Disposición 237/2014

U.T.E.D.Y.C. - Asociacion Del Futbol Argentino

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
U.T.E.D.Y.C. - Asociacion Del Futbol Argentino

Declaranse homologados el acuerdo y su anexo, celebrados entre la union trabajadores de entidades deportivas y civiles (u.t.e.d.y.c.) y la asociacion del futbol argentino, que lucen a fojas 27/29 del expediente nº 1.602.491/13, conforme lo dispuesto en la ley de negociacion colectiva nº 14.250 (t.o. 2004).

Id norma: 231966 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32922

Fecha boletin: 10/07/2014 Fecha sancion: 04/06/2014 Numero de norma 237/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Relaciones Del Trabajo Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 237/2014

Bs. As., 4/6/2014

VISTO el Expediente Nº 1.602.491/13 del registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 27/29 del Expediente Nº 1.602.491/13, obran el acuerdo yanexo celebrados entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS YCIVILES (U.T.E.D.Y.C.), por la parte gremial y la ASOCIACION DEL FUTBOLARGENTINO, por el sector empleador, conforme lo establecido en la LeyNº 14.250 (t.o. 2004).

Que corresponde dejar indicado que toda vez que el aumento otorgadomediante el acuerdo obrante a fojas 2/4 ha sido receptado en el nuevoacuerdo acompañado a fojas 27/29, se procederá a la homologación deeste último instrumento.

Que a través del texto convencional alcanzado, se establece unincremento salarial para el personal comprendido en el ConvenioColectivo de Trabajo Nº 553/09, cuyas partes signatarias coinciden conlos actores intervinientes en autos.

Que el ámbito de aplicación del mentado acuerdo, se corresponde con elalcance de representación de la entidad empresaria signataria y de laasociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allíinsertas, acreditando la personería y facultades para negociarcolectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que se encuentra cumplido el procedimiento negocial previsto en la Ley Nº 23.546.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relacionesdel Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que lecompete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativode homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, seremitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional deRegulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar elpromedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorioestablecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y susmodificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentesactuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº738/12.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1° — Decláranse homologados el acuerdo y su anexo, celebradosentre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES(U.T.E.D.Y.C.) y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO, que lucen a fojas27/29 del Expediente Nº 1.602.491/13, conforme lo dispuesto en la Leyde Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la DirecciónGeneral de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de laSUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección deNegociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinaciónregistre el acuerdo y su anexo, obrantes a fojas 27/29 del ExpedienteNº 1.602.491/13.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pasea la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar laprocedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surgeel tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente,procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el ConvenioColectivo de Trabajo Nº 553/09.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuitadel acuerdo y anexo homologados, resultará aplicable lo dispuesto en eltercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO,Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo,Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.602.491/13

Buenos Aires, 05 de Junio de 2014

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 237/14 se hatomado razón del acuerdo obrante a fojas 27/29 del expediente dereferencia, quedando registrado bajo el número 744/14. — VALERIA A.VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -D.N.R.T.

ACTA ACUERDO SALARIAL

En la ciudad de Buenos Aires, a los 8 días del mes Abril del 2014,entre LA UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC),representada por Carlos O. BONJOUR, en su carácter de SecretarioGeneral Nacional, Jorge RAMOS —Secretario Adjunto Nacional—, GustavoPADIN —Secretario Gremial Nacional— y María Marcel CARRETERO—Subsecretaria Gremial Nacional—; y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO(AFA), representada en este acto por el Dr. Mario Adolfo SCHMOISMAN ensu carácter de apoderado y el Dr. Abel N. DE MANUELE y Lic. DanielClaudio MAZZITELLI en su carácter de paritarios, ambas partes convienenque:

La AFA ratifica la legitimidad y representatividad de la U.T.E.D.Y.C.para negociar colectivamente en el marco del acuerdo vigente. Loscomparecientes manifiestan que se encuentran reunidos en virtud dehaberse producido la finalización del último acuerdo salarial y a losfines de acordar una nueva escala salarial que sea aplicable al CCTNro. 553/09 del cual tanto UTEDYC como AFA son únicos subscriptores.

Luego de intensas negociaciones, los presentes arriban al acuerdo que seguidamente se pasa a detallar:

PRIMERA: Las partes acuerdan otorgar sobre los básicos vigentes al31/12/2013 los incrementos salariales especificados en el Anexo A(remuneraciones) del CCT 553/09, a partir de las fechas que en cadacaso se indican. En tal sentido, los nuevos salarios básicosconvencionales de las categorías contempladas en el Convenio Colectivode Trabajo Nº 553/09, serán los que se establecen en dicho Anexo, cuyostextos y valores deben considerarse acta complementarias del referidoconvenio.

SEGUNDA: Las partes suscriben en consecuencia un nuevo Anexo A(Remuneraciones) del CCT 553/09, el cual refleja los ajustes salarialesacordados en el presente.

TERCERA: Las partes ratifican la plena vigencia de la contribuciónsolidaria vigente, en los términos del art. 40 del CCT 553/09.

CUARTA: Las partes asumen el compromiso de seguir trabajando en propuestas que mejoren el actual CCT 553/09.

QUINTA: Asimismo las partes asumen el compromiso de reunirse en lasegunda quincena del mes de ENERO de 2015 para iniciar lasnegociaciones salariales para ese año.

SEXTA: Cualquiera de los firmantes podrá presentar el mismo para suhomologación por parte de la autoridad de aplicación sin perjuicio desu validez inmediata atento la naturaleza del presente acuerdo.

En este estado se da por finalizado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación, para constancia.

A.F.A. - U.T.E.D.Y C.

PARITARIAS 2014 - ANEXO I CONVENIO 553/09

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