónAfricana por restaurar la paz y la seguridad en el este de la RepúblicaDemocrática del Congo, y alentandoal Gobierno de la República Democrática del Congo a que mantenga unaestrecha cooperación con ellos y otros asociados internacionales,

Recordando la firma en AddisAbeba el 24 de febrero de 2013 del Marco de Paz, Seguridad yCooperación para la República Democrática del Congo y la Región (“elMarco PSC”), bajo los auspicios de sus garantes, a saber, el SecretarioGeneral de las Naciones Unidas, la Presidenta de la Comisión de laUnión Africana, la Presidenta de la SADC y el Presidente de la CIRGL, yexhortando a todas las partes a que sigan cumpliendo sin demora, plenamente y de buena fe sus respectivos compromisos,

Acogiendo con beneplácito elllamamiento en favor de un diálogo político más amplio hecho por elMecanismo Regional de Supervisión en su comunicado de enero de 2014, yel diálogo inicial entre los principales Estados signatarios puesto enmarcha por Angola, en su calidad de Presidente de la CIRGL, alentandola continuación de ese diálogo bajo los auspicios del Marco PSC pararesolver las causas profundas del conflicto en la República Democráticadel Congo y la región de los Grandes Lagos, y acogiendo con beneplácito la continua implicación de la Enviada Especial del Secretario General para la Región de los Grandes Lagos,

Reafirmando su más firme apoyoal Representante Especial del Secretario General y a la Misión deEstabilización de las Naciones Unidas en la República Democrática delCongo (MONUSCO) en la ejecución de su mandato, y alentando enérgicamente a ambos a que prosigan sus esfuerzos,

Reiterando su profundapreocupación por la crisis humanitaria y de seguridad en el este de laRepública Democrática del Congo debido a las actividadesdesestabilizadoras en curso de grupos armados nacionales y extranjeros,y destacando la importanciade neutralizar a todos los grupos armados, entre ellos a las FuerzasDemocráticas de Liberación de Rwanda (FDLR), la Alianza de FuerzasDemocráticas (ADF), el Ejército de Resistencia del Señor (LRA), elgrupo Bakata-Katanga y diversos grupos Mayi Mayi,

Acogiendo con beneplácito elfin de la rebelión del Movimiento 23 de Marzo (M23) y la firma enNairobi por parte del M23, el Gobierno de la República Democrática delCongo, la SADC y la CIRGL de los documentos finales del Diálogo deKampala, facilitado por Uganda en su calidad de Presidente de la CIRGL,destacando la importancia deasegurar que todas las disposiciones de los documentos firmados seapliquen prontamente y de buena fe y, a ese respecto, que el M23 no sereagrupe ni reanude sus actividades militares, de conformidad con lasdeclaraciones de Nairobi y las resoluciones pertinentes del Consejo deSeguridad,

Expresando profunda preocupaciónpor la continua amenaza regional que suponen las FDLR, un gruposometido al régimen de sanciones de las Naciones Unidas, entre cuyosdirigentes y miembros se cuentan autores del genocidio cometido en 1994contra los tutsis en Rwanda, en el que también fueron asesinados hutusy otras personas que se opusieron al genocidio, y que han seguidofomentando y perpetrando asesinatos por motivos étnicos y de otro tipoen Rwanda y la República Democrática del Congo, y destacando la importancia de hacer frente a esta amenaza de manera permanente,

Expresando preocupación por elhecho de que las FDLR, así como otros grupos armados siguen disfrutandode libertad de circulación en la República Democrática del Congo,observando con profunda preocupación las noticias sobre la colaboraciónde las Fuerzas Armadas de la República Democrática del Congo (FARDC)con las FDLR a nivel local, y, a ese respecto, acogiendo con beneplácito los planes elaborados por las FARDC, con el apoyo de la MONUSCO, para neutralizar a las FDLR, y destacando la importancia de que esos planes se traduzcan en medidas sostenidas,

Recordando las declaracionesde su Presidencia sobre la región de Africa Central y el LRA, incluidasS/PRST/2013/18 y S/PRST/2013/6, encomiando los importantes esfuerzos encurso emprendidos por la MONUSCO en la lucha contra el LRA, alentando a la Fuerza Regional de la Unión Africana a proseguir sus esfuerzos, e instandoa una mayor cooperación e intercambio de información entre los órganospertinentes de las Naciones Unidas, la Fuerza Regional de la UniónAfricana, las fuerzas regionales y las organizaciones nogubernamentales a la hora de afrontar la amenaza del LRA,

Expresando profunda preocupaciónpor el creciente número de desplazados internos en la RepúblicaDemocrática del Congo, que ya asciende a más de 2,9 millones depersonas, y los más de 450.000 refugiados del este de la RepúblicaDemocrática del Congo como consecuencia de las actividades de losdiversos grupos armados congoleños y extranjeros que operan en esaregión, exhortando a laRepública Democrática del Congo y a todos los Estados de la región aque trabajen para crear un entorno pacífico que propicie el eventualretorno voluntario y la reintegración de los refugiados a la RepúblicaDemocrática del Congo, con el apoyo, según proceda, de la Oficina delAlto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), encomiandoa este respecto el apoyo prestado por los países vecinos a losrefugiados de la República Democrática del Congo, y alentando a losGobiernos de Rwanda y Uganda, a las Naciones Unidas y a lasorganizaciones internacionales a que trabajen de consuno para hacerfrente urgentemente a la situación de los excombatientes del M23 enUganda y Rwanda,

Observando que ha pasado másde un año desde que cientos de combatientes del M23, entre ellospersonas designadas por el Consejo de Seguridad, huyeron de laRepública Democrática del Congo a Rwanda el 18 de marzo de 2013,alentando al Gobierno de Rwanda, con la asistencia de organizacionescompetentes de las Naciones Unidas e internacionales, a que continúeasegurando que esos combatientes estén permanentemente desmovilizados ysean tratados de conformidad con el derecho internacional pertinente,prestando una atención especial a los niños y las mujeres entre ellos,y recordando a los Estados Miembros las obligaciones que les incumben y que fueron renovadas en la resolución 2136 (2014),

Exhortando a todas las partes en el conflicto a respetar la imparcialidad, la independencia y neutralidad de los agentes humanitarios,

Profundamente preocupado todavíapor la situación humanitaria que sigue afectando gravemente a lapoblación civil, en particular en el este de la República Democráticadel Congo, y la persistencia e intensidad de la violencia y los abusosy las violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional, condenandoen particular aquellos que entrañan ataques dirigidos contra civiles,actos generalizados de violencia sexual y por razón de género,reclutamiento y utilización sistemáticos de niños por algunas partes enel conflicto, desplazamiento de un número considerable de civiles,ejecuciones extrajudiciales y detenciones arbitrarias, y reconociendo su efecto perjudicial en las actividades de estabilización, reconstrucción y desarrollo en la República Democrática del Congo,

Recordando sus resoluciones1325 (2000), 1820 (2008), 1888 (2009), 1889 (2009), 1960 (2010), 2106(2013) y 2122 (2013) relativas a la mujer, la paz y la seguridad, susresoluciones 1265 (1999), 1296 (2000), 1674 (2006), 1738 (2006) y 1894(2009) relativas a la protección de los civiles en los conflictosarmados, y sus resoluciones 1612 (2005), 1882 (2009), 1998 (2011), 2068(2012) y 2143 (2014) relativas a los niños y los conflictos armados,

Acogiendo con beneplácito lasactividades de la MONUSCO y los asociados internacionales en materia decapacitación en derechos humanos, protección de la infancia yprotección frente a la violencia sexual y de género para lasinstituciones de seguridad congoleñas, y subrayando la importancia deesas actividades, y acogiendo con beneplácitoel establecimiento de la Plataforma de Mujeres del Marco PSC paraasegurar la plena participación de las mujeres en el proceso de pazemprendido en el contexto del Marco PSC,

Observando los esfuerzosrealizados por el Gobierno de la República Democrática del Congo paracombatir la violencia sexual en el conflicto, en particular mediante laaplicación de su estrategia nacional y de los compromisos enunciados enel comunicado conjunto del Gobierno de la República Democrática delCongo y las Naciones Unidas sobre la lucha contra la violencia sexualen el conflicto, aprobado en Kinshasa el 30 de marzo de 2013, y alentando enérgicamente al Gobierno de la República Democrática del Congo a que redoble sus esfuerzos en ese sentido,

Tomando conocimiento del marcode cooperación entre la Oficina del Representante Especial delSecretario General sobre la Violencia Sexual en los Conflictos y laComisión de la Unión Africana para la prevención de la violencia sexualen los conflictos y la respuesta a ella en Africa, aprobado en AddisAbeba el 31 de enero de 2014,

Tomando nota del informe delSecretario General (S/2014/181), que incluye una lista de las partesresponsables de actos sistemáticos de violación y otras formas deviolencia sexual en situaciones de conflicto armado,

Condenando las violacionesmasivas perpetradas en Minova y las aldeas circundantes en noviembre de2012, presuntamente cometidas por soldados de las FARDC, tomando notade las investigaciones y los arrestos realizados posteriormente por lasautoridades congoleñas y de los juicios en primera instancia que seestán celebrando, expresando preocupación por los retrasos en el enjuiciamiento de los imputados, e instandoa las autoridades congoleñas a que se aseguren de que los responsablesrindan cuentas de sus actos y velen por que en todas lasinvestigaciones y los juicios se respeten las debidas garantíasprocesales,

Pidiendo que todos losresponsables de violaciones del derecho internacional humanitario o deviolaciones y abusos de los derechos humanos, según proceda, incluidoslos que entrañen actos de violencia o abusos contra los niños y actosde violencia sexual y por razón de género, sean rápidamente capturadosy llevados ante la justicia para que rindan cuentas de sus actos,

Destacando la necesidad de queel Gobierno de la República Democrática del Congo coopere con la CortePenal Internacional, acogiendo con beneplácito el compromiso asumidopor el Gobierno de la República Democrática del Congo de hacer rendircuentas a los responsables de delitos graves, como crímenes de guerra ycrímenes de lesa humanidad, cometidos en el país, y destacando la importanciade procurar activamente que los responsables de crímenes de guerra ycrímenes de lesa humanidad cometidos en el país rindan cuentas de ellosy la importancia de la cooperación regional e internacional a talefecto,

Recordando el llamamientohecho por el Secretario General al Consejo para que rechazase todorespaldo a la concesión de amnistía a los autores de genocidio,crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad o violaciones graves delos derechos humanos y del derecho internacional humanitario, y acogiendo con beneplácito,a ese respecto, la ley de amnistía promulgada en la RepúblicaDemocrática del Congo, de cuyo amparo quedan excluidos quienes hayancometido actos de genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lisahumanidad o violaciones graves de los derechos humanos y el derechointernacional humanitario, e instandoal Gobierno de la República Democrática del Congo a que prosiga esalabor y emprenda las reformas judiciales necesarias para afrontar coneficacia la impunidad en el país,

Instando al Gobierno de laRepública Democrática del Congo a mantener su firme compromiso deaplicar el Marco PSC, incluso mediante la adopción de un plan demedidas prioritarias, y a proteger a la población civil mediante elrápido establecimiento de fuerzas de seguridad profesionales,responsables y sostenibles, el despliegue de instituciones de laadministración civil congoleña sujetas a la rendición de cuentas, enparticular de la policía, el poder judicial, la administración decentros penitenciarios y la administración territorial, y laconsolidación del estado de derecho y la promoción y protección de losderechos humanos,

Instando al Gobierno de laRepública Democrática del Congo a que tome medidas inmediatas paracumplir su compromiso de reformar el sector de la seguridad, lo cualentraña la creación y el apoyo de una Fuerza de Reacción Rápida, laelaboración de una hoja de ruta para los sectores de la seguridad y lajusticia, la elaboración de un amplio plan de desarme, desmovilizacióny reintegración y de desarme, desmovilización, repatriación,reasentamiento y reintegración, observandoa ese respecto que el Gobierno ha propuesto un nuevo plan de desarme,desmovilización y reintegración, todo lo cual requerirá la asignaciónde los recursos necesarios y el compromiso constante del Gobierno dedar prioridad a la reforma, y lamentando el lento progreso realizado hasta la fecha,

Reiterando su exhortación atodas las partes para que cooperen plenamente con la MONUSCO, y sucondena de todo ataque contra el personal de mantenimiento de la paz,poniendo de relieve que los responsables de esos ataques deben rendircuentas de sus actos, y recordandosu decisión de extender las sanciones descritas en el párrafo 3 de laresolución 2136 (2014) a las personas y entidades que planeen, dirijano patrocinen ataques contra personal de mantenimiento de la paz de laMONUSCO o participen en ellos,

Reiterando su exhortación alSecretario General para que tome todas las medidas que considerenecesarias para fortalecer las disposiciones de seguridad de lasNaciones Unidas sobre el terreno y mejorar la seguridad y protección detodos los contingentes militares, oficiales de policía, observadoresmilitares y, especialmente, observadores no armados,

Reconociendo los enormessacrificios hechos por la MONUSCO, encomiando las medidas activas queha adoptado, en particular su Brigada de Intervención con el apoyo detoda la estructura de la Fuerza de la MONUSCO y en cooperación conella, para cumplir plenamente su mandato, en especial para proteger alos civiles, y alentando a la Misión a que prosiga esa labor,

Afirmando que cumplir la tareade proteger a los civiles es fundamental para que la MONUSCO cumpla sumandato y para que mejoren las condiciones de seguridad, reconociendoen ese sentido que con su enfoque de la protección de los civiles laMONUSCO ha logrado impedir ataques contra la población civil, y acogiendo con beneplácitolos esfuerzos desplegados por la Misión para adaptar la Fuerza conobjeto de mejorar la ejecución de su estrategia integral para laprotección de los civiles, incluso para que sea más flexible y versátily pueda desplegarse ampliamente en todo el este de la RepúblicaDemocrática del Congo,

Subrayando la importancia de que la MONUSCO conjure cualquier amenaza a la aplicación de su mandato,

Reconociendo la contribuciónde la MONUSCO a una estrategia amplia para la paz y la seguridadduraderas, observando con aprecio la contribución que realiza laMONUSCO a la consolidación temprana de la paz y poniendo de relieveque las actividades de la MONUSCO deben realizarse de manera quefaciliten la consolidación de la paz después del conflicto, prevenganla reaparición del conflicto armado y obtengan progresos en el logro dela paz y el desarrollo sostenibles,

Destacando la importancia dela aplicación plena y urgente del Marco PSC para reducir de formapermanente las amenazas contra los civiles, señalando la necesidad deque la MONUSCO refuerce el apoyo al Gobierno de la RepúblicaDemocrática del Congo para que pueda hacer frente a los problemas deseguridad y extender la autoridad estatal según se expresa en elpárrafo 5 del Marco PSC, y reconociendo la necesidad de un proceso de paz amplio para poner fin a las fuentes de conflicto en la región,

Habiendo determinado que lasituación en la República Democrática del Congo sigue constituyendo unaamenaza para la paz y la seguridad internacionales en la región,

Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,

Mandato de la MONUSCO

1. Decide prorrogar el mandatode la MONUSCO en la República Democrática del Congo, incluso, concarácter excepcional y sin que constituya un precedente o sin perjuiciode los principios convenidos del mantenimiento de la paz, el de suBrigada de Intervención, dentro de los límites de la dotación máximaautorizada de 19.815 efectivos militares, 760 observadores militares yoficiales de Estado Mayor, 391 agentes de policía y 1.050 agentes deunidades de policía constituidas, hasta el 31 de marzo de 2015;

2. Encomia a la MONUSCO,incluida su Brigada de Intervención, por su positivo impacto en la pazy la estabilidad en el este de la República Democrática del Congo y enla protección de los civiles, apoya plenamente las medidas adoptadaspor el Representante Especial del Secretario General para ejecutar elmandato de la Misión, y alientaa la MONUSCO a maximizar la interoperabilidad, flexibilidad y eficaciade la Fuerza en la ejecución del mandato de la MONUSCO en su totalidad,en consonancia con el informe del Secretario General (S/2014/157),teniendo presente la seguridad y protección de todos los contingentesmilitares, agentes de policía, observadores militares y, especialmente,observadores no armados;

3. Señala la necesidad detener una estrategia de salida clara, incluso para la Brigada deIntervención, y decide que las futuras configuraciones de la MONUSCO ysu mandato se determinarán sobre la base de la evolución de lasituación sobre el terreno y, en el contexto de la aplicación por elGobierno de la República Democrática del Congo y de todos los demássignatarios del Marco de PSC, de los progresos hacia el logro de losobjetivos siguientes, de conformidad con las tres prioridadesestablecidas en el concepto de la misión, a saber, protección de losciviles, estabilización y apoyo a la aplicación del Marco PSC:

a) La reducción de la amenaza que plantean los grupos armadoscongoleños y extranjeros y la violencia contra los civiles, incluida laviolencia sexual y por razón de género y la violencia contra los niños,a un nivel que puedan afrontar eficazmente la justicia y lasinstituciones de seguridad congoleñas;

b) La estabilización mediante el establecimiento de institucionesestatales funcionales, profesionales y sujetas a la rendición decuentas, incluidas instituciones de seguridad, en las zonas afectadaspor el conflicto, y mediante prácticas democráticas reforzadas quereduzcan el riesgo de inestabilidad, como la creación de un espaciopolítico suficiente, la promoción y protección de los derechos humanosy la puesta en marcha de un proceso electoral creíble;

4. Autoriza a la MONUSCO aque, con el fin de alcanzar los objetivos descritos en el párrafo 3,adopte todas las medidas necesarias para llevar a cabo las siguientestareas:

a) Protección de los civiles

i) Asegurar, dentro de su zona de operaciones, una protección eficaz delos civiles sometidos a amenazas de violencia física, en particularmediante la realización de patrullas activas, prestando una particularatención a los civiles congregados en campamentos de desplazados yrefugiados, el personal de asistencia humanitaria y los defensores delos derechos humanos, en el contexto de la violencia que surja decualquiera de las partes en el conflicto, y mitigar el riesgo para losciviles durante cualquier operación militar, así como antes y después;

ii) Garantizar la protección del personal, los locales, lasinstalaciones y el equipo de las Naciones Unidas, y la seguridad y lalibertad de circulación del personal de las Naciones Unidas y elpersonal asociado;

iii) Colaborar con el Gobierno de la República Democrática del Congopara detectar las amenazas a los civiles y poner en práctica los planesde prevención y respuesta existentes y reforzar la cooperacióncivil-militar, incluso mediante la planificación conjunta, paraasegurar la protección de los civiles frente a abusos y violaciones delos derechos humanos y violaciones del derecho internacionalhumanitario, incluidas todas las formas de violencia sexual y por razónde género y las violaciones y los abusos cometidos contra los niños, ysolicita a la MONUSCO que vele por que las cuestiones de protección delos niños y de género se integren en todas las operaciones y losaspectos estratégicos de la labor de la MONUSCO y acelere la aplicaciónde las disposiciones de vigilancia, análisis y presentación de informessobre la violencia sexual relacionada con los conflictos y asegure elpronto despliegue de asesores sobre la protección de las mujeres, comose pide en las resoluciones 1960 (2010) y 2106 (2013), a fin de recabarcompromisos en materia de prevención de la violencia sexual relacionadacon los conflictos y respuesta a esa violencia;

b) Neutralización de los grupos armados mediante la Brigada de Intervención

En apoyo de las autoridades de la República Democrática del Congo,sobre la base del cotejo y el análisis de la información, y teniendoplenamente en cuenta la necesidad de proteger a los civiles y mitigarlos riesgos que se planteen durante cualquier operación militar, asícomo antes y después, llevar a cabo operaciones ofensivas selectivasmediante la Brigada de Intervención, ya sea unilateralmente oconjuntamente con las FARDC, de manera robusta, sumamente móvil yversátil, y en estricto cumplimiento del derecho internacional,incluido el derecho internacional humanitario, y con la política dediligencia debida en materia de derechos humanos en relación con elapoyo de las Naciones Unidas a fuerzas que no pertenecen a laOrganización, en colaboración con toda la MONUSCO, para prevenir laexpansión de todos los grupos armados, neutralizar a esos grupos ydesarmarlos, a fin de contribuir al objetivo de reducir la amenaza queplantean los grupos armados para la autoridad estatal y la seguridadcivil en el este de la República Democrática del Congo y propiciaractividades de estabilización;

c) Vigilancia de la aplicación del embargo de armas

Vigilar la aplicación del embargo de armas descrito en el párrafo 1 dela resolución 2136 (2014) en cooperación con el Grupo de Expertosestablecido en virtud de la resolución 1533 (2004) y, en particular,observar el tráfico de personal militar, armas o material conexo através de la frontera oriental de la República Democrática del Congo einformar al respecto, incluso utilizando, como se especifica en lacarta del Consejo de 22 de enero de 2013 (S/2013/44), capacidad devigilancia proporcionada por sistemas aéreos no tripulados, requisar,recoger y eliminar armas o materiales conexos introducidos en laRepública Democrática del Congo en violación de las medidas impuestasen virtud del párrafo 1 de la resolución 2136 (2014), y compartir lainformación pertinente con el Grupo de Expertos;

d) Prestación de apoyo a los procesos judiciales nacionales e internacionales

Apoyar al Gobierno de la República Democrática del Congo y colaborarcon él para detener y llevar ante la justicia a los responsables decrímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad cometidos en el país,incluso cooperando con los Estados de la región y la Corte PenalInternacional;

5. Autoriza a la MONUSCO aque, con el fin de apoyar a las autoridades congoleñas y sus esfuerzospor aplicar las reformas solicitadas en el Marco PSC y lograr laestabilización del este de la República Democrática del Congo,contribuya a la realización de las tareas siguientes, en coordinacióncon el equipo de las Naciones Unidas en el país y otros agentes,incluso mediante los buenos oficios del Representante Especial delSecretario General;

a) Alentar y acelerar la implicación de las autoridades de la RepúblicaDemocrática del Congo en la reforma del sector de seguridad, entreotras cosas, mediante la conclusión y aplicación urgentes de unaestrategia nacional para el establecimiento por la RepúblicaDemocrática del Congo de instituciones de seguridad y de justiciaeficaces, inclusivas y que rindan cuentas, y desempeñar un papel rectoren la coordinación del apoyo que prestan los asociados internacionalesy bilaterales y el sistema de las Naciones Unidas a la reforma delsector de la seguridad;

b) Promover la consolidación de la paz y el diálogo político inclusivoy transparente entre todos los interesados congoleños con el fin deimpulsar la reconciliación y la democratización y alentar laorganización de elecciones provinciales y locales creíbles ytransparentes con arreglo al ciclo electoral y la Constitución;

c) Alentar la consolidación de una estructura civil eficaz a nivelnacional para controlar las actividades mineras clave y gestionar deforma equitativa la extracción y el comercio de los recursos naturalesdel este de la República Democrática del Congo;

d) Vigilar y denunciar las violaciones y los abusos de los derechoshumanos y darles seguimiento, en particular en el contexto de laselecciones, y apoyar al sistema de las Naciones Unidas en el país paraasegurar que cualquier apoyo que presten las Naciones Unidas secorresponda con el derecho internacional humanitario, el derecho de losderechos humanos y el derecho de los refugiados, según proceda;

e) Prestar sus buenos oficios, asesoramiento y apoyo al Gobierno de laRepública Democrática del Congo para facilitar la elaboración yconclusión de una hoja de ruta clara y exhaustiva para la reforma delsector de la seguridad que incluya parámetros de referencia y plazospara establecer instituciones de seguridad efectivas y que rindancuentas, así como mecanismos de verificación de antecedentes;

f) Prestar sus buenos oficios, asesoramiento y apoyo al Gobierno de laRepública Democrática del Congo, en cumplimiento de la política dediligencia debida en materia de derechos humanos, para llevar a cabouna reforma del ejército, que incluya, como primer paso, elestablecimiento de una “Fuerza de Reacción Rápida” seleccionada, bienadiestrada y debidamente equipada dentro de las FARDC, que conforme elnúcleo de una fuerza de defensa nacional profesional, bien sustentada,eficaz y que rinda cuentas, y apoyar, según proceda y en coordinacióncon los asociados internacionales, el adiestramiento de la “Fuerza deReacción Rápida”, que, dentro del marco de los parámetros de referenciay los plazos establecidos por la hoja de ruta sobre la reforma delsector de la seguridad, deberá desarrollar la capacidad necesaria paraasumir lo antes posible las responsabilidades de seguridad quedesempeña la Brigada de Intervención de la MONUSCO;

g) Prestar sus buenos oficios, asesoramiento y apoyo al Gobierno de laRepública Democrática del Congo para la elaboración y aplicación deplanes de desarme, desmovilización y reintegración y de desarme,desmovilización, reintegración, repatriación y reasentamiento de loscombatientes extranjeros y congoleños que no sean sospechosos de habercometido actos de genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesahumanidad o violaciones graves de los derechos. humanos, a fin delograr su integración a la vida civil y pacífica, lo cual contribuye ala creación de comunidades estables en el este de la RepúblicaDemocrática del Congo, prestando una particular atención a lasnecesidades especificas de los niños anteriormente vinculados confuerzas o grupos armados;

h) Prestar sus buenos oficios, asesoramiento y apoyo al Gobierno de laRepública Democrática del Congo, en estrecha colaboración con otrosasociados internacionales, para aprovechar el Plan de Estabilización yReconstrucción del Gobierno y la Estrategia Internacional de Apoyo a laSeguridad y la Estabilización revisada con miras a apoyar eI logro deun nivel mínimo de autoridad y control estatales sostenibles en laszonas afectadas por el conflicto en el este de la República Democráticadel Congo, en particular mediante esfuerzos localizados para mejorar laseguridad y la autoridad del Estado y facilitar el comienzo de unarecuperación socioeconómica sostenible;

i) Prestar sus buenos oficios, asesoramiento y apoyo al Gobierno de laRepública Democrática del Congo para la reforma de la policía, entreotras cosas contribuyendo, de conformidad con la política de diligenciadebida en materia de derechos humanos, a adiestrar los batallones de laPolicía Nacional Congoleña;

j) Prestar sus buenos oficios, asesoramiento y apoyo al Gobierno de laRepública Democrática del Congo en la elaboración y aplicación, deconformidad con la estrategia congoleña para la reforma del sector dela justicia, de un programa multianual conjunto de las Naciones Unidasde prestación de apoyo al sector de la justicia a fin de crearinstituciones y procesos independientes de justicia penal y entidadespoliciales, judiciales y penitenciarias en las zonas afectadas por elconflicto;

k) Prestar sus buenos oficios, asesoramiento y apoyo al Gobierno de laRepública Democrática del Congo para promover los derechos humanos ycombatir la impunidad, entre otras cosas mediante la aplicación de la“política de tolerancia cero” del Gobierno con respecto a la disciplinay las violaciones de los derechos humanos y del derecho internacionalhumanitario cometidas por elementos del sector de la seguridad;

l) Seguir colaborando con el Gobierno de la República Democrática delCongo en la aplicación rápida y enérgica del plan de acción paraprevenir y eliminar el reclutamiento y la utilización de niños y laviolencia sexual contra los niños por las FARDC, y continuar el diálogocon todas las partes incluidas en la lista para obtener más compromisosy colaborar en la elaboración y ejecución de planes de acción conplazos definidos para prevenir el reclutamiento y la utilización deniños en contravención del derecho internacional aplicable y otrasviolaciones del derecho internacional humanitario y poner fin a esosactos;

6. Reitera que las operacionesde mantenimiento de la paz multidimensionales requieren la adopción deun enfoque integrado y solicita a los componentes civil y militar de laMONUSCO que establezcan una división coherente del trabajo, teniendo encuenta sus respectivas ventajas comparativas y la capacidad de quedisponen;

7. Destaca que la acciónintegrada de los agentes de seguridad y los agentes del desarrollosobre el terreno debe coordinarse con las autoridades nacionales paraestabilizar y mejorar la situación de la seguridad y contribuir alrestablecimiento de la autoridad del Estado, y subrayala importancia de que todas las entidades de las Naciones Unidasintegren sus esfuerzos sobre el terreno para promover la coherencia dela labor de las Naciones Unidas en las situaciones de conflicto yposteriores a los conflictos;

Traspaso de responsabilidades

8. Solicita al SecretarioGeneral que lo siga informando sobre la división del trabajo actualentre la MONUSCO y el equipo de las Naciones Unidas en el país, en loque respecta a las tareas que comparten la Misión, el equipo de lasNaciones Unidas en el país y el Gobierno de la República Democráticadel Congo, y sobre la hoja de ruta para el traspaso deresponsabilidades a otros agentes, principalmente al Gobierno de laRepública Democrática del Congo, pero también al equipo de las NacionesUnidas en el país y a los donantes, con el fin de racionalizar lastareas asignadas a la MONUSCO, y expresa su intención de seguirexaminando el mandato de la MONUSCO sobre la base de esa información;

9. Exhorta a la MONUSCO a quesiga colaborando con el equipo de las Naciones Unidas en el país y lasautoridades congoleñas para aprobar y aplicar el Programa deConsolidación de la Paz que abarca las provincias no afectadas por elconflicto, y solicita a la MONUSCO que, según proceda, siga traspasandotareas al equipo de las Naciones Unidas y las autoridades congoleñas enesas provincias;

10. Insta a la comunidadinternacional y a los donantes a que apoyen a la MONUSCO y al equipo delas Naciones Unidas en el país, y exhorta al Gobierno de la RepúblicaDemocrática del Congo y a los Estados vecinos a que sigan participandoen el proceso de traspaso de responsabilidades;

Elecciones

11. Exhorta al Gobierno de laRepública Democrática del Congo y a sus asociados nacionales a queaseguren un proceso electoral transparente y creíble, cumpliendo suresponsabilidad primordial de crear unas condiciones propicias para laspróximas elecciones, e insta al Gobierno, así como a todas las partespertinentes, a que aseguren un entorno conducente a que el procesoelectoral sea libre, limpio, creíble, inclusivo, transparente, pacíficoy oportuno, lo cual incluye un debate político libre y constructivo,libertad de expresión, libertad de reunión, acceso equitativo a losmedios de información, incluidos los estatales, seguridad y libertad decirculación para todos los candidatos, así como para los observadores ytestigos electorales, los periodistas, los defensores de los derechoshumanos y los agentes de la sociedad civil, incluidas las mujeres;

12. Exhorta al Gobierno de laRepública Democrática del Congo a que apruebe sin demora la hoja deruta y el presupuesto del ciclo electoral y, una vez el SecretarioGeneral haya notificado al Consejo de Seguridad a su aprobación,autoriza a la MONUSCO a proporcionar apoyo logístico, según corresponday en coordinación con las autoridades congoleñas y el equipo de lasNaciones Unidas en el país, para facilitar el ciclo electoral, y decideque este apoyo se evaluará constantemente y se examinará en función delprogreso realizado por las autoridades congoleñas en la dirección delproceso electoral, de conformidad con los criterios establecidos en elpárrafo 16 de la resolución 2053 (2012);Marco PSC

13. Reitera la importancia deque se aplique el Marco PSC para lograr la estabilidad a largo plazo dela zona oriental de la República Democrática del Congo y de la región;

14. Insta a todos los Estados signatarios del Marco PSC a que sigan cumpliendo sus compromisos íntegra y prontamente y de buena fe;

15. Exhorta al Gobierno de laRepública Democrática del Congo, en quien recae la responsabilidadprimordial de salvaguardar su soberanía e integridad territorial, a quesiga realizando progresos significativos en el cumplimiento de loscompromisos contraídos en virtud del Marco PSC, así como a los demássignatarios de ese Marco;

16. Exhorta a la EnviadaEspecial para la Región de los Grandes Lagos a que, en coordinación conel Representante Especial para la República Democrática del Congo y conel apoyo apropiado, siga dirigiendo, coordinando y evaluando elcumplimiento de los compromisos nacionales y regionales contraídos envirtud del Marco PSC y a que, sobre la base de ese Marco, aliente lacelebración de un diálogo político regional de alto nivel entre losprincipales signatarios con el fin de hacer frente a las causasprofundas subyacentes al conflicto, observando el diálogo inicial entrelos principales signatarios que ya está en marcha bajo el liderazgo dela Presidencia de Angola de la CIRGL y alentando a la Enviada Especial a que siga participando en este proceso;

Grupos armados

17. Condena enérgicamente atodos los grupos armados que operan en la región y sus violaciones delderecho internacional humanitario y del derecho internacional de otraíndole aplicable, así como sus abusos de los derechos humanos,incluidos los ataques contra la población civil, el personal demantenimiento de la paz de la MONUSCO y los agentes humanitarios, lasejecuciones sumarias, la violencia sexual y por razón de género y elreclutamiento y la utilización de niños en gran escala, y reitera que los responsables deberán rendir cuentas de sus actos;

18. Exige que las FDLR, laADF, el LRA, los Bakata-Katanga y los diversos grupos Mayi Mayi ponganfin de inmediato a todas las formas de violencia y otras actividadesdesestabilizadoras y que sus miembros se disuelvan de forma inmediata ypermanente, depongan las armas y desmovilicen a los niños de sus filas;

19. Expresa preocupación porel hecho de que las FDLR, así como otros grupos armados, siguendisfrutando de libertad de circulación en la República Democrática delCongo, observando con profunda inquietud las noticias sobre la colaboración de las FARDC con las FDLR a nivel local y, a ese respecto, acogiendo con beneplácito los planes elaborados por las FARDC, con el apoyo de la MONUSCO, para neutralizar a las FDLR, y destacando la necesidad de que esos planes se traduzcan en medidas sostenidas;

20. Exige que el Gobierno dela República Democrática del Congo, de conformidad con los compromisosque asumió en las declaraciones de Nairobi de 12 de diciembre de 2013,adopte medidas de inmediato para ejecutar su programa de desarme,desmovilización y reintegración, en coordinación con las NacionesUnidas, las organizaciones internacionales y los países vecinos dondelos excombatientes del M23 han encontrado refugio, solicita a esterespecto, de conformidad con las declaraciones de Nairobi y con loscompromisos contraídos en virtud del Marco PSC, que las Naciones Unidasy las organizaciones internacionales colaboren con los Estados vecinospara abordar urgentemente la situación de los excombatientes del M23que se encuentran en sus territorios, y destacala importancia de asegurar que todas las disposiciones de losdocumentos firmados se apliquen con rapidez y de buena fe, y, a esterespecto, que el M23 no se reagrupe ni reanude sus actividadesmilitares, de conformidad con las declaraciones de Nairobi y lasresoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad;

21. Exhorta al Gobierno de laRepública Democrática del Congo a que establezca y aplique con urgenciaplanes amplios de desarme, desmovilización y reintegración, y dedesarme, desmovilización, reintegración, repatriación y reasentamientopara poder ocuparse efectivamente de los excombatientes;

22. Observa que excombatientesdel M23, incluidas personas designadas por el Consejo de Seguridad, hanhuido de la República Democrática del Congo a Rwanda y Uganda,especialmente tras la derrota del M23 en la República Democrática delCongo, alienta a los Gobiernos de Rwanda y Uganda a que, con asistenciade las Naciones Unidas y las organizaciones internacionalescompetentes, sigan asegurando que esos combatientes esténpermanentemente desmovilizados, que los combatientes congoleños seandevueltos a la República Democrática del Congo para someterse a unproceso de desarme, desmovilización y reintegración, según corresponda,y que se les trate en forma acorde con el derecho internacionalpertinente, con especial atención a los niños y las mujeres que hayentre ellos, y recuerda las obligaciones que tienen los EstadosMiembros en virtud del Marco PSC y el régimen de sanciones renovado enla resolución 2136 (2014);

23. Reitera su apoyo alMecanismo Conjunto de Verificación Ampliado (MCVA) en cuanto mecanismoregional de fomento de la confianza y acoge con beneplácito la decisiónde la CIRGL de otorgar representación permanente a la MONUSCO en esemecanismo;

Derechos humanos/Actividades humanitarias

24. Insta al Gobierno de laRepública Democrática del Congo a que detenga y haga rendir cuentas alos responsables de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidadcometidos en el país, y destaca la importancia que con tal fin tienen tanto la cooperación regional como la cooperación con la Corte Penal Internacional;

25. Exhorta a las autoridadescongoleñas a que aseguren el procesamiento de los responsables deviolaciones y abusos graves de los derechos humanos cometidos en elcontexto de las elecciones del 28 de noviembre de 2011;

26. Alienta al Gobierno de laRepública Democrática del Congo a que siga fortaleciendo su cooperacióncon la Representante Especial del Secretario General para la Cuestiónde los Niños y los Conflictos Armados y la Representante Especial delSecretario General sobre la Violencia Sexual en los Conflictos, y aque, con el apoyo de la MONUSCO, aplique enérgicamente, según proceda,el plan de acción para prevenir y eliminar el reclutamiento y lautilización de niños y los actos de violencia sexual comedidos por lasFARDC, y alienta al PresidenteKabila a que hombre con rapidez al asesor presidencial sobre laviolencia sexual y el reclutamiento de niños propuesto;

27. Solicita a la MONUSCO quetenga plenamente en cuenta las consideraciones de género como cuestiónintersectorial en todo su mandato y que preste asistencia al Gobiernode la República Democrática del Congo para asegurar la participación,implicación y representación de las mujeres en todos los niveles,incluidas las actividades de estabilización, la reforma del sector dela seguridad y los procesos de desarme, desmovilización yreintegración, así como en el diálogo político nacional y los procesoselectorales, por medios como el suministro de asesores en cuestiones degénero, y solicita también a la MONUSCO que amplíe la información que presenta al Consejo sobre esta cuestión;

28. Solicita a la MONUSCO quetenga plenamente en cuenta la protección de los niños como cuestiónintersectorial en todo su mandato y que preste asistencia al Gobiernode la República Democrática del Congo para asegurar que la protecciónde los derechos del niño se tenga en cuenta en los procesos dedesmovilización, desarme y reintegración y en la reforma del sector dela seguridad, entre otros ámbitos, con el propósito de poner fin a lasinfracciones y abusos cometidos contra menores y prevenirlos;

29. Exhorta a todos losagentes a que refuercen las actividades destinadas a luchar contra laimpunidad por la violencia sexual relacionada con el conflicto, prestartodos los servicios necesarios a los supervivientes y asegurar que lasmujeres estén incluidas plenamente y en pie de igualdad en el Marco PSCy en todas las etapas de la resolución del conflicto, la reconstruccióny la promoción de la paz, incluso teniendo en cuenta el llamamientoefectuado el 11 de julio de 2013 en la Declaración de Bujumbura paraque los parámetros de referencia, los indicadores y las medidas deseguimiento del plan de aplicación del Marco PSC tengan en cuenta lascuestiones de género;

MONUSCO

30. Exhorta a la MONUSCO a quecoordine estrategias con otras misiones de las Naciones Unidas en laregión a fin de mejorar el intercambio de información habida cuenta delos ataques perpetrados por el LRA, y reitera su apoyo a lasiniciativas emprendidas por las Naciones Unidas y por la Unión Africanapara facilitar la adopción de medidas regionales contra el LRA, deconformidad con el párrafo 4 a);

31. Alienta a la MONUSCO a quemejore su interacción con la población civil a fin de aumentar laconciencia y la comprensión de su mandato y sus actividades mediante unprograma amplio de divulgación pública, a que determine las posiblesamenazas contra la población civil y a que reúna información fiablesobre las infracciones del derecho internacional humanitario y lasvulneraciones y abusos de los derechos humanos cometidos contra civiles;

32. Solicita al SecretarioGeneral que adopte las medidas necesarias para asegurar que la MONUSCOcumpla plenamente la política de las Naciones Unidas de tolerancia cerofrente a la explotación y los abusos sexuales, y que lo mantengainformado si se produce algún caso de ese tipo de conducta;

33. Solicita a la MONUSCO queasegure que todo apoyo prestado a las fuerzas de seguridad nacionalesse ajuste estrictamente a la política de las Naciones Unidas dediligencia debida en materia de derechos humanos, insta al sistema delas Naciones Unidas en la República Democrática del Congo a que adopteun enfoque conjunto y uniforme respecto de la aplicación de esapolítica;

34. Exige que todas las partescooperen plenamente con las operaciones de la MONUSCO y permitan yfaciliten el acceso pleno, seguro, inmediato y sin trabas del personalde las Naciones Unidas y el personal asociado en la ejecución de sumandato y la prestación oportuna de asistencia humanitaria a lapoblación necesitada, en particular a los desplazados internos, en todoel territorio de la República Democrática del Congo, respetando losprincipios rectores de la asistencia humanitaria de las Naciones Unidasy las disposiciones pertinentes del derecho internacional;

35. Exhorta a todos losEstados Miembros a que contribuyan generosamente al llamamientohumanitario de las Naciones Unidas para la República Democrática delCongo a fin de ayudar a asegurar que los organismos humanitarios de lasNaciones Unidas y otras organizaciones internacionales esténdebidamente financiados y puedan atender las necesidades de proteccióny asistencia de los desplazados internos, los supervivientes de laviolencia sexual y otros grupos vulnerables;

36. Exhorta a los EstadosMiembros a que prometan aportar y aporten el resto de losmultiplicadores de fuerza necesarios para la Misión, en particularequipo aéreo militar y recuerda la importancia de que se celebren estrechas consultas con los países que aportan contingentes y fuerzas de policía;

37. Observa que es importanteasegurar que todos los contingentes de la MONUSCO, incluidos loscontingentes de la Brigada de Intervención, estén debidamentepreparados y adecuadamente equipados para que puedan llevar a cabo sustareas respectivas;

38. Expresa su pleno apoyo alGrupo de Expertos de las Naciones Unidas establecido en virtud de laresolución 1533 (2004), pide una mayor cooperación entre todos losEstados, en particular los de la región, la MONUSCO y el Grupo deExpertos, alienta a todas las partes y todos los Estados a velar porque las personas y entidades sujetas a su jurisdicción o controlcooperen con el Grupo de Expertos, y reitera su exigencia de que todaslas partes y todos los Estados garanticen la seguridad de sus miembrosy su personal de apoyo, y el acceso inmediato y sin trabas, enparticular a las personas, los documentos y los lugares que el Grupo deExpertos considere pertinentes para la ejecución de su mandato;

Examen estratégico

39. Solicita que el SecretarioGeneral realice un examen estratégico a fondo de la MONUSCO y de lapresencia de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congoen sentido amplio con el fin de formular recomendaciones al Consejo deSeguridad, a más tardar el 30 diciembre 2014, sobre los objetivos, lasactividades, la estrategia de salida y el despliegue efectivo derecursos de la Misión en el futuro, teniendo en consideración lanecesidad de que siga aumentando la efectividad de la Misión;

Informes del Secretario General

40. Solicita al Secretario General que lo informe cada tres meses sobre:

i) La situación sobre el terreno, incluida la violencia sexual y los efectos del conflicto en las mujeres y los niños;

ii) Los progresos realizados por la República Democrática del Congo enel cumplimiento de los compromisos contraídos en virtud del Marco PSC,en particular mediante el establecimiento y la aplicación de una hojade ruta para la reforma del sector de la seguridad nacional y lacreación de una “Fuerza de Reacción Rápida” congoleña, y sobre laaplicación de los planes de desarme, desmovilización y reintegración, yde desarme, desmovilización, repatriación, reasentamiento yreintegración;

iii) El cumplimiento del mandato de la MONUSCO, incluidas lasactividades de la Brigada de Intervención, su reconfiguración parallevar a cabo las tareas indicadas más arriba y la transferencia deresponsabilidades en marcha a otros agentes;

iv) Los riesgos y sus consecuencias para la seguridad del personal ylas instalaciones de las Naciones Unidas como resultado de las posiblesoperaciones militares, así como las medidas adoptadas para reforzar suseguridad y mitigar los riesgos;

41. Solicita al SecretarioGeneral que lo informe cada seis meses, en coordinación con su EnviadaEspecial para la Región de los Grandes Lagos y su RepresentanteEspecial para la República Democrática del Congo, sobre el cumplimientode los compromisos contraídos en virtud del Marco PSC;

42. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica