Disposición 3/2014

Estandares Tecnologicos Para La Administracion Publica Nacional Version 20.0 - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Jefatura De Gabinete De Ministros
Estandares Tecnologicos Para La Administracion Publica Nacional Version 20.0 - Aprobacion

Apruebanse los “estandares tecnologicos para la administracion publica nacional” (etap) version 20.0, que como anexo i forma parte integrante de la presente, los cuales sustituyen a los aprobados por la disposicion n° 1 del 24 de julio de 2013 y la disposicion n° 1 del 7 de julio de 2014 de la oficina nacional de tecnologias de informacion de la subsecretaria de tecnologias de gestion de la secretaria de gabinete y coordinacion administrativa de la jefatura de gabinete de ministros.

Id norma: 236037 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32985

Fecha boletin: 08/10/2014 Fecha sancion: 02/10/2014 Numero de norma 3/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Oficina Nacional De Tecnologias De Informacion Ver Disposiciones Observaciones: ABROGADA POR EL ARTICULO 6 DE LA DISPOSICION N° 5/2015 DE LA SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION, BO 25/08/2015, PAGINA 49.

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Esta norma es complementada o modificada por

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION

OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION

Disposición 3/2014

Bs. As., 2/10/2014

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM:0041209/2014, el Decreto N° 624 defecha 21 de agosto de 2003 y sus modificatorios, las Resoluciones N° 41del 2 de diciembre de 2001 y N° 27 del 30 de abril de 2002 de la exSUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS, y las Disposiciones N° 1 del 24 de Julio de 2013 y N° 1 del7 de Julio de 2014 de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACIONde la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION, de la SECRETARIA DEGABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA, de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° de la Disposición N° 1 del 24 de Julio de 2013de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION de laSUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE YCOORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS seaprobaron los “Estándares Tecnológicos para la Administración PúblicaNacional” (ETAPS) Versión 19.0, en materia de tecnologías deinformación y comunicaciones asociadas.

Que por el Artículo 1° de la Disposición N° 1 del 7 de Julio de 2014 dela OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION de la SUBSECRETARIADE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIONADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se actualizaronlos “Estándares Tecnológicos para la Administración Pública Nacional”(ETAPS) Versión 19.0, en lo vinculado a los elementos de seguridadidentificados con los Códigos SEG-001 y SEG-002.

Que dichos estándares deben ser objeto de revisión periódica, de modode garantizar que sus contenidos reflejen los últimos adelantos en lamateria.

Que conforme a la normativa de aplicación, en particular el Decreto N°624/03 y sus modificatorios, compete a esta Oficina Nacional manteneractualizados los estándares sobre tecnologías en materia informática,teleinformática o telemática, telecomunicaciones, ofimática o burótica.

Que por el Articulo 1° de la Resolución N° 27/02 de la ex SUBSECRETARIADE LA GESTION PUBLICA se facultó a la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIASDE INFORMACION a aprobar las especificaciones técnicas de los distintosítems que componen los “Estándares Tecnológicos para la AdministraciónPública Nacional” (ETAPS) que reemplacen en forma total o parcial a losvigentes, de acuerdo a lo reglamentado por la Resolución N° 41/01 de laex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA.

Que la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DEGABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DECOORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIONADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado laintervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por elartículo 1° de la Resolución N° 27/02 de la ex SUBSECRETARIA DE LAGESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LA OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION

DISPONE:

ARTICULO 1° — Apruébanse los “Estándares Tecnológicos para laAdministración Pública Nacional” (ETAP) Versión 20.0, que como Anexo Iforma parte integrante de la presente, los cuales sustituyen a losaprobados por la Disposición N° 1 del 24 de Julio de 2013 y laDisposición N° 1 del 7 de Julio de 2014 de la OFICINA NACIONAL DETECNOLOGIAS DE INFORMACION de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DEGESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA dela JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTICULO 2° — El equipamiento, las tecnologías, las guías ylineamientos y los modelos de pliegos no incluidos en el referidoAnexo, y que fueran aprobados por Disposición ONTI N° 1/13, mantienensu código, nombre, vigencia y especificación técnica.

ARTICULO 3° — Los Estándares referidos en el artículo 1° de la presentemedida, serán de aplicación en toda la Administración Pública Nacional,tanto centralizada como descentralizada, empresas de propiedad delEstado o en las que este tenga mayoría accionaria, bancos oficiales yFuerzas Armadas y de Seguridad, con la única salvedad de los organismoscomprendidos en el Sistema Científico Nacional.

ARTICULO 4° — A partir de la entrada en vigencia de la presentedisposición, los organismos comprendidos dentro de su ámbito deaplicación deberán dar cumplimiento a las especificaciones técnicasestablecidas para todas las compras y contrataciones que se propongancelebrar en materia de tecnologías de información y comunicacionesasociadas.

ARTICULO 5° — Los Estándares referidos en el artículo 1° de la presentemedida, se publicarán en el sitio web de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS (www.jefatura.gov.ar) a fin de facilitar su utilización porparte de los distintos usuarios.

ARTICULO 6° — La presente Disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación.

ARTICULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — PEDRO JANICES, Director Nacional,Oficina Nacional de Tecnologías de Información._______NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican enla edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podránser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 08/10/2014 N° 76117/14 v. 08/10/2014

(Nota Infoleg:Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: Anexos)

(Nota Infoleg: las modificaciones al Anexo que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")

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