Acordada 27/2014

Recursos - Monto De Deposito - Adecuacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Corte Suprema De Justicia De La Nacion
Recursos - Monto De Deposito - Adecuacion

Establecer en la suma de pesos quince mil ($ 15.000) el deposito regulado por el art. 286 del codigo procesal en lo civil y comercial de la nacion.

Id norma: 235292 Tipo norma: Acordada Numero boletin: 32972

Fecha boletin: 19/09/2014 Fecha sancion: 16/09/2014 Numero de norma 27/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Corte Suprema De Justicia De La Nacion Ver Acordadas Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION

Acordada  27/2014

Expediente 3326/2014

Recursos. Monto de depósito. Adecuación.

En Buenos Aires, a los dieciséis días del mes de septiembre del año dosmil catorce, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal los señoresMinistros que suscriben la presente,

CONSIDERARON:

Que con el fin de resguardar los objetivos señalados en losconsiderandos de la acordada nº 28/91, que modificó la nº 77/90, elTribunal estableció en la suma fija de diez millones de australes—convertidos en mil pesos según el decreto 2128/91— el importe deldepósito previsto por el art. 286 del Código Procesal en lo Civil yComercial de la Nación, como requisito para la viabilidad del recursode queja por denegación del extraordinario.

Que dicha suma fue ajustada en el año 2007 (acordada nº 2), fijándosela en pesos cinco mil ($ 5.000).

Que en consideración al tiempo transcurrido, la apropiada preservaciónde los propósitos enunciados en la acordada mencionada justifica que seproceda a una nueva adecuación de la suma dineraria de que se trata,sobre la base de una apreciación de la realidad semejante a la llevadaa cabo en fecha reciente para determinar el monto que prevé el art. 242del ordenamiento citado (acordada nº 16/2014).

Por ello,

ACORDARON:

1 — Establecer en la suma depesos quince mil ($ 15.000) el depósito regulado por el art. 286 delCódigo Procesal en lo Civil y Comercial de la Nación.

2 — Disponer que el nuevo montose aplicará para los recursos de queja que se presenten a partir deldía siguiente a la publicación de esta acordada en el Boletín Oficial.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunícase,registrase en el libro correspondiente y publicase en el BoletínOficial, por ante mí, que doy fe.

Ricardo L. Lorenzetti. — Elena Highton de Nolasco. — Carlos S. Fayt. — Raúl Zaffaroni.

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