Resolución 446/2014

Reglamento Tecnico Sobre Identidad Y Calidad De La Nuez De Pecan Con Cascara - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Agricultura, Ganaderia Y Pesca
Reglamento Tecnico Sobre Identidad Y Calidad De La Nuez De Pecan Con Cascara - Aprobacion

Se aprueba el “reglamento tecnico sobre identidad y calidad de la nuez de pecan (carya illinoinensis wangenh k. koch) con cascara”.

Id norma: 235991 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32984

Fecha boletin: 07/10/2014 Fecha sancion: 02/10/2014 Numero de norma 446/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Servicio Nacional De Sanidad Y Calidad Agroaliment Ver Resoluciones Observaciones: ESTA NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 401/2010 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución 446/2014

Bs. As., 2/10/2014

VISTO el Expediente N° S05:0020306/2014 del Registro del MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Decreto-Ley N° 9.244 del 10 deoctubre de 1963, las Resoluciones Nros. 1.352 del 14 de noviembre de1967 de la ex-SECRETARIA DE ESTADO DE AGRICULTURA Y GANADERIA y 48 del30 de septiembre de 1998 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,PESCA Y ALIMENTACION, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto-Ley N° 9.244 del 10 de octubre de 1963 establece que laproducción, tipificación, empaque, identificación y certificación decalidad y sanidad frutícola, deberá ajustarse a las reglamentacionesque dicte la ex-SECRETARIA DE ESTADO DE AGRICULTURA Y GANADERIA, actualMINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que la Resolución N° 1.352 del 14 de noviembre de 1967 de laex-SECRETARIA DE ESTADO DE AGRICULTURA Y GANADERIA es reglamentaria delcitado Decreto-Ley N° 9.244/63, en lo referente a frutas secasdestinadas al mercado interno y a la exportación.

Que la Dirección de Calidad Agroalimentaria dependiente de la DirecciónNacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, a través de laCoordinación de Frutas, Hortalizas y Aromáticas, tiene las funciones dela ex-Dirección General de Producción y Fomento Agrícola (Dirección deFrutas y Hortalizas) que están establecidas en la citada Resolución N°1.352/67.

Que la producción argentina de nuez pecán (Carya Illinoinensis WangenhK. Koch) y su comercialización nacional e internacional está en francocrecimiento, lo cual hace necesario la reglamentación de identidad ycalidad de este producto.

Que los establecimientos procesadores (empacadores) de nuez pecán sedeben incorporar a la Resolución N° 48 del 30 de septiembre de 1998 dela ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, envista de los avances ocurridos en la comercialización de esta nuez.

Que surge la necesidad de crear la reglamentación de la nuez pecán, poriniciativa de la Coordinación de Frutas, Hortalizas y Aromáticas de laDirección de Calidad Agroalimentaria, el INSTITUTO NACIONAL DETECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA) Delta y el sector de la producción ycomercialización de este producto.

Que dicha reglamentación tendrá un efecto positivo en la promoción dela comercialización nacional e internacional y brindará las pautas aseguir para la mejora de la producción actual.

Que, asimismo, esta reglamentación resultará de valioso apoyo en lafiscalización que se realiza en puertos, aeropuertos y pasos defronteras argentinos.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que lecompete, no encontrando reparos de orden legal que formular.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultadesconferidas por el Artículo 8°, incisos e) y f) del Decreto N° 1.585 del19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 dejunio de 2010.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Objeto. Se aprueba el “Reglamento técnico sobre identidady calidad de la nuez de pecán (Carya Illinoinensis Wangenh K. Koch) concáscara”.

ARTICULO 2° — Alcance. El presente reglamento tiene por finalidaddefinir las características de identidad, calidad, acondicionamiento,envasado, almacenamiento y transporte de la nuez de pecán (CaryaIllinoinensis Wangenh K. Koch) con cáscara, para el mercado interno, laexportación y la importación, con destino al consumo humano.

ARTICULO 3° — Definiciones. Para el presente reglamento se consideran las siguientes definiciones:

Inciso a) Alteraciones internas: son las alteraciones o daños de lasemilla comestible por diferentes causas (hongos, bacterias, virus,insectos, enfermedades fisiológicas y semillas germinadas).

Inciso b) Bien formada: nuez que presenta la forma característica de laespecie o variedad, pudiendo ofrecer leves deformaciones.

Inciso c) Calidad: propiedad o conjunto de propiedades inherentes a unacosa que permiten apreciarla como igual, mejor o peor que las restantesde su especie.

Inciso d) Cáscara: endocarpio leñoso, indehiscente, que encierra la semilla de pecán en su interior.

Inciso e) Contaminantes: sustancias, productos o materiales que afectan la inocuidad de la nuez de pecán.

Inciso f) Contaminantes biológicos: materiales de origen biológico quese pueden presentar en la nuez, como insectos o arácnidos vivos omuertos o partes de ellos, excrementos de roedores u otros animales,pelos, mohos, bacterias, levaduras, entre otros.

Inciso g) Contaminantes químicos: productos extraños a la composiciónquímica de la nuez de pecán, que puede incluir residuos de productosfitosanitarios, toxinas, fertilizantes u otros.

Inciso h) Contenido comestible de la nuez: se refiere a la semilla delfruto del pecán que se encuentra dentro de la cáscara indehiscente oendocarpio leñoso, formada generalmente por DOS (2) lóbulos carnososcomestibles. Coloquialmente, se le conoce como “almendra de nuez”,“corazón de nuez”, “carne de nuez”, “semilla de nuez” o “pepita”.

Inciso i) Entera: es la nuez con cáscara que está completa.

Inciso j) Húmeda: se trata de la nuez que tiene un contenido de humedad mayor al establecido por este reglamento.

Inciso k) Limpia: es la nuez en buen estado de higiene, libre de tierra u otras sustancias extrañas adheridas.

Inciso l) Llena: aquella nuez que no está vana.

Inciso m) Local de empaque: aquel establecimiento en el cual se limpian, acondicionan y empacan las nueces de pecán con cáscara.

Inciso n) Mancha: alteración de la coloración normal del endocarpio de la nuez.

Inciso ñ) Materias extrañas: todos aquellos materiales que no son nueces de pecán enteras; pueden ser:

Apartado I: de origen no vegetal (por ejemplo: piedras, metales, tierra, arena y plásticos).

Apartado II: de origen vegetal (por ejemplo: hojas, tallos, trozos de:pelón, cáscara, tabiques, trozos de semillas de la especie pecán o deotras especies vegetales y trozos de madera).

Inciso o) Moho: micelio de hongos.

Inciso p) Nuez de pecán con cáscara: es la nuez de pecán entera, esdecir, el endocarpio lignificado que contiene la semilla comestible,también denominada “pecán”, “nuez pecán”, “nuez de pecana”, “nuez depacana”, “nuez de pecánero” o “nuez de nogal americano”.

Inciso q) Nuez partida: es aquella nuez que no está completa, le falta un trozo de semilla y cáscara.

Inciso r) Pelón o ruezno: epicarpio y mesocarpio del fruto.

Inciso s) Porcentaje de contenido comestible: corresponde a la relaciónentre el peso del contenido comestible (semillas) y el peso total deuna muestra de nuez.

Inciso t) Producto fitosanitario: es cualquier sustancia o mezcla desustancias destinadas a prevenir, destruir y controlar todo organismonocivo, incluyendo las especies no deseadas de plantas o animales quecausan perjuicio o que interfieren de cualquier otra forma en laproducción, elaboración o almacenamiento de productos agrícolas. Eltérmino incluye coadyuvantes, fitorreguladores, desecantes y lassustancias aplicadas a los vegetales, antes o después de la cosecha,para protegerlos contra el deterioro durante el almacenamiento ytransporte.

Inciso u) Rajada: es la nuez que tiene la cáscara quebrada, agrietada o abierta.

Inciso v) Rancidez: es la oxidación de los ácidos grasos insaturadospresentes en la nuez. Se manifiesta con sabores y olores indeseables.Se mide a través del índice de peróxidos (miliequivalentes de peróxidospor kilogramo de aceite).

Inciso w) Residuos: cualquier sustancia o agente de control biológicoespecífico presente en las nueces, como consecuencia de su exposición aun producto fitosanitario. El término incluye los metabolitos y lasimpurezas considerados de importancia toxicológica.

Inciso x) Rota: es la nuez a la que le falta un pedazo de cáscara.

Inciso y) Sana: es la nuez que está libre de daños de distinto origen.

Inciso z) Seca: es aquella nuez libre de humedad externa anormal sobre su cáscara.

Inciso aa) Vana: es la nuez que está “vacía” o “hueca”, ya que la semilla no se ha llenado correctamente.

ARTICULO 4° — Requisitos físicos, químicos y biológicos:

Inciso a) Las nueces no deben contener materias extrañas (vegetales ono vegetales) por encima de los límites establecidos en el presentereglamento (Anexo IV).

Inciso b) Las nueces no deben contener contaminantes biológicos.

Inciso c) Las nueces no deben contener residuos de productosfitosanitarios utilizados durante la producción, cosecha, poscosecha yalmacenamiento por encima de los valores aceptados en la legislaciónvigente.

ARTICULO 5º — Requisitos generales. Las nueces de pecán con cáscara deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Inciso a) Enteras.

Inciso b) Limpias.

Inciso c) Sanas.

Inciso d) Llenas.

Inciso e) Bien formadas.

Inciso f) Secas.

Inciso g) Libres de contaminantes biológicos y químicos.

Inciso h) Libres de materias extrañas.

Inciso i) Libres de manchas.

Inciso j) Libres de roturas.

Inciso k) Libres de rajaduras.

Inciso l) Exentas de olores y sabores extraños.

ARTICULO 6° — Requisitos de madurez. La nuez de pecán debe tener lamadurez apropiada, es decir, que debe haber alcanzado el color, elsabor y las características típicas de la variedad que la hacencomestible.

ARTICULO 7° — Clasificación por tamaño. Las nueces de pecán con cáscarase clasifican por tamaño o calibre, el que se expresa por la cantidadde nueces contenidas en UN (1) kilogramo (Anexo I).

ARTICULO 8° — Clasificación por color. El color de la superficie delcontenido comestible de la nuez pecán se clasifica en: claro, ámbarclaro, ámbar y ámbar oscuro. Cada color se especifica de acuerdo alcódigo de color Pantone Matching System (Anexo II).

ARTICULO 9° — Clasificación por calidad. Las nueces de pecán concáscara se clasifican por calidad en TRES (3) categorías: I, II y III.

Inciso a) Categoría I: las nueces de esta categoría, además de cumplircon los requisitos generales, deben ser de muy buena calidad,características de la variedad, uniformes en la coloración de lacáscara y el contenido comestible. No deben tener defectos, salvodefectos superficiales muy leves, siempre que no afecten el aspectogeneral del producto, estado de conservación ni la presentación en elenvase.

Inciso b) Categoría II: las nueces en esta categoría deben ser de buenacalidad y características de la variedad, uniformes en la coloración dela cáscara y el contenido comestible. Se permitirán defectos leves,siempre que no afecten el aspecto general del producto, estado deconservación ni la presentación en el envase.

Inciso c) Categoría III: esta categoría incluye las nueces que nopueden clasificarse en las categorías superiores, pero satisfacen losrequisitos generales. Se permitirán defectos, siempre que las nuecesconserven sus características esenciales.

ARTICULO 10. — Porcentaje de contenido comestible (peso/peso). Elporcentaje de contenido comestible se establece sobre la base de larelación entre el peso de las semillas (libres de defectos) y el pesototal de la muestra de nueces con cáscara por CIEN (100) (Anexo III).

ARTICULO 11. — Contenido de humedad. En cualquiera de sus categorías decalidad, la parte comestible de la nuez no debe presentar un contenidode humedad mayor al CINCO COMA CINCO POR CIENTO (5,5%).

ARTICULO 12. —Tolerancias de defectos para nueces de pecán con cáscara.Las tolerancias para los defectos se indican en porcentaje (%) deunidades en la muestra, cuando no se aclare otra unidad (Anexo IV).

ARTICULO 13. — Tolerancias para tamaño o calibre. El peso mínimo de lasDIEZ (10) nueces más pequeñas en una muestra de CIEN (100) nueces nodebe ser menor al SIETE POR CIENTO (7%) del peso de la muestra, en casocontrario pasa a la categoría inmediata inferior.

ARTICULO 14. — Locales de empaque. Los locales de empaque deben cumplircon lo dispuesto en la Resolución N° 48 del 30 de septiembre de 1998 dela ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION y susmodificatorias.

ARTICULO 15. — Lugar de empaque. El acondicionamiento y/o empaque se debe llevar a cabo en la zona de producción.

ARTICULO 16. — Empaque fuera de la zona de producción. Todo proceso deacondicionamiento y/o empaque fuera de la zona de producción, debe sersolicitado por el interesado ante la Dirección de CalidadAgroalimentaria dependiente de la Dirección Nacional de Inocuidad yCalidad Agroalimentaria, quien evaluará el riesgo para la calidad y lasanidad de la producción para otorgar la autorización.

ARTICULO 17. — Acondicionamiento, almacenamiento y transporte. Elmanipuleo, acondicionamiento, almacenamiento y transporte debenasegurar una perfecta conservación y calidad del producto a fin dearribar en buenas condiciones al lugar de destino. El secado no puedeser realizado utilizando combustibles o sistemas de secado que puedantransmitir olores o sabores extraños al producto.

ARTICULO 18. — Requisitos de los envases. Las nueces de pecán concáscara, se deben envasar en envases nuevos, limpios, secos, libres dematerias u olores extraños, los cuales deben ser de materiales aptospara estar en contacto con alimentos. Los envases y materiales deacondicionamiento de la mercadería deben estar autorizados por laDirección de Calidad Agroalimentaria dependiente de la DirecciónNacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.

ARTICULO 19. — Contenido del envase. Las nueces dentro de un mismoenvase deben ser de características homogéneas, de un mismo origen,categoría, color y año de cosecha. La parte visible de la mercadería enel envase debe ser representativa del contenido.

ARTICULO 20. — Rotulado. El rotulado o identificación de la mercaderíase coloca en el envase y se debe realizar en castellano, en caracteresde un tamaño adecuado al tamaño del envase, pero siempre claramentelegible e indeleble. Los impresos, rótulos o etiquetas deben ser defácil visualización y difícil remoción. La información que se debeindicar es la siguiente:

Inciso a) Especie.

Inciso b) Variedad (optativa).

Inciso c) Provincia productora.

Inciso d) Zona de producción o georreferenciación (optativa).

Inciso e) La expresión PRODUCCION ARGENTINA.

Inciso f) Nombre del empacador y dirección del establecimiento (debidamente registrado en el SENASA).

Inciso g) Nombre del exportador (debidamente registrado en el SENASA), de corresponder.

Inciso h) Clave del establecimiento de empaque.

Inciso i) Categoría.

Inciso j) Fecha de empaque o envasado.

Inciso k) Año de cosecha.

Inciso l) Marca (optativo).

Inciso m) Peso neto (en kilogramos).

Inciso n) Calibre.

Inciso ñ) Categoría según contenido comestible.

ARTICULO 21. — De aditivos y coadyuvantes. Los aditivos y/ocoadyuvantes de tecnología que se utilicen durante el proceso deempaque de las nueces, como preventivo de afecciones de origenparasitario o para mejorar la conservación y presentación de la fruta,deben estar aprobados por el SENASA y declarados en el rotulado.

ARTICULO 22. — Condiciones de almacenamiento. Las nueces debenalmacenarse en instalaciones limpias, secas, protegidas contracontaminantes biológicos, químicos y físicos a temperaturas no mayoresde VEINTIDOS GRADOS CENTIGRADOS (22° C).

ARTICULO 23. — Transporte. El medio de transporte de las nueces depecán debe ser cerrado, estar limpio, libre de humedad, materiasextrañas y de olores que alteren el sabor y olor propio de las mismas.No se deben transportar nueces de pecán con otros productos que puedantransferirles olores o sabores extraños.

ARTICULO 24. — Referencias sobre técnicas analíticas. Lasdeterminaciones de humedad y rancidez en la nuez pecán se deben hacersegún los procedimientos indicados a continuación:

Inciso a) Determinación de la humedad: Association of OfficialAnalytical Chemist (AOAC). Official Methods of Analysis 925.40.2010.

Inciso b) Determinación de la rancidez a través del índice de peróxido:Association of Official Analytical Chemist (AOAC) Official Methods ofAnalysis 965.33.2010.

ARTICULO 25. — Facultades. La Dirección de Calidad Agroalimentaria,dependiente de la Dirección Nacional de Inocuidad y CalidadAgroalimentaria, es la autoridad facultada para emitir dictámenestécnicos que correspondan a la interpretación de este reglamento, através de sus áreas específicas, establecer las exigencias documentalesy autorizar, siempre que lo considere apropiado, la exportación bajo lamodalidad de calidad convenida entre las partes.

ARTICULO 26. — Infracciones. Los infractores a la presente resoluciónson pasibles de las sanciones que pudieran corresponder de conformidadcon lo establecido por el Capítulo VI del Decreto N° 1.585 del 19 dediciembre de 1996.

ARTICULO 27. — Aprobación. Planilla de clasificación de la nuez depecán con cáscara por su tamaño o calibre. Se aprueba la “Planilla declasificación de la nuez de pecán con cáscara por tamaño o calibre”que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 28. — Aprobación. Planilla de clasificación por color delcontenido comestible de la nuez de pecán con cáscara. Se aprueba la“Planilla de clasificación por color del contenido comestible de lanuez de pecán con cáscara” que, como Anexo II, forma parte integrantede la presente resolución.

ARTICULO 29. — Aprobación. Planilla de clasificación por contenidocomestible de la nuez de pecán con cáscara. Se aprueba la “Planilla declasificación por contenido comestible de la nuez de pecán con cáscara”que, como Anexo III, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 30. — Aprobación. Planilla de tolerancias de defectos de lanuez de pecán con cáscara según categorías de calidad. Se aprueba la“Planilla de tolerancias de defectos de la nuez de pecán con cáscarasegún categorías de calidad” que, como Anexo IV, forma parte integrantede la presente resolución.

ARTICULO 31. — Incorporación. Se incorpora la presente resolución alLibro Tercero, Parte Primera, Titulo I, Capítulo I, Sección 2 delIndice Temático del Digesto Normativo del SERVICIO DE SANIDAD Y CALIDADAGROALIMENTARIA, aprobado por la Resolución N° 401 del 14 de junio de2010 y complementado por su similar N° 800 del 9 de noviembre de 2010,ambas del citado Servicio Nacional.

ARTICULO 32. — Vigencia. La presente resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 33. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacionaldel Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. DIANA MARIA GUILLEN,Presidenta, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria._______NOTA: El/los Anexo/s que integra/n esta Resolución podrán ser consultados en la dirección web del SENASA.

e. 07/10/2014 N° 75478/14 v. 07/10/2014

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