Circular 2/2014

Acuerdo Regional De Cooperacion E Intercambio - Adhesion Republica De Panama.

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Federal De Ingresos Publicos
Acuerdo Regional De Cooperacion E Intercambio - Adhesion Republica De Panama.

Acuerdo regional de cooperacion e intercambio de bienes en las areas cultural, educacional y cientifica (ar.ceyc nro. 7). adhesion de la republica de panama.

Id norma: 233406 Tipo norma: Circular Numero boletin: 32946

Fecha boletin: 13/08/2014 Fecha sancion: 07/08/2014 Numero de norma 2/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Federal De Ingresos Publicos Ver Circulares Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Circular Nº 2/2014

Asunto: Acuerdo Regional de Cooperación e Intercambio de Bienes en lasAreas Cultural, Educacional y Científica (AR.CEYC Nro. 7). Adhesión dela República de Panamá.

Bs. As., 7/8/2014

VISTO la actuación SIGEA Nro. 12048-447-2013/2 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que la Secretaría de Comercio Exterior dependiente del Ministerio deEconomía y Finanzas Públicas informó mediante Nota Nro. 929/2013 defecha 13 de mayo de 2013, la adhesión de la República de Panamá alAcuerdo Regional de Cooperación e Intercambio de Bienes en las AreasCultural, Educacional y Científica Nro. 7, y la aplicación de susbeneficios a partir del día 31 de mayo de 2013.

Que la República de Panamá asume todas las obligaciones y compromisosemanados del Acuerdo Regional de Cooperación e Intercambio de Bienes enlas áreas Cultural, Educacional y Científica (AR.CEYC Nro. 7), altiempo que adquiere todos los derechos que el mismo les otorga a sussignatarios.

Que los beneficios derivados del mencionado Acuerdo se aplicarán entrePanamá y los demás países miembros en la medida que estos últimos lohayan incorporado a sus ordenamientos jurídicos internos.

Que en virtud de ello, y con el objeto de informar a los operadores delComercio Exterior, corresponde el dictado de la presente medida.

Por ello,

En ejercicio de las facultades conferidas en los Artículos 7º y 8º delDecreto Nº 618/97, sus modificatorios y sus complementarios, se estimaconveniente precisar que:

1° — El Protocolo de adhesión de la República de Panamá al AcuerdoRegional de Cooperación e Intercambio de Bienes en las áreas Cultural,Educacional y Científica y la aplicación de sus beneficios ha entradoen vigencia entre la República Argentina y la República de Panamá eldía 31 de mayo de 2013.

2° — El texto completo del Protocolo de Adhesión de la República dePanamá al AR.CEYC Nro. 7 podrá ser consultado en la página “web”institucional de esta Administración Federal (http://www.afip.gob.ar).

Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del RegistroOficial y archívese. — RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.

e. 13/08/2014 N° 57876/14 v. 13/08/2014

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