Resolución 2153/2014

Regimen De Sanciones Respecto De La Republica De Côte D’Ivoire

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Consejo De Seguridad
Regimen De Sanciones Respecto De La Republica De Côte D’Ivoire

Regimen de sanciones respecto de la republica de côte d’ivoire.

Id norma: 231779 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32919

Fecha boletin: 04/07/2014 Fecha sancion: 29/04/2014 Numero de norma 2153/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Consejo De Seguridad De Las Naciones Unidas Ver Resoluciones Observaciones: PUBLICADA COMO ANEXO DE LA RESOLUCION 334/2014 DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, B.O. 04/07/2014, PAGINA 7.

Esta norma es complementada o modificada por

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Resolución 2153 (2014)

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7163a sesión, celebrada el 29 de abril de 2014.

El Consejo de Seguridad,

Recordando sus resolucionesanteriores y las declaraciones de su Presidencia relativas a lasituación en Côte d’Ivoire, en particular las resoluciones 1880 (2009),1893 (2009), 1911 (2010), 1933 (2010), 1946 (2010), 1962 (2010), 1975(2011), 1980 (2011), 2000 (2011), 2045 (2012), 2062 (2012), 2101 (2013)y 2112 (2013),

Reiterando su firme compromiso con la soberanía, la independencia, la integridad territorial y la unidad de Côte d’Ivoire, y recordando la importancia de los principios de buena vecindad, no injerencia y cooperación regional,

Acogiendo con beneplácito el informe especial del Secretario General de fecha 24 de diciembre de 2013 (S/2013/761), y haciendo notarel informe de mitad de período de 2013 (S/2013/605) y el informe finalde 2014 (S/2014/266) del Grupo de Expertos de las Naciones Unidas,

Acogiendo con beneplácito losprogresos generales hacia la restauración de la seguridad, la paz y laestabilidad en Côte d’Ivoire, encomiando los incesantes esfuerzos delPresidente y el Gobierno de Côte d’Ivoire para estabilizar la situaciónde la seguridad y acelerar la recuperación económica en Côte d’Ivoire ypara reforzar la cooperación internacional y regional, en particular lacooperación con los Gobiernos de Ghana y Liberia, y exhortandoa todas las partes nacionales interesadas a que colaboren paraconsolidar los progresos logrados hasta la fecha y hacer frente a lascausas subyacentes de la tensión y el conflicto,

Reconociendo que las medidasimpuestas en las resoluciones 1572 (2004), 1643 (2005), 1975 (2011) y1980 (2011), modificadas en resoluciones posteriores, siguencontribuyendo a la estabilidad de Côte d’Ivoire, en ámbitos como lalucha contra la transferencia ilícita de armas pequeñas y armas ligerasen Côte d’Ivoire y el apoyo a la consolidación de la paz después de losconflictos, el desarme, la desmovilización y la reintegración y lareforma del sector de la seguridad, y destacando que esas medidastienen por objeto apoyar el proceso de paz en Côte d’Ivoire con vistasa la posible modificación adicional o el levantamiento de la totalidado de una parte de las medidas restantes según los progresos realizadosen relación con el desarme, la desmovilización y la reintegración, lareforma del sector de la seguridad, la reconciliación nacional y lalucha contra la impunidad,

Acogiendo con beneplácito laconclusión del ciclo electoral que se puso en marcha con el Acuerdo deUagadugú y el anuncio de que se celebrarán elecciones presidenciales enoctubre de 2015, y alentando al Gobierno y a la oposición a queavancen, con talante positivo y espíritu de colaboración, hacia lareconciliación política y la reforma electoral a fin de asegurar que elespacio político se mantenga abierto y transparente,

Acogiendo con beneplácito losesfuerzos realizados en el marco del programa de reforma del sector dela seguridad y, en especial, la creciente cooperación entre el Consejode Seguridad Nacional y las autoridades locales, pero expresandopreocupación por las demoras en la aplicación de la estrategia nacionalde reforma del sector de la seguridad, en particular fuera de Abiyán, einstando a que se acelere la labor para reformar el sector de laseguridad, en particular instaurando una jerarquía de mando eficaz,estableciendo un sistema de justicia militar y disponiendo lasasignaciones presupuestarias apropiadas,

Acogiendo con beneplácito los avances logrados en cuanto a la situacióngeneral de la seguridad y las medidas adoptadas para hacer frente a losproblemas de seguridad, pero expresando preocupaciónpor las demoras en la ejecución de la reforma del sector de laseguridad y el desarme, la desmovilización y la reintegración de losexcombatientes, acogiendo con beneplácito lasmedidas adoptadas para mejorar el control y la gestión de las armas pormedio de la Comisión Nacional de Lucha contra la Proliferación y elTráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Armas Ligeras, con el apoyo de laOperación de las Naciones Unidas en Côte d’Ivoire (ONUCI), poniendo de relieve la importancia de que se sigan adoptando medidas en este ámbito, y poniendo de relieveuna vez más la necesidad de que el Gobierno de Côte d’Ivoireproporcione recursos financieros suficientes y cree oportunidades dereintegración viables para los excombatientes a fin de asegurarse deque el proceso de desarme, desmovilización y reintegración concluya nomás tarde de junio de 2015,

Reiterando la urgentenecesidad de que el Gobierno de Côte d’Ivoire capacite y equipe a susfuerzas de seguridad, en especial la policía y la gendarmería, conarmas y municiones estándar para realizar tareas policiales,

Poniendo de relieve una vez másla importancia de que el Gobierno de Côte d’Ivoire pueda responder demanera proporcional a las amenazas contra la seguridad de todos losciudadanos de Côte d’Ivoire, y exhortandoal Gobierno de Côte d’Ivoire a que garantice que sus fuerzas deseguridad sigan comprometidas con el respeto de los derechos humanos yel derecho internacional aplicable,

Alentando a que se estreche lacooperación entre el Gobierno de Côte d’Ivoire y el Grupo de Expertos,establecido originalmente de conformidad con el párrafo 7 de laresolución 1.584 (2005),

Acogiendo con beneplácito losesfuerzos que está realizando la Secretaría para ampliar y mejorar lalista de expertos de la Subdivisión de Organos Subsidiarios del Consejode Seguridad, teniendo presente la orientación proporcionada en la notade la Presidencia publicada con la signatura S/2006/997,

Acogiendo con beneplácito los progresos realizados por las autoridades de Côte d’Ivoire en la lucha contra los sistemas ilegales de tributación y reconociendo que ha disminuido el número de puestos de control ilícitos y de incidentes de delincuencia organizada, pero observando que la capacidad y los recursos para el control de fronteras son insuficientes, en particular en la parte occidental del país,

Observando que el Proceso deKimberley reconoció en su comunicado final de 22 de noviembre de 2013que Côte d’Ivoire cumplía los requisitos mínimos del Sistema deCertificación del Proceso de Kimberley, alentandoa Côte d’Ivoire a que aplique íntegramente su plan de acción para queel desarrollo de su sector de los diamantes se ajuste a las normas delProceso de Kimberley y a que, entre otras cosas, participe en lainiciativa del Proceso de Kimberley para los países de la cuenca delrío Mano, y acogiendo con beneplácitola invitación de Côte d’Ivoire a que se realice una visita deseguimiento del Proceso de Kimberley seis meses después de que sereanuden las exportaciones legales de diamantes en bruto,

Recordando sus resoluciones1325 (2000), 1820 (2008), 1888 (2009), 1889 (2009), 1960 (2010), 2106(2013) y 2122 (2013), relativas a las mujeres y la paz y la seguridad,sus resoluciones 1612 (2005), 1882 (2009), 1998 (2011), 2068 (2012) y2143 (2014), relativas a los niños y los conflictos armados, y susresoluciones 1265 (1999), 1296 (2000), 1674 (2006), 1738 (2006) y 1894(2009), relativas a la protección de los civiles en los conflictosarmados,

Reiterando su firme condena detodas las violaciones de los derechos humanos y el derechointernacional humanitario cometidas en Côte d´Ivoire, condenando todoslos actos de violencia cometidos contra civiles, incluidas las mujeres,los niños, los desplazados internos y los nacionales extranjeros, yotras violaciones y abusos de los derechos humanos, destacando que losautores, con independencia del bando al que pertenezcan, deben sersometidos a la acción de la justicia, ya sea en tribunales nacionales ointernacionales, y alentando al Gobierno de Côte d’Ivoire a quemantenga su estrecha cooperación con la Corte Penal Internacional,

Acogiendo con beneplácito eneste sentido la transferencia de Charles Blé Goudé, exdirigente de losJóvenes Patriotas, a la Corte Penal Internacional y acogiendo conbeneplácito también el empeño nacional e internacional por someter a laacción de la justicia a los presuntos autores de violaciones y abusosde los derechos humanos y violaciones del derecho internacionalhumanitario,

Destacando la importancia de que se proporcionen al Grupo de Expertos recursos suficientes para la ejecución de su mandato,

Habiendo determinado que lasituación imperante en Côte d’Ivoire sigue constituyendo una amenazapara la paz y la seguridad internacionales en la región,

Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,

1. Decide que, durante unperíodo que finalizará el 30 de abril de 2015, todos los Estadostomarán las medidas necesarias para impedir el suministro, la venta ola transferencia a Côte d´Ivoire, de forma directa o indirecta, desdesu territorio o por sus nacionales, o mediante buques o aeronaves de supabellón, de armas y cualquier otro material mortífero conexo,independientemente de que procedan o no de sus territorios;

2. Decide que el suministro deequipo no mortífero y la prestación de cualquier tipo de asistenciatécnica, capacitación o asistencia financiera cuyo fin sea permitir quelas fuerzas de seguridad de Côte d’Ivoire hagan únicamente un uso de lafuerza apropiado y proporcionado en el mantenimiento del orden públicoya no requerirán la notificación al Comité;

3. Observa que las medidasrelativas a las armas y el material mortífero conexo señaladas en elpárrafo 1 no son aplicables a la prestación de capacitación,asesoramiento, asistencia técnica o financiera o conocimientosespecializados relacionados con actividades militares y de seguridad,ni al suministro de material no mortífero, incluidos vehículos civilesa las fuerzas de seguridad de Côte d´Ivoire;

4. Decide que las medidas impuestas en virtud del párrafo 1 de la presente resolución no serán aplicables a:

a) Los suministros destinados exclusivamente a apoyar a la Operación delas Naciones Unidas en Côte d’Ivoire (ONUCI) y las fuerzas francesasque la respaldan o para su uso, y los suministros destinados a apoyar alas operaciones de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la pazque se hallen en tránsito por Côte d’Ivoire o para su uso;

b) Los suministros que se exporten temporalmente a Côte d’Ivoire paralas fuerzas de un Estado que esté tomando medidas, de conformidad conel derecho internacional, directa y exclusivamente para facilitar laevacuación de sus nacionales y de las personas sobre las que tengaresponsabilidad consular en Côte d’Ivoire, previa notificación alComité establecido en virtud del párrafo 14 de la resolución 1572(2004);

c) Los suministros de armas y material mortífero conexo a las fuerzasde seguridad de Côte d’Ivoire destinados únicamente a apoyar el procesode reforma del sector de la seguridad de Côte d’Ivoire o al uso eneste, previa notificación al Comité establecido en virtud del párrafo14 de la resolución 1572 (2004), con excepción de las armas y elmaterial mortífero conexo indicados en el anexo de la presenteresolución, que requieren la aprobación previa del Comité establecidoen virtud del párrafo 14 de la resolución 1572 (2004);

5. Decide que el Comitéañadirá o eliminará artículos en la lista de armas y material mortíferoconexo que figura en el anexo de la presente resolución o proporcionaráaclaraciones al respecto, según proceda;

6. Decide que, durante elperíodo a que se hace referencia en el párrafo 1 de la presenteresolución, las autoridades de Côte d’Ivoire deberán notificar conantelación al Comité cualquier envío de los artículos mencionados en elpárrafo 3 c) o solicitar su aprobación previa, según proceda, y decideademás que el Estado Miembro que preste asistencia podrá, comoalternativa, realizar esa notificación o presentar la solicitud deaprobación correspondiente en virtud del párrafo 3 c) tras haberinformado al Gobierno de Côte d’Ivoire de su intención;

7. Solicita al Gobierno deCôte d’Ivoire que se asegure de que las notificaciones y solicitudes deaprobación enviadas al Comité de Sanciones contengan toda lainformación pertinente, incluidos el propósito del uso y el usuariofinal, la unidad de las fuerzas de seguridad de Côte d’Ivoire a la queesté previsto destinar el equipo o el lugar previsto para sualmacenamiento, sus especificaciones técnicas, la cantidad que seenviará, información detallada sobre su fabricante y proveedor, lafecha de entrega propuesta, el medio de transporte y el itinerario delos envíos; destaca además la importancia de centrarse específicamenteen dar una explicación detallada sobre el modo en que el equiposolicitado apoyará la reforma del sector de la seguridad; y pone derelieve que dichas notificaciones y solicitudes de aprobación debenincluir información sobre toda modificación prevista del equipo nomortífero con la intención de convertirlo en mortífero;

8. Decide que las autoridadesde Côte d’Ivoire deberán presentar al Comité dos informes semestrales amás tardar el 30 de septiembre y el 30 de marzo de 2015 sobre losprogresos que se realicen en relación con el desarme, ladesmovilización y la reintegración y la reforma del sector de laseguridad;

9. Alienta a las autoridadesde Côte d’Ivoire a consultar con la ONUCI, en el marco de su mandato ycon los recursos existentes, a fin de velar por que las notificacionesy las solicitudes de autorización contengan la información necesaria;

10. Insta al Gobierno de Côted’Ivoire a que permita al Grupo de Expertos y a la ONUCI acceder a lasarmas y el material mortífero exentos en el momento de la importación yantes de que se transfieran al usuario final, destaca que el Gobiernode Côte d’Ivoire deberá marcar las armas y el material mortífero conexocuando se reciban en el territorio de Côte d´Ivoire, e instaal Gobierno de Côte d’Ivoire a mantener un registro de todas las armasy todo el material que poseen las fuerzas de seguridad nacionales,prestando especial atención a las armas pequeñas y las armas ligeras,con miras a mejorar la vigilancia y el control de su circulación;

11. Decide volver a examinarlas medidas establecidas en los párrafos anteriores a la luz de losprogresos logrados en la estabilización de todo el país, antes de quefinalice el plazo mencionado en el párrafo 1, según los progresos quese realicen en relación con el desarme, la desmovilización y lareintegración, la reforma del sector de la seguridad, la reconciliaciónnacional y la lucha contra la impunidad;

12. Decide prorrogar hasta el30 de abril de 2015 las medidas financieras y relativas a los viajesimpuestas en los párrafos 9 a 12 de la resolución 1572 (2004) y elpárrafo 12 de la resolución 1975 (2011), y destacasu intención de reconsiderar la permanencia en la lista de las personassujetas a esas medidas siempre y cuando participen en iniciativas quepromuevan el objetivo de la reconciliación nacional;

13. Decide poner fin, a partirde la fecha de aprobación de la presente resolución, a las medidasencaminadas a impedir la importación por cualquier Estado de diamantesen bruto procedentes de Côte d’Ivoire impuestas por el párrafo 6 de laresolución 1643 (2005), a la luz de los progresos realizados paraaplicar el Sistema de Certificación del Proceso de Kimberley y mejorarla gobernanza del sector;

14. Solicita que Côte d’Ivoirele presente, por conducto del Comité, información actualizada sobre lamarcha de la ejecución de su plan de acción para los diamantes,incluida cualquier actividad de aplicación de la ley relacionada con elcontrabando ilegal, el desarrollo de su régimen aduanero y los informesrelativos a las corrientes financieras derivadas de los diamantes; alientaa Côte d’Ivoire a que acoja una visita de seguimiento del Proceso deKimberley en un plazo de nueve meses a partir de la aprobación de lapresente resolución en la que participará un representante del Grupo deExpertos; y alienta también aCôte d’Ivoire a seguir participando en las actividades regionales decooperación y aplicación de la ley, tales como la iniciativa delProceso de Kimberley para los países de la cuenca del río Mano;

15. Invita al Sistema deCertificación del Proceso de Kimberley, en especial a sus Grupos deTrabajo sobre Supervisión y sobre Estadísticas, a que le facilite porconducto del Comité información, según proceda, sobre el cumplimientode Côte d’Ivoire en relación con el Sistema de Certificación delProceso de Kimberley y, cuando sea posible, a efectos de examen por elGrupo de Expertos; y alienta a los donantes a que apoyen lasiniciativas de Côte d’Ivoire compartiendo información al respecto yprestando asistencia técnica;

16. Exhorta al Gobierno deCôte d’Ivoire a que adopte las medidas necesarias para aplicar lasmedidas establecidas en el párrafo 1 de la presente resolución, inclusomediante la incorporación de las disposiciones pertinentes en su marcojurídico nacional;

17. Exhorta a todos losEstados Miembros, en particular a los de la subregión, a que apliqueníntegramente las medidas mencionadas en los párrafos 1 y 6 de lapresente resolución;

18. Expresa su persistente preocupación por la inestabilidad existente en el oeste de Côte d’Ivoire y acoge con beneplácito y además alientalas actividades coordinadas emprendidas por las autoridades de lospaíses vecinos para hacer frente a esa cuestión, particularmente en loque respecta a la zona fronteriza, entre otras cosas mediante elmantenimiento de la vigilancia, el intercambio de información y larealización de acciones coordinadas, así como la elaboración yaplicación de una estrategia compartida sobre la frontera, con el fin,entre otros, de apoyar el desarme y la repatriación de los elementosarmados extranjeros de ambos lados de la frontera;

19. Alienta a la ONUCI y a laMisión de las Naciones Unidas en Liberia (UNMIL) a que, en el marco desus respectivos mandatos y dentro de los límites de su capacidad y suszonas de despliegue, sigan coordinando estrechamente su asistencia alos Gobiernos de Côte d’Ivoire y de Liberia, respectivamente, en lavigilancia de su frontera, y acoge con beneplácitoque prosiga la cooperación entre el Grupo de Expertos y el Grupo deExpertos sobre Liberia nombrado de conformidad con el párrafo 4 de laresolución 1854 (2008);

20. Insta a todos loscombatientes armados ilegales de Côte d´Ivoire, incluidos los que seencuentran en países vecinos, a que depongan de inmediato las armas, alientaa la ONUCI a que, en el marco de su mandato y dentro de los límites desu capacidad y sus zonas de despliegue, siga prestando asistencia alGobierno de Côte d’Ivoire para recoger y almacenar las armas yregistrar toda la información pertinente relativa a ellas, y además exhortaal Gobierno de Côte d´Ivoire, incluida la Comisión Nacional de Luchacontra la Proliferación y el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y ArmasLigeras, a asegurar que esas armas se neutralicen y no se distribuyanilegalmente, de conformidad con la Convención de la CEDEAO sobre lasArmas Pequeñas y las Armas Ligeras, sus Municiones y Otros MaterialesConexos;

21. Recuerda que la ONUCI, enel marco de la vigilancia del embargo de armas, tiene el mandato derecoger, según proceda, las armas y cualquier material conexointroducidos en Côte d’Ivoire contraviniendo las medidas impuestas enel párrafo 1 de la presente resolución, y disponer adecuadamente deesas armas y material conexo;

22. Reitera la necesidad deque las autoridades de Côte d’Ivoire permitan el acceso sin trabas delGrupo de Expertos, así como de la ONUCI y las fuerzas francesas que larespaldan, al equipo, los lugares y las instalaciones mencionados en elpárrafo 2 a) de la resolución 1584 (2005), y a todas las armas,municiones y material conexo de todas las fuerzas armadas de seguridad,independientemente de su ubicación, incluidas las armas obtenidas en larecogida a que se hace referencia en los párrafos 10 y 11 de lapresente resolución, cuando proceda y sin previo aviso, como seestablece en las resoluciones 1739 (2007), 1880 (2009), 1933 (2010),1962 (2010), 1980 (2011), 2062 (2012) y 2112 (2013);

23. Solicita a todos los Estados interesados, en particular a los de la subregión, que cooperen plenamente con el Comité, y autoriza al Comité a solicitar cualquier otra información que considere necesaria;

24. Decide prorrogar elmandato del Grupo de Expertos enunciado en el párrafo 7 de laresolución 1727 (2006) por un período de 13 meses, hasta el 30 de mayode 2015, y solicita al Secretario General que adopte las medidas necesarias en apoyo de su labor;

25. Reitera que el párrafo 7b) de la resolución 1727 (2006) contiene un mandato para que el Grupode Expertos recoja y analice toda la información pertinente sobre lasfuentes de financiación, incluida la explotación de recursos naturalesen Côte d´Ivoire, utilizadas para la compra de armas y materialesconexos y para tales actividades, y hace notar que, con arreglo alpárrafo 12 a) de la resolución 1727 (2006), el Comité puede designar alas personas de las que se haya determinado que ponen en peligro elproceso de paz y reconciliación nacional en Côte d’Ivoire mediante eltráfico ilícito de recursos naturales, entre otros, diamantes y oro;

26. Decide que el Grupo deExpertos también deberá informar sobre las actividades de las personassancionadas y toda amenaza a la paz y la seguridad en Côte d’Ivoire queestas pudieran plantear, y solicitaademás al Grupo de Expertos que evalúe los efectos de lasmodificaciones decididas en la presente resolución e informe alrespecto;

27. Solicita al Grupo deExpertos que presente al Comité un informe de mitad de período a mástardar el 15 de octubre de 2014 y que presente un informe final a mástardar el 15 de abril de 2015, tras celebrar deliberaciones con elComité, sobre la aplicación de las medidas impuestas en el párrafo 1 dela presente resolución, los párrafos 9 y 11 de la resolución 1572(2004), el párrafo 12 de la resolución 1975 (2011) y el párrafo 10 dela resolución 1980 (2011);

28. Decide que el informe delGrupo de Expertos a que se hace referencia en el párrafo 7 e) de laresolución 1727 (2006) podrá incluir, según proceda, cualquierinformación y recomendaciones que resulten pertinentes para que elComité designe a más personas y entidades descritas en los párrafos 9 y11 de la resolución 1572 (2004) y el párrafo 10 de la resolución 1980(2011), y además recuerda elinforme del Grupo de Trabajo Oficioso del Consejo de Seguridad sobreCuestiones Generales Relativas a las Sanciones (S/2006/997) acerca delas mejores prácticas y métodos, en particular los párrafos 21, 22 y23, en los que se examinan posibles medidas para aclarar las normasmetodológicas de los mecanismos de vigilancia;

29. Solicita al SecretarioGeneral que le comunique, según proceda y por conducto del Comité, lainformación reunida por la ONUCI, y, de ser posible, examinada por elGrupo de Expertos, sobre el suministro de armas y material conexo aCôte d´Ivoire;

30. Solicita también alGobierno de Francia que le comunique, según proceda y por conducto delComité, la información reunida por las fuerzas francesas, y, de serposible, examinada por el Grupo de Expertos, sobre el suministro dearmas y material conexo a Côte d´Ivoire;

31. Alienta a las autoridadesde Côte d’Ivoire a que participen en la aplicación del programa de laOrganización de Cooperación y Desarrollo Económicos relativo a lasdirectrices sobre el ejercicio de la diligencia debida para la gestiónresponsable de las cadenas de suministro de minerales procedentes dezonas afectadas por conflictos y zonas de alto riesgo, con especialatención al oro, y a que se pongan en contacto con las organizacionesinternacionales al objeto de aprovechar las enseñanzas extraídas deotras iniciativas y otros países que se enfrentan a situacionessimilares relacionadas con la minería artesanal;

32. Exhorta a las autoridadesde Côte d’Ivoire a que continúen tomando las medidas necesarias paradesarticular las redes ilegales de recaudación de impuestos, por medioscomo la realización de investigaciones pertinentes y minuciosas,reducir el número de puestos de control e impedir acciones de ladelincuencia organizada en todo el país, y exhorta tambiéna las autoridades a que continúen tomando las medidas necesarias paraseguir restableciendo y reforzando las instituciones pertinentes yacelerar el despliegue de los agentes de aduanas y de control defronteras en el norte, el oeste y el este del país;

33. Pide al Grupo de Expertosque evalúe la eficacia de estas medidas y controles de fronteras en laregión, alienta a todos los Estados vecinos a que tengan presentes losesfuerzos realizados por Côte d’Ivoire a ese respecto y alientaa la ONUCI a que, en el marco de su mandato, siga prestando asistenciaa las autoridades de Côte d’Ivoire para restablecer las operacionesnormales de aduanas y control de fronteras;

34. Insta a todos los Estados,organismos competentes de las Naciones Unidas y otras organizaciones ypartes interesadas a que cooperen plenamente con el Comité, el Grupo deExpertos, la ONUCI y las fuerzas francesas, en particularproporcionando cualquier información de que dispongan sobre posiblesviolaciones de las medidas impuestas en los párrafos 1, 2 y 3 de lapresente resolución, los párrafos 9 y 11 de la resolución 1572 (2004),el párrafo 6 de la resolución 1643 (2005) y el párrafo 12 de laresolución 1975 (2011), y además solicita al Grupo de Expertos quecoordine sus actividades, según proceda, con todos los agentespolíticos y cumpla su mandato de conformidad con el informe del Grupode Trabajo Oficioso del Consejo de Seguridad sobre Cuestiones GeneralesRelativas a las Sanciones (S/2006/997);

35. Solicita a laRepresentante Especial del Secretario General para la Cuestión de losNiños y los Conflictos Armados y la Representante Especial delSecretario General sobre la Violencia Sexual en los Conflictos quesigan proporcionando información pertinente al Comité, de conformidadcon lo establecido en el párrafo 7 de la resolución 1960 (2010) y elpárrafo 9 de la resolución 1998 (2011);

36. Insta además, en estecontexto, a todas las partes de Côte d’Ivoire y todos los Estados,particularmente a los de la región, a que garanticen:

- La seguridad de los miembros del Grupo de Expertos;

- El acceso sin trabas del Grupo de Expertos, en particular a laspersonas, los documentos y los emplazamientos pertinentes, a fin de queel Grupo de Expertos ejecute su mandato;

37. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.

Anexo

1. Armas, artillería de fuego directo e indirecto y cañones de calibre superior a 12,7 mm, sus municiones y componentes.

2. Granadas propulsadas por cohetes, lanzacohetes, armas antitanque ligeras, granadas de fusil y lanzagranadas.

3. Misiles tierra-aire, incluidos sistemas portátiles de defensaantiaérea (Manpads); misiles tierra-tierra; y misiles aire-tierra.

4. Morteros de calibre superior a 82 mm.

5. Armas antitanque dirigidas, especialmente misiles antitanque dirigidos, sus municiones y componentes.

6. Aeronaves artilladas, incluidos aviones y helicópteros.

7. Vehículos militares artillados o vehículos militares equipados con puntos de montaje para armas.

8. Cargas explosivas y artefactos que contengan materiales explosivos, diseñados con fines militares; minas y material conexo.

9. Dispositivos para observación y tiro nocturnos.

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